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Anses: Tarjeta Alimentar para AUH y AUE, jubilados y asignaciones ¿quiénes cobran esta semana?

Sin el bono del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y a la espera de nuevas definiciones sobre un segundo bono de 15000 para AUH, esta semana cobran titulares de asignaciones familiares de Pensiones No Contributivas (PNC), beneficiarios de la Prestación por Desempleo y Asignaciones de pago único: matrimonio, adopción y nacimiento

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Anses: Tarjeta Alimentar para AUH y AUE, jubilados y asignaciones ¿quiénes cobran esta semana?

Sin el bono del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y a la espera de nuevas definiciones sobre un segundo bono de 15000 para AUH, esta semana cobran titulares de asignaciones familiares de Pensiones No Contributivas (PNC), beneficiarios de la Prestación por Desempleo y Asignaciones de pago único: matrimonio, adopción y nacimiento.

En los últimos días se anunció que las prestaciones de Anses se incrementarán un 12,12% producto de la aplicación de la Fórmula de Movilidad. Esto beneficiará el ingreso de 8,3 millones de jubilaciones y pensiones, 9,3 millones de niños, niñas y adolescentes a través de la AUH y las asignaciones familiares, y más de 800.000 personas que reciben asignaciones por cónyuges.

El saldo de la tarjeta alimentaria se habilita el tercer viernes de cada mes para las personas que la tengan en formato físico, por lo que el viernes 21 de mayo se cargó el monto a los titulares de AUH y AUE. Quienes no recibieron la tarjeta cobraran por la cuenta en la que reciben la AUH o AUE desde el 27 de mayo hasta el 3 de junio.

Ahora la tarjeta alimentaria está destinada a madres o padres con hijos e hijas de hasta 14 años de edad que reciben la AUH, embarazadas a partir del tercer mes que reciben  AUH, personas con discapacidad que reciben  AUH y madres de 7 hijos.

El pago de la Tarjeta Alimentar se extiende hasta el jueves 3 de junio, según los cronogramas ya anunciados por el Ministerio de Desarrollo Social y Anses. Se trata de una inversión adicional en torno a los $65.000 millones de pesos de aquí a fin de año e implica una mejora en los ingresos para un conjunto muy importante de familias donde residen cerca de 4 millones de niñas y niños.

Cuándo habilitan la Tarjeta Alimentar mayo 2021

Las familias con hijos de 0 a 6 años que cobren AUH y las embarazadas que reciben la AUE tendrán la carga del saldo de la Tarjeta Alimentar en las siguientes fechas:

  • documentos terminados en 0 y 1: jueves 27 de mayo
  • documentos terminados en 2 y 3: viernes 28 de mayo
  • documentos terminados en 4 y 5: lunes 31 de mayo
  • documentos terminados en 6 y 7: martes 1 de junio
  • documentos terminados en 8 y 9: miércoles 2 de junio

En el caso de familias que cobran AUH y tienen hijos de 7 a 14 años (que son los nuevos incorporados al programa) cobran en estas fechas:

  • documentos terminados en 2 y 3: viernes 28 de mayo
  • documentos terminados en 4 y 5: lunes 31 de mayo
  • documentos terminados en 6 y 7: martes 1 de junio
  • documentos terminados en 8 y 9: miércoles 2 de junio
  • documentos terminados en 0 y 1: jueves 3 de junio

Dónde retiro mi Tarjeta Alimentar

La Tarjeta Alimentar es entregada por el Gobierno nacional en diferentes etapas en todo el país. En este link se puede consultar cuándo y dónde retirar tu tarjeta alimentaria: tarjetaalimentaria.argentina.gob.ar

Cómo saber si cobro la Tarjeta Alimentar

Con la actualización del universo de personas que incluye la tarjeta alimentar, desde ahora la recibirán las siguientes personas:

  • Familias que cobren la  AUH con una hija o hijo de hasta 14 años inclusive: cobran $6.000 por mes.
  • Familias que cobren la  AUH con dos hijos de hasta 14 años inclusive: $9.000 por mes.
  • Familias que cobren la  AUH con tres hijos o más, de hasta 14 años inclusive: $12.000 por mes.
  • Familias con siete hijos que reciben una Pensión No Contributiva (PNC): $12.000 por mes.
  • Embarazadas que cobren la AUE: $6.000 por mes.
  • Personas con discapacidad que cobren la  AUH, sin límite de edad de los hijos: 6 mil, 9 mil o 12 mil pesos según tengan uno, dos, o desde tres hijos.

