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Las jubilaciones aumentarán 12,12% a partir de junio: la mínima llegará a $23.064

Esto se debe a que el Ripte subió 13,7%, frente al 13% de la inflación de los primeros tres meses del año. Cuál será el nuevo haber mínimo y en cuánto quedará la AUH

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Las jubilaciones aumentarán 12,12% a partir de junio: la mínima llegará a .064

Las jublaciones, pensiones y asignaciones aumentarán el 12,12% desde junio, informó este lunes el Anses. Esto se debe a que el Ripte subió 13,7% en el primer trimestre del año, mientras que los recursos por beneficiario de la Anses lo hicieron 10,6% y frente a 13% de inflación. En los primeros seis meses del año el reajuste de jubilaciones superará por poco el 21%, sumando el 8,07% de marzo.

El salario avanzó 5% en marzo, por lo que quedó por arriba de la variación de precios que ese mes fue de 4,8%, informó este lunes el Indec, mientras que la Remuneración Imponible Promedio del Trabajado Estable (Ripte) fue de 4,9% ese mes. El dato de las remuneraciones es uno de los criterios que tomó en cuenta el Gobierno nacional para definir qué porcentaje de suba de las jubilaciones tendría lugar a partir de junio.

La fórmula oficial ajusta trimestralmente las jubilaciones a través de una fórmula que promedia por un lado la variación en el período previo de Ripte o del Índice de Salarios que elabora el Indec (el que resulte un número mayor) y la de la recaudación previsional por beneficio a pagar, datos que surgen de la Anses.

El aumento de 12,12% en jubilaciones, pensiones y asignaciones se debe a que el Ripte subió 13,7% en el primer trimestre del año, mientras que los recursos por beneficiario de la Anses lo hicieron 10,6% y frente a 13% de inflación.

De esta manera, con los valores actuales y el incremento oficializado por Anses, la jubilación mínima pasará a $23.064 y la Asignación Universal por Hijo comenzará a ser $4.504 por beneficiario. Este aumento también impacta en otras Asignaciones Familiares, como la de embarazo, prenatal, nacimiento, adopción y matrimonio.

El aumento que determinará el Gobierno nacional para las jubilaciones desde el mes próximo alcanzará a 5,3 millones de jubilados, 3,1 millones de pensionados y a otras 13,5 millones de personas que viven en hogares que son alcanzados por la Asignación Universal por Hijo, que también se verá modificada a partir del reajuste de los haberes.

El Gobierno aumentará 12,12% las jubilaciones, pensiones y asignaciones.

La directora ejecutiva de Anses Fernanda Raverta aseguró al dar a conocer la cifra de reajuste de haberes que “esta fórmula comienza a dar sus frutos. El aumento de 12,12 por ciento permitirá que en el segundo trimestre del 2021 la totalidad de las prestaciones se vean incrementadas por encima de la inflación del período”, afirmó en referencia a la suba de precios esperada.

Según el organismo previsional, “tanto el aumento del primer trimestre del 8,07 por ciento como el actual del 12,12 por ciento se encuentran por encima de los aumentos que hubiese otorgado la reemplazada ley del gobierno anterior (7,18 por ciento y 10,33 por ciento, respectivamente)”, apuntaron.

Un estudio de Ieral planteó dos escenarios posibles para medir cuál será la evolución de las jubilaciones a lo largo de este año. En caso de que el PBI crezca 7%, la inflación ronde el 40%, los salarios aumenten 40%, la recaudación, 49% y el empleo, 3,5%, el poder adquisitivo de los haberes, deducido el efecto de la variación esperada del IPC, sería $1.515 inferior a lo que correspondería si el Gobierno no hubiera derogado la Ley 27.426, sancionada a fines de 2017.

Por otro lado, con un aumento del PBI de 5%, la inflación y salarios en 50%, y el empleo con una variacion de 2,5%, un jubilado que percibe la mínima cobrará hacia diciembre unos $458 más (a valores reales) que hoy, pero todavía $998 menos de lo que le hubiera tocado con la Ley 27.426.

La jubilación mínima pasará a $23.064 y la Asignación Universal por Hijo comenzará a ser $4.504 por beneficiario. Este aumento también impacta en otras Asignaciones Familiares, como la de embarazo, prenatal, nacimiento, adopción y matrimonio.

