CONECTATE CON NOSOTROS

Argentina

Cristina Kirchner consideró «disparate judicial, institucional y político» a la causa del memorándum

La vicepresidenta expuso durante la audiencia pública, que fue escuchada por más de 20 mil personas a través de YouTube. «Se hicieron maniobras persecutorias para perjudicarnos a mí y mi familia», aseguró

Avatar

Publicado

el

El Tribunal Oral Federal 8 debe resolver si declara o no la nulidad del proceso. La vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner aseguró que la causa en la que se investiga la firma del memorándum de entendimiento entre Argentina e Irán en el marco del expediente por el atentado a la AMIA es un “disparate judicial, institucional y político” y aseguró que fue reabierta por jueces que se alinearon con el expresidente Mauricio Macri.

La expresidenta expuso durante poco más de una hora ante el Tribunal Oral Federal (TOF) 8, en el marco de la audiencia en la que comenzaron a tratarse los pedidos de nulidad formulados contra la causa reabierta en 2016 por la Cámara Federal de Casación Penal y que tiene su origen en la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman.

“Estamos acusados de ser encubridores del más terrible atentado terrorista que sufrió nuestro país. Es un disparate judicial, institucional y político esta acusación”, sostuvo la exmandataria tras señalar que lo único que guió sus decisiones en relación al caso AMIA fue la búsqueda de la verdad.

En este expediente, la expresidenta está acusada de haber buscado el encubrimiento de los iraníes acusados por la voladura de la AMIA al promover la firma del memorándum de entendimiento entre Argentina e Irán durante su presidencia.

Tras hacer un repaso del trámite del expediente, Fernández de Kirchner se detuvo en el hecho de que la denuncia de Nisman había sido desestimada por inexistencia de delito por el juez federal Daniel Rafecas y que la causa fue reabierta a partir de un fallo que firmaron el 29 de diciembre de 2016 los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, a quienes vinculó con Macri.

En ese punto, la exmandataria se refirió a los hallazgos ocurridos en el último tiempo relacionados con las visitas que ambos jueces de Casación le hicieron a Macri cuando era presidente, tanto en la Quinta de Olivos como en la Casa Rosada.

“Esto es como el rey desnudo. Acá hubo alguien que encontró en un informe de ingreso de (los jueces) Hornos y Borinsky, siempre en coincidencia con las causas, tanto a la Casa de Gobierno como en Olivos. También se descubrió que Borinsky fue a la Quinta de Olivos en 15 oportunidades. Iba un poco más seguido que Hornos a la Casa Rosada. Estas visitas habían sido negadas y los informes adulterados”, sostuvo.

“Un juez que jugaba al tenis con Mauricio Macri no puede ser imparcial ante una causa que me involucra. ¿En serio que quieren hacernos creer que estas causas son legítimas? Nunca vi algo así de ilegal, los mismos jueces involucrados. Es un escándalo monumental y los medios concentrados no dicen nada”, afirmó la vicepresidenta.

Al desandar los caminos de la denuncia y buscar los motivos que pudieron haber forzado su tramitación, la exmandataria vinculó el caso con la tensión que hubo entre su gobierno con los fondos buitre y enmarcó la denuncia de Nisman en un supuesto intento de aquellos de ejercer presión sobre su presidencia para reclamar el pago de la deuda externa privada.

“El memorándum con Irán no es solo una persecución. Era esto: pagarles lo que querían a los buitres porque después de pagarles a los buitres decían que venía la bonanza. ¡Y pagaron! Lograron sacar el candado para que se pagara. Yo no lo hice. Yo me banqué lo que me banqué y no me doblaron el brazo”, sostuvo.

En ese tramo de su exposición, la expresidenta mostró –desde su despacho en la Cámara de Senadores- una solicitada financiada por la Américan Task Force Argentina (ATFA) y publicada en diarios de Europa en la que aparecía su imagen junto a la del entonces presidente iraní, Mahmud Ahmadineyad, junto a la pregunta, escrita en inglés: “¿Un pacto con el diablo?”.

La denuncia de Nisman acusaba a la expresidenta, a su entonces canciller Héctor Timerman y a otras personas de haber firmado el memorándum entre Argentina e Irán para el avance de la causa AMIA: según el fallecido fiscal, detrás del tratado que fue aprobado por el Congreso se escondía el interés de restablecer relaciones comerciales con ese país para poder exportarle carnes y granos e importar de allí petróleo.

