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Estos son los puntos principales del proyecto sobre Etiquetado de Alimentos que trata Diputados

La iniciativa apunta a brindarle a la población la información necesaria sobre los alimentos que va a consumir y alertar sobre los productos que tienen altos contenidos de azúcares, grasas y otras sustancias que pueden resultar nocivas.

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El proyecto de etiquetado frontal que debatirá este martes la Cámara de Diputados en la sesión prevista para el mediodía tiene como meta que la población cuente con información precisa sobre los productos que consume y así pueda sostener una alimentación saludable.

Los principales puntos del proyecto del etiquetado frontal de alimentos:

• El proyecto advierte a consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz.

• Promueve la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.

• Está dirigido a fabricantes, fraccionadores y envasadores que distribuyan, comercialicen o importen, que hayan puesto su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano, en todo el territorio de la República Argentina.

• Los alimentos y bebidas analcohólicas envasados y comercializados en la Argentina deben colocar leyendas como «Exceso en azúcares», «Exceso en sodio», «Exceso en grasas saturadas», «Exceso en grasas totales», y/o «Exceso en calorías».

• En caso de contener edulcorantes, el envase debe llevar una leyenda precautoria, por debajo de los sellos de advertencia, con la leyenda: «Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as».

• En caso de contener cafeína, de igual manera, el envase debe presentar una leyenda precautoria por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: «Contiene cafeína. Evitar en niños/as».

• El sello adoptará la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas.

• El tamaño de cada sello no será nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase.

• No podrá estar cubierto de forma parcial o total por ningún otro elemento. En caso de que el área de la cara principal del envase sea igual o menor a 10 centímetros cuadrados y contenga más de un sello, la autoridad de aplicación determinará la forma adecuada de colocación de los sellos.

• Los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio establecidos deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud.

• Se exceptúa de la colocación de sello en la cara principal al azúcar común, aceites vegetales y frutos secos.

• Se prohíbe que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan algún sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles, personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas, etcétera.

• Se prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados con al menos un sello de advertencia que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes.

• Se prohíbe resaltar declaraciones nutricionales complementarias que destaquen cualidades positivas y/o nutritivas de los productos.

• Se prohíbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales, o cualquier otro elemento, como así también la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales.

• Se prohíbe la promoción o entrega a título gratuito de productos con octógonos.

• El Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de actividades didácticas y de políticas que establezcan los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario del país.

• Los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan al menos un sello de advertencia no pueden ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos educativos del Sistema Educativo Nacional.

• El Estado nacional priorizará las contrataciones de los alimentos y bebidas analcohólicas que no cuenten con sellos de advertencia.

• Se encomienda al Poder Ejecutivo la reformulación del texto del Código Alimentario Argentino a efectos de adecuar sus disposiciones a la presente ley.

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El Gobierno reglamentó cambios de la Ley de Modernización Laboral

Entre los puntos destacados se encuentran la registración del empleo, el control de licencias médicas, los acuerdos de desvinculación, entre otros.

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El Gobierno reglamentó este lunes algunos cambios significativos correspondientes a la Ley de Modernización Laboral. Entre los puntos destacados del decreto 407/2026 que se publicó en Boletín Oficial se encuentran la registración del empleo, la negociación colectiva, el control de licencias médicas, los acuerdos de desvinculación, entre otros.

Esto repercute además en la implementación de esquemas digitales que promueven los sistemas electrónicos de notificación y comunicación entre empleadores, trabajadores y organismos estatales, y la simplificación de trámites.

El texto oficial recordó que la obligación de registrar trabajadores se cumple mediante los sistemas habilitados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y que, a partir de esta publicación,» los empleadores ya no tendrán que llevar los libros laborales (artículo 52 de la LCT) en soporte físico ni digital». El sistema digital del mencionado organismo centralizará las altas, bajas y las modificaciones de los datos laborales, lo que quedará a disposición de los organismos y entidades de trabajo y seguridad social.

En cuanto a los acuerdos extintivos de la contratación laboral por mutuo acuerdo (artículo 241), la autoridad administrativa deberá verificar la legalidad del acto, la inexistencia de vicios y la adecuada composición de intereses, según los parámetros del artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Otro de los cambios centrales alcanza al control de enfermedades del trabajador (artículo 210). Según el decreto, las prescripciones médicas que incluyan reposo “deberán ser emitidas electrónicamente mediante sistema de información o plataforma digital” en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias, y firmadas por profesionales habilitados ante la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud. Si existe una discrepancia insalvable entre el diagnóstico inicial y el control médico efectuado por el empleador, las partes podrán recurrir a una junta médica oficial o al dictamen de institutos públicos o privados de reconocida trayectoria.

