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Argentina

El impuesto a Netflix, Spotify y otras aplicaciones será de 8%

No será del 30% como estaba previsto. Incluye la contratación de servidores de internet y demás servicios vinculados con el mundo web

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El Gobierno redujo hoy del 30% al 8% el recargo sobre los pagos en dólares en el caso de aplicaciones muy populares como Netflix, Spotify, Airbnb, Tinder y otras, y también en la contratación de servidores de internet y demás servicios vinculados con el mundo web.

El Gobierno despejó algunas de las cuestiones que quedaban pendientes en la letra fina y además concretó algunos cambios con respecto a lo que se había sancionado.
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Dólar, Bienes Personales e impuestos: el Gobierno reglamentó la Ley de Solidaridad
Así lo dispone la reglamentación del decreto publicada hoy en el Boletín Oficial, que brinda precisiones sobre los alcances de la ley de emergencia económica y social.

En el marco de aclaraciones sobre el «impuesto para una Argentina inclusiva y solidaria» (PAIS), en el artículo 17 del decreto se establece que cuando se trate de «servicios digitales», el impuesto será del 8% y no del 30%.

El 30% sí aplicará para el resto de los casos enumerados en la ley, como la adquisición de moneda extranjera, las compras de pasajes o gastos en el exterior.

El artículo hace referencia a los servicios digitales tal como se los describe en el artículo tercero de la Ley de Impuesto al Valor Agregado.

Por otro lado, el decreto confirma la suspensión del impuesto del 30% sobre «la adquisición de servicios de transporte terrestre, de pasajeros, con destino a países limítrofes». Así, los pasajes de avión a países vecinos seguirán incluidos dentro del régimen y tributarán el 30%.

El decreto 99/2019, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y los ministros de Economía, Martín Guzmán; Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; y Trabajo, Claudio Moroni, establece también una alícuota diferencial de Bienes Personales para activos en el exterior, de hasta 2,25%, y beneficios para quienes repatrien fondos.

Los beneficios de menor impuesto para Netflix, Spotify, Airbnb y otras aplicaciones están detallados en el artículo 17 del decreto publicado este sábado.

Señala: «Cuando las operaciones comprendidas en el artículo 35 de la Ley 27.541 constituyan servicios incluidos en el inciso m) del apartado 21 del inciso e) del artículo 3° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, la alícuota prevista será del 8%.

El inciso m de la ley de IVA ordenada en 1997 incluye a los «servicios digitales».

Considera servicios digitales -cualquiera sea el dispositivo utilizado para su descarga, visualización o utilización-, a aquellos llevados a cabo a través de la red Internet o de cualquier adaptación o aplicación de los protocolos, plataformas o de la tecnología utilizada por Internet u otra red a través de la que se presten servicios equivalentes que, por su naturaleza, estén básicamente automatizados y requieran una intervención humana mínima.

Y determina que comprende a los siguientes:

1. El suministro y alojamiento de sitios informáticos y páginas web, así como cualquier otro servicio consistente en ofrecer o facilitar la presencia de empresas o particulares en una red electrónica.

2. El suministro de productos digitalizados en general, incluidos, entre otros, los programas informáticos, sus modificaciones y sus actualizaciones, así como el acceso y/o la descarga de libros digitales, diseños, componentes, patrones .y similares, informes, análisis financiero o datos y guías de mercado.

3. El mantenimiento a distancia, en forma automatizada, de programas y de equipos.

4. La administración de sistemas remotos y el soporte técnico en línea.

5. Los servicios web, comprendiendo, entre otros, el almacenamiento de datos con acceso de forma remota o en línea, servicios de memoria y publicidad en línea.

6. Los servicios de software, incluyendo, entre otros, los servicios de software prestados en Internet («software como servicio» o «SaaS») a través de descargas basadas en la nube.

7. El acceso y/o la descarga a imágenes, texto, información, video, música, juegos -incluyendo los juegos de azar-.

Este apartado comprende, entre otros servicios, la descarga de películas y otros contenidos audiovisuales a dispositivos conectados a Internet, la descarga en línea de juegos –

incluyendo aquellos con múltiples jugadores conectados de forma remota-, la difusión de música, películas, apuestas o cualquier contenido digital -aunque se realice a través de tecnología de streaming, sin necesidad de descarga a un dispositivo de almacenamiento-, la obtención de jingles, tonos de móviles y música, la visualización de noticias en línea, información sobre el tráfico y pronósticos meteorológicos – incluso a través de prestaciones satelitales-, weblogs y estadísticas de sitios web.

8. La puesta a disposición de bases de datos y cualquier servicio generado automáticamente desde un ordenador, a través de Internet o de una red electrónica, en respuesta a una introducción de datos específicos efectuada por el cliente.

9. Los servicios de clubes en línea o webs de citas.

10. El servicio brindado por blogs, revistas o periódicos en línea.

11. La provisión de servicios de Internet.

12. La enseñanza a distancia o de test o ejercicios, realizados o corregidos de forma automatizada.

13. La concesión, a Título oneroso, del derecho a comercializar un bien o servicio en un sitio de Internet que funcione como un mercado en línea, incluyendo los servicios de subastas en línea.

