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La Justicia define si investiga a Revolución Federal en la causa por el atentado

Tras la decisión de la jueza que investiga el intento de asesinato contra la Vicepresidenta, quien rechazó la competencia, será la Cámara Federal la que defina si las denuncias por amenazas y violencia propgadas desde las redes sociales por el grupo deben incorporarse a la causa.

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La Cámara Federal porteña deberá resolver si las denuncias por las amenazas y la violencia propagadas desde la cuenta de Instagram de Revolución Federal deben investigarse junto con la causa en la que se pesquisa el intento de matar a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner.

El tribunal de apelaciones deberá intervenir luego de que la jueza federal María Eugenia Capuchetti, que investiga el ataque a la Vicepresidenta, rechazará la competencia sobre la otra causa que le había enviado su colega Marcelo Martínez de Giorgi, informaron fuentes judiciales.

Mientras tanto, la causa en la que se investiga a Revolución Federal se encuentra bajo secreto de sumario mientras se desarrollan una serie de medidas de prueba propuestas por el fiscal Gerardo Pollicita tendientes a determinar las vinculaciones y el financiamiento de ese espacio desde el cual se agitan consignas violentas.

En un dictamen elaborado el pasado 16 de septiembre, Martínez de Giorgi consignó que «la plataforma fáctica que constituye el objeto de investigación del presente legajo, esto es la presunta actividad ilícita llevada a cabo por el grupo Revolución Federal en su perfil de Instagram, debería ser investigada a la luz de los elementos de prueba reunidos en el expediente CFP 2998/22 y por ende, conjuntamente con el ilícito padecido por la Vicepresidente de la Nación el pasado 1° de septiembre.

«Teniendo en consideración que una de las personas que habría participado en él y que se encuentra actualmente detenida en marco de la causa de mención, días antes concurrió a una manifestación organizada por el grupo», en relación a la denominada «marcha de las antorchas» que se grupo realizó el pasado jueves 19 de agosto, y que consistió en arrogar elementos encendidos con fuego contra la Casa Rosada.

Uliarte particip al menos de una de las manifestaciones de Revolucin Federal

Uliarte participó, al menos, de una de las manifestaciones de Revolución Federal.

El magistrado agregó que, en efecto, «no podría descartarse el aporte de tal agrupación en el intento de homicidio de la actual Vicepresidente de la Nación, sea este la instigación de Brenda Uliarte, su auxilio, cooperación o financiación».

En su presentación, el magistrado cita una denuncia recibida por la Policía Federal, en la cual «se hizo saber que en las redes sociales estaba circulando» el perfil de una persona que «atentaría contra la democracia y que incitaría al odio y violencia política, de forma directa al Presidente (Alberto Fernández) y a la Vicepresidenta de la Nación (Cristina Fernández de Kirchner)».

El denunciante «se refirió que el perfil de la cuenta de Instagram a la que hacía referencia era @revolucionfederal», y dicho usuario que expresaba: «Los vamos a perseguir, van a tener miedo de salir a la calle».

«El robo y la corrupción Argentina va a dejar de ser gratis por las buenas o por las malas», sostenía esta mensaje publicado en esa red social.

A su vez, en la resolución del juez se consigna que surge de una publicación «los datos de una cuenta bancaria a nombre de Leonardo Franco Sosa, para realizar ‘donaciones’ y se adjuntaron capturas de pantallas en relación a lo anoticiado».

Como resultado de las diligencias iniciales ordenadas, «luce un informe en el sumario policial de fecha 8 de septiembre en relación a la visualización del perfil denunciado, respecto del cual se adjuntaron capturas de pantallas, además de verificarse que en la red social Facebook figuraría la misma agrupación, que se reconocería como agrupación política no gubernamental».

Martínez de Giorgi «también hace alusión el informe inicial a que distintos medios periodísticos referirían que Leonardo Sosa y Jonathan Morel, serían los creadores de dicha organización«.

El pedido a Capuchetti

El magistrado le solicitó al juzgado que encabeza Capuchetti que le informara si este grupo denominado como Revolución Federal estaba siendo investigado en la causa que se sigue por el intento de asesinato de la Vicepresidenta, y en la que también interviene el fiscal Carlos Rívolo.

El juez señaló que la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) presentó una denuncia sobre «una conversación de casi dos horas de duración, publicada el 26/8/22, una semana antes del atentado, en la red social Twitter, en un espacio que habría sido creado por la agrupación Revolución Federal y mantenida por los usuarios @FCastelliCheij y @moreljonathan, que se titulaba «Hay que pudrirla?».