Fecha de pago de jubilaciones y pensiones 2021 mayo

Anses informó que las sucursales bancarias habilitadas atenderán por ventanilla a jubilados y pensionados sin solicitar turno previo, pero deben acercarse a la sucursal bancaria únicamente en la fecha asignada. Cabe recordar que los haberes permanecerán depositados en sus cuentas.

Esta semana terminan de cobrar los jubilados y pensionados con haberes superiores a 23.120 pesos, ya que quienes cobran montos menores ya recibieron el pago durante el mes.

Ya cobraron:

  • DNI terminados en 0 y 1: 21 de mayo
  • DNI terminados en 2 y 3: 26 de mayo
  • DNI terminados en 4 y 5: 27 de mayo
  • DNI terminados en 6 y 7: 28 de mayo

Quedan por cobrar:

  • DNI terminados en 8 y 9: 31 de mayo

Todos los documentos:

  • Primera quincena: del 6 de mayo al 9 de junio
  • Segunda quincena: del 21 de mayo al 9 de junio

Asignaciones Familiares de Pensiones no Contributivas

Todas las terminaciones de DNI: del 10 de mayo al 9 de junio

Prestación por Desempleo

El Gobierno finalizará el pago de la Prestación por Desempleo Plan 1 este lunes 31 de mayo, ya que cobrarán las personas con DNI terminado en 8 y 9 y que les corresponda este pago.

En cuanto al Plan 2 y 3 de Desempleo, recibirán sus haberes del 3 al 9 de junio, para todas las terminaciones de DNI.

Fecha de cobro de   AUH

Con la utilización de la tarjeta de débito, el viernes 21 de mayo fue el último día de cobro del mes de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación Familiar por Hijo.

Fecha de cobro de AUE

La Asignación por Embarazo se terminó de cobran mediante la tarjeta de débito el viernes 21 de mayo, antes de que inicie el nuevo DNU para el confinamiento más estricto.

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Edicto Judicial – Expte. N° 877/10 (Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello

Notificación judicial relativa a los autos caratulados «Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello Martina s/ Juicio Ordinario» (Expte. N° 877/10) – Juzgado Civil y Comercial N° 5 de Formosa.

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Formosa, sito en calle San Martín N° 641 2do. Piso, a cargo de la Juez Dra. Cyntia Verónica Rouseau, Secretaría a cargo de la Dra. Alicia Aixa Amad, en los autos caratulados: «ALLENDE LIBRADA RUTH C/ SUCESORES DE GONZALEZ DE GIACOPELLO MARTINA S/ JUICIO ORDINARIO» – EXPTE. N° 877/10, notifica a la Sra. María B. Giacopello De Argañaraz D.N.I. N° 8.981.595, la Sentencia N° 448/24 que en su parte correspondiente dice:

«FORMOSA, 13 de noviembre de 2.024. AUTOS Y VISTOS:… RESULTA:… CONSIDERANDO:… SENTENCIO: 1.- HACER LUGAR a la presente demanda instaurada por la Sra. ALLENDE LIBRADA RUTH, contra los herederos de la Sra. MARTINA GONZALEZ de GIACOPELLO, en virtud de haber poseído la accionante durante el período establecido por la ley y cumpliendo los recaudos, el inmueble sitio en calle Pacífico Scozzina N° 1.554 de ésta ciudad, identificado como Lote N° 4 de la Manzana N° 21 del Lote Rural N° 25 de la Ciudad de Formosa con una superficie de 500 m2 y cuya nomenclatura catastral es: Dpto. 01, Circ. VII, Sec. T, Mz. 42, Parcela 25, Partida N° 23.345, declarado adquirido su dominio, conforme los fundamentos desarrollados en los «Considerandos». 2.- ORDENAR INSCRIBIR el dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de su nueva titular, Sra. Allende, Librada Ruth, D.N.I. N° 12.571.702 cancelando la registración anterior. A tal fin, ofíciese al Registro en la forma de estilo. 3.- IMPONER LAS COSTAS, por su orden, (art. 68 2da. parte del C.P.C.C.) de conformidad a los fundamentos expuestos en los «Considerandos». 4.- DIFERIR la regulación de honorarios profesionales, hasta el momento en que exista base para ello (art. 24 de la Ley 512). REGÍSTRESE, insértese copia en el Libro de Sentencias, NOTIFÍQUESE personalmente o por cédula. Oportunamente, ARCHÍVESE.» – FDO. Dra. Cynthia Verónica Rouseau – Jueza.-

Publíquese edictos por un (1) día en un diario de mayor circulación y en el boletín oficial, de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán.—

Formosa, agosto de 2026. Dra. Alicia Aixa Amad – Secretaria.