El memorándum con Irán nunca fue puesto en vigencia por parte del Estado persa y los extremos denunciados con Nisman en cuanto al comercio internacional no ocurrieron, a punto tal que los especialistas en petróleo aseguraron que Argentina no estaba en condiciones de trabajar con petróleo iraní sin un procesamiento previo.

En otro tramo de su exposición, la exmandataria se refirió al trámite del expediente en primera instancia donde fue el juez Claudio Bonadio el que habilitó el tratamiento de una causa melliza a la denuncia de Nisman, cuando avanzó con el caso por supuesta traición a la patria, denunciado por un abogado particular y luego por dos familiares de víctimas del atentado a la AMIA.

“El 29 de noviembre de 2016, (Hornos y Borinsky) resucitan, creo que es bíblico, una causa fenecida y acabada. Al otro día, el presidente Macri en una radio de Mendoza felicita con nombre y apellido a los jueces con un fallo a medida del Gobierno. Bonadio tenía la mesa servida, me pide el desafuero, no lo logra, pero sí logra encarcelar al doctor (Carlos) Zannini, a Luis D’Elia y otros presos. Incomprensiblemente, el doctor Zannini sigue pidiendo explicaciones hoy en día por qué estuvo preso cuatro meses”, sostuvo.

Entre los acusados por esta causa están también el viceministro de Justicia, Juan Martín Mena, el senador Oscar Parrilli, espía Allan Bogado, el dirigente de la comunidad islámica argentina, Yussuf Khalil, y el exlíder de Quebracho, Fernando Esteche./telam

Continuar Leyendo
Publicidad

Argentina

Edicto Judicial – Expte. N° 877/10 (Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello

Notificación judicial relativa a los autos caratulados «Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello Martina s/ Juicio Ordinario» (Expte. N° 877/10) – Juzgado Civil y Comercial N° 5 de Formosa.

Avatar

Publicado

el

Por

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Formosa, sito en calle San Martín N° 641 2do. Piso, a cargo de la Juez Dra. Cyntia Verónica Rouseau, Secretaría a cargo de la Dra. Alicia Aixa Amad, en los autos caratulados: «ALLENDE LIBRADA RUTH C/ SUCESORES DE GONZALEZ DE GIACOPELLO MARTINA S/ JUICIO ORDINARIO» – EXPTE. N° 877/10, notifica a la Sra. María B. Giacopello De Argañaraz D.N.I. N° 8.981.595, la Sentencia N° 448/24 que en su parte correspondiente dice:

«FORMOSA, 13 de noviembre de 2.024. AUTOS Y VISTOS:… RESULTA:… CONSIDERANDO:… SENTENCIO: 1.- HACER LUGAR a la presente demanda instaurada por la Sra. ALLENDE LIBRADA RUTH, contra los herederos de la Sra. MARTINA GONZALEZ de GIACOPELLO, en virtud de haber poseído la accionante durante el período establecido por la ley y cumpliendo los recaudos, el inmueble sitio en calle Pacífico Scozzina N° 1.554 de ésta ciudad, identificado como Lote N° 4 de la Manzana N° 21 del Lote Rural N° 25 de la Ciudad de Formosa con una superficie de 500 m2 y cuya nomenclatura catastral es: Dpto. 01, Circ. VII, Sec. T, Mz. 42, Parcela 25, Partida N° 23.345, declarado adquirido su dominio, conforme los fundamentos desarrollados en los «Considerandos». 2.- ORDENAR INSCRIBIR el dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de su nueva titular, Sra. Allende, Librada Ruth, D.N.I. N° 12.571.702 cancelando la registración anterior. A tal fin, ofíciese al Registro en la forma de estilo. 3.- IMPONER LAS COSTAS, por su orden, (art. 68 2da. parte del C.P.C.C.) de conformidad a los fundamentos expuestos en los «Considerandos». 4.- DIFERIR la regulación de honorarios profesionales, hasta el momento en que exista base para ello (art. 24 de la Ley 512). REGÍSTRESE, insértese copia en el Libro de Sentencias, NOTIFÍQUESE personalmente o por cédula. Oportunamente, ARCHÍVESE.» – FDO. Dra. Cynthia Verónica Rouseau – Jueza.-

Publíquese edictos por un (1) día en un diario de mayor circulación y en el boletín oficial, de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán.—

Formosa, agosto de 2026. Dra. Alicia Aixa Amad – Secretaria.