El Poder Ejecutivo también dispuso reglas sobre la documentación laboral y, en particular, sobre el recibo de haberes. La reglamentación exige que los recibos de haberes contengan información clara y comprensible. El empleador deberá detallar el costo laboral total, los conceptos involucrados en la relación y el monto final percibido por el trabajador.

Para los trámites jubilatorios, se estableció la obligación a ANSES de notificar a los empleadores y agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud sobre el inicio y la finalización del procedimiento.

Uno de los aspectos es el nuevo marco para las Empresas de Servicios Eventuales. El decreto reemplaza la normativa anterior, que había quedado desactualizada, y establece criterios de funcionamiento más flexibles y proporcionales. La exigencia de garantías se adecuará a la cantidad de trabajadores y a la dimensión de la empresa, eliminando rigideces que dificultaban la operación de empresas pequeñas y medianas.

En materia de negociación colectiva, el Gobierno definió que serán considerados vencidos los convenios cuyo plazo original ya haya expirado. En tanto, las asociaciones de empleadores y cámaras empresarias estarán legitimadas para participar en negociaciones colectivas si acreditan representación suficiente en el ámbito personal y territorial correspondiente, que no podrá ser inferior al 10 % de los trabajadores comprendidos. Si la convención aplica en más de una jurisdicción, la autoridad podrá admitir hasta dos representaciones adicionales del sector empleador.

La reglamentación también modifica el régimen sindical. Según el decreto, los cuerpos directivos de asociaciones sindicales deberán guardar una proporcionalidad razonable con el número de afiliados cotizantes; la autoridad de aplicación verificará nóminas con datos del Sistema Integrado Previsional Argentino y otras bases públicas; y, en casos de superposición de personería gremial, la asociación que la pretenda deberá superar a la que ya la posee por al menos un 5 % adicional de afiliados cotizantes.

La norma fijó además un plazo de 30 días para que la Secretaría de Trabajo convoque a los gremios para renegociar convenios colectivos vencidos, mientras que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero deberá adaptar en 120 días sus sistemas para absorber la registración laboral del sector de la construcción.

FUENTE: Infobae

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Transportistas de larga distancia reclaman al gobierno una deuda de $27.000 millones

Desde la Cámara Empresaria de Larga Distancia (CELADI) advirtieron que el Estado mantiene una deuda acumulada que ya supera los $27.000 millones y remarcaron que el conflicto se encuentra judicializado desde hace más de un año.

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Las empresas de micros de larga distancia salieron a cuestionar con dureza la decisión del Gobierno de eliminar el régimen de compensaciones destinado a cubrir parte de los pasajes gratuitos para personas con discapacidad, trasplantados y pacientes oncológicos pediátricos.

 

Desde la Cámara Empresaria de Larga Distancia (CELADI) advirtieron que el Estado mantiene una deuda acumulada que ya supera los $27.000 millones y remarcaron que el conflicto se encuentra judicializado desde hace más de un año.

La polémica se desató luego de que la Secretaría de Transporte publicara este martes la resolución 28/2026, mediante la cual dejó sin efecto el esquema de compensaciones económicas para las compañías que otorgan boletos gratuitos a personas alcanzadas por las leyes de discapacidad, trasplante y oncopediatría.

Desde el sector empresario sostienen que la medida fue tomada en medio de una disputa judicial abierta y en un contexto de incumplimiento del Estado nacional. Según señalaron en un comunicado, las compañías continúan garantizando el beneficio pese a que el Gobierno dejó de pagar las compensaciones hace más de un año.

 

El transporte de larga distancia dejó de ser considerado un servicio público tras la desregulación impulsada por el Decreto 883/24, pero las empresas siguen obligadas a absorber una carga que históricamente era compensada por el Estado”, indicaron desde CELADI.

Las empresas aseguran que el último pago recibido corresponde a noviembre de 2024. Desde entonces, la deuda se habría ido acumulando mes a mes mientras las compañías continuaban entregando más de 1,5 millones de pasajes gratuitos al año.

