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Tucumán

Rentas habilitó la liquidación web del Impuesto de Sellos

La Dirección General de Rentas, mediante la RG (DGR) N° 111/20, autorizó la liquidación web del Impuesto de Sellos como parte de las aplicaciones habilitadas en su sitio

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Rentas habilitó la liquidación web del Impuesto de Sellos

autorizó la liquidación web del Impuesto de Sellos como parte de las aplicaciones habilitadas en su sitio www.rentastucuman.gob.ar para facilitar los trámites de los contribuyentes impulsados por el organismo. Este servicio se encuentra disponible desde el 7 de septiembre.

Alejandra Bulacio, jefa de la División Sellos, explicó: “se puede acceder con clave fiscal y domicilio electrónico. Consiste en la liquidación web del Impuesto de Sellos para los instrumentos privados: contratos de compraventas, de inmuebles, de muebles y órdenes de compras”.

Haciendo uso de la aplicación que se encuentra en el sitio web de Rentas se puede generar la declaración jurada del Impuesto, presentarla y hacer el pago.

Corresponde tener en cuenta que los instrumentos excluidos de la utilización del citado sistema deberán continuar utilizando el procedimiento establecido por la RG (DGR) N° 44/20.

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 111/2020

Artículo 1º.- Aprobar el sistema informático denominado “Sellos Liquidación WEB” para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto de Sellos a través de la página web de esta DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS (www.rentastucuman.gob.ar).

Artículo 2º.- Están obligados a utilizar el sistema informático que por la presente reglamentación se aprueba, las partes intervinientes en los instrumentos gravados y exentos en el Impuesto de Sellos.

La información transmitida constituye, a todos los efectos tributarios y legales, su declaración jurada, siendo responsables por lo que de ella resulte.

Artículo 3º.- Quedan excluidos del sistema que por la presente se reglamenta, los sujetos alcanzados por las RG (DGR) Nros. 66/84 -t.o. por RG (DGR) Nº 76/86-, 92/89, 188/02 y 73/11 y sus respectivas modificatorias y por el Decreto Nº 1430/3 (SH)-1981, en cuyo caso el Impuesto de Sellos solo será satisfecho a través de los regímenes establecidos por las citadas resoluciones generales o Decreto, según corresponda, y los contribuyentes alcanzados por el gravamen que soliciten el otorgamiento de planes de facilidades de pago administrativos, quienes deberán ajustarse a lo establecido por la RG (DGR) N° 75/15, sus modificatorias y normas complementarias.

Asimismo, quedan excluidos los instrumentos que a continuación se detallan, los cuales deberán tributar el impuesto mediante el sistema de presentación de declaración jurada y depósitos bancarios establecido por la citada RG (DGR) N° 75/15, sus modificatorias y normas complementarias:

  1. a) Instrumentos gravados cuya liquidación arroje un impuesto determinado superior a $ 10.000 (pesos diez mil).
  2. b) Contratos de constitución de fideicomisos, sustituciones de fiduciarios, prorrogas y similares.
  3. c) Contratos de locación de inmuebles, sus cesiones y transferencias.
  4. d) Contratos de leasing mobiliario e inmobiliario.
  5. e) Pagarés.
  6. f) Actos, contratos y operaciones realizados fuera de la jurisdicción de la Provincia de Tucumán.
  7. g) Instrumentos sobre los cuales concurran varias causas de gravamen o que contengan pluralidad de actos gravados.
  1. h) Actos, contratos y operaciones celebrados con anterioridad al 31 de diciembre de 2018, inclusive.

Artículo 4º.- El referido sistema informático se encuentra disponible en la página web de esta Autoridad de Aplicación (www.rentastucuman.gob.ar), en el link denominado “Servicios con Clave Fiscal”, servicio “Presentación de DJs Web” opción “Sellos Liquidación WEB”. Para acceder a la aplicación, los contribuyentes deberán utilizar para su identificación la “Clave Fiscal” otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La citada “Clave Fiscal” será autenticada por la AFIP en cada transacción que se realice.

Al operar por primera vez, deberá efectivizarse en la opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” del sitio web de la AFIP (www.afip.gov.ar) la incorporación de una nueva relación en el Servicio “Rentas Tucumán”.

Artículo 5º.- A los fines de efectuar la respectiva presentación, se debe completar la información requerida por el sistema y acompañar e incorporar una copia íntegra del respectivo instrumento en los casos que corresponda. La misma debe ser escaneada y adjuntada como archivo digital en formato pdf en el campo del sistema informático habilitado a tal efecto.

Sin perjuicio de lo indicado en el presente artículo, la Dirección General de Rentas podrá exigir la exhibición de la documentación original que se presenta.

Artículo 6º.- Las presentaciones efectuadas a través del sistema informático “Sellos Liquidación WEB”, serán consideradas realizadas en término si la fecha consignada en el acuse de recibo acredita haberlas concretado antes de la finalización del día de vencimiento respectivo.-

El sistema emitirá el formulario de declaración jurada F.950 (web) (F.950 Web) y como constancia de la presentación el formulario de acuse de recibo N° 601 (F.601).

