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Puntos más importantes de la reforma a la Ley de Glaciares

El debate por la reforma de la Ley de Glaciares en la Cámara de Diputados donde 137 legisladores votaron a favor, 111 en contra y solo 3 se abstuvieron

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La reciente sanción de la reforma de la Ley de Glaciares marca un antes y un después en la discusión sobre la protección de estas zonas y de las áreas periglaciares en el país.

Hasta el momento, la Ley 26.639 regulaba la preservación de estos cuerpos de hielo considerados reservas estratégicas de recursos hídricos. Tras conseguir 137 votos a favor y obtener 111 en contra mas tres abstenciones, el oficialismo avanzó con la modificación que ya contaba con la media sanción del Senado. De esta manera, fue girada al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Uno de los principales cambios aprobados gira en torno a otorgarle un mayor margen a las provincias para definir sus propios criterios de protección, en respuesta a los reclamos de distritos con desarrollo minero.

La Ley de Glaciares, sancionada en 2010, estableció los presupuestos mínimos para la protección de estos bloques de hielo naturales. La norma original los definió como bienes públicos, destinados a la conservación del agua para consumo, la recarga de cuencas hidrográficas, la protección de la biodiversidad, el desarrollo de actividades científicas y el turismo. Además, extendió su alcance a las áreas periglaciares, es decir, los suelos congelados que cumplen un papel relevante en la regulación del recurso hídrico.

Ahora, se introdujo un cambio en el enfoque la protección legal sobre las zonas zonas periglaciares y los llamados Glaciares de Escombros (GdE), áreas en las que se concentran reservas clave de agua y que coinciden, en muchos casos, con territorios de alto potencial para la actividad minera.

Mientras que la normativa anterior establecía una protección amplia, el proyecto sancionado esta madrugada plantea limitarla únicamente a aquellos que cumplan una “función hídrica comprobada o relevante”. Esto implica que solo las áreas que sean consideradas estratégicas para el recurso hídrico quedarían bajo resguardo estricto.

En consecuencia, el texto habilita la posibilidad de autorizar actividades productivas y extractivas en zonas que la ley original protegía de manera general. Este cambio generó cuestionamientos de expertos y organizaciones ambientales, que advierten sobre los riesgos de permitir intervenciones en regiones fundamentales para la seguridad de los reservocios de agua dulce del país.

Por su parte, el Ejecutivo argumentó que la reforma ordenará el marco normativo, eliminará interpretaciones arbitrarias y fortalecerá el federalismo ambiental, permitiendo que las provincias asuman mayor protagonismo en la gestión de sus recursos.

Principales puntos de la modificación de la Ley de Glaciares

Alcance de la protección: la reforma redefine el objeto protegido, limitando la protección a aquellos glaciares y ambientes periglaciales que cumplan “funciones hídricas” específicas, cuya verificación queda en manos de cada provincia.

Desplazamiento del control científico nacional: el IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales), que antes tenía el rol central y científico en la identificación de glaciares, pasa a un rol registral. “El Inventario será de ‘ineludible consulta y consideración’ por parte de las provincias sin que ello implique disminución de las atribuciones provinciales”. Además, se dará intervención al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, cuando se trate de zonas fronterizas pendientes de demarcación del límite internacional previo al registro del inventario.

Fragmentación y discrecionalidad: la reforma permite que cada provincia aplique criterios propios para determinar qué proteger, en lugar de aplicar estándares científicos homogéneos y mínimos para todo el país.
Principio precautorio: mientras se aplica el principio precautorio, todos los glaciares y las formaciones periglaciares que aparecen en el Inventario Nacional de Glaciares van a estar protegidos por esta ley. Esto se mantendrá así hasta que la autoridad ambiental compruebe que alguno de ellos no cumple con las funciones indicadas en el primer párrafo del artículo 3°. En el momento en que la autoridad confirme que un glaciar o una geoforma periglacial del inventario no cumple con esas funciones, ese sitio dejará de estar protegido específicamente por esta norma, aunque seguirá bajo la protección general de la Ley General del Ambiente y otras leyes vigentes.

Cambio del sistema de prohibiciones: se pasa de un régimen de prohibiciones generales a un sistema donde la evaluación de impacto ambiental, caso por caso y en manos provinciales, definirá qué actividades se pueden autorizar.

Enfoque preventivo: la reforma transforma la protección estructural y preventiva de los glaciares y su ambiente en una protección condicional y revisable.

Evaluación de impacto ambiental: todas las actividades proyectadas en los glaciares y en el ambiente periglacial estarán sujetas a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental en forma previa a su autorización y ejecución, conforme a la normativa vigente.

FUENTE: Infobae

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El Gobierno reglamentó cambios de la Ley de Modernización Laboral

Entre los puntos destacados se encuentran la registración del empleo, el control de licencias médicas, los acuerdos de desvinculación, entre otros.

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El Gobierno reglamentó este lunes algunos cambios significativos correspondientes a la Ley de Modernización Laboral. Entre los puntos destacados del decreto 407/2026 que se publicó en Boletín Oficial se encuentran la registración del empleo, la negociación colectiva, el control de licencias médicas, los acuerdos de desvinculación, entre otros.

