El Senado sancionó la nueva ley de alquileres, que prevé beneficios para nueve millones de inquilinos de todo el país, en una nueva sesión virtual que la oposición abandonó por segunda vez en lo que va del mes, en desacuerdo con la inclusión de temas que entendió que no estaban vinculados a la pandemia de coronavirus.
El oficialismo advirtió que, en medio de la emergencia sanitaria, «todos los temas son atravesados por la pandemia» y votó en soledad la nueva normativa para los contratos de locación, que contempla extender de dos a tres años el tiempo de alquiler y una flexibilización para la presentación de garantías.
Durante la sesión también se sancionó la ley que regula la educación a distancia, implementada por las escuelas de todo el país desde que se inició el aislamiento social preventivo y obligatorio, y se aprobó y giró a la Cámara de Diputados una nueva normativa para la inscripción de sociedades comerciales.
Daniel Lipovetzky
@Lipovetzky
El Senado acaba d aprobar la #LeyDeAlquileres.Orgullo y agradecimiento a todas y todos los diputados y senadores q acompañaron el proyecto de mi autoría. La Argentina tendrá una ley de alquileres despues de 30 años q mejorará las condiciones d locación para muchísimos inquilinos.
En el cierre del debate, el jefe de los senadores del Frente de Todos, José Mayans, cuestionó a la oposición por haberse retirado de la sesión y afirmó que «no acompañan los temas que hacen a la emergencia» sanitaria.
«Se enojan porque trabajamos» y repiten «un relato lleno de mentiras y de obstrucción para socavar el esfuerzo del gobierno nacional» para mitigar los efectos de la pandemia, sostuvo Mayans poco antes de votar la nueva ley de alquileres.
Antes de desconectarse de la sesión, el jefe de los senadores de Cambiemos, Luis Naidenoff, había advertido que la oposición «siempre iba a poner un freno y un límite» a lo que calificó como «atropellos» del oficialismo por «cambiar la hoja de ruta en medio de las peores señales económicas».
El senador aliado de Cambiemos, Juan Carlos Romero, aclaró que la oposición no se oponía a esa ley pero sí al hecho de incluirla en el temario de sesiones remotas cuando «no era una cuestión urgente» porque los inquilinos estaban contemplados en los decretos de suspensión de desalojos dictados por el Gobierno.
La de hoy fue la segunda ocasión en que la oposición abandonó una sesión virtual. La semana pasada, se retiró de la videoconferencia y frenó la aprobación de la ley de alquileres y de educación a distancia al no otorgar los dos tercios de los votos reglamentarios para habilitar el debate sobre tablas.
La nueva ley de alquileres sancionada había recibido media sanción de la Cámara de Diputados en noviembre del año pasado y prevé flexibilizar las exigencias para inquilinos de todo el país al permitirles presentar dos opciones de garantía y extender los plazos del contrato de dos a tres años.
En representación del oficialismo, la senadora por Chubut Nancy González ponderó además que la ley le otorga también «posibilidades de acceder a vivienda social a mujeres víctimas de violencia de género y a jubilados y amplía garantías a quienes viven lejos de los grandes centros urbanos».
Los senadores del Frente de Todos aprobaron también, aunque con modificaciones, la nueva normativa que suspende por 180 días la inscripción por internet de sociedades comerciales simplificadas.
Durante este lapso, las inscripciones se efectuarán exclusivamente en soporte papel conforme las disposiciones y procedimientos previstos que al efecto dicte cada Registro Público.
Para defender la suspensión de las SAS, el senador del FdT Oscar Parrilli aclaró que las llamadas sociedades simplificadas «van a seguir» y no habrá «perjuicio a las que ya se constituyeron» pero explicó que lo que se busca «es un mayor» control para evitar anormalidades.
En ese sentido, el senador precisó que la Inspección General de Justicia detectó irregularidades en al menos 20 sociedades registradas y afirmó que la normativa sancionada «va en línea» con disposiciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) a las que Argentina adhirió.
La otra normativa aprobada hoy fue la que regula la educación a distancia en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio en todo el país.
Esta propuesta recibió el apoyo de la oposición por considerar que sí estaba en los términos del acuerdo de convocatoria a sesiones remotas y fue aprobada por unanimidad.
Esta ley establece como «una excepcionalidad» la modalidad de enseñanza a distancia y dispone que deberá contar con una declaración previa del Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación o con la jurisdicción según corresponda.
Además, el texto sancionado determina que la educación a distancia será implementada «cuando la escolaridad presencial sea inviable, en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos».
El índice para la actualización anual de los precios estará conformado en igual medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), que debe ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central (BCRA).
El plazo mínimo de la locación de inmueble serán tres años.
No podrá exigirse al locatario el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes. El importe del depósito de garantía no podrá ser mayor al equivalente al primer mes de alquiler.
Introduce la posibilidad de que los inquilinos puedan hacer los arreglos y descontarlos del alquiler, dado que en caso de negativa o silencio del locador ante un reclamo del locatario debidamente notificado para que realice alguna reparación urgente, el locatario puede realizarlas por sí a cargo del locador, una vez transcurridas 24 horas de la notificación.
El locatario no tiene a su cargo el pago de impuestos que graven a la propiedad -como el ABL y ARBA- ni el pago de expensas comunes extraordinarias.Los locadores deberán aceptar como garantía alguna de las siguientes opciones: título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o fiador solidario o garantía personal del locatario (recibo de sueldo o certificado de ingresos que pueden sumarse en caso de ser más de un locatario).
El locador deberá informar con tres meses de anticipación si renueva y las condiciones para el nuevo contrato.
Establece que el locador debe intimar fehacientemente al locatario dando un plazo no menor a 10 días corridos de recibida la notificación y lugar de pago previo a la acción judicial de desalojo.
Será obligación del locador declarar el contrato de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP), dentro de los plazos que disponga este organismo.
Para la resolución de conflictos, el proyecto establece que deberán crearse en el ámbito público de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires ámbitos de mediación y arbitraje gratuitos o de bajo costo.
La intermediación en el contrato de alquiler sólo podrá estar a cargo de un profesional matriculado y si interviene un solo corredor, ambas partes, propietario e inquilino, deberán pagar comisión.
Se crea el Programa Nacional de Alquiler Social destinado a la adopción de medidas que tiendan a facilitar el acceso a una vivienda digna en alquiler mediante una contratación formal para personas en situación de vulnerabilidad.