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Argentina

La Justicia detectó el uso irregular de datos biométricos en CABA y suspendió el sistema de vigilancia facial

La decisión fue adoptada por el juez Roberto Gallardo, quien además ordenó una batería de medidas de prueba al constatar que el sistema había sido utilizado para obtener datos biométricos de dirigentes políticos, jueces, empresarios y periodistas.

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La Justicia porteña suspendió este martes el sistema de reconocimiento facial de prófugos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tras detectar un uso ilegal que permitió acceder a datos biométricos de millones de personas que no estaban siendo buscadas, entre ellas dirigentes políticos, sociales, sindicales y de derechos humanos, como también jueces, empresarios y periodistas.

La decisión fue adoptada por el juez en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad, Roberto Gallardo, quien además ordenó una batería de medidas de prueba que incluyó, entre otras medidas, el secuestro de computadoras y dispositivos por parte de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) en el Centro de Monitoreo Urbano ubicado en Patricios al 1100, del barrio de Barracas.

En la resolución, Gallardo aseguró haber constatado que el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (SRFP) del ministerio de Seguridad de CABA fue utilizado para obtener datos biométricos del presidente Alberto Fernández, de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y de la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela Carlotto, entre muchas otras personalidades públicas.

Fuentes judiciales consultadas por Télam señalaron que el sistema de monitoreo del ministerio de Seguridad porteño está habilitado a solicitar datos biométricos provenientes del Registro Nacional de las Personas (Renaper) siempre que se traten de personas incluidas en la Consulta Nacional de Rebeldías y Capturas (CoNaRC), que en 2019 eran unas 35.000 y el mes pasado llegaron a 40.000.

La Polica de Seguridad Aeroportuaria allan y secuestr los dispositivos en el Centro de Monitoreo Urbano de Barracas Foto Prensa

La Policía de Seguridad Aeroportuaria allanó y secuestró los dispositivos en el Centro de Monitoreo Urbano de Barracas Foto: Prensa.

Sin embargo, entre abril de 2019 y marzo de 2022, las consultas de datos biométricos realizadas desde la cartera de Seguridad porteña fueron 9 millones, una cifra que no se corresponde con la población de individuos requeridos por la Justicia o en situación de rebeldía a partir de una medida judicial, y que por esa razón figuran en los registros de la CoNaRC.

Las búsquedas de datos biométricos de ciudadanos que no están en ninguna de esas situaciones fueron reconstruidas a partir de la información aportada al expediente por el Renaper, a cuyos archivos acude el sistema de reconocimiento facial de CABA cuando requiere de las imágenes de alta definición que acompañan la documentación personal de todos los ciudadanos.

Un dato relevante para la investigación es que el requerimiento de datos biométricos del Renaper por parte del Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos de CABA se rige por el convenio de cooperación técnica que celebraron en 2019, durante la gestión de Cambiemos, el propio Renaper con el ministerio de Seguridad porteño.

Según especialistas en informática que conocen el expediente, la consulta de los datos biométricos se realiza a través de un procedimiento conocido como ‘request’ de información que se conecta automáticamente con la base de datos del Renaper para solicitar la foto digitalizada del DNI, lo que luego permite generar un mapa biométrico: cada una de esas búsquedas queda registrada en dos computadoras, la que emite la información y la que la recibe.

En el informe elaborado por el Renaper en respuesta al oficio del juez surge que entre abril de 2019 y marzo de este año fueron migrados -es decir, requeridos y recibidos por el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos de CABA- los datos biométricos del presidente Alberto Fernández (76 veces); la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner (225 veces); el diputado Máximo Kirchner (12 veces); el Ministro del Interior Eduardo «Wado» De Pedro (3 veces) y del ministro de Seguridad Aníbal Domingo Fernández (12 veces).

También fueron migrados los datos de los diputados Sergio Tomás Massa (3 veces); Myriam Bregman (3 veces), Ricardo López Murphy (8 veces); José Luis Espert (8 veces) y Javier Milei (32 veces); según surge del expediente.

La lista incluye además a los nombres del gobernador de Jujuy, Gerardo Morales (una vez); la Presidenta del PRO, Patricia Bullrich (18 veces); la exProcuradora General de la Nación Alejandra Magdalena Gils Carbó (2 veces); el exjuez de la Corte Suprema de Justicia, Eugenio Raúl Zaffaroni (2 veces); el ministro de la Corte Carlos Rosenkrantz (una vez); y la Fiscal General por ante la Cámara Nacional en lo Comercial, Gabriela Fernanda Boquín (4 veces).

