El Concejo Deliberante de San Miguel de Tucumán sancionó por unanimidad una ordenanza que establece un nuevo régimen integral para el sistema de taxis, simplificando y saneando el régimen anterior implementado en 2006. El debate del dictamen insumió cuatro horas y media.
Política
El Concejo aprobó la regularización de aplicaciones de transporte
El Concejo Deliberante de San Miguel de Tucumán trató en sesión este jueves, un paquete de proyectos de ordenanza sobre transporte.
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En la sesión, encabezada por el presidente, Fernando Juri, los concejales expusieron y defendieron los cambios impuestos al nuevo régimen, que pasará de denominarse Sistema Único Transporte Público de Pasajeros en Automóvil (SUTRAPPA) a Sistema Único de Transporte de Pasajeros en Automóvil (SUTRAPA).
El presidente de la comisión de Transporte, José María Franco, explicó que nueva normativa, con más de 70 artículos, simplifica y sanea el régimen de taxis. La normativa fue trabajada durante meses en reuniones ampliadas de la comisión de Transporte de la que participaron concejales que impulsaban distintas propuestas de regulación y legalización de los sistemas de traslados por aplicaciones, incluidos en uno de los capítulos de la normativa sancionada.
La normativa incluye también un marco regulatorio para las aplicaciones de transporte (Uber, Cabify, Didi, entre otros), que podrán operar en la ciudad a partir de un registro municipal en el que deben inscribirse las aplicaciones. Estas empresas deberán tributar el Tributo Económico Municipal (TEM), como toda actividad económica en la ciudad.
El SUTRAPA comprenderá dos regímenes diferenciados:
a) Régimen de Transporte Público de Pasajeros en Automóvil (Servicio de Taxis) prestado mediante licencias otorgadas por la Municipalidad y sujeto a tarifa regulada.
b) Régimen de Transporte Privado de Pasajeros mediante Plataformas Digitales de Intermediación, definido como actividad privada de interés público, prestada bajo las condiciones que establece la presente ordenanza», reza uno de sus artículos.
«La decisión que se tomó no es sencilla, se definió modificar el sistema de transporte de pasajeros teniendo en cuenta el pedido de los vecinos. Los vecinos de la ciudad son los grandes usuario de estas aplicacinoes de intermediación, los vecinos de la ciudad son la gran mayoria de trabajdores del volante a traves de este sistema privado de transporte. Nunca tenemos que dejar de ver que argentina esta en una situación de crisis, muchos vecinos trabajan de manera particular para que el mes no se termine económica el 20. Esta realidad fue analizada por el Concejo, por la Intendencia, por los sectores que nuclean a los taxistas y nos llevó a peleas internas, discusiones, acalorados debates, proyectos de concejales, de particulares. Este proyecto de ordenanza, este dictamen, es uno de los mas trabajados y discutidos, con al menos 12 borradores en carpeta», expuso Franco.
«Tras todas las discusiones y planteos, llegamos a la conclusión de que lo mejor decisión era mantener un sistema único para el control de dos modalidades de transporte en el municipio. Uno es un servicio privado licenciatado y el otro es un trabajo de privados en sus vehiculos con la participacion de una aplicacion de intermediacion de viajes de las mas conocidas cabify didi y uber. La existencia de las aplicaciones es una realidad que debemos acoger y no dejar que se desbande para no permitir que se repita lo que ocurrio con los remises en la ciudad. La comisiòn de Transporte trabajò con todos los concejales que deseaban participar, trabajando de manera constante y con discusiones constantes. Por eso quiero agradecer a Gustavo Cobos, a Facundo Vargas Aignasse, a Leandro Argañaraz, a Federico Romano Norri… a cada uno de los concejales», defendió Franco.
Y agregó: «por eso definimos simplificar el régimen de transporte en sus dos modalidades, sosteniendo requisitos indispensables, simplificando el trámite para quienes son taxistas y garantizando el derecho a viajar bien a los usuario de aplicaciones. Buscamos que el sistema funcione bien para los vecinos de la ciudad».
