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El mega DNU dictado por Milei, entra en vigencia este viernes

Este viernes 29 de diciembre, entra en vigencia el Decreto de Necesidad y Urgencia dictado por Javier Milei, sin que la Justicia haya aceptado suspenderlo.

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El Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 de desregulación económica, dictado por el Gobierno de Javier Milei, entrará en vigencia este viernes sin que la Justicia haya aún dado curso de manera favorable a reclamos de medidas cautelares que lo suspendan, en el marco de una treintena de amparos presentados por organizaciones sociales y sindicales, abogados constitucionalistas y ciudadanos particulares.

En el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal de la ciudad de Buenos Aires había hasta el mediodía del jueves al menos 25 amparos y otros dos de la CGT y la CTA ante la justicia del Trabajo, según un relevamiento hecho por Télam.

El DNU 70 fue firmado por el presidente Javier Milei e integrantes del Gabinete nacional y publicado en el Boletín Oficial el 21 de diciembre último y por Ley entrará en vigencia ocho días más tarde, es decir, desde este viernes 29, salvo medida cautelar judicial que lo suspenda.

El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Esteban Furnari rechazó disponer una precautelar de suspensión de los efectos del DNU en el proceso colectivo iniciado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad porque «al día de la fecha, las disposiciones del DNU 70/2023 no han entrado en vigencia (cfr. arts. 5º y 6º CCyCN)», según la resolución a la que tuvo acceso Télam.

Por su parte, la CGT apeló este jueves la decisión del juez nacional del Trabajo Ignacio Ramonet que desestimó el dictado de una medida cautelar «interina» que suspenda el capítulo IV del Decreto vinculado a la reforma laboral porque aún no entró en vigencia.
El magistrado concedió la apelación, habilitó días y horas inhábiles del 28 y 29 de diciembre y ya giró el expediente a la sala ocho de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

En el escrito de apelación, firmado por Héctor Daer, Pablo Moyano y Carlos Acuña como secretarios generales de la CGT. se advirtió que «se trata de conjurar un acto de autoridad que impone una reforma laboral peyorativa sin recurrir al Congreso y que los afecta en los aspectos individuales y colectivos», según el texto al que tuvo acceso Télam.
Con esta presentación intervendrá por primera vez un Tribunal de Apelaciones en relación al DNU, aunque sólo en lo referido a las normas de índole laboral.

«Debe tenerse en cuenta, asimismo, que el DNU 70/23, pretende introducir modificaciones permanentes y no de coyuntura o de emergencia temporal (en derecho individual del trabajo y derecho colectivo) y esta circunstancia es relevante porque no se trata de implementar remedios temporales para una alegada crisis, lo que constituye otro motivo de invalidez ostensible», argumentaron los sindicalistas al reclamar una medida cautelar de «no innovar» y la suspensión de la puesta en vigencia del Título IV del DNU 70.

Ramonet concedió la apelación ante «la innegable trascendencia de la presente causa» y también a raíz de fallas del sistema judicial LEX registradas hoy que «no permiten que la causa sea despachada con la premura que requiere» por lo cual habilitó «días y horas inhábiles para la tramitación de la misma los días 28 y 29 de diciembre del corriente año, debiendo estarse a lo ya dispuesto en cuanto a la posibilidad de habilitar la feria judicial», si alguna de las partes lo requiere.

En tanto, en el fuero Contencioso Administrativo Federal, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez reclamó el dictado de una medida precautelar para suspender el DNU en su totalidad, mientras tramita su amparo contra esa norma.

Como hecho novedoso, explicó ante el juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 7 que al presentar el miércoles el proyecto de Ley para sesiones extraordinarias, el Gobierno incluyó «una cláusula de ratificación» del DNU, algo que implica el «reconocimiento» por parte del Poder Ejecutivo de que no hay motivos para que las reformas propuestas no se traten en el Congreso Nacional.

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Vuelos más caros: se actualizó la tasa de seguridad aeroportuaria

La Administración Nacional de Aviación Civil firmó una resolución que impactará en el valor de los vuelos locales, regionales e internacionales.

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El Gobierno de Javier Milei ordenó actualizar la tasa de seguridad de la aviación fijada por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) a partir del 28 de mayo. El cambio repercutirá en el precio de los vuelos, tanto a destinos nacionales como internacionales, luego del incremento generado por la guerra en Medio Oriente.

Los pasajes de avión tendrán un incremento en el sobrecargo que impactará de forma directa sobre los valores que pagan los pasajeros. Se trata del gravamen destinado a la seguridad y tecnología en aeropuertos.

La medida fue oficializada este martes a través de la resolución 258/2026, publicada en el Boletín Oficial, cuyo anexo indica que, a partir de la actualización, la tasa tendrá un incremento tanto para los vuelos de cabotaje como para los regionales e internacionales.

Cuánto aumentará la tasa de seguridad aeroportuaria

A partir del 28 de mayo, los pasajes emitidos para vuelos locales registrarán el aumento en la tasa de $20 a $6500. Para los regionales, subirá de u$s4,42 a u$s5 y para los destinos internacionales se incrementará de u$s8 a u$s9. La actualización se trasladará directamente al precio que abonan los pasajeros.

La actualización responde a la necesidad de una “revisión” de la tasa debido a la “desactualización de los valores tarifario vigentes” que desde 2016 no registra un incremento, según argumenta el organismo en la resolución. Pero también a “la magnitud de las inversiones requeridas” para la implementación de medidas de seguridad.