Asimismo, el sistema emitirá el formulario de comprobante para el pago del gravamen Nº 600 (F.600) y, cuando corresponda, para el pago de los intereses y recargos previstos por el Código Tributario Provincial. Dichos pagos podrán efectuarse en cualquiera de las bocas de cobranza de las entidades recaudadoras habilitadas por esta Autoridad de Aplicación.-

Se considerarán habilitados con el Impuesto de Sellos, en los términos de ley, los instrumentos que se encuentren acompañados de la respectiva declaración jurada presentada y del correspondiente comprobante que acredite el pago del impuesto declarado, y de corresponder con más su recargo, o del documento por el cual se haya cancelado la citada obligación.

Por cualquier motivo y en cualquier momento, los contribuyentes podrán imprimir o reimprimir a través del sistema el referido acuse  de recibo y comprobante para el pago, como así también la declaración jurada generada por el mismo.

Artículo 7º.- El usuario, con carácter previo a la presentación de la declaración jurada, debe aceptar la “fórmula de juramento” por la cual afirma haber confeccionado la misma sin omitir ni falsear dato alguno que deba contener y ser fiel expresión de la verdad.

Artículo 8°.- El uso de la “Clave Fiscal” de la AFIP, su resguardo y protección, son de exclusiva autoría y responsabilidad del usuario.

La operación del sistema y la información generada como asimismo toda consecuencia legal o tributaria que de ella se derive, se atribuirán, de pleno derecho, a la persona humana o jurídica en cuyo nombre y representación actúe el usuario, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda a este último por aplicación de las normas vigentes.

Artículo 9º.- Los sujetos obligados a utilizar el sistema informático que por la presente resolución general se aprueba, deben constituir domicilio fiscal electrónico, dando cumplimiento a lo dispuesto por la RG (DGR) Nº 31/17.

Artículo 10º.- Aprobar el formulario de declaración jurada F.950 (web), que como Anexo forma parte integrante de la presente reglamentación.

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Tucumán

La zafra avanza con 16 ingenios en marcha en el NOA

Se espera que aun más plantas se incorporen en los próximos días. La molienda avanza con más de dos millones de toneladas molidas.

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La zafra 2026 continúa firme en el Noroeste Argentino (NOA), con 16 ingenios moliendo y con 44 días de actividad. A pesar de las lluvias recientes de esta semana, la mayoría de las plantas mantuvo sus trapiches en marcha, con solo dos ingenios que realizaron paradas temporales y ya retomaron el ritmo de molienda.

 En los próximos días se sumarán más establecimientos, lo que permitirá ampliar la capacidad de producción y consolidar el ritmo de la cosecha en toda la región.

Avance de zafra Tucumán

En Tucumán, actualmente, 12 ingenios están en zafra —La Providencia, La Florida, La Corona, Santa Rosa, La Trinidad, Aguilares, Bella Vista, Cruz Alta, Leales, Marapa, Concepción y Famaillá—.

Según los datos productivos informados al Instituto de Promoción del Azúcar y Alcohol de Tucumán (IPAAT), hasta el 18 de junio los ingenios han molido 1.960.710 toneladas de caña bruta y producido 103.829 toneladas de azúcar físico, que incluye variedades de blanco, refinado, crudo y orgánico.

 Producción de alcohol

La campaña de alcohol también avanza con seis destilerías activas. A la fecha produjeron 41.505.601 litros de alcohol hidratado. Del total de alcohol hidratado producido, se deshidrataron 24.301.536 litros para la mezcla de biocombustibles (alcohol anhidro o bioetanol).

Avance de zafra Salta y Jujuy

En la provincia de Jujuy, ya se encuentran en molienda los ingenios Ledesma y La Esperanza, este último puso en marcha la campaña 2026 el pasado 1 de julio.

Por su parte, en Salta están activos los ingenios Seaboard y San Isidro.

En conjunto la zafra lleva 37 días desde su inicio y de acuerdo con los datos informados al IPAAT, en conjunto ambas provincias los 4 ingenios llevan moliendo 592.210 toneladas de caña bruta y produciendo 24.429 toneladas de azúcar físico.

 Producción de alcohol

La campaña de alcohol de Salta y Jujuy avanza con dos destilerías ya activas del ingenio Ledesma, Seaboard y San Isidro y a la fecha llevan produciendo 16.046.063 litros de alcohol hidratado. De este total de alcohol hidratado producido se deshidrataron 11.610.503 litros para la mezcla de biocombustibles (alcohol anhidro o bioetanol).

Datos productivos Argentina 2026

 Con los datos consolidados de Tucumán, Salta y Jujuy, la zafra argentina avanza hasta la fecha:

Caña molida bruta: 2.564.635 toneladas.

Producción de azúcar físico: 129.082 toneladas.

Alcohol hidratado producido: 57.551.664 litros.

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Tucumán

El Concejo Deliberante capitalino autorizó subas en el boleto urbano a $1.700 y de la tarifa de taxis

La bajada de bandera ascenderá a $1200, mientras que la ficha cada 100 metros pasará a costar $120.

