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Inician controles a comercios en el marco del operativo «Nadie en las calles»

Los operativos fueron de concientización y controles a locales comerciales

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Los equipos del Ministerio Fiscal junto a personal policial llevaron adelante en la jornada de este miércoles, una serie de operativos de concientización y controles a locales comerciales de la provincia con el objetivo de constatar el cumplimiento de las medidas dispuestas por el Gobierno Nacional en el marco de la pandemia mundial del Covid-19. Estas acciones se llevaron a cabo por iniciativa del Ministro Fiscal, Edmundo Jiménez, en el marco del operativo «Nadie en las calles».

Seis grupos trabajos compuestos por personal del Equipo Científico de Investigaciones Fiscales del Ministerio Fiscal y efectivos de la Policía de la provincia, coordinados por el fiscal Carlos Picón, quien junto con la fiscal Mariana Rivadeneira están al frente de la Unidad Fiscal de Enfermedades Sanitarias, efectuaron los recorridos a partir de un diagrama que comprendió el microcentro, la zona norte (desde avenida Sarmiento hacia el norte), la zona sur (desde avenida Roca hacia el sur), la zona oeste (desde avenida Mitre hacia el oeste) y la zona este (desde avenida Avellaneda hacia el oeste, además de los barrios Villa 9 de Julio y Costanera).

La mecánica consistió en ingresar a los locales de los rubros que no están autorizados para la atención al público, haciéndoles conocer a sus propietarios esta situación, al tiempo de requerirles de inmediato el cierre de los mismos. En los centros de pago se constató que se cumplan las medidas de seguridad sanitarias correspondientes. Una vez concluida esta primera etapa, los equipos recorrieron nuevamente los diferentes puntos para constatar que permanezcan cerrados. Idéntica acción se desplegará en los próximos días.

Los locales comerciales registrados están comprendidos en los rubros calzado, indumentaria, venta de telefonía celular, venta de insumos de electrónica, librerías, bares, peluquerías y concesionarios de vehículos, entre otros. Algunos de los propietarios manifestaron que estaban realizando tareas de limpieza y mantenimientos, por lo que se les solicitó que continuaran con esos trabajos a puertas cerradas, siendo advertidos de que si continuaban con la atención al público serían sancionados.

«Estas acciones se enmarcan en el programa ´Nadie en las calles´, dispuesto por el Ministro Fiscal, Edmundo Jiménez. Las mismas ya estaban previstas y forman parte de una serie de trabajos que desde el Ministerio Fiscal ya venimos realizando. En esta ocasión, a través de distintas denuncias que recibimos, comenzamos a constatar algunas infracciones en comercios. Además, realizamos tareas de concientización y de apercibimiento de que más allá de la clausura, se iniciara la causa penal correspondiente si los comerciantes mantienen una posición contraria a las disposiciones vigentes», manifestó el fiscal Picón.

El funcionario judicial agregó que la información que surja a partir del revelamiento efectuado será procesada por el ECIF y posteriormente será remitida a la UF interviniente.

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Persecución termina con una pareja detenida y el secuestro de casi una tonelada de hojas de coca

El operativo policial ocurrió durante la tarde de este lunes en la zona este del Gran San Miguel.

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En un operativo de la División Capital N.º 6 de Delitos Rurales, efectivos policiales secuestraron dos camionetas que transportaban entre 900 y 1.000 kilogramos de hojas de coca, tras una persecución que se extendió por la localidad de Banda del Río Salí y la zona de Cevil Pozo. El procedimiento dejó como resultado la aprehensión de un hombre y la vinculación de una mujer al expediente, además de choques que provocaron daños materiales.

 

 

Durante la persecución, según informaron fuentes policiales, uno de los vehículos impactó contra otro rodado provocando daños materiales; no se reportaron lesiones graves.

El secuestro de casi una tonelada de hojas de coca representa un golpe operativo significativo en la región, aunque las autoridades destacaron que la investigación busca ahora determinar el origen y el destino final de la mercadería, así como la posible existencia de redes que operen en esa franja geográfica.

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Una mujer murió atropellada por un camión que habría perdido el control

El fatal siniestro vial ocurrió este viernes, alrededor de las 13, en San Miguel de Tucumán. Según las primeras versiones, el vehículo de gran porte habría sufrido un desperfecto mecánico, circulado en contramano y embestido a una motocicleta antes de atropellar a la víctima.

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Un trágico siniestro vial conmocionó este viernes a San Miguel de Tucumán, luego de que una mujer perdiera la vida tras ser atropellada por un camión sobre Avenida Jujuy al 2400. El hecho ocurrió alrededor de las 13 y provocó un importante despliegue de personal policial y de emergencias.

De acuerdo con la información preliminar, el conductor del vehículo de gran porte habría sufrido un desperfecto mecánico que le hizo perder el control de la unidad. En esas circunstancias, el camión habría ingresado en contramano y embestido inicialmente a una motocicleta para luego atropellar a una mujer que transitaba por el sector.