Aumenta la tasa de seguridad aérea

Según explicaron, la tasa tiene por objetivo financiar la seguridad y tecnología en aeropuertos. Entre los principales destinos de los fondos se destacan:

-La modernización del Servicio de Salvamento y Extinción de Incendios (SSEI) con la provisión de equipamiento especializado.

-Mejora de la infraestructura vinculada a la seguridad operacional.

-Incorporación de tecnología y sistemas para optimizar la supervisión y el control.

-La capacitación continua del personal.

-La mejora en los procesos de fiscalización, certificación y vigilancia.

El precio de los pasajes en aumento por la guerra en Medio Oriente

El aumento de la tasa tiene lugar en un contexto de incremento del precio en los pasajes debido a la guerra entre Estados Unidos, Israel e Irán. Según un análisis de Transport & Environment, el encarecimiento del petróleo elevó significativamente los costos del combustible para aviones, lo que se traduce en aumentos concretos en los precios de los vuelos.

El informe revela que el costo del combustible por pasajero en vuelos de larga distancia desde Europa aumentó en promedio 88 euros (unos u$s104), mientras que en los vuelos dentro del continente la suba ronda los 29 euros por persona. Se trata de un salto relevante si se tiene en cuenta que el combustible es uno de los principales componentes del costo operativo de las aerolíneas.

En ese contexto, Aerolíneas Argentinas anunció el mes pasado que comenzó a aplicar temporalmente un recargo por combustible en el precio de sus pasajes como consecuencia del aumento reciente del precio del petróleo, derivado de la guerra en Medio Oriente.

Según consignaron fuentes de la empresa a Ámbito, la decisión responde a los movimientos recientes en el precio del barril de crudo, que impactan directamente en el costo del combustible de aviación, uno de los principales componentes de la estructura de gastos de cualquier aerolínea.

FUENTE: Ámbito

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Día del Trabajador: Santiago del Estero anunció un bono de $600 mil para estatales

El gobernador de Santiago del Estero anunció durante su mensaje anual, un paquete de medidas para los empleados públicos provinciales

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El gobernador Elías Suárez anunció durante su mensaje anual, un paquete de medidas destinado a fortalecer el poder adquisitivo de los empleados públicos provinciales, que incluye el pago de sumas extraordinarias y la confirmación del calendario salarial.

Confirmó que los trabajadores de la administración pública percibirán un bono por el Día del Trabajador de $600.000, que estará disponible a partir del 30 de abril. A esto se suma el pago de haberes correspondientes al mes en curso, previsto para los días 28 y 29, respetando el cronograma habitual.

Además, el mandatario también anuncio la implementación de un bono aguinaldo por un total de $1.200.000, que será abonado en dos tramos iguales de $600.000 durante los meses de junio y julio.

Por otra parte, se ratificó la continuidad del bono de fin de año, el cual se pagará en tres cuotas, aunque el monto será definido y anunciado más adelante.

Al referirse al alcance de estas medidas, Suárez subrayó su impacto directo en la economía provincial, destacando que los recursos destinados a los trabajadores “se transforman en consumo, impulsando el comercio, fortaleciendo a las pymes y generando mayor actividad económica”.

En esa línea, sostuvo que la política salarial no solo apunta a acompañar a los empleados públicos, sino también a dinamizar el mercado interno y sostener el desarrollo productivo en todo el territorio provincial.

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Milei celebró el fallo de la Justicia: “No podrán detener el crecimiento que se viene para el país”

La Cámara del Trabajo reactivó la Ley de Modernización Laboral y dejó sin efecto la suspensión de 83 artículos.

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El presidente Javier Milei mostró su beneplácito en su cuenta de la red social X, por el fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que dejó sin efecto la medida cautelar que había suspendido la aplicación de una parte significativa de la Ley de Modernización Laboral.

“No podrán detener el crecimiento que se viene para el País. Viva la libertad carajo…!”, expresó el mandamás argentino en el reposteo que hizo, sobre una publicación de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

https://twitter.com/JMilei/status/2047345432221684156?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E2047345432221684156%7Ctwgr%5E1f21aa1de44f452e43f57921f222e8710ea95341%7Ctwcon%5Es1_&ref_url=https%3A%2F%2Felfederalnoticias.com.ar%2Fjavier-milei-celebro-el-fallo-de-la-justicia-no-podran-detener-el-crecimiento-que-se-viene-para-el-pais%2F

Este jueves la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió suspender los efectos de la medida cautelar que había frenado la aplicación de gran parte de la «reforma laboral», devolviendo la plena vigencia a los artículos detenidos hasta que el tribunal se expida sobre el fondo del asunto.

Con esta decisión, adoptada por la Sala VIII, integrada por la jueza María Dora González y el juez Víctor Arturo Pesino, el proceso entra en una etapa crucial al quedar a la espera de un pronunciamiento definitivo sobre la validez de los cambios aprobados por el Congreso de la Nación.

La resolución deja sin efecto la medida dictada el 30 de marzo por el juez Enrique Ojeda, que había suspendido 83 artículos de la Ley 27.802, luego de una presentación de la Confederación General del Trabajo (CGT).

El tribunal fundamentó su dictamen en lo dispuesto por el artículo 13, inciso 3, de la Ley 26.854, que establece el régimen de medidas cautelares contra el Estado, y consideró que en este caso no existían las condiciones excepcionales que justificarían el mantenimiento de la cautelar mientras se tramita la apelación.

La decisión implica que los artículos suspendidos recuperan vigencia de inmediato, hasta que la Sala VIII de la Cámara del Trabajo resuelva si confirma o revoca la medida cautelar. El dictamen subraya que será el tribunal, el encargado de definir, en función de la entidad institucional del acto, el destino final de la cautelar.

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