Los salarios le ganaron a la inflación en marzo

El índice general de salarios registró marzo un incremento de 5% respecto al mes previo, dos décimas por encima de la evolución que marcó la inflación en el mismo período (4,8%). De esta manera, al cabo del primer trimestre del año, el Índice de salarios total acumuló un aumento de 13,1%, una décima por encima incremento del 13% que registró el índice de precios al consumidor.

La suba de marzo estuvo impulsada por un incremento del 7,5% en los salarios de la administración pública; a lo que se sumó una mejora del 4% en el sector privado registrado, y del 4,3% en los ingresos de los empleados no registrados o informales.

Con estas cifras, el primer trimestre del año, los salarios del sector público acumularon un crecimiento de 14,4%; seguidos por el sector Privado Registrado (13,7%) y el Privado no registrado (9,8%).

En marzo se aplicaron varios aumentos correspondientes a cuotas paritarias, destacándose los aumentos en Entidades Deportivas, Comercio, Textiles, Gráficos, Madera, Carne, Maestranza, Alimentación, Sanidad y Estatales nacionales, precisó la dependencia nacional.

Los salarios le ganaron a la inflación de marzo, aunque las remuneraciones del sector privado quedaron por debajo de la variación de precios. EFE/ Juan Ignacio Roncoroni/Archivo

En lo que respecta a los doce últimos meses, el Índice de salarios total marcó un incremento de 32,7%, con subas del 31,8% para los haberes del Sector Público, del 31,5% del Privado Registrado, y del 37,3% en el No registrado, informó el Indec. De esta manera, en términos anuales la caída del salario respecto a la inflación es de casi 10 puntos porcentuales, entre el 32,7% y el 42,6% que marcó la inflación.

Al observar una panorama más amplio, los salarios promedio acumulan una pérdida de poder adquisitivo del 19,4% respecto a marzo 2017, según estimaciones del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf).

“Los trabajadores informales son los más perjudicados con una caída del 24,5%, seguidos por los trabajadores del sector público con un 21,6% y los del privado registrado con un 16%. La recuperación del salario real es vital para la recuperación del consumo, principal rueda de actividad de la economía”, consideró Iaraf.

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Edicto Judicial – Expte. N° 877/10 (Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello

Notificación judicial relativa a los autos caratulados «Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello Martina s/ Juicio Ordinario» (Expte. N° 877/10) – Juzgado Civil y Comercial N° 5 de Formosa.

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Formosa, sito en calle San Martín N° 641 2do. Piso, a cargo de la Juez Dra. Cyntia Verónica Rouseau, Secretaría a cargo de la Dra. Alicia Aixa Amad, en los autos caratulados: «ALLENDE LIBRADA RUTH C/ SUCESORES DE GONZALEZ DE GIACOPELLO MARTINA S/ JUICIO ORDINARIO» – EXPTE. N° 877/10, notifica a la Sra. María B. Giacopello De Argañaraz D.N.I. N° 8.981.595, la Sentencia N° 448/24 que en su parte correspondiente dice:

«FORMOSA, 13 de noviembre de 2.024. AUTOS Y VISTOS:… RESULTA:… CONSIDERANDO:… SENTENCIO: 1.- HACER LUGAR a la presente demanda instaurada por la Sra. ALLENDE LIBRADA RUTH, contra los herederos de la Sra. MARTINA GONZALEZ de GIACOPELLO, en virtud de haber poseído la accionante durante el período establecido por la ley y cumpliendo los recaudos, el inmueble sitio en calle Pacífico Scozzina N° 1.554 de ésta ciudad, identificado como Lote N° 4 de la Manzana N° 21 del Lote Rural N° 25 de la Ciudad de Formosa con una superficie de 500 m2 y cuya nomenclatura catastral es: Dpto. 01, Circ. VII, Sec. T, Mz. 42, Parcela 25, Partida N° 23.345, declarado adquirido su dominio, conforme los fundamentos desarrollados en los «Considerandos». 2.- ORDENAR INSCRIBIR el dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de su nueva titular, Sra. Allende, Librada Ruth, D.N.I. N° 12.571.702 cancelando la registración anterior. A tal fin, ofíciese al Registro en la forma de estilo. 3.- IMPONER LAS COSTAS, por su orden, (art. 68 2da. parte del C.P.C.C.) de conformidad a los fundamentos expuestos en los «Considerandos». 4.- DIFERIR la regulación de honorarios profesionales, hasta el momento en que exista base para ello (art. 24 de la Ley 512). REGÍSTRESE, insértese copia en el Libro de Sentencias, NOTIFÍQUESE personalmente o por cédula. Oportunamente, ARCHÍVESE.» – FDO. Dra. Cynthia Verónica Rouseau – Jueza.-

Publíquese edictos por un (1) día en un diario de mayor circulación y en el boletín oficial, de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán.—

Formosa, agosto de 2026. Dra. Alicia Aixa Amad – Secretaria.

