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Rusia aprobó las vacunas Sputnik V fabricadas en Argentina y la próxima semana comenzará la producción masiva

El Instituto Gamaleya verificó la calidad de tres lotes producidos por el laboratorio Richmond y habilitó la fabricación en escala. La próxima semana llegarían los componentes activos para la elaboración de las primeras dosis en el país

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Las vacunas rusas Sputnik V fabricadas por el laboratorio argentino Richmond fueron aprobadas por el Instituto Gamaleya y en la próxima semana comenzará la producción masiva en el país. El dato fue confirmado por la ministra de Salud, Carla Vizzotti, y corroborado por Infobae con fuentes de la compañía.

Richmond había enviado a Rusia tres lotes de ambos componentes de la vacuna Sputnik V para que el Instituto Gamaleya realizara el control de calidad. Moscú verificó y aprobó las dosis fabricadas en la provincia de Buenos Aires y habilitó a Richmond a escalar la producción.

De no haber cambios, ese proceso comenzará la semana que viene, cuando lleguen los primeros principios activos a la Argentina para que en Richmond realice la etapa final de la producción de la vacuna y su envasado.

Durante estos meses, el laboratorio argentino compartió un proceso de ida y vuelta de información y envíos de muestras a territorio ruso, en un trabajo que requiere muchísima coordinación con Moscú.

En abril, el laboratorio había enviado al Centro Gamaleya un lote de más de 21.000 dosis producidas en la Argentina para que fueran testeadas y sometidas a pruebas de calidad, con el objetivo de iniciar la producción masiva en una de sus plantas ubicadas en el Gran Buenos Aires y poder, luego, exportar a diferentes países de América Latina y Central.

En diálogo con Infobae desde Moscú, el presidente de Laboratorios Richmond, Marcelo Figueiras, precisó a fines de abril que “entregará a las autoridades sanitarias el primer millón de vacunas contra el COVID-19 durante junio”, con el principio activo que vendrá desde Rusia. Hacia fin de año el empresario pretende escalar la producción a cinco millones de dosis y en 2022, una vez que esté construida la nueva planta y el ciclo completo de producción local, exportará vacunas a toda la región.

Con la transferencia de tecnología facilitada por el Fondo Ruso de Inversión Directa, Laboratorios, Richmond se convierte en la primera empresa farmacéutica nacional productora de la vacuna Sputnik V. La producción en escala comenzaría ahora en junio de 2021, con el objetivo de 1 millón de dosis. Es así que la concatenación de los acontecimientos se precipitó y los argentinos se podrán empezar a inocular con una fórmula elaborada en el país mucho antes de lo previsto.

Este proyecto consta de varias etapas, una primera que empujará la producción con el principio activo que vendrá directo desde Moscú para paliar la emergencia y la escasez de inoculantes que presenta el caso argentino; y una segunda etapa, con la construcción de la planta de Pilar finalizada y la fabricación en escala, dando lugar a una tercera etapa para exportar los inoculantes contra el COVID-19, entre otros, hacia la región y el mundo.

En una segunda etapa, la Argentina tendrá todo el ciclo de fabricación de la vacuna rusa a partir de la construcción de una nueva planta del laboratorio Richmond. “En la instancia final, con la construcción de la planta nueva, se completa la cadena de valor con el fermentado. Y más para atrás con la transferencia de la cadena celular. A partir de allí se obtiene la independencia total del producto, pagando los derechos de producción”, aclaró en aquel momento Figueiras a Infobae, quien situó a esta segunda etapa en 2022.

Oportunamente, Kirill Dmitriev, director ejecutivo del RDIF, indicó en un comunicado: “Nos complace anunciar que la Argentina se ha convertido en el primer país de la región en lanzar la producción. Sputnik V ha sido aprobada en más de 10 países de América Latina, la producción en Argentina va a facilitar las entregas a otros socios en la región”.

Este proceso es parte de un entendimiento que se firmó el 25 de febrero entre el Fondo Ruso de Investigación y el laboratorio argentino, que podría convertirse en un hito significativo en la lucha contra el avance del virus en la Argentina y la región.

A la par, Richmond trabaja en la conformación de un fideicomiso de entre 70 y 100 millones de dólares para la construcción de una nueva planta en Pilar, provincia de Buenos Aires, que tendrá la posibilidad de fabricar hasta 500 millones de dosis por año.

Si bien inicialmente se había difundido que el nombre de la vacuna producida en la Argentina sería Sputnik V.I.D.A (acrónimo de Vacuna de Inmunización para el Desarrollo Argentino), trascendió que se llamará Sputnik V, manteniendo así su nombre original.