En se sentido, se recuerda que Brenda Uliarte -detenida por el intento de magnicidio- participó «cuanto menos en una de las violentas manifestaciones que organizara la agrupación Revolución Federal, que se efectuaron bajo las las consignas «reventar la Plaza de Mayo» y «exigir renuncias».

«No podría descartarse el aporte de tal agrupación en el intento de homicidio de la actual Vicepresidente de la Nación, sea este la instigación de Brenda Uliarte, su auxilio, cooperación o financiación», apunta Martínez de Giorgi

La decisin del tribunal podra desencadenar nuevas medidas investigativas para establecer vnculos y financiamiento de los grupos Foto Osvaldo Fantn

La decisión del tribunal podría desencadenar nuevas medidas investigativas para establecer vínculos y financiamiento de los grupos / Foto: Osvaldo Fantón.

Y agrega que esa afirmación tenía sustento para el fiscal Pollicita «a partir de la ya citada publicación existente en las redes sociales de Uliarte sobre aquel suceso, de la que se derivaba que la nombrada poseía la misma afinidad ideología política y social que detentaban los miembros de Revolución Federal«.

Por estas razones y «motivos de economía» procesal, el magistrado decidió remitir las actuaciones sobre Revolución Federal al Juzgado Federal 5 que encabeza Martínez de Giorgi para que investigue sobre la conexión entre este grupo y los detenidos por el intento de magnicidio a la expresidenta.

Para la jueza, los hechos denunciados se circunscriben a personas «totalmente distintas y hasta el momento sin vinculación con aquellas que se encuentran imputadas» por el ataque a Fernández de Kirchner, y desiste de intervenir en las investigaciones sobre Revolución Federal .

Al respecto se sostiene que en las denuncias que presenta el juzgado de Martínez «solo se hace mención a un grupo conformado por personas que de ningún modo guardan relación con los hechos que son investigados en esos actuados«.

La magistrada considera que el juzgado de Martínez de Giorgi «sólo basó su declinatoria de competencia en función de los escasos elementos de pruebas incorporados hasta el presente, sin siquiera haber efectuado previamente aquellas diligencias tendientes a determinar los extremos de la denuncia».

Ahora, será la Cámara Porteña la que deberá resolver cuál de los magistrados es competente para investigar a Revolución Federal, su presunta vinculación con el ataque a la Vicepresidenta y el financiamiento de sus actividades.

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Edicto Judicial – Expte. N° 877/10 (Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello

Notificación judicial relativa a los autos caratulados «Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello Martina s/ Juicio Ordinario» (Expte. N° 877/10) – Juzgado Civil y Comercial N° 5 de Formosa.

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Formosa, sito en calle San Martín N° 641 2do. Piso, a cargo de la Juez Dra. Cyntia Verónica Rouseau, Secretaría a cargo de la Dra. Alicia Aixa Amad, en los autos caratulados: «ALLENDE LIBRADA RUTH C/ SUCESORES DE GONZALEZ DE GIACOPELLO MARTINA S/ JUICIO ORDINARIO» – EXPTE. N° 877/10, notifica a la Sra. María B. Giacopello De Argañaraz D.N.I. N° 8.981.595, la Sentencia N° 448/24 que en su parte correspondiente dice:

«FORMOSA, 13 de noviembre de 2.024. AUTOS Y VISTOS:… RESULTA:… CONSIDERANDO:… SENTENCIO: 1.- HACER LUGAR a la presente demanda instaurada por la Sra. ALLENDE LIBRADA RUTH, contra los herederos de la Sra. MARTINA GONZALEZ de GIACOPELLO, en virtud de haber poseído la accionante durante el período establecido por la ley y cumpliendo los recaudos, el inmueble sitio en calle Pacífico Scozzina N° 1.554 de ésta ciudad, identificado como Lote N° 4 de la Manzana N° 21 del Lote Rural N° 25 de la Ciudad de Formosa con una superficie de 500 m2 y cuya nomenclatura catastral es: Dpto. 01, Circ. VII, Sec. T, Mz. 42, Parcela 25, Partida N° 23.345, declarado adquirido su dominio, conforme los fundamentos desarrollados en los «Considerandos». 2.- ORDENAR INSCRIBIR el dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de su nueva titular, Sra. Allende, Librada Ruth, D.N.I. N° 12.571.702 cancelando la registración anterior. A tal fin, ofíciese al Registro en la forma de estilo. 3.- IMPONER LAS COSTAS, por su orden, (art. 68 2da. parte del C.P.C.C.) de conformidad a los fundamentos expuestos en los «Considerandos». 4.- DIFERIR la regulación de honorarios profesionales, hasta el momento en que exista base para ello (art. 24 de la Ley 512). REGÍSTRESE, insértese copia en el Libro de Sentencias, NOTIFÍQUESE personalmente o por cédula. Oportunamente, ARCHÍVESE.» – FDO. Dra. Cynthia Verónica Rouseau – Jueza.-

Publíquese edictos por un (1) día en un diario de mayor circulación y en el boletín oficial, de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán.—

Formosa, agosto de 2026. Dra. Alicia Aixa Amad – Secretaria.