Como consecuencia del violento impacto, la peatona falleció en el lugar, mientras que los ocupantes de la motocicleta habrían sido trasladados a un centro asistencial para recibir atención médica. Hasta el momento, no trascendieron detalles oficiales sobre su estado de salud.

La tragedia generó conmoción entre los vecinos y las personas que circulaban por la zona. Tras el siniestro, el tránsito sobre Avenida Jujuy al 2400 fue interrumpido para permitir el trabajo de los equipos de emergencia y del personal encargado de realizar las pericias correspondientes.

Los investigadores deberán determinar las circunstancias exactas del hecho y establecer si una falla mecánica provocó la pérdida de control del camión o si existieron otros factores que desencadenaron el fatal episodio.

Por el momento, no se informó oficialmente la identidad de la mujer fallecida ni se brindaron mayores precisiones sobre la situación del conductor del camión.

La investigación continúa y se aguardan los resultados de las pericias para esclarecer la mecánica del siniestro y determinar eventuales responsabilidades.

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Caso Facundo Ferreira: la Corte absolvió a los policías condenados y ordenó su libertad

El máximo tribunal provincial revocó las penas de 15 y 20 años de prisión impuestas a los efectivos Nicolás González Montes de Oca y Mauro Díaz Cáceres. La Justicia enmarcó su accionar en el cumplimiento del deber.

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La Corte Suprema de Justicia de Tucumán dictó la absolución de los efectivos policiales Nicolás Javier González Montes de Oca y Mauro Gabriel Díaz Cáceres, quienes habían sido condenados en septiembre de 2023 por la muerte de Facundo Alexis Ferreira, el niño de 12 años fallecido durante una persecución en marzo de 2018. El pronunciamiento del máximo tribunal hizo lugar a los recursos de casación presentados por la defensa técnica, dejando sin efecto las penas de 15 y 20 años de prisión respectivamente y disponiendo la inmediata libertad de los imputados.

La resolución fue firmada por la Sala en lo Civil, Comercial, Familia y Penal, integrada por los vocales Daniel Leiva, Antonio D. Estofán y Fabián Adolfo Fradejas. En el fallo, los magistrados encuadraron la conducta de los agentes bajo la causal de cumplimiento de un deber y ejercicio legítimo de un cargo (artículo 34, inciso 4 del Código Penal). Asimismo, rechazaron la demanda civil entablada contra los policías y el Gobierno de la Provincia.

Reevaluación de la evidencia científica y la dinámica del hecho

El punto determinante del fallo radicó en la reevaluación de las pericias balísticas e investigativas del hecho ocurrido la madrugada del 8 de marzo de 2018 en inmediaciones del Parque 9 de Julio. A diferencia del tribunal de juicio de 2023, la Corte concluyó que existían evidencias objetivas de que el menor de edad portaba y accionó un arma de fuego:

 

 

  • Residuos de disparo: se ponderó el resultado positivo de partículas de pólvora halladas en las manos y ropas del niño mediante microscopía electrónica de barrido (MEB/EDS) realizada por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) de Salta.
  • Hallazgo de vainas: se descartó la hipótesis de un arma «plantada», confirmando el hallazgo de dos vainas servidas percutidas por la pistola calibre 22 atribuida al menor.
  • Intercambio de disparos: la resolución constató que los perseguidos dispararon contra la patrulla policial, impactando proyectiles en el frente acrílico de la motocicleta oficial.
  • Uso progresivo de la fuerza: la Corte detalló que Díaz Cáceres utilizó inicialmente postas de goma disuasivas y que, ante la continuidad del ataque armado, los agentes recurrieron a sus armas de dotación reglamentaria de 9 milímetros.

“La actuación policial debe ser analizada desde una perspectiva objetiva ex ante, evaluando las circunstancias existentes en el momento preciso de los hechos y no a partir del resultado luctuoso. Lo relevante es si el agente respetó los procedimientos y protocolos establecidos”, fundamentaron los vocales en el texto resolutivo.

 

Sentencia sustitutiva y doctrina legal sentada por la Corte

Al revisar la condena de la Sala II de la Cámara Penal Conclusional, el alto tribunal dictaminó que la sentencia previa padecía de arbitrariedad en la valoración probatoria, fijando tres doctrinas legales sobre la actuación de las fuerzas de seguridad:

  1. Valoración probatoria: resulta arbitraria la sentencia que concluye la responsabilidad penal a partir de un análisis parcial de los elementos de prueba.
  2. Causales de justificación: no se ajusta a derecho la resolución que omite abordar de manera integral una causa de justificación verosímil.
  3. Cumplimiento del deber: es descalificable como acto jurisdiccional válido el fallo que no realiza un análisis profundo del contexto al evaluarse la eximente de cumplimiento de un deber.

En materia de responsabilidad civil, la Corte determinó que, al probarse la causal de justificación, la conducta de los efectivos careció de antijuridicidad. Por este motivo, revocó las indemnizaciones fijadas previamente e hizo reserva de las costas procesales por su orden.

(Fuente: El Tucumano)

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