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Escándalo en el gabinete: las supuestas prestamistas de Adorni negaron conocerlo

El funcionario habría adquirido un lujoso departamento en Caballito mediante una hipoteca privada con dos jubiladas. Sin embargo, al ser contactadas, las mujeres desconocieron el vínculo y la millonaria operación inmobiliaria.

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Mientras un grupo de estudiantes universitarios realizaba una clase pública muy cerca del departamento de la calle Miró a nombre de Manuel Adorni, las dos mujeres que presuntamente le habrían prestado el dinero al jefe de Gabinete para comprar la vivienda negaron de forma categórica conocerlo o tener algún tipo de vínculo con él.

 

 

Según trascendió en las últimas horas, el exclusivo inmueble ubicado en el barrio porteño de Caballito le costó a Adorni unos 230 mil dólares y logró pagarlo tras contraer una hipoteca no bancaria con dos particulares, que curiosamente son las mismas personas que le vendieron la propiedad. Se trata de dos jubiladas: Beatriz Viegas, de 72 años, y Claudia Sbabo, de 64 años.

 

 

El misterioso crédito y la respuesta de las acreedoras

Ante la consulta periodística en el domicilio que acredita Viegas en el barrio de Flores, la respuesta fue tajante. «No, la verdad que no», respondió la mujer cuando se le preguntó si conocía a Adorni, negando además haberle cedido dinero en forma de hipoteca. Sin embargo, en el Registro de la Propiedad Inmueble, Viegas consta legalmente como acreedora del 50% de un crédito hipotecario de 200.000 dólares con el que se concretó la operación, inscripta en noviembre del año pasado por un valor total de 230.000 dólares.

 

 

La otra mitad de la millonaria hipoteca aparece asignada a Sbabo, quien figura en los registros públicos como empleada de una editorial. Al intentar contactarla telefónicamente, respondió otra mujer asegurando que la jubilada no se encontraba en ese momento. Ante la pregunta sobre el funcionario y la compra del departamento en la calle Miró, la respuesta fue evasiva: «Yo no lo conozco, la verdad que no sé si ella… No, ni idea de esas cosas. Disculpe, pero tengo que seguir trabajando».

 

 

El salto patrimonial bajo la lupa

Durante su primer año y medio al frente de la vocería presidencial, Adorni solía mencionar que vivía en un modesto departamento de avenida Asamblea, en Parque Chacabuco, que ocupó durante años con su familia. Pero los registros oficiales revelan que en noviembre de 2025 logró adquirir esta costosa vivienda en una zona exclusiva, pagándola con una hipoteca privada por el 87% de su valor. A esto se suma que, un año antes, su esposa escrituró una casa en un country de Exaltación de la Cruz, con expensas mensuales que rondan los 700 mil pesos.

 

 

Sospechas en el Congreso y la Justicia

La peculiar forma en la que el ministro coordinador logró adquirir su actual vivienda despertó fuertes sospechas en el diputado nacional Esteban Paulón, uno de los denunciantes en la causa que investigan el juez federal Ariel Lijo y el fiscal Gerardo Pollicita. Al legislador le llamó poderosamente la atención el desfasaje en los números: el funcionario abonó unos 1.155 dólares el metro cuadrado, casi la mitad del valor real de mercado para esa zona, tasado en unos 2.000 dólares.

 

 

«Ese departamento era de un exfutbolista hasta mayo o junio del año pasado y está tasado entre 300 y 350 mil dólares. Ahí cambia de titularidad por tres meses y pasa por mitad a dos mujeres, que no tienen vínculo entre sí, y son las que en poco tiempo le hacen una hipoteca de 200 mil dólares a Adorni», detalló el legislador socialista.

En este sentido, desde la oposición plantearon que la operación «parecería una intermediación ya pautada por el breve lapso de tiempo que estas mujeres la tuvieron en su poder antes de venderla. Se parece bastante a una forma de intermediar para que el jefe de Gabinete no tenga que explicar demasiado lo que compró que, igualmente, con su salario no sabemos cómo hará para pagar las cuotas».

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Edicto Judicial – Expte. N° 877/10 (Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello

Notificación judicial relativa a los autos caratulados «Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello Martina s/ Juicio Ordinario» (Expte. N° 877/10) – Juzgado Civil y Comercial N° 5 de Formosa.

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Formosa, sito en calle San Martín N° 641 2do. Piso, a cargo de la Juez Dra. Cyntia Verónica Rouseau, Secretaría a cargo de la Dra. Alicia Aixa Amad, en los autos caratulados: «ALLENDE LIBRADA RUTH C/ SUCESORES DE GONZALEZ DE GIACOPELLO MARTINA S/ JUICIO ORDINARIO» – EXPTE. N° 877/10, notifica a la Sra. María B. Giacopello De Argañaraz D.N.I. N° 8.981.595, la Sentencia N° 448/24 que en su parte correspondiente dice:

