El intendente de Yerba Buena, Mariano Campero ganó la disputa interna de Juntos por el Cambio en la categoría diputados al intendente de San Miguel de Tucumán, Germán Alfaro, en las elecciones PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias) realizadas este domingo 13 de agosto en todo el país.
El dirigente radical encabezaba una de las listas opositoras acompañando a la fórmula presidencial Bullrich-Petri, mientras que Alfaro respaldaba al binomio Larreta-Morales. La victoria de Campero se concretó por más de 10 mil votos. El antecedente de competencia interna entre ambos había sido en 2021 como precandidatos a senadores en dónde hubo un triunfo ajustado de Alfaro.
«Hoy empieza la transformación. Hoy empezamos a demostrar que a Tucumán la podemos convertir en una de las mejores provincias de la Argentina que se viene. Hoy, hay futuro«, sostuvo Campero desde su búnker tras la victoria en donde estuvo acompañada entre otros dirigentes por Roberto Sánchez y Silvia Elías de Pérez.
SADOP convocó a sumarse a la jornada nacional de protesta
Desde el gremio que nuclea a los docentes de establecimientos privados exigieron justicia por el femicidio de Nancy Godoy, piden el urgente esclarecimiento del hecho y que se determinen las responsabilidades.
Desde el Sindicato Argentino de Docentes Privados (Sadop) expresaron su profundo dolor y repudio ante el femicidio de Nancy Godoy, la docente que fue encontrada sin vida en la provincia de Corrientes.
«Exigimos el urgente esclarecimiento de los hechos, respuestas concretas y que se determinen las responsabilidades correspondientes. La violencia machista nos interpela como sociedad y no podemos permitir que estos hechos queden impunes», señalaron a través de un comunicado del Consejo Directivo Nacional.
Además, se solidarizaron con sus familiares, amistades y seres queridos, y ratificaron que acompañan el reclamo de justicia en todo el territorio nacional.
ATEP adhirió al paro nacional de CTERA y marchará este jueves a Plaza Independencia
El gremio docente tucumano se suma a la jornada de duelo y reclamo por el esclarecimiento de la muerte de Nancy Estela Godoy en Corrientes. La convocatoria es a las 11 en la capital tucumana. Sadop adhirió a la protesta de este jueves,
La Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (Ctera) convocó a un paro nacional para este jueves 29 de octubre en reclamo de justicia por el asesinato de Nancy Estela Godoy, la docente de 52 años cuyo cuerpo fue encontrado en una zona rural del sur de Corrientes. Al mismo también se sumó en la convocatoria la CGT y los gremios docentes adheridos.
A través de un comunicado, el gremio anunció una jornada de duelo, paro y movilizaciones para exigir el esclarecimiento del crimen y denunciar las condiciones de «precariedad, aislamiento y desprotección» en las que, según señalaron, la maestra desarrollaba su tarea.
En Santa Fe, Amsafé, Sadop y UDA también adhieren al paro nacional
«Convocamos a compañeras y compañeros a que mañana llevemos adelante este paro nacional, está enmarcado en nuestra exigencia de justicia. Es necesario tener mejores condicionales salariales, laborales y provisionales. Basta de femicidios, ni una maestra menos”, expresó Rodrigo Alonso, secretario general de Amsafé en un comunicado vía Instagram por la página oficial de Amsafé provincial.
Adhesión de ATEP al paro de este jueves
La Asociación de Trabajadores de la Educación de Tucumán (ATEP) confirmó su adhesión al paro nacional docente y a la jornada de duelo y movilización convocada por la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA) para este jueves 29 de octubre. La medida de fuerza fue resuelta a raíz del impacto provocado por el hallazgo sin vida de la docente Nancy Estela Godoy en la provincia de Corrientes.
El gremio de Sadop tambiém adhirió a la protesta convocada para las 11 en Plaza Independencia.
En el marco del reclamo nacional, el gremio tucumano convocó a educadores y trabajadoras de la educación a concentrarse a las 11 en la Plaza Independencia de San Miguel de Tucumán para visibilizar el pedido de justicia y expresar el acompañamiento a la comunidad educativa correntina.
Reclamos institucionales y seguridad laboral
Desde la entidad sindical remarcaron que la marcha buscará poner en agenda las demandas del sector sobre las condiciones de trabajo en el ámbito educativo nacional.
Entre los puntos centrales planteados en la convocatoria destacan:
Esclarecimiento judicial: exigencia de una investigación rigurosa, transparente e imparcial que determine las causas del fallecimiento de la docente correntina y establezca las responsabilidades correspondientes.
Seguridad en las escuelas: reclamo de condiciones edilicias y de protección laboral dignas para los docentes en el ejercicio de sus funciones.
Garantía de derechos: petición de políticas públicas que protejan la labor de los educadores frente a situaciones de vulnerabilidad o desprotección institucional.
SOESGYPE le ganó a Smata una disputa judicial por el convenio aplicable en dos estaciones de servicio
La Federación de Entidades de Combustibles destacó el antecedente y advirtió sobre los riesgos de liquidar salarios con escalas que no cuentan con homologación oficial.
Tras una resolución favorable a SOESGyPE, la FEC reforzó su defensa del CCT 488/07. También alertó sobre la falta de homologaciones posteriores a 2022 en los acuerdos de SMATA y las consecuencias económicas que podrían afrontar los expendedores
La Justicia de Río Negro resolvió que dos Estaciones de Servicio debían aplicar el acuerdo específico de la actividad frente al reclamo de SMATA. La Federación de Entidades de Combustibles destacó el antecedente y advirtió sobre los riesgos de liquidar salarios con escalas que no cuentan con homologación oficial.