Fuente: Infobae

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Reforma laboral: se reglamentó un capítulo clave

El Gobierno nacional reglamentó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que reduce las contribuciones patronales durante cuatro años.

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Luego de que la Justicia fallara a favor de la reforma laboral, el Gobierno nacional reglamentó Para el legislador Agustín Romano Norri la aprobación de Ficha Limpia representa un paso hacia adelante.

l (RIFL), que reduce las contribuciones patronales durante cuatro años para empleadores que contraten trabajadores sin empleo registrado.

La implementación del capítulo se hizo efectiva mediante la publicación del decreto 315/2026, que lleva la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y los ministros Sandra Pettovello y Luis Andrés Caputo.

De acuerdo con lo dispuesto, los empleadores comprendidos en este régimen gozarán de ciertos beneficios por cada nueva incorporación de trabajadores. Para ello, los empeados deberán cumplir con una serie de requisitos.

El régimen apunta a cuatro perfiles de trabajadores. El primero es el de quienes no contaban con una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025. El segundo, quienes estuvieron desempleados durante los seis meses previos al alta laboral. Los otros dos perfiles son los ex inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes —monotributistas— que no hayan ejercido actividades en relación de dependencia en el sector privado en los últimos seis meses, y aquellos cuyo último empleo bajo dependencia fue en el sector público nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

El decreto aclara que la obtención de ingresos adicionales por parte del trabajador —ya sea bajo el régimen general o como monotributista— luego de iniciada la relación laboral no afecta los beneficios que le correspondan al empleador.

 Para quedar comprendidos en el RIFL, los empleadores deben haber adquirido el carácter de inscriptos ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a partir del 10 de diciembre de 2025. Las relaciones laborales que habilitan el beneficio son aquellas que se inicien y registren ante ARCA entre el 1° de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027, ambas fechas inclusive. La norma fija además un tope: las incorporaciones bajo este régimen no pueden superar el 80 % de la nómina total de trabajadores del empleador.

El beneficio consiste en una reducción de las contribuciones patronales durante los primeros 48 meses contados desde el mes de alta de cada nueva relación laboral. Las alícuotas diferenciales son dos: 2 % y 3 %, según el subsistema de destino. Las calculadas sobre el 2 % se distribuyen entre el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Fondo Nacional de Empleo y el Régimen de Asignaciones Familiares, en la misma proporción que hubiera correspondido sin el RIFL. Las calculadas sobre el 3 % tienen destino exclusivo al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), regido por la Ley N° 19.032. ARCA fijará el procedimiento de liquidación e ingreso de ambos componentes.

En caso de que el empleador no cumpla con los requisitos correspondientes, deberá recomponer las contribuciones no abonadas más los intereses y sanciones que correspondan. ARCA tiene a su cargo instrumentar los controles sistémicos para hacer operativas las exclusiones automáticas.

La norma también establece que la contribución mensual al Fondo de Asistencia Laboral (FAL) sigue siendo obligatoria para las relaciones laborales incluidas en el RIFL, y que la reducción prevista en el artículo 76 de la ley no se aplica mientras el régimen esté vigente para esa relación. Los empleadores deben ejercer la opción de adhesión mediante los mecanismos que determine ARCA; la falta de ese ejercicio impide el goce retroactivo del beneficio por los períodos en que no se hubiera aplicado.

Para la articulación con planes y programas sociales, ARCA deberá coordinar con el Ministerio de Capital Humano los mecanismos de intercambio de información necesarios para garantizar la continuidad de las prestaciones correspondientes. La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y ARCA quedan facultadas para dictar las normas aclaratorias y complementarias que requiera la aplicación del régimen.

Esta reglamentación llega luego de que la Cámara de Apelaciones del Trabajo revocara al cautelar que frenaba la reforma laboral y reestableciera la validez de 83 artículos. Tras esto, la Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió que la demanda impulsada por la CGT debe tramitarse en ese fuero y no en los juzgados del trabajo.

De esta manera, el Gobierno consideró que la legislación está plenamente vigente, por lo que avanzó rapidamente con su implementación.

FUENTE: Infobae

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Argentina

Oficializaron la suba de las jubilaciones, pensiones y asignaciones

ANSES actualizó los montos de acuerdo con el dato de la inflación que en marzo fue de 3,4 %. Además, el Gobierno confirmó el pago del bono de 70 mil pesos.