Entre los periodistas que pudieron haber sido espiados a través del sistema de reconocimiento facial se encuentra Gustavo Sylvestre, cuyos datos biométricos fueron migrados 9 veces; Joaquín Morales Solá (una vez), Viviana Canosa (6 veces) y Eduardo Feinmann (9 veces).

La lista contiene también empresarios, fiscales federales, a la fundadora de Madres de Plaza de Mayo, Hebe Pastor de Bonafini (5 veces), y a la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela Barnes de Carlotto (2 veces).

Foto Prensa

Foto: Prensa.

En su resolución firmada este martes, el juez sostuvo que la CABA sólo estaba autorizada a extraer datos biométricos «siempre y cuando se tratara de personas cuya búsqueda haya sido exigida por la Justicia».

Luego advirtió que la enorme cantidad de consultas sobre ciudadanos, muchos conocidos por su actuación pública, que no están requeridos por la Justicia ni en situación de rebeldía demuestran que el proceso pudo haber sido manipulado para obtener información indebida de modo ilegal.

Desde el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), una de las entidades que impulsó la causa a partir de un amparo colectivo presentado por el Observatorio del Derecho Informático en la Argentina (ODIA), plantearon que la detección de 9 millones de consultas de datos biométricos -con tantas personalidades involucradas- obliga a la administración de Horacio Rodríguez Larreta a dar explicaciones y responder en la Justicia.

«El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires debe dar una explicación acerca de las búsquedas que hizo de datos biométricos de tantas y tantas personas en el período de abril de 2019 a marzo de 2022», aseguró a Télam el abogado y director de Litigios del CELS, Diego Morales.

En la misma línea opinó el abogado especializado en Derecho informático Tomás Pomar, director de ODIA, para quien de la prueba ya recolectada en el expediente «surge que ha habido un uso indebido de los datos biométricos», y luego alertó que la motivación y el uso que se dio a esa cantidad de consultas biométricas deben ser esclarecidos.

«A qué destino o qué se hizo con toda esa información aún no lo sabemos, pero el gobierno de la Ciudad va a tener que dar explicaciones sobre su sistema de reconocimiento facial», puntualizó Pomar.

Cerca de las 20, una vez que finalizaron las pericias en el Centro de Monitoreo Urbano de Barracas, desde el Ministerio de Seguridad porteño emitieron un comunicado en respuesta de seis puntos en el que, al referirse al principal cuestionamiento del juez, señalaron que las consultas realizadas al Renaper desde esa cartera «no son exclusivamente por contraste con el sistema de reconocimiento facial».

«Responden a una pluralidad de trámites habilitados por la Justicia y que no representan ninguna irregularidad», manifestaron desde la cartera que encabeza Marcelo D’Alessandro y agregaron que el Renaper, al responder las consultas de datos biométricos, «devuelve la foto y los datos del DNI» pero no «ubicaciones ni nada de eso». Además, señalaron que «el reconocimiento facial no está funcionando desde abril de 2020».

La suspensión del sistema de reconocimiento facial que ordenó este martes el juez Gallardo se produjo en una causa iniciada a principios de 2020, luego de que varias entidades y ONG -entre ellos el observatorio ODIA y el CELS, más la presentación como amicus curiae de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Correpi y la Fundación Vía Libre- presentaran un amparo colectivo en la Justicia Contencioso Administrativa de la CABA en el que denunciaban falta de control ciudadano, riesgos para la privacidad y la aplicación de patrones discriminatorios para realizar los mapas biométricos.

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La Justicia en Nueva York rechazó el pedido de Burford para revisar la sentencia en el juicio YPF

La Corte de Apelaciones rechazó el pedido de los demandantes en el caso YPF luego de revisar el fallo del 27 de Marzo.

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La Cámara de Apelaciones de Nueva York rechazó el pedido de reconsideración del fondo Burford respecto del fallo de segunda instancia que benefició a la Argentina al anular la condena por US$16.000 millones por la expropiación de YPF. El pedido buscaba que todos los jueces de la Cámara de Apelaciones revisaran la sentencia.

 

Los demandantes originales, Eton Park y Petersen —financiados por Burford— cuentan ahora con un plazo de 90 días para intentar la última instancia disponible en la justicia estadounidense: solicitar una revisión ante la Corte Suprema de los Estados Unidos. Analistas legales estiman que las probabilidades de éxito de ese recurso son escasas.

En su presentación trimestral a los accionistas, Burford Capital reconoció que “la probabilidad de obtener más recursos en los tribunales estadounidenses es baja desde un punto de vista estadístico”. Por ese motivo, aunque agotará las vías judiciales en Estados Unidos, su estrategia principal apunta a trasladar el reclamo al arbitraje internacional ante el Ciadi, el tribunal administrado por el Banco Mundial.

