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Argentina

El FMI rechazó una propuesta para que países como la Argentina puedan refinanciar su deuda sin reformas

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La formuló un grupo de economistas, que incluye a varios argentinos, que consideran que el Fondo pierde credibilidad con el continuo incumplimiento de las metas de varios gobiernos; qué alternativa sugirió

Con 22 acuerdos firmados -y en su mayoría incumplidos- con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y nueve defaults en su historia, la Argentina es un país “excepcional” y no por buenos motivos. Tal vez por esta razón, el FMI le bajó hoy el pulgar a la propuesta de un grupo de economistas para que países como la Argentina, que suelen incumplir sus acuerdos con el organismo, puedan refinanciar sus deudas sin nuevas exigencias, a cambio de pagar una tasa mayor que otras naciones.

El Comité Latinoamericano de Asuntos Macroeconómicos y Financieros (CLAAF), que incluye a economistas de alto nivel y exministros de Hacienda formuló esta idea, según informó la agencia Reuters. El grupo incluye a tres argentinos: el ex ministro Roque Fernández, al ex viceministro Pablo Guidotti y al experto académico Guillermo Calvo.

La idea, afirmó, limitaría el costo de credibilidad que afecta al Fondo por el incumplimiento serial de países como la Argentina de las metas acordadas en sus programas. De hecho, el Gobierno ahora pretende renegociar las metas del primer trimestre que no cumplió y también las del resto del año, porque afirma que la sequía le impedirá cumplirlas.

Pero la vocera del FMI, Julie Kozack, no tuvo demasiadas contemplaciones en la conferencia de prensa habitual que brinda desde Washington.

“La estamos analizando, pero en general cuando pensamos en la situación reciente y las dificultades de los últimos años, el FMI respondió de manera ágil. De hecho, aprobamos 300 mil millones de dólares en financiamiento para nuestros países miembros”, explicó. El Fondo tiene 190 países socios sobre 194 reconocidos como tales por la ONU.

“Llevamos a cabo diferentes mecanismos, la asignación de DEG, programas de emergencia por la pandemia que brindaron gran liquidez, el fondo fiduciario para la resiliencia, creamos el mecanismo para las crisis alimentarias que se dio por la invasión rusa a Ucrania y permitimos más agilidad en los programas. Fuimos muy ágiles y esa es la metodología que vamos a mantener”, aseguró.

Por otro lado, Kozack reiteró la habitual fórmula diplomática para referirse al estado de las conversaciones con el Gobierno sobre la posibilidad de recibir más recursos: “Hay negociaciones constructivas”, indicó, sin dar detalles, pese a la ansiedad del Gobierno por los vencimientos que operan este mes y las reservas netas negativas del Banco Central.

El CLAAF indicó que “en el caso de un programa fallido, como el caso de Argentina, el FMI se enfrenta a una elección difícil. Para refinanciar un préstamo existente, el FMI puede verse obligado a aceptar un mal programa y ser excesivamente indulgente al otorgar sucesivas exenciones por el incumplimiento de los objetivos del programa”.

De lo contrario, “si no se acuerda un nuevo programa, el FMI no tiene más opción que obligar al país deudor a caer en mora con la institución. Ambas alternativas están lejos de ser óptimas. La primera erosiona la credibilidad del FMI, mientras que la segunda es una especie de “opción nuclear” que puede agravar considerablemente la inestabilidad económica del país involucrado y puede conducir a disturbios sociales y políticos”.

Según este grupo, “para permitir la refinanciación de un préstamo fallido sin obligar al FMI a aceptar programas débiles o inconsistentes, el Comité considera que los préstamos relacionados con programas fallidos deberían ser refinanciados con un recargo (surcharge) de interés, pero sin requerir un nuevo programa del FMI. El FMI debería tener la capacidad de refinanciar, por solo una vez, un préstamo relacionado con un programa fallido mediante un nuevo préstamo con alargamiento de plazos (por ejemplo, con un vencimiento a 10 años), pero sin involucrar un nuevo programa”.

“El recargo de interés representa un costo para el país deudor, pero también es un incentivo para negociar en el futuro un nuevo y adecuado programa. Cuando se acuerda un nuevo programa, el recargo de interés debe ser eliminado”, aclararon.