El conflicto escaló aún más el pasado 18 de mayo, cuando el Juzgado Federal declaró formalmente el incumplimiento del Estado nacional y aprobó una primera liquidación de deuda por $8.753 millones correspondiente al período comprendido entre noviembre de 2024 y abril de 2025.

Según CELADI, esa cifra representa solo una parte de la deuda total, ya que los períodos posteriores continúan siendo relevados dentro de la misma causa judicial. El monto acumulado, afirman, supera actualmente los $27.000 millones.

Las empresas insistieron en que no cuestionan el derecho de las personas con discapacidad y de los pacientes alcanzados por las leyes vigentes a viajar gratuitamente. No obstante, plantearon que resulta “inconsistente” que el Gobierno desregule el sector y, al mismo tiempo, pretenda trasladar completamente ese costo a compañías privadas sin ningún tipo de compensación estatal.

 

En paralelo, el Ejecutivo ratificó que las personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD), credencial del INCUCAI y pacientes oncológicos pediátricos seguirán teniendo garantizado el acceso a pasajes gratuitos en los servicios de larga distancia, aun después de la eliminación del fondo compensador. / TN

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Hubo descontrol por el sándwich de matambre gigante: derribaron vallas para llevarse porciones

Una histórica parrilla de en Avellaneda organizó un evento para preparar un sándwich de más de 700 metros, pero las demoras y la multitud terminaron en caos. Vecinos rompieron el vallado y se abalanzaron sobre la comida antes de la entrega oficial

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Lo que había sido anunciado como una fiesta gastronómica terminó en un verdadero descontrol en Avellaneda, Buenos Aires. El evento organizado por la histórica Parrilla El Tano para preparar “el sándwich de matambre a la pizza más largo del mundo” derivó en corridas, empujones y vecinos derribando vallas para quedarse con una porción.

La propuesta buscaba celebrar el 25 de mayo y también los 25 años del tradicional local gastronómico del sur del conurbano bonaerense. Según habían promocionado en redes sociales, el objetivo era preparar un sánguche de aproximadamente 750 metros de largo.

Una multitud y horas de espera

La convocatoria estaba prevista para las 11 de la mañana sobre la avenida Mitre, en Avellaneda, y contaba incluso con apoyo de patrocinadores y la presencia del intendente Jorge Ferraresi, quien había difundido el evento en sus redes sociales.

Sin embargo, con el correr de las horas, comenzaron las quejas de los asistentes por las demoras en la preparación del sándwich kilométrico.

https://twitter.com/lanacionmas/status/2058933169487831430?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E2058933169487831430%7Ctwgr%5E4f8874b065b4563b116e2c7994f22ff99ec4c37e%7Ctwcon%5Es1_&ref_url=https%3A%2F%2Fwww.contextotucuman.com%2Fnota%2F386414%2Fdescontrol-por-el-sandwich-de-matambre-gigante-derribaron-vallas-para-llevarse-porciones.html

En redes sociales, varios usuarios aseguraron que el armado avanzaba lentamente y que la comida todavía no estaba lista incluso entrada la tarde. Algunos vecinos afirmaron haber esperado durante horas sin recibir ninguna porción.
Derribaron las vallas y se abalanzaron sobre la comida

La situación terminó explotando cuando parte del público perdió la paciencia y avanzó sobre las mesas donde estaba el sándwich ya cortado.

En videos que rápidamente se viralizaron puede verse cómo decenas de personas superan el vallado, empujan y toman porciones directamente de la mesa, mientras otros intentaban mantener el orden.

Algunos lograron llevarse comida, mientras que muchas personas que esperaban una entrega organizada terminaron yéndose sin probar el famoso matambre a la pizza.
El descargo de la parrilla: «Un sabor amargo»

Tras los incidentes, desde la Parrilla El Tano publicaron un mensaje en redes sociales lamentando lo ocurrido y agradeciendo a quienes participaron de la jornada.

Desde el local señalaron que durante gran parte del día el clima había sido positivo y familiar, aunque aseguraron que sobre el final “muchas personas comenzaron a descontrolarse”, lo que les dejó «un sabor amargo».

Además, denunciaron que hubo gente que no solo tomó comida antes de tiempo, sino que también se llevó elementos que formaban parte de la organización del evento.

“Detrás de esto hubo meses de trabajo y muchísimo esfuerzo”, expresaron desde el comercio, que cuestionó la falta de respeto hacia quienes trabajaban en el lugar y hacia las personas que aguardaban tranquilamente para recibir su porción. /Perfil

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