Reacción del Estado y de YPF

Desde la Procuración del Tesoro confirmaron el rechazo y afirmaron que la decisión “constituye un nuevo respaldo a la solidez jurídica de la posición sostenida por la República Argentina durante el proceso de apelación y reafirma la sentencia favorable obtenida por nuestro país”. Agregaron que el resultado es un hito para la defensa de los intereses del Estado y subrayaron la importancia de “sostener una política jurídica internacional basada en el rigor técnico, la coordinación institucional y la defensa soberana del interés público”.

 

Horacio Marín, titular de la petrolera estatal, celebró la novedad en su cuenta de X: “Para YPF es un capítulo muy relevante porque nos permite consolidar nuestro Plan 4×4, impulsar las exportaciones, proyectarnos hacia el 2031 y posicionar a la Argentina como un proveedor confiable de energía para el mundo. Esto nos impulsa a seguir trabajando con determinación y confianza en el futuro de YPF, generando valor para la compañía y sus accionistas”.

El presidente Javier Milei también difundió la noticia: “Nuevo éxito en la justicia de Nueva York para YPF”. El ministro de Economía, Luis Caputo, calificó el fallo como una “excelente noticia”.

La estrategia de Burford y el recurso arbitral

Mientras agota los recursos ante la justicia estadounidense, Burford confirmó que recurrirá al arbitraje internacional con base en los tratados bilaterales de inversión que la Argentina mantiene con España (por Petersen) y con Estados Unidos (por Eton Park).

 

La firma sostuvo que el arbitraje puede durar varios años —un caso promedio del Ciadi dura 4,4 años— pero subrayó que dicho mecanismo “es totalmente capaz de alcanzar el mismo resultado que un tribunal de primera instancia estadounidense”, aludiendo a la sentencia original que ordenaba el pago de US$16.000 millones.

Además, Burford señaló que el 86% de las 51 demandas arbitrales entre inversores y Estados presentadas contra la Argentina se habrían resuelto a favor de los inversores, dato que plantea la expectativa del fondo sobre la eficacia del arbitraje frente a controversias de esta naturaleza.

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Jaldo y gobernadores plantearon obras y compensaciones a la tarifa eléctrica

Durante el encuentro realizado en el Consejo Federal de Inversiones, los mandatarios plantearon la necesidad de avanzar con obras de infraestructura energética, vial y gasífera para la región, además de solicitar una compensación en las tarifas eléctricas para las provincias del NOA y NEA.

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El gobernador, Osvaldo Jaldo, participó este martes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de una reunión junto a los mandatarios del Norte Grande y el ministro de Interior, Diego Santilli, en la sede del Consejo Federal de Inversiones (CFI).

Del encuentro también participó el secretario general del CFI, Ignacio Lamothe. Junto a Jaldo estuvieron presentes los gobernadores Gustavo Sáenz (Salta), Ricardo Quintela (La Rioja), Carlos Sadir (Jujuy), Gildo Insfrán (Formosa), Hugo Passalacqua (Misiones), Leandro Zdero (Chaco), Raúl Jalil (Catamarca), Elías Suárez (Santiago del Estero) y Juan Pablo Valdés (Corrientes).

Durante la reunión, los mandatarios abordaron una agenda vinculada a obras de infraestructura consideradas estratégicas para el desarrollo del Norte argentino. En ese sentido, Jaldo explicó que se planteó la necesidad de avanzar con proyectos relacionados con el gas, la recuperación de rutas nacionales y compesaciones a la tarifa electrica.

“Coincidimos los gobernadores del NOA y del NEA en la importancia de concretar obras que tienen que ver con la energía, el gas y las rutas nacionales, fundamentales para sacar nuestra producción, mejorar la conectividad y reducir los riesgos que generan las rutas en mal estado”, afirmó.

Asimismo, el Gobernador remarcó el pedido conjunto realizado por Tucumán, Salta y Jujuy para concluir obras vinculadas al abastecimiento de gas de la región.

Solicitamos que se termine la obra de reversión y otras que son indispensables para que el gas de Vaca Muerta llegue lo antes posible a nuestras provincias. Hoy es más difícil conseguirlo y a un costos mas elevados”, sostuvo.

Otro de los planteos realizados por Jaldo estuvo relacionado con la necesidad de implementar un esquema de compensación energética para las provincias del Norte, similar al beneficio que reciben las las provincias que registran bajas temperaturas.