Además, el grupo le solicitó al FMI que cree un Fondo de Mercados Emergentes de 300.000 millones de dólares que pueda realizar recompras temporales de deuda soberana de países seleccionados con fundamentos sólidos.

En este sentido, los expertos afirmaron que el FMI carece actualmente de las herramientas, la financiación y la flexibilidad necesarias para hacer frente a un contagio financiero, que podría extenderse a los países con buena saluda en una economía mundial inestable, en medio de la continuidad de la guerra en Ucrania y las tensiones entre EEUU y China.

Roque Fernández, Pablo Guidotti y Guillermo Calvo, los economistas que impulsaron el pedido al Fondo MonetarioRoque Fernández, Pablo Guidotti y Guillermo Calvo, los economistas que impulsaron el pedido al Fondo Monetario

“Los mercados emergentes fueron golpeados durante y después de la pandemia. Aunque por el momento hemos pasado lo peor, la lección de la pandemia es que el FMI necesita más potencia de fuego para estar preparado ante la próxima crisis o conmoción mundial”, afirmó Liliana Rojas-Suarez, que lidera el grupo y dirige la Iniciativa para América Latina del Centro para el Desarrollo Global.

Reuters destacó que “la propuesta se conoce en un contexto de creciente tensión entre el FMI y la Argentina, que intenta reestructurar su programa de 44.000 millones de dólares con el organismo con una inflación de casi el 109% y unas reservas de dólares cada vez menores. Los economistas también han advertido del riesgo que suponen los niveles récord de deuda soberana en otras economías emergentes”.

Según el CLAAF, el nuevo fondo “debería ser gestionado por el FMI, pero tener su propio balance, capitalizado con 300.000 millones de dólares, lo que equivale aproximadamente al 20% del total de la deuda soberana internacional pendiente de los mercados emergentes”.

“El capital podría estar respaldado por líneas swap de los principales bancos centrales de los países ricos”, afirmaron.

En este sentido, indicaron que el FMI “sólo debería intervenir en situaciones en las que la probabilidad de una interrupción súbita y sistémica de las entradas de capital en los mercados emergentes sea muy alta y así ayudaría al Fondo a proporcionar liquidez rápidamente en caso de crisis”.

“Con demasiada frecuencia, el FMI tiene las manos atadas ante una crisis financiera. Este nuevo fondo le permitiría desempeñar las funciones de prestamista internacional de última instancia y proporcionar rápidamente la liquidez que necesitan los mercados emergentes”, expresó Rojas-Suárez.

Cabe recordar que el Gobierno firmó el actual programa de facilidades extendidas en marzo del 2022, en lugar del stand by que había negociado el presidente Mauricio Macri en 2018 por USD 57.000 millones.

Apenas asumió, Alberto Fernández suspendió el programa anterior cuando el FMI había desembolsado USD 44.000 millones.

Paradójicamente, ante la sequía y la falta de liquidación de dólares del agro por la alta brecha cambiaria, ahora el Gobierno le reclama al FMI que le otorgue una suma similar a la que rechazó hace cuatro años, cercana a los USD 12.000 millones.

Argentina

Reforma laboral: se reglamentó un capítulo clave

El Gobierno nacional reglamentó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que reduce las contribuciones patronales durante cuatro años.

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Luego de que la Justicia fallara a favor de la reforma laboral, el Gobierno nacional reglamentó Para el legislador Agustín Romano Norri la aprobación de Ficha Limpia representa un paso hacia adelante.

l (RIFL), que reduce las contribuciones patronales durante cuatro años para empleadores que contraten trabajadores sin empleo registrado.

La implementación del capítulo se hizo efectiva mediante la publicación del decreto 315/2026, que lleva la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y los ministros Sandra Pettovello y Luis Andrés Caputo.

De acuerdo con lo dispuesto, los empleadores comprendidos en este régimen gozarán de ciertos beneficios por cada nueva incorporación de trabajadores. Para ello, los empeados deberán cumplir con una serie de requisitos.