Qué convenio corresponde aplicar en una Estación de Servicio tiene consecuencias directas sobre el negocio. De esa definición dependen los salarios, las categorías, los adicionales y los aportes. También la posibilidad de que aparezcan reclamos por diferencias en las liquidaciones, aunque la empresa lleve años trabajando de la misma manera.
Un fallo de la Justicia de Río Negro volvió a poner esa discusión sobre la mesa y aportó un antecedente favorable a SOESGyPE en la disputa con SMATA. Para la Federación de Entidades de Combustibles (FEC), la decisión refuerza su defensa de los convenios específicos del sector y del CCT 488/07, que suscribe como representación empresaria.
La causa fue impulsada por Gustavo Julián y Miguel Ángel Zuain para establecer qué régimen correspondía aplicar al personal de sus estaciones. La Cámara Primera del Trabajo de General Roca resolvió que debían utilizar el CCT 456/06, firmado por SOESGyPE y la Cámara de Expendedores de Combustible de Río Negro y Neuquén, frente a la pretensión de aplicar el convenio 79/89 de SMATA.
En 2022, el Superior Tribunal provincial rechazó la queja presentada por el sindicato de mecánicos contra la denegación de su recurso extraordinario.
Para Fabián Alejandro Tobalo, asesor legal de la FEC, el valor del antecedente está en el criterio que sostiene. La representación sindical y el convenio deben responder a la actividad principal de la empresa y a las organizaciones específicas que agrupan a sus trabajadores.
“Las personerías gremiales específicas desplazan siempre a las genéricas”, sostuvo el abogado.
Llevado al funcionamiento cotidiano de una estación, su planteo es sencillo. Si el negocio se dedica principalmente a vender combustibles, la presencia de una gomería o de un pequeño taller dentro del predio no alcanza, por sí sola, para cambiar el convenio de todo el personal.
“La existencia de tareas secundarias, como un sector menor de gomería o un taller rápido dentro del predio, no tiene la entidad suficiente para alterar el encuadre general de la empresa”, explicó.
La resolución se refiere a las empresas involucradas y al convenio regional 456/06. No dispone la aplicación del 488/07 ni deja sin efecto los acuerdos de SMATA en todo el país. Lo que la FEC destaca es que el razonamiento judicial acompaña su posición sobre la representación específica de los trabajadores de Estaciones de Servicio.
En ese marco, la Federación defiende el CCT 488/07, negociado con SOESGyPE y FOESGRA por el sector sindical, para las relaciones laborales comprendidas dentro de su ámbito de aplicación.
La advertencia a los empresarios pasa por revisar el fundamento del convenio que utilizan. Según Tobalo, haber liquidado los sueldos bajo un mismo régimen durante años no impide que ese criterio sea cuestionado. Tampoco considera que los acuerdos particulares con una organización sindical o la afiliación de algunos empleados definan, por sí solos, qué convenio corresponde.
“Los acuerdos particulares que en el pasado algunos empleadores hayan celebrado con SMATA, o la afiliación voluntaria de algunos operarios a dicho sindicato, son legalmente inoponibles frente al ordenamiento general y el orden público laboral”, afirmó.
En otras palabras, según su interpretación, esos entendimientos no pueden reemplazar las reglas que determinan el régimen aplicable a cada actividad.
El asesor legal también puso el foco en ADESS y CECOMYZ, las entidades empresarias que firmaron los convenios 79/89 y 80/89. Según explicó, ambas dejaron de existir como entidades signatarias, una situación que afecta el respaldo de las negociaciones posteriores.
El abogado vinculó ese punto con la falta de homologaciones. Señaló que la Secretaría de Trabajo de la Nación, como autoridad de aplicación de la Ley 14.250, dejó de homologar acuerdos colectivos celebrados bajo esos convenios desde 2022 y que esa situación se mantiene hasta la actualidad.
La observación también comprende al CCT 80/89, correspondiente a Mar del Plata y zona, cuyo alcance abarca el centro de la provincia de Buenos Aires hasta Chascomús. De acuerdo con la información aportada por la asesoría legal de la FEC, tampoco registra homologaciones posteriores a 2022.
Aunque el buscador oficial muestra un acuerdo de 2023 vinculado a ese convenio, Tobalo aclaró que se trata de un error de carga y que el documento corresponde a otro sindicato.
Para quienes deben pagar los haberes todos los meses, la cuestión es concreta. La homologación es la aprobación que otorga la autoridad laboral a un acuerdo colectivo. Por eso, el asesor advirtió sobre las consecuencias de utilizar escalas salariales que carecen de ese respaldo.
“Liquidar sueldos o aportes basándose en escalas de SMATA que carecen de homologación oficial expone a las empresas a severas contingencias, tanto administrativas como judiciales”, señaló.
Desde la FEC, el planteo busca que los expendedores revisen qué convenio aplican, cuál es su alcance y qué respaldo tienen los acuerdos utilizados para calcular salarios y contribuciones. El antecedente de Río Negro suma un argumento judicial a esa posición, con atención a la actividad de cada establecimiento y al ámbito de aplicación correspondiente.
Sobre el riesgo de mantener los encuadres que cuestiona, Tobalo concluyó que “constituye una práctica de alto riesgo patrimonial sobre la que tenemos la obligación de advertir al empresario expendedor”.