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Policiales

Un empleado de Tarjeta Naranja usaba los plásticos que olvidaban los clientes para comprar comida y simular ventas en su propio negocio

Con una suspensión de juicio a prueba (probation) por el término de un año, que incluye la realización de tareas comunitarias y un pago de $1.300.000 en concepto de reparación económica, se resolvió la situación procesal de un hombre imputado por utilizar las tarjetas de crédito de dos clientas que las habían olvidado tras ser asistidas por él en una terminal de autoconsulta.

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En una audiencia celebrada este miércoles 20 de mayo, la Unidad Fiscal de Usurpaciones, Estafas y Cibercriminalidad II, conducida por el fiscal Fernando Blanno y representada en esta ocasión por la auxiliar de fiscal Natalia Carabajal, expuso los términos del acuerdo que posibilitó la suspensión del proceso.

Las maniobras con los plásticos olvidados

De acuerdo con la acusación penal, el primer hecho ocurrió el 12 de febrero de 2025, alrededor de las 12:30 horas, en la sucursal de Tarjeta Naranja ubicada en calle Congreso 32 de la capital tucumana. En ese momento, una clienta realizaba trámites en la terminal de autoconsulta y fue asistida por el imputado, en su carácter de empleado de la firma.

Al retirarse, la mujer olvidó su tarjeta de crédito. Juárez González aprovechó la situación, se apoderó del plástico y, durante diez días, realizó un total de 24 operaciones de compra en diferentes locales comerciales. Entre los movimientos se detectaron dos compras simuladas a su propio negocio a través del sistema de cobro «toque», registrado bajo el nombre «NARANJX DRINK MASTER». Mediante esta maniobra generó un perjuicio patrimonial de $2.153.104.

Apenas veinticuatro horas después, el 13 de febrero de 2025 a las 12:20 horas, el empleado repitió el modus operandi en la misma sucursal. Otra clienta olvidó su tarjeta de crédito tras recibir su asistencia en la terminal. El acusado tomó ilegítimamente el plástico y realizó ese mismo día una compra en el local McDonald’s por $4.300 y dos operaciones falsas de $230.700 cada una en su terminal «toque» de «NARANJX DRINK MASTER», sumando un perjuicio de $465.700. En ambos casos, las pérdidas económicas fueron asumidas finalmente por la empresa Tarjeta Naranja S.A.U.

Calificación y pautas de conducta

La Fiscalía encuadró la conducta del imputado en el delito de defraudación por el uso de tarjeta de crédito hurtada (dos hechos) en concurso real, en calidad de autor.

Al momento de fijar las reglas de conducta para conceder la probation, el juez interviniente hizo lugar a los requisitos planteados por el Ministerio Fiscal. El imputado deberá abonar la suma de $1.300.000 como reparación del daño ocasionado. Asimismo, tendrá la obligación de cumplir con tareas comunitarias con una carga de dos horas semanales en la Fundación Mate Cocido, ubicada en calle Lavaisse 3542 del barrio ATE. El cumplimiento de todas las medidas impuestas será supervisado de manera estricta por la justicia de ejecución durante el plazo de un año

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Persecución termina con una pareja detenida y el secuestro de casi una tonelada de hojas de coca

El operativo policial ocurrió durante la tarde de este lunes en la zona este del Gran San Miguel.

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En un operativo de la División Capital N.º 6 de Delitos Rurales, efectivos policiales secuestraron dos camionetas que transportaban entre 900 y 1.000 kilogramos de hojas de coca, tras una persecución que se extendió por la localidad de Banda del Río Salí y la zona de Cevil Pozo. El procedimiento dejó como resultado la aprehensión de un hombre y la vinculación de una mujer al expediente, además de choques que provocaron daños materiales.

 

 

Durante la persecución, según informaron fuentes policiales, uno de los vehículos impactó contra otro rodado provocando daños materiales; no se reportaron lesiones graves.

El secuestro de casi una tonelada de hojas de coca representa un golpe operativo significativo en la región, aunque las autoridades destacaron que la investigación busca ahora determinar el origen y el destino final de la mercadería, así como la posible existencia de redes que operen en esa franja geográfica.

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Una mujer murió atropellada por un camión que habría perdido el control

El fatal siniestro vial ocurrió este viernes, alrededor de las 13, en San Miguel de Tucumán. Según las primeras versiones, el vehículo de gran porte habría sufrido un desperfecto mecánico, circulado en contramano y embestido a una motocicleta antes de atropellar a la víctima.

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Un trágico siniestro vial conmocionó este viernes a San Miguel de Tucumán, luego de que una mujer perdiera la vida tras ser atropellada por un camión sobre Avenida Jujuy al 2400. El hecho ocurrió alrededor de las 13 y provocó un importante despliegue de personal policial y de emergencias.