«FORMOSA, 13 de noviembre de 2.024. AUTOS Y VISTOS:… RESULTA:… CONSIDERANDO:… SENTENCIO: 1.- HACER LUGAR a la presente demanda instaurada por la Sra. ALLENDE LIBRADA RUTH, contra los herederos de la Sra. MARTINA GONZALEZ de GIACOPELLO, en virtud de haber poseído la accionante durante el período establecido por la ley y cumpliendo los recaudos, el inmueble sitio en calle Pacífico Scozzina N° 1.554 de ésta ciudad, identificado como Lote N° 4 de la Manzana N° 21 del Lote Rural N° 25 de la Ciudad de Formosa con una superficie de 500 m2 y cuya nomenclatura catastral es: Dpto. 01, Circ. VII, Sec. T, Mz. 42, Parcela 25, Partida N° 23.345, declarado adquirido su dominio, conforme los fundamentos desarrollados en los «Considerandos». 2.- ORDENAR INSCRIBIR el dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de su nueva titular, Sra. Allende, Librada Ruth, D.N.I. N° 12.571.702 cancelando la registración anterior. A tal fin, ofíciese al Registro en la forma de estilo. 3.- IMPONER LAS COSTAS, por su orden, (art. 68 2da. parte del C.P.C.C.) de conformidad a los fundamentos expuestos en los «Considerandos». 4.- DIFERIR la regulación de honorarios profesionales, hasta el momento en que exista base para ello (art. 24 de la Ley 512). REGÍSTRESE, insértese copia en el Libro de Sentencias, NOTIFÍQUESE personalmente o por cédula. Oportunamente, ARCHÍVESE.» – FDO. Dra. Cynthia Verónica Rouseau – Jueza.-

Publíquese edictos por un (1) día en un diario de mayor circulación y en el boletín oficial, de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán.—

Formosa, agosto de 2026. Dra. Alicia Aixa Amad – Secretaria.

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Yacyretá abrió sus compuertas por la crecida del río Paraná

La represa inició maniobras para atenuar el impacto del aumento del caudal, que ronda los 28.000 metros cúbicos por segundo y podría seguir creciendo en los próximos días.

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La Central Hidroeléctrica Yacyretá abrió este lunes sus compuertas del vertedero principal para atenuar los efectos del aumento del caudal del río Paraná. Se trata de maniobras que realizan las autoridades de la represa para atenuar los efectos del incremento del volumen de agua ocasionada por las descargas de las centrales ubicadas aguas arriba.

El Ing. Ronnie Ayala, jefe del Departamento Técnico en la Margen Derecha, explicó que la tendencia creciente en los caudales afluentes se mantiene tal como habían alertado los organismos especializados en sus pronósticos hidrológicos, y las lluvias ocasionadas por el fenómeno “El Niño”.

A su vez, precisó que con las precipitaciones que se están registrando entre el domingo y este lunes, el caudal afluente está en alrededor de 28.000 m³/s a la altura de Yacyretá, y que todo indica que irá aumentando en los próximos días.

A la par, explicó que la cuenca del río Iguazú, de aporte directo al embalse de Yacyretá, las lluvias superaron cinco veces la cantidad pronosticada, lo que aumentó el caudal de 1.500 m³/s a 9.000 m³/s más 19.000 m³/s de Itaipú significa que están llegando alrededor de 28.000 m³/s a Yacyretá.

En ese sentido, el incremento del caudal del río Iguazú -que se triplicó en menos de 48 horas- obligó a Parques Nacionales y la empresa concesionaria a suspender este lunes el ingreso de visitantes a las Cataratas del Iguazú. Los registros de esta mañana indicaban que por los 275 saltos caían más de 12.000 metros cúbicos por segundo, lo que representa casi nueve veces el caudal promedio.

El jefe técnico añadió que las inundaciones no se pueden atribuir a la apertura de las compuertas, sino al contrario con las maniobras se está tratando de atenuar el impacto de este fenómeno. “Esto es un fenómeno natural que recibimos y se traslada aguas abajo de la presa. Suponiendo que no existía la usina, el fenómeno iba a causar el mismo efecto y tal vez de mayor impacto”, indicó.

El Departamento Técnico, a través del área de Hidrología, seguirá monitoreando permanentemente la situación hidrológica del río Paraná, a fin de mantener informada a la sociedad civil y a las autoridades para que puedan tomar las acciones necesarias, indicaron a través de un comunicado.

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Declararon inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario

El fallo dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA).

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El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional el decreto que puso un freno a la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Gobierno a cumplir con lo establecido en la normativa aprobada por el Congreso.

El fallo firmado por el juez Martín Cormick dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA), dejando sin efecto el Decreto 759/2025.

De esta forma, ordenó al Poder Ejecutivo el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”, según el escrito al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.

El Gobierno había intentado frenar el cumplimiento de la ley primero con su veto. Luego de que el Congreso lo rechazó y sostuvo la normativa, emitieron un decreto en el que dispuso que el financiamiento a las universidades solo podía ejecutarse “una vez que se determine las fuentes específicas para su financiamiento y se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general”.

Tanto el Consejo Interuniversitario Nacional como la UBA y otras universidades presentaron un amparo colectivo para que se cumpla con los puntos claves de la ley, entre ellos otorgar partidas a las casas de estudios para su funcionamiento y recomponer el salario de docentes y no docentes.

El juez consideró en el fallo que el decreto del Gobierno “no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas”.

Apuntó que ante la imposibilidad legal de emitir un nuevo veto, el decreto “ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional” que, según su mirada, configuró “una figura de instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional”.

Cormick también remarcó que “el control judicial de decisiones con impacto presupuestario, lejos de ser una intromisión extraordinaria, es una de las consecuencias propias de la justiciabilidad del Estado”.

Por otro lado, el magistrado puso en duda el costo fiscal de la ley. Mencionó que en 2024 y 2025 no había Ley de Presupuesto y se prorrogaron las partidas aprobadas del 2023, y señaló que según la Oficina de Presupuesto del Congreso, el impacto durante el año 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.

FUENTE: Agencia NA

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