Uno a uno, plantearon sus puntos de vista y defendieron la iniciativa los concejales Gustavo Cobos, Eduardo Molina, Carlos Ale, Federico Romano Norri, Emiliano Vargas Aignasse, Ana González, Gonzalo Carrillo Leito, José María Canelada, Alfredo Terán, Gastón Gómez, Carlos Arnedo, Leandro Argañaraz y Facundo Vargas Aignasse. «Los algoritmos no pueden mandar, debe mandar el estado», finalizó Cobos para defender el dictamen.
Aplicaciones de transporte
En el Capítulo IV de la norma, se establece que se considera «El transporte privado de pasajeros mediante Plataformas Digitales de Intermediación constituye una actividad privada de interés público, prestada mediante vehículos particulares y conductores habilitados por la plataforma correspondiente, conforme a las disposiciones del presente».
En distintos artículos, se establece que el servicio sólo podrá iniciarse mediante una solicitud previa realizada por la aplicación y que no podrá captarse pasajeros en la vía pública. Las aplicaciones deberán inscribirse en el «Registro Municipal de Plataformas Digitales para Transporte», acreditando:
a) Razón social y representante legal ante el municipio.
b) Funcionamiento del sistema de geolocalización y trazabilidad.
c) Mecanismos de verificación de identidad de conductores y usuarios.
d) Canales de atención y respuesta al usuario.
e) Políticas de seguridad y protocolos de emergencia.
f) Cumplimiento de las normativas municipales vigentes, incluyendo las obligaciones tributarias municipales y la aceptación del régimen sancionatorio municipal. La falta de inscripción impedirá operar a la Plataforma Digital en el ámbito del municipio.
Las plataformas, además, deberán:
a) Exhibir al usuario, antes de confirmar el viaje, los datos del conductor y del vehículo.
b) Informar el costo final del viaje previo a la aceptación.
c) Registrar digitalmente el recorrido y conservarlo de manera segura.
d) Disponer de herramientas de emergencia accesibles al usuario.
e) Bloquear preventivamente conductores, vehículos y/o usuarios ante requerimiento fundado de la Autoridad de Aplicación.
f) Cumplir con la normativa de protección de datos personales.
Las plataformas digitales deberán remitir a la Autoridad de Aplicación, con la periodicidad que establezca la reglamentación y en formato digital estandarizado, el listado actualizado de conductores habilitados para operar dentro de la aplicación, indicando:
a) Nombre y apellido.
b) Documento Nacional de Identidad.
c) Domicilio declarado en la aplicación.
d) Licencia de conducir vigente y categoría.
e) Patente y características del vehículo utilizado.
f) Acreditación del seguro obligatorio con cobertura al pasajero.
g) Fecha de alta y baja dentro del sistema. La falta de presentación del listado, o su presentación incompleta o inexacta, será considerada infracción de la plataforma y será sancionada.
En el artículo 50, la norma establece que las plataformas deberán verificar, antes de habilitar a una persona para operar como conductor dentro de la aplicación:
a) La vigencia de su licencia de conducir profesional.
b) La existencia de seguro con cobertura al pasajero.
c) Los antecedentes penales actualizados.
d) Que el conductor no se encuentre incorporado al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a delitos contra la integridad sexual, conforme a la legislación nacional vigente.
La verificación deberá mantenerse actualizada, siendo la plataforma única responsable del cumplimiento de estas exigencias.La tarifa será establecida por las aplicaciones y los prestatarios tendrán la obligación de contratar una póliza de seguros. La antigüedad de los autos de plataformas no pueden superar los 13 años de antigüedad, al igual que el requisito establecido para los taxis.