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Yacyretá abrió sus compuertas por la crecida del río Paraná

La represa inició maniobras para atenuar el impacto del aumento del caudal, que ronda los 28.000 metros cúbicos por segundo y podría seguir creciendo en los próximos días.

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La Central Hidroeléctrica Yacyretá abrió este lunes sus compuertas del vertedero principal para atenuar los efectos del aumento del caudal del río Paraná. Se trata de maniobras que realizan las autoridades de la represa para atenuar los efectos del incremento del volumen de agua ocasionada por las descargas de las centrales ubicadas aguas arriba.

El Ing. Ronnie Ayala, jefe del Departamento Técnico en la Margen Derecha, explicó que la tendencia creciente en los caudales afluentes se mantiene tal como habían alertado los organismos especializados en sus pronósticos hidrológicos, y las lluvias ocasionadas por el fenómeno “El Niño”.

A su vez, precisó que con las precipitaciones que se están registrando entre el domingo y este lunes, el caudal afluente está en alrededor de 28.000 m³/s a la altura de Yacyretá, y que todo indica que irá aumentando en los próximos días.

A la par, explicó que la cuenca del río Iguazú, de aporte directo al embalse de Yacyretá, las lluvias superaron cinco veces la cantidad pronosticada, lo que aumentó el caudal de 1.500 m³/s a 9.000 m³/s más 19.000 m³/s de Itaipú significa que están llegando alrededor de 28.000 m³/s a Yacyretá.

En ese sentido, el incremento del caudal del río Iguazú -que se triplicó en menos de 48 horas- obligó a Parques Nacionales y la empresa concesionaria a suspender este lunes el ingreso de visitantes a las Cataratas del Iguazú. Los registros de esta mañana indicaban que por los 275 saltos caían más de 12.000 metros cúbicos por segundo, lo que representa casi nueve veces el caudal promedio.

El jefe técnico añadió que las inundaciones no se pueden atribuir a la apertura de las compuertas, sino al contrario con las maniobras se está tratando de atenuar el impacto de este fenómeno. “Esto es un fenómeno natural que recibimos y se traslada aguas abajo de la presa. Suponiendo que no existía la usina, el fenómeno iba a causar el mismo efecto y tal vez de mayor impacto”, indicó.

El Departamento Técnico, a través del área de Hidrología, seguirá monitoreando permanentemente la situación hidrológica del río Paraná, a fin de mantener informada a la sociedad civil y a las autoridades para que puedan tomar las acciones necesarias, indicaron a través de un comunicado.

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Declararon inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario

El fallo dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA).

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El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional el decreto que puso un freno a la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Gobierno a cumplir con lo establecido en la normativa aprobada por el Congreso.

El fallo firmado por el juez Martín Cormick dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA), dejando sin efecto el Decreto 759/2025.

De esta forma, ordenó al Poder Ejecutivo el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”, según el escrito al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.

El Gobierno había intentado frenar el cumplimiento de la ley primero con su veto. Luego de que el Congreso lo rechazó y sostuvo la normativa, emitieron un decreto en el que dispuso que el financiamiento a las universidades solo podía ejecutarse “una vez que se determine las fuentes específicas para su financiamiento y se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general”.

Tanto el Consejo Interuniversitario Nacional como la UBA y otras universidades presentaron un amparo colectivo para que se cumpla con los puntos claves de la ley, entre ellos otorgar partidas a las casas de estudios para su funcionamiento y recomponer el salario de docentes y no docentes.

El juez consideró en el fallo que el decreto del Gobierno “no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas”.

Apuntó que ante la imposibilidad legal de emitir un nuevo veto, el decreto “ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional” que, según su mirada, configuró “una figura de instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional”.

Cormick también remarcó que “el control judicial de decisiones con impacto presupuestario, lejos de ser una intromisión extraordinaria, es una de las consecuencias propias de la justiciabilidad del Estado”.

Por otro lado, el magistrado puso en duda el costo fiscal de la ley. Mencionó que en 2024 y 2025 no había Ley de Presupuesto y se prorrogaron las partidas aprobadas del 2023, y señaló que según la Oficina de Presupuesto del Congreso, el impacto durante el año 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.

FUENTE: Agencia NA

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