El régimen apunta a cuatro perfiles de trabajadores. El primero es el de quienes no contaban con una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025. El segundo, quienes estuvieron desempleados durante los seis meses previos al alta laboral. Los otros dos perfiles son los ex inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes —monotributistas— que no hayan ejercido actividades en relación de dependencia en el sector privado en los últimos seis meses, y aquellos cuyo último empleo bajo dependencia fue en el sector público nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

El decreto aclara que la obtención de ingresos adicionales por parte del trabajador —ya sea bajo el régimen general o como monotributista— luego de iniciada la relación laboral no afecta los beneficios que le correspondan al empleador.

 Para quedar comprendidos en el RIFL, los empleadores deben haber adquirido el carácter de inscriptos ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a partir del 10 de diciembre de 2025. Las relaciones laborales que habilitan el beneficio son aquellas que se inicien y registren ante ARCA entre el 1° de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027, ambas fechas inclusive. La norma fija además un tope: las incorporaciones bajo este régimen no pueden superar el 80 % de la nómina total de trabajadores del empleador.

El beneficio consiste en una reducción de las contribuciones patronales durante los primeros 48 meses contados desde el mes de alta de cada nueva relación laboral. Las alícuotas diferenciales son dos: 2 % y 3 %, según el subsistema de destino. Las calculadas sobre el 2 % se distribuyen entre el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Fondo Nacional de Empleo y el Régimen de Asignaciones Familiares, en la misma proporción que hubiera correspondido sin el RIFL. Las calculadas sobre el 3 % tienen destino exclusivo al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), regido por la Ley N° 19.032. ARCA fijará el procedimiento de liquidación e ingreso de ambos componentes.

En caso de que el empleador no cumpla con los requisitos correspondientes, deberá recomponer las contribuciones no abonadas más los intereses y sanciones que correspondan. ARCA tiene a su cargo instrumentar los controles sistémicos para hacer operativas las exclusiones automáticas.

La norma también establece que la contribución mensual al Fondo de Asistencia Laboral (FAL) sigue siendo obligatoria para las relaciones laborales incluidas en el RIFL, y que la reducción prevista en el artículo 76 de la ley no se aplica mientras el régimen esté vigente para esa relación. Los empleadores deben ejercer la opción de adhesión mediante los mecanismos que determine ARCA; la falta de ese ejercicio impide el goce retroactivo del beneficio por los períodos en que no se hubiera aplicado.

Para la articulación con planes y programas sociales, ARCA deberá coordinar con el Ministerio de Capital Humano los mecanismos de intercambio de información necesarios para garantizar la continuidad de las prestaciones correspondientes. La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y ARCA quedan facultadas para dictar las normas aclaratorias y complementarias que requiera la aplicación del régimen.

Esta reglamentación llega luego de que la Cámara de Apelaciones del Trabajo revocara al cautelar que frenaba la reforma laboral y reestableciera la validez de 83 artículos. Tras esto, la Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió que la demanda impulsada por la CGT debe tramitarse en ese fuero y no en los juzgados del trabajo.

De esta manera, el Gobierno consideró que la legislación está plenamente vigente, por lo que avanzó rapidamente con su implementación.

FUENTE: Infobae

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Argentina

Oficializaron la suba de las jubilaciones, pensiones y asignaciones

ANSES actualizó los montos de acuerdo con el dato de la inflación que en marzo fue de 3,4 %. Además, el Gobierno confirmó el pago del bono de 70 mil pesos.

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El Gobierno oficializó el aumento que se aplicará en mayo para jubilados, pensionados y beneficiarios de las asignaciones sociales.

Los valores se actualizaron tras la publicación en el Boletín Oficial de las resoluciones 110/2026 y 111/2026 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

El incremento aplicado es de 3,38%. El porcentaje surge de la variación del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), correspondiente a marzo de 2026, conforme al esquema de movilidad mensual establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 274/24.

De esta manera, el haber mínimo garantizado quedó fijado en $393.174,10 y el máximo en $2.645.689,38, valores que rigen para todas las prestaciones del SIPA liquidadas desde mayo de 2026. La Prestación Básica Universal (PBU) se estableció en $179.859,20 y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) en $314.539,28.