Régimen de Motos
Los concejales sancionaron también por ordenanza un régimen que habilita el transporte por aplicaciones a bordo de motocicletas. El artículo 1 establece la creación del «Régimen de Transporte Privado de Pasajeros en Motocicleta mediante Plataformas Digitales de Intermediación, destinado a establecer las condiciones de funcionamiento, seguridad, registro, fiscalización y operación de esta modalidad, en el marco del sistema de movilidad urbana», al igual que lo establecido con el régimen de aplicaciones para autos.
Se establece también que el servicio regulado en la presente ordenanza «posee carácter de actividad privada de interés público y con fines de lucro, en la cual las Plataformas Digitales de Intermediación conectan, a través de aplicaciones móviles y tecnologías de geolocalización, a usuarios que requieren un traslado con conductores particulares que ofrecen dicho servicio. El servicio se prestará exclusivamente mediante solicitud previa digital realizada por el usuario a través de la plataforma.
Se prohíbe la captación de pasajeros en “ocasión de oportunidad”, entendida como la detención espontánea de la motocicleta ante la señal o requerimiento directo de un pasajero en la vía pública. Solo será válido recoger pasajeros cuando exista viaje previamente confirmado en la aplicación.
En cuanto a la documentación del conductor, deberá portar:
a) Licencia de conducir vigente y correspondiente a la categoría habilitante.
b) Documento Nacional de Identidad vigente.
c) Seguro obligatorio vigente.
Todo conductor deberá:
a) Cumplir estrictamente la normativa de tránsito vigente en el ámbito municipal, provincial y nacional, incluyendo:– límite máximo de dos (2) ocupantes,– uso obligatorio de casco para conductor y pasajero.
b) Mantener un trato respetuoso, seguro y no discriminatorio hacia los usuarios.
c) Prestar el servicio en condiciones adecuadas de seguridad y aptitud psicofísica.
d) Abstenerse de consumir alcohol, tabaco o sustancias psicoactivas durante la prestación delservicio.
e) Exhibir, cuando le sea requerido, la identificación y documentación exigida por la Autoridad de Aplicación.
Art. 7º.- Documentación obligatoria de la motocicleta. Toda motocicleta deberá contar con:
a) Cédula identificatoria vigente.
b) Seguro de responsabilidad civil con cobertura al pasajero transportado.
c) Verificación Técnica Vehicular (VTV) o equivalente vigente. La cilindrada establecida como requisito será establecida por la Municipalidad cuando realice la reglamentación.
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Política
En medio de la tensión en Medio Oriente, Milei visitó el Muro de los Lamentos
En su tercera gira por el país, el presidente ratificó su apoyo incondicional a Israel. Recibirá múltiples honores en un contexto marcado por una frágil tregua regional y una extrema tensión internacional.
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19 abril, 2026
El presidente Javier Milei visitó este domingo el histórico Muro de los Lamentos en la ciudad de Jerusalén. Lo hizo acompañado por la secretaria general de la Presidencia, su hermana Karina Milei, y el embajador argentino en Israel, Axel Wahnish.
Se trata del tercer viaje del mandatario al país, en un marco de extrema tensión internacional y bajo una frágil tregua con el Líbano, mediada por el gobierno de Donald Trump.
El arribo de Milei se da en un momento sumamente crítico para Israel: el primer ministro, Benjamín Netanyahu, enfrenta un creciente aislamiento global y restricciones de viaje debido a las recientes acusaciones de crímenes de guerra por parte de la Corte Penal Internacional (lo que incluso forzó, semanas atrás, la postergación de su visita a la Argentina).
Apoyo incondicional y honores para el Presidente
Pese al complejo contexto geopolítico, Milei —quien se ha definido en reiteradas ocasiones como el presidente “más sionista del mundo”— será recibido con los máximos honores. Al igual que en sus visitas de febrero de 2024 y junio de 2025, el mandatario busca reafirmar su firme apoyo al Estado judío, consolidándose como uno de los pocos líderes mundiales dispuestos a mostrarse en territorio israelí en plena pausa bélica.