Esto repercute además en la implementación de esquemas digitales que promueven los sistemas electrónicos de notificación y comunicación entre empleadores, trabajadores y organismos estatales, y la simplificación de trámites.

El texto oficial recordó que la obligación de registrar trabajadores se cumple mediante los sistemas habilitados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y que, a partir de esta publicación,» los empleadores ya no tendrán que llevar los libros laborales (artículo 52 de la LCT) en soporte físico ni digital». El sistema digital del mencionado organismo centralizará las altas, bajas y las modificaciones de los datos laborales, lo que quedará a disposición de los organismos y entidades de trabajo y seguridad social.

En cuanto a los acuerdos extintivos de la contratación laboral por mutuo acuerdo (artículo 241), la autoridad administrativa deberá verificar la legalidad del acto, la inexistencia de vicios y la adecuada composición de intereses, según los parámetros del artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Otro de los cambios centrales alcanza al control de enfermedades del trabajador (artículo 210). Según el decreto, las prescripciones médicas que incluyan reposo “deberán ser emitidas electrónicamente mediante sistema de información o plataforma digital” en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias, y firmadas por profesionales habilitados ante la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud. Si existe una discrepancia insalvable entre el diagnóstico inicial y el control médico efectuado por el empleador, las partes podrán recurrir a una junta médica oficial o al dictamen de institutos públicos o privados de reconocida trayectoria.

El Poder Ejecutivo también dispuso reglas sobre la documentación laboral y, en particular, sobre el recibo de haberes. La reglamentación exige que los recibos de haberes contengan información clara y comprensible. El empleador deberá detallar el costo laboral total, los conceptos involucrados en la relación y el monto final percibido por el trabajador.

Para los trámites jubilatorios, se estableció la obligación a ANSES de notificar a los empleadores y agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud sobre el inicio y la finalización del procedimiento.

Uno de los aspectos es el nuevo marco para las Empresas de Servicios Eventuales. El decreto reemplaza la normativa anterior, que había quedado desactualizada, y establece criterios de funcionamiento más flexibles y proporcionales. La exigencia de garantías se adecuará a la cantidad de trabajadores y a la dimensión de la empresa, eliminando rigideces que dificultaban la operación de empresas pequeñas y medianas.

En materia de negociación colectiva, el Gobierno definió que serán considerados vencidos los convenios cuyo plazo original ya haya expirado. En tanto, las asociaciones de empleadores y cámaras empresarias estarán legitimadas para participar en negociaciones colectivas si acreditan representación suficiente en el ámbito personal y territorial correspondiente, que no podrá ser inferior al 10 % de los trabajadores comprendidos. Si la convención aplica en más de una jurisdicción, la autoridad podrá admitir hasta dos representaciones adicionales del sector empleador.

La reglamentación también modifica el régimen sindical. Según el decreto, los cuerpos directivos de asociaciones sindicales deberán guardar una proporcionalidad razonable con el número de afiliados cotizantes; la autoridad de aplicación verificará nóminas con datos del Sistema Integrado Previsional Argentino y otras bases públicas; y, en casos de superposición de personería gremial, la asociación que la pretenda deberá superar a la que ya la posee por al menos un 5 % adicional de afiliados cotizantes.

La norma fijó además un plazo de 30 días para que la Secretaría de Trabajo convoque a los gremios para renegociar convenios colectivos vencidos, mientras que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero deberá adaptar en 120 días sus sistemas para absorber la registración laboral del sector de la construcción.

FUENTE: Infobae

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Transportistas de larga distancia reclaman al gobierno una deuda de $27.000 millones

Desde la Cámara Empresaria de Larga Distancia (CELADI) advirtieron que el Estado mantiene una deuda acumulada que ya supera los $27.000 millones y remarcaron que el conflicto se encuentra judicializado desde hace más de un año.

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Las empresas de micros de larga distancia salieron a cuestionar con dureza la decisión del Gobierno de eliminar el régimen de compensaciones destinado a cubrir parte de los pasajes gratuitos para personas con discapacidad, trasplantados y pacientes oncológicos pediátricos.

 

Desde la Cámara Empresaria de Larga Distancia (CELADI) advirtieron que el Estado mantiene una deuda acumulada que ya supera los $27.000 millones y remarcaron que el conflicto se encuentra judicializado desde hace más de un año.

La polémica se desató luego de que la Secretaría de Transporte publicara este martes la resolución 28/2026, mediante la cual dejó sin efecto el esquema de compensaciones económicas para las compañías que otorgan boletos gratuitos a personas alcanzadas por las leyes de discapacidad, trasplante y oncopediatría.

Desde el sector empresario sostienen que la medida fue tomada en medio de una disputa judicial abierta y en un contexto de incumplimiento del Estado nacional. Según señalaron en un comunicado, las compañías continúan garantizando el beneficio pese a que el Gobierno dejó de pagar las compensaciones hace más de un año.