A estos valores, se suma el bono de 70 mil pesos que desde 2024 el Gobierno otorga para que los integrantes del sistema previsional puedan hacer frente al desfasaje en los haberes. Así, la mínima alcanzará los $463.174,10.

A su vez, fijaron bases imponibles mínima y máxima para el cálculo de aportes y contribuciones, que quedaron establecidas de la siguiente manera: $132.420,94 y $4.303.619,01, respectivamente, con vigencia a partir del período devengado en mayo de 2026.

Con respecto a las asignaciones, los valores quedaron establecidos de la siguiente manera:

Nacimiento

$82.353

Adopción

$492.366

Matrimonio

$123.307

Cónyuge

Valor Gral.: $17.142

Zona 1: $34.009 (SIPA y veteranos de guerra)

Prenatal

Relación de dependencia, desempleo y veteranos de guerra:

IGF hasta $1.093.852: $70.651

IGF entre $1.093.852,01 y $1.604.240: $47.658

IGF entre $1.604.240,01 y $1.852.148: $28.826

IGF entre $1.852.148,01 y $5.792.488: $14.873

Monotributistas:

Categoría A: $70.651

B: $47.658

C: $28.826

D, E, F, G: $14.873

Decreto 514/21:

$141.286

IGF hasta $1.093.852 (Zona 2 y Zona 4): $152.339

Hijo

Relación de dependencia, desempleo y veteranos de guerra:

IGF hasta $1.093.852: $70.651

IGF entre $1.093.852,01 y $1.604.240: $47.658
IGF entre $1.604.240,01 y $1.852.148: $28.826

IGF entre $1.852.148,01 y $5.792.488: $14.873

SIPA:

IGF hasta $1.093.852: $70.651 / Zona 1: $70.651

IGF entre $1.093.852,01 y $1.604.240: $47.658 / Zona 1: $62.941

IGF entre $1.604.240,01 y $1.852.148: $28.826 / Zona 1: $56.731

IGF entre $1.852.148,01 y $5.792.488: $14.873 / Zona 1: $29.079

Monotributistas:

Categoría A: $70.651

B: $47.658

C: $28.826

D, E, F, G: $14.873

Decreto 514/21:

$141.286

IGF hasta $1.093.852 (Zona 2 y Zona 4): $152.339

Hijo para Protección Social

Valor Gral.: $141.286

Zona 1: $183.672

Hijo con Discapacidad

Relación de dependencia, desempleo y veteranos de guerra:

IGF hasta $1.093.852: $230.032

IGF entre $1.093.852,01 y $1.604.240: $162.733

IGF desde $1.604.240,01: $102.705

SIPA:

IGF hasta $1.093.852: $230.032 / Zona 1: $230.032

IGF entre $1.093.852,01 y $1.604.240: $162.733 / Zona 1: $221.892

IGF desde $1.604.240,01: $102.705 / Zona 1: $213.638

Monotributistas:

Categoría A: $230.032

B: $162.733

C, D, E, F, G, H, I, J, K: $102.705

Decreto 514/21:

$460.045 en todos los rangos de IGF y zonas

Hijo con Discapacidad para Protección Social

Valor Gral.: $460.045

Zona 1: $598.059

Embarazo para Protección Social

Valor Gral.: $141.286

Zona 1: $183.672

Cuidado de Salud – Hijo

Valor Gral.: $141.286

Zona 1: $183.672

Cuidado de Salud – Hijo con Discapacidad

Valor Gral.: $460.045

Zona 1: $598.059

Ayuda Escolar Anual

Relación de dependencia (IGF hasta $5.792.488):

Valor Gral.: $55.672

Zona 1: $74.257

Zona 2: $92.877

Zonas 3 y 4: $110.967

Desempleo

$55.672

SIPA:

Valor Gral.: $55.672

Zona 1: $74.257

Veteranos de guerra:

Valor Gral.: $55.672

Zona 1: $74.257

Protección social:

$55.672 en todas las zonas

Monotributistas:

Categoría A, B, C, D, E, F, G: $55.672

Decreto 514/21:

Valor Gral.: $55.672 /

Zona 1: $74.257

Zona 2: $92.877

Zonas 3 y 4: $110.967

Ayuda Escolar Anual para Hijo con Discapacidad

Relación de dependencia (sin tope de IGF):

Valor Gral.: $55.672

Zona 1: $74.257

Zona 2: $92.877

Zonas 3 y 4: $110.967

Desempleo:

$55.672

SIPA:

$55.672

Zona 1: $74.257

Veteranos de guerra:

$55.672

Zona 1: $74.257

Protección social:

$55.672

Monotributistas:

$55.672

Decreto 514/21:

Valor Gral.: $55.672

Zona 1: $74.257

Zona 2: $92.877

Zonas 3 y 4: $110.967

FUENTE: Infobae

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Vuelos más caros: se actualizó la tasa de seguridad aeroportuaria

La Administración Nacional de Aviación Civil firmó una resolución que impactará en el valor de los vuelos locales, regionales e internacionales.

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El Gobierno de Javier Milei ordenó actualizar la tasa de seguridad de la aviación fijada por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) a partir del 28 de mayo. El cambio repercutirá en el precio de los vuelos, tanto a destinos nacionales como internacionales, luego del incremento generado por la guerra en Medio Oriente.

Los pasajes de avión tendrán un incremento en el sobrecargo que impactará de forma directa sobre los valores que pagan los pasajeros. Se trata del gravamen destinado a la seguridad y tecnología en aeropuertos.

La medida fue oficializada este martes a través de la resolución 258/2026, publicada en el Boletín Oficial, cuyo anexo indica que, a partir de la actualización, la tasa tendrá un incremento tanto para los vuelos de cabotaje como para los regionales e internacionales.

Cuánto aumentará la tasa de seguridad aeroportuaria

A partir del 28 de mayo, los pasajes emitidos para vuelos locales registrarán el aumento en la tasa de $20 a $6500. Para los regionales, subirá de u$s4,42 a u$s5 y para los destinos internacionales se incrementará de u$s8 a u$s9. La actualización se trasladará directamente al precio que abonan los pasajeros.

La actualización responde a la necesidad de una “revisión” de la tasa debido a la “desactualización de los valores tarifario vigentes” que desde 2016 no registra un incremento, según argumenta el organismo en la resolución. Pero también a “la magnitud de las inversiones requeridas” para la implementación de medidas de seguridad.

Aumenta la tasa de seguridad aérea

Según explicaron, la tasa tiene por objetivo financiar la seguridad y tecnología en aeropuertos. Entre los principales destinos de los fondos se destacan:

-La modernización del Servicio de Salvamento y Extinción de Incendios (SSEI) con la provisión de equipamiento especializado.

-Mejora de la infraestructura vinculada a la seguridad operacional.

-Incorporación de tecnología y sistemas para optimizar la supervisión y el control.

-La capacitación continua del personal.

-La mejora en los procesos de fiscalización, certificación y vigilancia.

El precio de los pasajes en aumento por la guerra en Medio Oriente

El aumento de la tasa tiene lugar en un contexto de incremento del precio en los pasajes debido a la guerra entre Estados Unidos, Israel e Irán. Según un análisis de Transport & Environment, el encarecimiento del petróleo elevó significativamente los costos del combustible para aviones, lo que se traduce en aumentos concretos en los precios de los vuelos.

El informe revela que el costo del combustible por pasajero en vuelos de larga distancia desde Europa aumentó en promedio 88 euros (unos u$s104), mientras que en los vuelos dentro del continente la suba ronda los 29 euros por persona. Se trata de un salto relevante si se tiene en cuenta que el combustible es uno de los principales componentes del costo operativo de las aerolíneas.

En ese contexto, Aerolíneas Argentinas anunció el mes pasado que comenzó a aplicar temporalmente un recargo por combustible en el precio de sus pasajes como consecuencia del aumento reciente del precio del petróleo, derivado de la guerra en Medio Oriente.

Según consignaron fuentes de la empresa a Ámbito, la decisión responde a los movimientos recientes en el precio del barril de crudo, que impactan directamente en el costo del combustible de aviación, uno de los principales componentes de la estructura de gastos de cualquier aerolínea.

FUENTE: Ámbito

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