14. La manipulación y cálculo de datos a través de Internet u otras redes electrónicas.

Cuando se trata de locaciones o prestaciones gravadas, quedan comprendidos los servicios conexos o relacionados con ellos y las transferencias o cesiones del uso o goce de derechos de la propiedad intelectual, industrial o comercial, con exclusión de los derechos de autor de escritores y músicos. /Fuente: Ambito/

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Milei celebró el fallo de la Justicia: “No podrán detener el crecimiento que se viene para el país”

La Cámara del Trabajo reactivó la Ley de Modernización Laboral y dejó sin efecto la suspensión de 83 artículos.

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El presidente Javier Milei mostró su beneplácito en su cuenta de la red social X, por el fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que dejó sin efecto la medida cautelar que había suspendido la aplicación de una parte significativa de la Ley de Modernización Laboral.

“No podrán detener el crecimiento que se viene para el País. Viva la libertad carajo…!”, expresó el mandamás argentino en el reposteo que hizo, sobre una publicación de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

https://twitter.com/JMilei/status/2047345432221684156?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E2047345432221684156%7Ctwgr%5E1f21aa1de44f452e43f57921f222e8710ea95341%7Ctwcon%5Es1_&ref_url=https%3A%2F%2Felfederalnoticias.com.ar%2Fjavier-milei-celebro-el-fallo-de-la-justicia-no-podran-detener-el-crecimiento-que-se-viene-para-el-pais%2F

Este jueves la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió suspender los efectos de la medida cautelar que había frenado la aplicación de gran parte de la «reforma laboral», devolviendo la plena vigencia a los artículos detenidos hasta que el tribunal se expida sobre el fondo del asunto.

Con esta decisión, adoptada por la Sala VIII, integrada por la jueza María Dora González y el juez Víctor Arturo Pesino, el proceso entra en una etapa crucial al quedar a la espera de un pronunciamiento definitivo sobre la validez de los cambios aprobados por el Congreso de la Nación.

La resolución deja sin efecto la medida dictada el 30 de marzo por el juez Enrique Ojeda, que había suspendido 83 artículos de la Ley 27.802, luego de una presentación de la Confederación General del Trabajo (CGT).

El tribunal fundamentó su dictamen en lo dispuesto por el artículo 13, inciso 3, de la Ley 26.854, que establece el régimen de medidas cautelares contra el Estado, y consideró que en este caso no existían las condiciones excepcionales que justificarían el mantenimiento de la cautelar mientras se tramita la apelación.

La decisión implica que los artículos suspendidos recuperan vigencia de inmediato, hasta que la Sala VIII de la Cámara del Trabajo resuelva si confirma o revoca la medida cautelar. El dictamen subraya que será el tribunal, el encargado de definir, en función de la entidad institucional del acto, el destino final de la cautelar.

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La industria cayó en marzo, según un estudio privado

En marzo, la industria experimentó una caída de 1,6% frente a febrero, de acuerdo con datos preliminares del Índice de Producción Industrial (IPI) de la FIEL.

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En marzo, la industria experimentó una caída de 1,6% frente a febrero, de acuerdo con datos preliminares del Índice de Producción Industrial (IPI) de la Fundación de Investigaciones Económicas Latinoamericanas (FIEL). Aunque en la comparación interanual se observó un incremento de 0,6%, la baja mensual se produce en un contexto en el que la Unión Industrial Argentina (UIA) insiste en la necesidad de medidas como la reducción de impuestos y el acceso a mayor financiamiento para fortalecer la competitividad.

En términos desestacionalizados, la producción industrial de marzo retrocedió tras tres meses de avances, lo que ubicó el nivel de actividad industrial en valores similares a los de noviembre pasado. “En la comparación con febrero, descontando factores estacionales, se tuvo una caída que anuló la mejora de los meses previos, posponiendo una eventual salida hacia una fase de recuperación de la actividad industrial, en un contexto en el que, con el proceso de apertura, sectores atraviesan una transformación para enfrentar presiones competitivas, y a otros se les abren oportunidades a partir de la densificación de las cadenas de valor vinculadas al agro, la energía y la minería”, indica el reporte de FIEL.

Esto genera interrogantes respecto a las expectativas que tiene Caputo de que a partir de abril, además de una desaceleración de la inflación tras el 3,4% que marcó en marzo, vienen los “mejores 18 meses” para la Argentina en las últimas dos décadas. Sobre todo luego de la caída que registró en febrero, el Estimador Mensual de Actividad Económica (EMAE), con una variación negativa de 2,6 por ciento.

Si bien con esta suba interanual se recortó a 2,3% la caída acumulada en el primer trimestre frente al periodo enero-marzo del 2025, aún existen diferencias significativas entre los sectores, ya que algunos continúan con caídas.