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El Gobierno oficializó el aumento que se aplicará en mayo para jubilados, pensionados y beneficiarios de las asignaciones sociales.

Los valores se actualizaron tras la publicación en el Boletín Oficial de las resoluciones 110/2026 y 111/2026 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

El incremento aplicado es de 3,38%. El porcentaje surge de la variación del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), correspondiente a marzo de 2026, conforme al esquema de movilidad mensual establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 274/24.

De esta manera, el haber mínimo garantizado quedó fijado en $393.174,10 y el máximo en $2.645.689,38, valores que rigen para todas las prestaciones del SIPA liquidadas desde mayo de 2026. La Prestación Básica Universal (PBU) se estableció en $179.859,20 y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) en $314.539,28.

A estos valores, se suma el bono de 70 mil pesos que desde 2024 el Gobierno otorga para que los integrantes del sistema previsional puedan hacer frente al desfasaje en los haberes. Así, la mínima alcanzará los $463.174,10.

A su vez, fijaron bases imponibles mínima y máxima para el cálculo de aportes y contribuciones, que quedaron establecidas de la siguiente manera: $132.420,94 y $4.303.619,01, respectivamente, con vigencia a partir del período devengado en mayo de 2026.

Con respecto a las asignaciones, los valores quedaron establecidos de la siguiente manera:

Nacimiento

$82.353

Adopción

$492.366

Matrimonio

$123.307

Cónyuge

Valor Gral.: $17.142

Zona 1: $34.009 (SIPA y veteranos de guerra)

Prenatal

Relación de dependencia, desempleo y veteranos de guerra:

IGF hasta $1.093.852: $70.651

IGF entre $1.093.852,01 y $1.604.240: $47.658

IGF entre $1.604.240,01 y $1.852.148: $28.826

IGF entre $1.852.148,01 y $5.792.488: $14.873

Monotributistas:

Categoría A: $70.651

B: $47.658

C: $28.826

D, E, F, G: $14.873

Decreto 514/21:

$141.286

IGF hasta $1.093.852 (Zona 2 y Zona 4): $152.339

Hijo

Relación de dependencia, desempleo y veteranos de guerra:

IGF hasta $1.093.852: $70.651

IGF entre $1.093.852,01 y $1.604.240: $47.658
IGF entre $1.604.240,01 y $1.852.148: $28.826

IGF entre $1.852.148,01 y $5.792.488: $14.873

SIPA:

IGF hasta $1.093.852: $70.651 / Zona 1: $70.651

IGF entre $1.093.852,01 y $1.604.240: $47.658 / Zona 1: $62.941

IGF entre $1.604.240,01 y $1.852.148: $28.826 / Zona 1: $56.731

IGF entre $1.852.148,01 y $5.792.488: $14.873 / Zona 1: $29.079

Monotributistas:

Categoría A: $70.651

B: $47.658

C: $28.826

D, E, F, G: $14.873

Decreto 514/21:

$141.286

IGF hasta $1.093.852 (Zona 2 y Zona 4): $152.339

Hijo para Protección Social

Valor Gral.: $141.286

Zona 1: $183.672

Hijo con Discapacidad

Relación de dependencia, desempleo y veteranos de guerra:

IGF hasta $1.093.852: $230.032

IGF entre $1.093.852,01 y $1.604.240: $162.733

IGF desde $1.604.240,01: $102.705

SIPA:

IGF hasta $1.093.852: $230.032 / Zona 1: $230.032

IGF entre $1.093.852,01 y $1.604.240: $162.733 / Zona 1: $221.892

IGF desde $1.604.240,01: $102.705 / Zona 1: $213.638

Monotributistas:

Categoría A: $230.032

B: $162.733

C, D, E, F, G, H, I, J, K: $102.705

Decreto 514/21:

$460.045 en todos los rangos de IGF y zonas

Hijo con Discapacidad para Protección Social

Valor Gral.: $460.045

Zona 1: $598.059

Embarazo para Protección Social

Valor Gral.: $141.286

Zona 1: $183.672

Cuidado de Salud – Hijo

Valor Gral.: $141.286

Zona 1: $183.672

Cuidado de Salud – Hijo con Discapacidad

Valor Gral.: $460.045

Zona 1: $598.059

Ayuda Escolar Anual

Relación de dependencia (IGF hasta $5.792.488):

Valor Gral.: $55.672

Zona 1: $74.257

Zona 2: $92.877

Zonas 3 y 4: $110.967

Desempleo

$55.672

SIPA:

Valor Gral.: $55.672

Zona 1: $74.257

Veteranos de guerra:

Valor Gral.: $55.672

Zona 1: $74.257

Protección social:

$55.672 en todas las zonas

Monotributistas:

Categoría A, B, C, D, E, F, G: $55.672

Decreto 514/21:

Valor Gral.: $55.672 /

Zona 1: $74.257

Zona 2: $92.877

Zonas 3 y 4: $110.967

Ayuda Escolar Anual para Hijo con Discapacidad

Relación de dependencia (sin tope de IGF):

Valor Gral.: $55.672

Zona 1: $74.257

Zona 2: $92.877

Zonas 3 y 4: $110.967

Desempleo:

$55.672

SIPA:

$55.672

Zona 1: $74.257

Veteranos de guerra:

$55.672

Zona 1: $74.257

Protección social:

$55.672

Monotributistas:

$55.672

Decreto 514/21:

Valor Gral.: $55.672

Zona 1: $74.257

Zona 2: $92.877

Zonas 3 y 4: $110.967

FUENTE: Infobae

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Vuelos más caros: se actualizó la tasa de seguridad aeroportuaria

La Administración Nacional de Aviación Civil firmó una resolución que impactará en el valor de los vuelos locales, regionales e internacionales.

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El Gobierno de Javier Milei ordenó actualizar la tasa de seguridad de la aviación fijada por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) a partir del 28 de mayo. El cambio repercutirá en el precio de los vuelos, tanto a destinos nacionales como internacionales, luego del incremento generado por la guerra en Medio Oriente.

Los pasajes de avión tendrán un incremento en el sobrecargo que impactará de forma directa sobre los valores que pagan los pasajeros. Se trata del gravamen destinado a la seguridad y tecnología en aeropuertos.

La medida fue oficializada este martes a través de la resolución 258/2026, publicada en el Boletín Oficial, cuyo anexo indica que, a partir de la actualización, la tasa tendrá un incremento tanto para los vuelos de cabotaje como para los regionales e internacionales.

Cuánto aumentará la tasa de seguridad aeroportuaria

A partir del 28 de mayo, los pasajes emitidos para vuelos locales registrarán el aumento en la tasa de $20 a $6500. Para los regionales, subirá de u$s4,42 a u$s5 y para los destinos internacionales se incrementará de u$s8 a u$s9. La actualización se trasladará directamente al precio que abonan los pasajeros.

La actualización responde a la necesidad de una “revisión” de la tasa debido a la “desactualización de los valores tarifario vigentes” que desde 2016 no registra un incremento, según argumenta el organismo en la resolución. Pero también a “la magnitud de las inversiones requeridas” para la implementación de medidas de seguridad.

Aumenta la tasa de seguridad aérea

Según explicaron, la tasa tiene por objetivo financiar la seguridad y tecnología en aeropuertos. Entre los principales destinos de los fondos se destacan:

-La modernización del Servicio de Salvamento y Extinción de Incendios (SSEI) con la provisión de equipamiento especializado.

-Mejora de la infraestructura vinculada a la seguridad operacional.

-Incorporación de tecnología y sistemas para optimizar la supervisión y el control.

-La capacitación continua del personal.

-La mejora en los procesos de fiscalización, certificación y vigilancia.

El precio de los pasajes en aumento por la guerra en Medio Oriente

El aumento de la tasa tiene lugar en un contexto de incremento del precio en los pasajes debido a la guerra entre Estados Unidos, Israel e Irán. Según un análisis de Transport & Environment, el encarecimiento del petróleo elevó significativamente los costos del combustible para aviones, lo que se traduce en aumentos concretos en los precios de los vuelos.

El informe revela que el costo del combustible por pasajero en vuelos de larga distancia desde Europa aumentó en promedio 88 euros (unos u$s104), mientras que en los vuelos dentro del continente la suba ronda los 29 euros por persona. Se trata de un salto relevante si se tiene en cuenta que el combustible es uno de los principales componentes del costo operativo de las aerolíneas.

En ese contexto, Aerolíneas Argentinas anunció el mes pasado que comenzó a aplicar temporalmente un recargo por combustible en el precio de sus pasajes como consecuencia del aumento reciente del precio del petróleo, derivado de la guerra en Medio Oriente.

Según consignaron fuentes de la empresa a Ámbito, la decisión responde a los movimientos recientes en el precio del barril de crudo, que impactan directamente en el costo del combustible de aviación, uno de los principales componentes de la estructura de gastos de cualquier aerolínea.

FUENTE: Ámbito

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