- Será galardonado con una medalla por el presidente israelí, Isaac Herzog.
- Recibirá un Doctorado Honoris Causa de la Universidad Bar Ilán.
- Obtendrá una distinción especial de la Academia de Estudios Talmúdicos.
Además, hará historia al convertirse en el primer extranjero en participar de la emblemática ceremonia de las antorchas. En sintonía con estos honores, la ciudad de Jerusalén bautizará una de sus plazas con el nombre “Argentina” en señal de reconocimiento.
La visita presidencial transcurre en una nación en estado de emergencia y sumida en la incertidumbre, que no logra recuperar la normalidad desde el recrudecimiento del conflicto bélico con Irán. Hasta hace apenas unos días, de hecho, las estrictas restricciones de seguridad mantenían en duda si la tradicional ceremonia de las antorchas iba a poder contar con presencia de público.
El escenario en Medio Oriente sigue siendo de máxima volatilidad. El cese del fuego de 10 días entre Israel y el Líbano entró en vigor este jueves, luego de más de seis semanas de enfrentamientos directos. La ofensiva israelí en territorio libanés contra la organización Hezbollah —respaldada por Irán— había comenzado a principios de marzo, pocos días después de que se iniciara la escalada bélica entre Estados Unidos, Israel e Irán.
El saldo humanitario de los enfrentamientos ha sido devastador para el Líbano: según datos de la ONU, más de 2.000 personas murieron y más de 1,2 millones tuvieron que ser desplazadas (aproximadamente una quinta parte de la población de ese país).
Mientras tanto, en las últimas horas, Irán reiteró su amenaza de restringir el paso de barcos comerciales por el estratégico estrecho de Ormuz, condicionando esta medida a que se levante el bloqueo de Estados Unidos sobre los puertos iraníes. En paralelo, los mediadores internacionales corren contra el reloj para organizar nuevas rondas de diálogo y lograr extender el alto el fuego antes de que expire su plazo límite este próximo miércoles.
Política
El Ministerio de Educación ratificó el cierre definitivo del Colegio San Juan María Vianney
A través de un decreto, el Poder Ejecutivo rechazó el recurso jerárquico de la institución, confirmando la caducidad de su incorporación y la pérdida de validez oficial de sus títulos.
Publicado
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18 abril, 2026
En una decisión terminal para el futuro de la institución, el Gobierno de la Provincia, mediante un decreto rubricado por la ministra de Educación, Susana Montaldo, y la secretaria de Estado de Educación, María Gabriela Gallardo, ratificó la sanción de Caducidad de la Incorporación del Colegio «San Juan Bautista María Vianney», ubicado en calle Crisóstomo Álvarez 207 de la Capital tucumana.
La medida implica la clausura definitiva de la investigación administrativa y el rechazo de los recursos presentados por la entidad, dejando al establecimiento sin autorización estatal para funcionar ni para expedir diplomas con validez nacional, debido a una serie de faltas graves que incluyen riesgo edilicio, inconsistencias en la matrícula y desorden administrativo.
El Decreto N° 675/5 detalla que la institución pretendía impugnar la Resolución Ministerial N° 0252/5 (MEd) de febrero de 2026. Sin embargo, tras el análisis de la Dirección de Asuntos Jurídicos y el dictamen de Fiscalía de Estado, el Ejecutivo determinó que los argumentos de la defensa no lograron desvirtuar las pruebas acumuladas.
La investigación administrativa, iniciada en 2024, sacó a la luz una situación crítica en el funcionamiento del colegio. Entre los puntos más alarmantes citados textualmente en el decreto, se encuentran los informes de la Dirección de Educación Pública de Gestión Privada que detectaron:
-Inconsistencias en la matrícula: «Discrepancias entre la matrícula declarada en el sistema SIME y la informada en los partes estadísticos; baja presencialidad de alumnos en relación con los datos declarados».