 

El transporte de larga distancia dejó de ser considerado un servicio público tras la desregulación impulsada por el Decreto 883/24, pero las empresas siguen obligadas a absorber una carga que históricamente era compensada por el Estado”, indicaron desde CELADI.

Las empresas aseguran que el último pago recibido corresponde a noviembre de 2024. Desde entonces, la deuda se habría ido acumulando mes a mes mientras las compañías continuaban entregando más de 1,5 millones de pasajes gratuitos al año.

El conflicto escaló aún más el pasado 18 de mayo, cuando el Juzgado Federal declaró formalmente el incumplimiento del Estado nacional y aprobó una primera liquidación de deuda por $8.753 millones correspondiente al período comprendido entre noviembre de 2024 y abril de 2025.

Según CELADI, esa cifra representa solo una parte de la deuda total, ya que los períodos posteriores continúan siendo relevados dentro de la misma causa judicial. El monto acumulado, afirman, supera actualmente los $27.000 millones.

Las empresas insistieron en que no cuestionan el derecho de las personas con discapacidad y de los pacientes alcanzados por las leyes vigentes a viajar gratuitamente. No obstante, plantearon que resulta “inconsistente” que el Gobierno desregule el sector y, al mismo tiempo, pretenda trasladar completamente ese costo a compañías privadas sin ningún tipo de compensación estatal.

 

En paralelo, el Ejecutivo ratificó que las personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD), credencial del INCUCAI y pacientes oncológicos pediátricos seguirán teniendo garantizado el acceso a pasajes gratuitos en los servicios de larga distancia, aun después de la eliminación del fondo compensador. / TN

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Hubo descontrol por el sándwich de matambre gigante: derribaron vallas para llevarse porciones

Una histórica parrilla de en Avellaneda organizó un evento para preparar un sándwich de más de 700 metros, pero las demoras y la multitud terminaron en caos. Vecinos rompieron el vallado y se abalanzaron sobre la comida antes de la entrega oficial

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Lo que había sido anunciado como una fiesta gastronómica terminó en un verdadero descontrol en Avellaneda, Buenos Aires. El evento organizado por la histórica Parrilla El Tano para preparar “el sándwich de matambre a la pizza más largo del mundo” derivó en corridas, empujones y vecinos derribando vallas para quedarse con una porción.

La propuesta buscaba celebrar el 25 de mayo y también los 25 años del tradicional local gastronómico del sur del conurbano bonaerense. Según habían promocionado en redes sociales, el objetivo era preparar un sánguche de aproximadamente 750 metros de largo.

Una multitud y horas de espera

La convocatoria estaba prevista para las 11 de la mañana sobre la avenida Mitre, en Avellaneda, y contaba incluso con apoyo de patrocinadores y la presencia del intendente Jorge Ferraresi, quien había difundido el evento en sus redes sociales.

Sin embargo, con el correr de las horas, comenzaron las quejas de los asistentes por las demoras en la preparación del sándwich kilométrico.

https://twitter.com/lanacionmas/status/2058933169487831430?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E2058933169487831430%7Ctwgr%5E4f8874b065b4563b116e2c7994f22ff99ec4c37e%7Ctwcon%5Es1_&ref_url=https%3A%2F%2Fwww.contextotucuman.com%2Fnota%2F386414%2Fdescontrol-por-el-sandwich-de-matambre-gigante-derribaron-vallas-para-llevarse-porciones.html

En redes sociales, varios usuarios aseguraron que el armado avanzaba lentamente y que la comida todavía no estaba lista incluso entrada la tarde. Algunos vecinos afirmaron haber esperado durante horas sin recibir ninguna porción.
Derribaron las vallas y se abalanzaron sobre la comida

La situación terminó explotando cuando parte del público perdió la paciencia y avanzó sobre las mesas donde estaba el sándwich ya cortado.

En videos que rápidamente se viralizaron puede verse cómo decenas de personas superan el vallado, empujan y toman porciones directamente de la mesa, mientras otros intentaban mantener el orden.

Algunos lograron llevarse comida, mientras que muchas personas que esperaban una entrega organizada terminaron yéndose sin probar el famoso matambre a la pizza.
El descargo de la parrilla: «Un sabor amargo»

Tras los incidentes, desde la Parrilla El Tano publicaron un mensaje en redes sociales lamentando lo ocurrido y agradeciendo a quienes participaron de la jornada.

Desde el local señalaron que durante gran parte del día el clima había sido positivo y familiar, aunque aseguraron que sobre el final “muchas personas comenzaron a descontrolarse”, lo que les dejó «un sabor amargo».

Además, denunciaron que hubo gente que no solo tomó comida antes de tiempo, sino que también se llevó elementos que formaban parte de la organización del evento.

“Detrás de esto hubo meses de trabajo y muchísimo esfuerzo”, expresaron desde el comercio, que cuestionó la falta de respeto hacia quienes trabajaban en el lugar y hacia las personas que aguardaban tranquilamente para recibir su porción. /Perfil

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