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El Concejo Deliberante de San Miguel de Tucumán aprobó este jueves 18 de junio, en la última sesión encabezada por el presidente Fernando Juri, un ajuste en la tarifa del transporte de la ciudad.

Los ediles aprobaron por 9 (nueve) votos contra 8 (ocho), la suba del boleto a $1700. La abstención fue del concejal Gonzalo Carrillo Leito, quien no estuvo presente en la sesión.

Una vez promulgada por el Poder Ejecutivo Municipal, el boleto de transporte subirá desde los $1250 actuales a $1700.

La tarifa de Taxis hará lo propio, con una bajada de bandera que ascenderá a $1200, mientras que la ficha cada 100 metros será de $120.

¿Qué dijeron los concejales?

José María Franco, presidente de la Comisión de Transporte, argumentó que la decisión se fundamenta en la necesidad de mantener operativa la prestación, señalando que la inflación ha impactado directamente en los costos fijos.

Según el concejal, el aumento del 35% es la «única alternativa para evitar una paralización definitiva del sistema», ya que, de no actualizarse, las empresas optarían por derivar sus unidades a servicios interurbanos o rurales, considerados más rentables.

Asimismo, el edil destacó que se están iniciando conversaciones con el Ejecutivo municipal para llevar adelante una “modificación integral del sistema”, que incluya una revisión de los recorridos, las frecuencias y la ubicación de las paradas, factores que actualmente inciden en el desgaste prematuro de las unidades.

Por su parte, Hugo Andina Lizárraga calificó la decisión como «difícil» debido al impacto que genera en el bolsillo de los usuarios, pero enfatizó que es una “responsabilidad ineludible” del cuerpo para sostener la actividad.

El concejal advirtió que el sector se encuentra en «peligro» por la competencia de otras alternativas de transporte y que, actualmente, el incremento no busca una “mejora en la calidad del servicio”, sino asegurar su continuidad y proteger los más de 4000 puestos de trabajo directos.

Por el contrario, los ediles Federico Romano Norri y Carlos Ale manifestaron su rechazo a la medida, argumentando que el servicio actual no justifica un mayor costo para los usuario.

Romano Norri cuestionó la falta de transparencia del sector empresario, señalando que no se han recibido informes de auditoría interna sobre el destino de los fondos y subsidios recibidos.

Según el edil, el sistema de transporte es “obsoleto”, a su vez que las empresas no cumplen con los compromisos de mejora en las unidades ni en la frecuencia, “a pesar del respaldo financiero que reciben de la provincia y del municipio”.

En esa línea, Carlos Ale enfatizó que el contexto económico del país es “crítico” y que el Concejo debe priorizar la protección de los vecinos antes que los intereses empresariales.

El concejal denunció que el pedido de suba “carece de fundamentos técnicos”, ya que el municipio no presentó un estudio de costos que valide los 1700 pesos propuestos.

Además, cuestionó la falta de envío de un pliego licitatorio por parte del Poder Ejecutivo, instando a “dejar de lado los discursos políticos” con el fin de “exigir a las empresas que optimicen su metodología de trabajo” y la “regularidad del servicio en los barrios”.

¿Cómo votó cada concejal?

A favor:

Fernando Juri

José María Franco

Ernesto Nagle

Emiliano Vargas Aignasse

Facundo Vargas Aignasse

Cristian Abel

Hugo Andina Lizárraga

Gastón Gómez

Eduardo Molina

En contra:

José María Canelada

Gustavo Cobos

Leandro Argañaraz

Federico Romano Norri

Carlos Ale

Ana González

Alfredo Terán de Zavalía

Ramiro Ortega

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Tucumán

Este jueves autorizarían un nuevo aumento en el precio del boleto de colectivos

Luego del cuarto intermedio, la comisión de Transporte del Concejo Deliberante capitalino retomó el debate y ya hay dictamen. Este jueves hay sesión.

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La comisión de Transporte y Tránsito del Concejo Deliberante de San Miguel de Tucumán, encabezada por José María Franco, dictaminó un aumento del 35% en la tarifa del transporte público de pasajeros. Con este incremento, el costo del boleto de colectivo ascendería de $1.250 a $1.700.

Asimismo, el presidente de la comisión también informó que los vehículos de los trabajadores del Sutrapa (Sindicato Único de Trabajadores de Auto de Alquiler con Taxímetro) en su modalidad taxi, tendrán un aumento del 33%. En consecuencia, la bajada de bandera será de $1200 y la ficha cada 100 metros de $120.

«Después de mucho trabajo y discusión, se decidió dar un 35% de aumento para el transporte público en colectivos y un 33% para la modalidad taxi, que también fue solicitado por ellos», afirmó José María Franco en rueda de prensa.

El dictamen será tratado en la sesión de este jueves 18 de junio que comenzará a las 9 horas, donde se votará si se hace efectivo el aumento dictaminado por la comisión de Transporte y Tránsito.

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