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Yacyretá abrió sus compuertas por la crecida del río Paraná

La represa inició maniobras para atenuar el impacto del aumento del caudal, que ronda los 28.000 metros cúbicos por segundo y podría seguir creciendo en los próximos días.

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La Central Hidroeléctrica Yacyretá abrió este lunes sus compuertas del vertedero principal para atenuar los efectos del aumento del caudal del río Paraná. Se trata de maniobras que realizan las autoridades de la represa para atenuar los efectos del incremento del volumen de agua ocasionada por las descargas de las centrales ubicadas aguas arriba.

El Ing. Ronnie Ayala, jefe del Departamento Técnico en la Margen Derecha, explicó que la tendencia creciente en los caudales afluentes se mantiene tal como habían alertado los organismos especializados en sus pronósticos hidrológicos, y las lluvias ocasionadas por el fenómeno “El Niño”.

A su vez, precisó que con las precipitaciones que se están registrando entre el domingo y este lunes, el caudal afluente está en alrededor de 28.000 m³/s a la altura de Yacyretá, y que todo indica que irá aumentando en los próximos días.

A la par, explicó que la cuenca del río Iguazú, de aporte directo al embalse de Yacyretá, las lluvias superaron cinco veces la cantidad pronosticada, lo que aumentó el caudal de 1.500 m³/s a 9.000 m³/s más 19.000 m³/s de Itaipú significa que están llegando alrededor de 28.000 m³/s a Yacyretá.

En ese sentido, el incremento del caudal del río Iguazú -que se triplicó en menos de 48 horas- obligó a Parques Nacionales y la empresa concesionaria a suspender este lunes el ingreso de visitantes a las Cataratas del Iguazú. Los registros de esta mañana indicaban que por los 275 saltos caían más de 12.000 metros cúbicos por segundo, lo que representa casi nueve veces el caudal promedio.

El jefe técnico añadió que las inundaciones no se pueden atribuir a la apertura de las compuertas, sino al contrario con las maniobras se está tratando de atenuar el impacto de este fenómeno. “Esto es un fenómeno natural que recibimos y se traslada aguas abajo de la presa. Suponiendo que no existía la usina, el fenómeno iba a causar el mismo efecto y tal vez de mayor impacto”, indicó.

El Departamento Técnico, a través del área de Hidrología, seguirá monitoreando permanentemente la situación hidrológica del río Paraná, a fin de mantener informada a la sociedad civil y a las autoridades para que puedan tomar las acciones necesarias, indicaron a través de un comunicado.

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Declararon inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario

El fallo dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA).

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El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional el decreto que puso un freno a la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Gobierno a cumplir con lo establecido en la normativa aprobada por el Congreso.

El fallo firmado por el juez Martín Cormick dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA), dejando sin efecto el Decreto 759/2025.

De esta forma, ordenó al Poder Ejecutivo el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”, según el escrito al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.

El Gobierno había intentado frenar el cumplimiento de la ley primero con su veto. Luego de que el Congreso lo rechazó y sostuvo la normativa, emitieron un decreto en el que dispuso que el financiamiento a las universidades solo podía ejecutarse “una vez que se determine las fuentes específicas para su financiamiento y se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general”.

Tanto el Consejo Interuniversitario Nacional como la UBA y otras universidades presentaron un amparo colectivo para que se cumpla con los puntos claves de la ley, entre ellos otorgar partidas a las casas de estudios para su funcionamiento y recomponer el salario de docentes y no docentes.

El juez consideró en el fallo que el decreto del Gobierno “no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas”.

Apuntó que ante la imposibilidad legal de emitir un nuevo veto, el decreto “ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional” que, según su mirada, configuró “una figura de instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional”.

Cormick también remarcó que “el control judicial de decisiones con impacto presupuestario, lejos de ser una intromisión extraordinaria, es una de las consecuencias propias de la justiciabilidad del Estado”.

Por otro lado, el magistrado puso en duda el costo fiscal de la ley. Mencionó que en 2024 y 2025 no había Ley de Presupuesto y se prorrogaron las partidas aprobadas del 2023, y señaló que según la Oficina de Presupuesto del Congreso, el impacto durante el año 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.

FUENTE: Agencia NA

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