Continuar Leyendo

Argentina

Yacyretá abrió sus compuertas por la crecida del río Paraná

La represa inició maniobras para atenuar el impacto del aumento del caudal, que ronda los 28.000 metros cúbicos por segundo y podría seguir creciendo en los próximos días.

Avatar

Publicado

el

La Central Hidroeléctrica Yacyretá abrió este lunes sus compuertas del vertedero principal para atenuar los efectos del aumento del caudal del río Paraná. Se trata de maniobras que realizan las autoridades de la represa para atenuar los efectos del incremento del volumen de agua ocasionada por las descargas de las centrales ubicadas aguas arriba.

El Ing. Ronnie Ayala, jefe del Departamento Técnico en la Margen Derecha, explicó que la tendencia creciente en los caudales afluentes se mantiene tal como habían alertado los organismos especializados en sus pronósticos hidrológicos, y las lluvias ocasionadas por el fenómeno “El Niño”.

A su vez, precisó que con las precipitaciones que se están registrando entre el domingo y este lunes, el caudal afluente está en alrededor de 28.000 m³/s a la altura de Yacyretá, y que todo indica que irá aumentando en los próximos días.

A la par, explicó que la cuenca del río Iguazú, de aporte directo al embalse de Yacyretá, las lluvias superaron cinco veces la cantidad pronosticada, lo que aumentó el caudal de 1.500 m³/s a 9.000 m³/s más 19.000 m³/s de Itaipú significa que están llegando alrededor de 28.000 m³/s a Yacyretá.

En ese sentido, el incremento del caudal del río Iguazú -que se triplicó en menos de 48 horas- obligó a Parques Nacionales y la empresa concesionaria a suspender este lunes el ingreso de visitantes a las Cataratas del Iguazú. Los registros de esta mañana indicaban que por los 275 saltos caían más de 12.000 metros cúbicos por segundo, lo que representa casi nueve veces el caudal promedio.

El jefe técnico añadió que las inundaciones no se pueden atribuir a la apertura de las compuertas, sino al contrario con las maniobras se está tratando de atenuar el impacto de este fenómeno. “Esto es un fenómeno natural que recibimos y se traslada aguas abajo de la presa. Suponiendo que no existía la usina, el fenómeno iba a causar el mismo efecto y tal vez de mayor impacto”, indicó.

El Departamento Técnico, a través del área de Hidrología, seguirá monitoreando permanentemente la situación hidrológica del río Paraná, a fin de mantener informada a la sociedad civil y a las autoridades para que puedan tomar las acciones necesarias, indicaron a través de un comunicado.

Continuar Leyendo

Argentina

Declararon inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario

El fallo dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA).

Avatar

Publicado

el

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional el decreto que puso un freno a la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Gobierno a cumplir con lo establecido en la normativa aprobada por el Congreso.

El fallo firmado por el juez Martín Cormick dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA), dejando sin efecto el Decreto 759/2025.

De esta forma, ordenó al Poder Ejecutivo el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”, según el escrito al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.

El Gobierno había intentado frenar el cumplimiento de la ley primero con su veto. Luego de que el Congreso lo rechazó y sostuvo la normativa, emitieron un decreto en el que dispuso que el financiamiento a las universidades solo podía ejecutarse “una vez que se determine las fuentes específicas para su financiamiento y se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general”.

Tanto el Consejo Interuniversitario Nacional como la UBA y otras universidades presentaron un amparo colectivo para que se cumpla con los puntos claves de la ley, entre ellos otorgar partidas a las casas de estudios para su funcionamiento y recomponer el salario de docentes y no docentes.

El juez consideró en el fallo que el decreto del Gobierno “no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas”.

Apuntó que ante la imposibilidad legal de emitir un nuevo veto, el decreto “ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional” que, según su mirada, configuró “una figura de instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional”.

Cormick también remarcó que “el control judicial de decisiones con impacto presupuestario, lejos de ser una intromisión extraordinaria, es una de las consecuencias propias de la justiciabilidad del Estado”.

Por otro lado, el magistrado puso en duda el costo fiscal de la ley. Mencionó que en 2024 y 2025 no había Ley de Presupuesto y se prorrogaron las partidas aprobadas del 2023, y señaló que según la Oficina de Presupuesto del Congreso, el impacto durante el año 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.

FUENTE: Agencia NA

Continuar Leyendo
Publicidad

Facebook

Tendencias