El informe de FIEL identificó a la producción de químicos y plásticos, la refinación de petróleo y la producción de minerales no metálicos como los sectores que exhibieron los mejores desempeños durante el tercer mes del año. En el caso de químicos y plásticos, el rebote se explicó por la reactivación de la producción de químicos y petroquímicos básicos debido a paradas que ocurrieron un año antes, sumada a una mejora en la elaboración de agroquímicos y jabones.

La refinación de petróleo mantuvo diez meses de subas interanuales y durante el primer trimestre de 2026 alcanzó el volumen refinado más alto desde 2008. Por su parte, la producción de minerales no metálicos mostró una recuperación tras dos meses de caída, impulsada por un fuerte aumento en los despachos de cemento, que cortaron una racha de cuatro meses negativos. A su vez, el sector automotriz logró frenar en marzo la tendencia descendente: la fabricación de automóviles registró el noveno retroceso consecutivo, pero la producción de utilitarios presentó una mejora luego de cuatro meses de retracción.

Al analizar el primer trimestre, el ranking sectorial de crecimiento estuvo encabezado por la refinación de petróleo, con un avance acumulado de 9,5%. Le siguieron la producción de químicos y plásticos, con una suba de 2,6%, y alimentos y bebidas, que creció 0,8 por ciento. En cambio, las industrias metálicas básicas retrocedieron 0,5%, papel y celulosa disminuyeron 1,4%, lo mismo que los insumos textiles. Lo que expone es que, al igual que en el conjunto de la actividad en el sector industrial, también hay dos realidades diferentes.

Entre los sectores que profundizaron la contracción, la producción de minerales no metálicos acumuló una baja de 4% en el trimestre. Los despachos de cigarrillos cayeron 5,8%, la producción metalmecánica retrocedió 8,5% y la automotriz, 19,3% en comparación con el nivel de actividad de enero a marzo de 2025. El informe de FIEL resaltó que la refinación de petróleo amortiguó la caída industrial, mientras que el sector automotriz explicó cerca del 70% de la baja acumulada.

Son estos los datos que la UIA pone sobre la mesa cuando se reúne con el ministro de Economía, Luis Caputo: la situación de los sectores ligados al consumo interno. Según pudo saber Infobae, luego del encuentro de febrero, en donde la entidad que conduce Martín Rappallini le llevó propuestas al titular de Hacienda, no habrá, por el momento, mayores avances que las líneas de créditos que lanzó el Banco Nación Argentina (BNA). El compromiso con el sector sería que continúe bajando la tasa.

Desde la perspectiva de los tipos de bienes, los de uso intermedio sumaron una mejora de 1% durante el trimestre, resultado del impulso de la refinación de petróleo y el rebote en químicos y plásticos. Los bienes de consumo no durables igualaron el nivel de actividad alcanzado el año anterior, mientras que los bienes de capital mostraron un retroceso de 7,4% y los bienes de consumo durables registraron la mayor caída, con una contracción de 15% entre enero y marzo.

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A un año de la muerte de Francisco se lo recordará con misas, caravanas y actos

Sin la presencia de Javier Milei, quien se encuentra de visita a Israel, se realizarán homenajes en distintos en lugares del país recodando a Francisco, destacándose el que desarrollará la Iglesia Católica en la ciudad de Luján.

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A un año del del fallecimiento del Papa Francisco, este martes se realizarán una serie de misas, caravanas y actos en distintos en lugares de la Argentina, aunque la más sobresaliente será la que desarrollará la Iglesia Católica en la ciudad de Luján, provincia de Buenos Aires, que contará con representación del Gobierno nacional.

En la Basílica será la misa con la que las autoridades eclesiásticas, con Marcelo Colombo a la cabeza (máxima autoridad de la Conferencia Episcopal Argentina, CEA), recordará al fallecido Sumo Pontífice.

El lema será «memoria agradecida» y “compromiso misionero” y estarán, como la imagen del Poder Ejecutivo, Victoria Villarruel, vicepresidenta, y Agustín Caulo, el secretario de Culto y Civilización de la Nación que reemplazó a Nahuel Sotelo en enero de este año.

Con Javier Milei, el presidente, y Pablo Quirno, el canciller, de viaje en Israel, el acto central en recordatorio del cura argentino tendrá por lo menos a los dos funcionarios mencionados del Gobierno nacional, tal como confirmaron fuentes oficiales. Aunque no descartan que se sumen otros integrantes de la administración libertaria.

En tanto, confirmaron participación el gobernador de la Provincia, Axel Kicillof, Ricardo Quintela, mandatario de La Rioja, y la primera línea de la CGT y los movimientos sociales. Por el lado de la Iglesia, dará el presente la totalidad del episcopado argentino y los miembros de la Comisión Ejecutiva de la CEA: el cardenal Ángel Rossi (vicepresidente I), el monseñor César Fernández (vicepresidente II) y el monseñor Raúl Pizarro (secretario general).

“La convocatoria busca reunir al Pueblo de Dios en un gesto de fe, gratitud y esperanza, recordando el legado espiritual del Papa Francisco y su llamado permanente a una Iglesia cercana, misionera y comprometida con los más necesitados”, subrayó la Conferencia Episcopal desde un comunicado sobre la actividad.

FUENTE: NA

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