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Yacyretá abrió sus compuertas por la crecida del río Paraná

La represa inició maniobras para atenuar el impacto del aumento del caudal, que ronda los 28.000 metros cúbicos por segundo y podría seguir creciendo en los próximos días.

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La Central Hidroeléctrica Yacyretá abrió este lunes sus compuertas del vertedero principal para atenuar los efectos del aumento del caudal del río Paraná. Se trata de maniobras que realizan las autoridades de la represa para atenuar los efectos del incremento del volumen de agua ocasionada por las descargas de las centrales ubicadas aguas arriba.

El Ing. Ronnie Ayala, jefe del Departamento Técnico en la Margen Derecha, explicó que la tendencia creciente en los caudales afluentes se mantiene tal como habían alertado los organismos especializados en sus pronósticos hidrológicos, y las lluvias ocasionadas por el fenómeno “El Niño”.

A su vez, precisó que con las precipitaciones que se están registrando entre el domingo y este lunes, el caudal afluente está en alrededor de 28.000 m³/s a la altura de Yacyretá, y que todo indica que irá aumentando en los próximos días.

A la par, explicó que la cuenca del río Iguazú, de aporte directo al embalse de Yacyretá, las lluvias superaron cinco veces la cantidad pronosticada, lo que aumentó el caudal de 1.500 m³/s a 9.000 m³/s más 19.000 m³/s de Itaipú significa que están llegando alrededor de 28.000 m³/s a Yacyretá.

En ese sentido, el incremento del caudal del río Iguazú -que se triplicó en menos de 48 horas- obligó a Parques Nacionales y la empresa concesionaria a suspender este lunes el ingreso de visitantes a las Cataratas del Iguazú. Los registros de esta mañana indicaban que por los 275 saltos caían más de 12.000 metros cúbicos por segundo, lo que representa casi nueve veces el caudal promedio.

El jefe técnico añadió que las inundaciones no se pueden atribuir a la apertura de las compuertas, sino al contrario con las maniobras se está tratando de atenuar el impacto de este fenómeno. “Esto es un fenómeno natural que recibimos y se traslada aguas abajo de la presa. Suponiendo que no existía la usina, el fenómeno iba a causar el mismo efecto y tal vez de mayor impacto”, indicó.

El Departamento Técnico, a través del área de Hidrología, seguirá monitoreando permanentemente la situación hidrológica del río Paraná, a fin de mantener informada a la sociedad civil y a las autoridades para que puedan tomar las acciones necesarias, indicaron a través de un comunicado.

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Declararon inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario

El fallo dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA).

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El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional el decreto que puso un freno a la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Gobierno a cumplir con lo establecido en la normativa aprobada por el Congreso.

El fallo firmado por el juez Martín Cormick dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA), dejando sin efecto el Decreto 759/2025.

De esta forma, ordenó al Poder Ejecutivo el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”, según el escrito al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.

El Gobierno había intentado frenar el cumplimiento de la ley primero con su veto. Luego de que el Congreso lo rechazó y sostuvo la normativa, emitieron un decreto en el que dispuso que el financiamiento a las universidades solo podía ejecutarse “una vez que se determine las fuentes específicas para su financiamiento y se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general”.

Tanto el Consejo Interuniversitario Nacional como la UBA y otras universidades presentaron un amparo colectivo para que se cumpla con los puntos claves de la ley, entre ellos otorgar partidas a las casas de estudios para su funcionamiento y recomponer el salario de docentes y no docentes.

El juez consideró en el fallo que el decreto del Gobierno “no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas”.

Apuntó que ante la imposibilidad legal de emitir un nuevo veto, el decreto “ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional” que, según su mirada, configuró “una figura de instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional”.

Cormick también remarcó que “el control judicial de decisiones con impacto presupuestario, lejos de ser una intromisión extraordinaria, es una de las consecuencias propias de la justiciabilidad del Estado”.

Por otro lado, el magistrado puso en duda el costo fiscal de la ley. Mencionó que en 2024 y 2025 no había Ley de Presupuesto y se prorrogaron las partidas aprobadas del 2023, y señaló que según la Oficina de Presupuesto del Congreso, el impacto durante el año 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.

FUENTE: Agencia NA

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