-Peligro edilicio: «Deficiencias edilicias con riesgo estructural; fallas en instalaciones sanitarias y ausencia de certificado actualizado de Defensa Civil».
-Irregularidades laborales y administrativas: «Falta de presentación del alta temprana del personal docente declarado; y ausencia de registros adecuados».
El texto oficial subraya que estas faltas no fueron eventuales: «Surge de las actuaciones que las irregularidades detectadas no constituyen hechos aislados, sino que se reiteran a lo largo del tiempo», mencionando que ya en 2007 y 2014 la institución pedía excepciones por no llegar al mínimo de alumnos exigido, mientras que en los sistemas oficiales declaraba cifras superiores para aparentar normalidad.
Responsabilidad y cierre
Ante el intento de la representante legal de deslindar responsabilidades o solicitar la transferencia del colegio a una firma privada (Egloff SRL) como solución, el Estado fue tajante al recordar la normativa vigente: «El artículo 13° del Decreto Nº 2.191/14 (SE)-93, establece que los propietarios y sus representantes legales son responsables del funcionamiento integral del establecimiento educativo, por lo que los incumplimientos detectados resultan directamente imputables a la conducción institucional».
Finalmente, el decreto concluye que los pedidos de la recurrente «no resultan idóneos para desvirtuar los fundamentos del acto impugnado», confirmando así que el Colegio pierde definitivamente su reconocimiento oficial, priorizando la seguridad de la comunidad educativa y la transparencia del sistema escolar provincial.
En este sentido, a través de diversos posteos en redes sociales se visibilizó el sorpresivo cierre del colegio, situación que tomó por completo desprevenidos tanto al personal docente como a los padres de los alumnos. Los docentes se presentaron normalmente a trabajar ayer viernes y se encontraron con las puertas cerradas del establecimiento. Allí se enteraron que el colegio había cerrado definitivamente y que los estudiantes serían “reubicados” en otras instituciones pertenecientes al representante legal del colegio, Rodolfo Egloff.
Preocupación
Según relataron los maestros, algunos con más de 20 años de antigüedad, en la institución era habitual la rotación constante de personal debido a reiteradas irregularidades en el pago de sueldos. Muchos docentes trabajaron varios meses sin recibir su remuneración, bajo constantes promesas incumplidas por parte de la Dirección. “Nosotros, como docentes, queremos una solución a tal atropello a nuestro trabajo”, expresaron.
Además, se sumó otra novedad que generó aún más indignación: de acuerdo a lo informado, no se depositaron los sueldos correspondientes a marzo ni a los 16 días trabajados de abril, ya que la subvención estatal del colegio solo estaba vigente hasta febrero.
Política
Jaldo desactivó la cuarta expropiación en menos de un mes: 6,4 hectáreas para un club de rugby
Mediante el decreto 734/3, publicado este viernes en el Boletín Oficial de la Provincia, el jefe del Poder Ejecutivo (PE) frustró la sanción del proyecto de ley tratado por la Legislatura el 26 de marzo.
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17 abril, 2026
La situación de las arcas públicas llevó al gobernador, Osvaldo Jaldo, a poner un freno a una cuarta expropiación en menos de un mes; en esta ocasión, a través de un veto.
Mediante el decreto 734/3, publicado este viernes en el Boletín Oficial de la Provincia, el jefe del Poder Ejecutivo (PE) frustró la sanción del proyecto de ley tratado por la Legislatura el 26 de marzo para declarar de utilidad pública un inmueble situado en el departamento Lules, de una superficie aproximada de 6,4 hectáreas.
La semana pasada, se habían publicado los decretos que autorizaban a la Fiscalía de Estado de la Provincia, que conduce Gilda Pedicone, a desistir de los juicios originados por leyes de expropiación sancionadas y promulgadas en gestiones anteriores, para la adquisición de inmuebles para albergar distintos proyectos de infraestructura: el Centro Multimodal de Cargas de Cevil Pozo, un complejo habitacional de 650 viviendas en Los Gutiérrez (Alderetes), y una estación transformadora en «El Espinillo» (comuna rural de El Chañar).