“Así como existe una compensación a las tarifas para el gas en la Zona Fría, nosotros solicitamos que se realice una compensación a las tarifas de energía eléctrica en las provincias del Norte.

Finalmente, Jaldo indicó que se acordó continuar abordando con el Ministerio de Interior los planteos particulares de cada provincia, en el marco de una agenda de trabajo permanente entre las jurisdicciones y el Gobierno nacional.

«A la Argentina la sacamos adelante a través del diálogo, colaboración y acompañamiento reciproco entre el gobierno nacional y los gobiernos provinciales«, concluyó el mandatario.

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El Gobierno reglamentó cambios de la Ley de Modernización Laboral

Entre los puntos destacados se encuentran la registración del empleo, el control de licencias médicas, los acuerdos de desvinculación, entre otros.

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El Gobierno reglamentó este lunes algunos cambios significativos correspondientes a la Ley de Modernización Laboral. Entre los puntos destacados del decreto 407/2026 que se publicó en Boletín Oficial se encuentran la registración del empleo, la negociación colectiva, el control de licencias médicas, los acuerdos de desvinculación, entre otros.

Esto repercute además en la implementación de esquemas digitales que promueven los sistemas electrónicos de notificación y comunicación entre empleadores, trabajadores y organismos estatales, y la simplificación de trámites.

El texto oficial recordó que la obligación de registrar trabajadores se cumple mediante los sistemas habilitados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y que, a partir de esta publicación,» los empleadores ya no tendrán que llevar los libros laborales (artículo 52 de la LCT) en soporte físico ni digital». El sistema digital del mencionado organismo centralizará las altas, bajas y las modificaciones de los datos laborales, lo que quedará a disposición de los organismos y entidades de trabajo y seguridad social.

En cuanto a los acuerdos extintivos de la contratación laboral por mutuo acuerdo (artículo 241), la autoridad administrativa deberá verificar la legalidad del acto, la inexistencia de vicios y la adecuada composición de intereses, según los parámetros del artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Otro de los cambios centrales alcanza al control de enfermedades del trabajador (artículo 210). Según el decreto, las prescripciones médicas que incluyan reposo “deberán ser emitidas electrónicamente mediante sistema de información o plataforma digital” en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias, y firmadas por profesionales habilitados ante la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud. Si existe una discrepancia insalvable entre el diagnóstico inicial y el control médico efectuado por el empleador, las partes podrán recurrir a una junta médica oficial o al dictamen de institutos públicos o privados de reconocida trayectoria.

El Poder Ejecutivo también dispuso reglas sobre la documentación laboral y, en particular, sobre el recibo de haberes. La reglamentación exige que los recibos de haberes contengan información clara y comprensible. El empleador deberá detallar el costo laboral total, los conceptos involucrados en la relación y el monto final percibido por el trabajador.

Para los trámites jubilatorios, se estableció la obligación a ANSES de notificar a los empleadores y agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud sobre el inicio y la finalización del procedimiento.

Uno de los aspectos es el nuevo marco para las Empresas de Servicios Eventuales. El decreto reemplaza la normativa anterior, que había quedado desactualizada, y establece criterios de funcionamiento más flexibles y proporcionales. La exigencia de garantías se adecuará a la cantidad de trabajadores y a la dimensión de la empresa, eliminando rigideces que dificultaban la operación de empresas pequeñas y medianas.

En materia de negociación colectiva, el Gobierno definió que serán considerados vencidos los convenios cuyo plazo original ya haya expirado. En tanto, las asociaciones de empleadores y cámaras empresarias estarán legitimadas para participar en negociaciones colectivas si acreditan representación suficiente en el ámbito personal y territorial correspondiente, que no podrá ser inferior al 10 % de los trabajadores comprendidos. Si la convención aplica en más de una jurisdicción, la autoridad podrá admitir hasta dos representaciones adicionales del sector empleador.

La reglamentación también modifica el régimen sindical. Según el decreto, los cuerpos directivos de asociaciones sindicales deberán guardar una proporcionalidad razonable con el número de afiliados cotizantes; la autoridad de aplicación verificará nóminas con datos del Sistema Integrado Previsional Argentino y otras bases públicas; y, en casos de superposición de personería gremial, la asociación que la pretenda deberá superar a la que ya la posee por al menos un 5 % adicional de afiliados cotizantes.

La norma fijó además un plazo de 30 días para que la Secretaría de Trabajo convoque a los gremios para renegociar convenios colectivos vencidos, mientras que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero deberá adaptar en 120 días sus sistemas para absorber la registración laboral del sector de la construcción.

FUENTE: Infobae

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