En todos los casos, el argumento oficial fue que los procesos judiciales estaban próximos a alcanzar una sentencia condenatoria para el Estado provincial, con desembolsos superiores a los $5.000 millones sólo por la transferencia de esos predios. Sin embargo, tal como explicó el gobernador Jaldo en conferencia de prensa, ninguna de esas obras contaba con financiamiento nacional ni internacional, algo que estaba previsto cuando se las había planteado. Según estimaciones extraoficiales, sólo la ejecución del Centro Multimodal de Cargas implicaría una inversión cercana a los 300 millones de dólares.
Por lo tanto, y en un escenario de caída de ingresos coparticipables, el PE resolvió poner un freno a esos procesos judiciales e incluso buscar el recupero de los montos depositados al inicio de cada trámite, una suma que rondaría los $2.500 millones.
Ahora, la Casa de Gobierno desactivó una cuarta expropiación. En este caso, la herramienta fue el veto a una ley sancionada en la Legislatura en el inicio de este año.
Sin embargo, la cuestión se origina a 2022, cuando la anterior composición de la Cámara provincial aprobó un proyecto elevado por el entonces legislador peronista Jorge Delgadino para expropiar las tierras y cederlas al club de rugby de Lules.
El texto fue puesto en vigencia a través de la ley 9.656, pero al momento de su efectivización, se formularon una serie de observaciones desde la Dirección de Catastro de la Provincia por datos consignados erróneamente, con lo cual no se pudo avanzar con la expropiación.
La actual integración de Legislatura intentó subsanar esta cuestión mediante los proyectos elevados por Ricardo Bussi (Fuerza Republicana) y Mario Leito (PJ), que tuvieron el apoyo del cuerpo colegiado en la sesión del 26 de marzo pasado.
Pero el decreto 734/3 (MEyP), firmado el lunes pasado por Jaldo y refrendado por el ministro de Economía y Producción, Daniel Abad, dispuso el veto total sobre el texto remitido desde calle Muñecas al 900.
En los considerando, se analizó que el proyecto disponía el destino del inmueble para «el funcionamiento del San Isidro Rugby Club, teniendo como único fin la continuidad e incremento de las actividades deportivas y sociales». Además, se consignó que la institución «deberá ofrecer el uso de este espacio para las entidades de bien público y educativas de la zona»; y se aclaró que distintas eventualidades (como la disolución de la entidad o la desafectación del uso original) podrían dar lugar a la revocación de la medida.
Según los informes oficiales, el dominio se encuentra inscripto en la mayor extensión en el Registro Inmobiliario Provincial a nombre de Finar SA, agrega el decreto.
Pese a que se había corregido lo administrativo, surgió sin embargo un nuevo obstáculo para la transferencia del inmueble al club. «El contexto económico actual no tornarla viable el proyecto de ley en cuestión», indica el instrumento dictado por el Poder Ejecutivo. Y añade que «analizada la presente cuestión desde el punto de vista de la situación económica actual que atraviesa la Provincia, surge de la misma la necesidad de oponer el veto al proyecto de ley sancionado, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 71º de la Constitución provincial».
Con «250 chicos» y el temor de un desalojo
Recordó que el club funciona hace 24 años, y añadió que en el último tiempo se hicieron importantes inversiones para mejorar las instalaciones, desde vestuarios nuevos hasta un quincho.
«Entendemos la situación económica que atravesamos, pero también se debe ver la parte social, por todo lo que significa el club», explicó Manzano, en relación al argumento para la segunda transferencia frustrada de las tierras donde funciona San Isidro Rugby Club.
Se perdieron más de 290 mil puestos de trabajo durante la Era Milei
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