De acuerdo con la información preliminar, el conductor del vehículo de gran porte habría sufrido un desperfecto mecánico que le hizo perder el control de la unidad. En esas circunstancias, el camión habría ingresado en contramano y embestido inicialmente a una motocicleta para luego atropellar a una mujer que transitaba por el sector.

Como consecuencia del violento impacto, la peatona falleció en el lugar, mientras que los ocupantes de la motocicleta habrían sido trasladados a un centro asistencial para recibir atención médica. Hasta el momento, no trascendieron detalles oficiales sobre su estado de salud.

La tragedia generó conmoción entre los vecinos y las personas que circulaban por la zona. Tras el siniestro, el tránsito sobre Avenida Jujuy al 2400 fue interrumpido para permitir el trabajo de los equipos de emergencia y del personal encargado de realizar las pericias correspondientes.

Los investigadores deberán determinar las circunstancias exactas del hecho y establecer si una falla mecánica provocó la pérdida de control del camión o si existieron otros factores que desencadenaron el fatal episodio.

Por el momento, no se informó oficialmente la identidad de la mujer fallecida ni se brindaron mayores precisiones sobre la situación del conductor del camión.

La investigación continúa y se aguardan los resultados de las pericias para esclarecer la mecánica del siniestro y determinar eventuales responsabilidades.

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Caso Facundo Ferreira: la Corte absolvió a los policías condenados y ordenó su libertad

El máximo tribunal provincial revocó las penas de 15 y 20 años de prisión impuestas a los efectivos Nicolás González Montes de Oca y Mauro Díaz Cáceres. La Justicia enmarcó su accionar en el cumplimiento del deber.

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La Corte Suprema de Justicia de Tucumán dictó la absolución de los efectivos policiales Nicolás Javier González Montes de Oca y Mauro Gabriel Díaz Cáceres, quienes habían sido condenados en septiembre de 2023 por la muerte de Facundo Alexis Ferreira, el niño de 12 años fallecido durante una persecución en marzo de 2018. El pronunciamiento del máximo tribunal hizo lugar a los recursos de casación presentados por la defensa técnica, dejando sin efecto las penas de 15 y 20 años de prisión respectivamente y disponiendo la inmediata libertad de los imputados.

La resolución fue firmada por la Sala en lo Civil, Comercial, Familia y Penal, integrada por los vocales Daniel Leiva, Antonio D. Estofán y Fabián Adolfo Fradejas. En el fallo, los magistrados encuadraron la conducta de los agentes bajo la causal de cumplimiento de un deber y ejercicio legítimo de un cargo (artículo 34, inciso 4 del Código Penal). Asimismo, rechazaron la demanda civil entablada contra los policías y el Gobierno de la Provincia.

Reevaluación de la evidencia científica y la dinámica del hecho

El punto determinante del fallo radicó en la reevaluación de las pericias balísticas e investigativas del hecho ocurrido la madrugada del 8 de marzo de 2018 en inmediaciones del Parque 9 de Julio. A diferencia del tribunal de juicio de 2023, la Corte concluyó que existían evidencias objetivas de que el menor de edad portaba y accionó un arma de fuego:

 

 

  • Residuos de disparo: se ponderó el resultado positivo de partículas de pólvora halladas en las manos y ropas del niño mediante microscopía electrónica de barrido (MEB/EDS) realizada por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) de Salta.
  • Hallazgo de vainas: se descartó la hipótesis de un arma «plantada», confirmando el hallazgo de dos vainas servidas percutidas por la pistola calibre 22 atribuida al menor.
  • Intercambio de disparos: la resolución constató que los perseguidos dispararon contra la patrulla policial, impactando proyectiles en el frente acrílico de la motocicleta oficial.
  • Uso progresivo de la fuerza: la Corte detalló que Díaz Cáceres utilizó inicialmente postas de goma disuasivas y que, ante la continuidad del ataque armado, los agentes recurrieron a sus armas de dotación reglamentaria de 9 milímetros.

“La actuación policial debe ser analizada desde una perspectiva objetiva ex ante, evaluando las circunstancias existentes en el momento preciso de los hechos y no a partir del resultado luctuoso. Lo relevante es si el agente respetó los procedimientos y protocolos establecidos”, fundamentaron los vocales en el texto resolutivo.

 

Sentencia sustitutiva y doctrina legal sentada por la Corte

Al revisar la condena de la Sala II de la Cámara Penal Conclusional, el alto tribunal dictaminó que la sentencia previa padecía de arbitrariedad en la valoración probatoria, fijando tres doctrinas legales sobre la actuación de las fuerzas de seguridad:

  1. Valoración probatoria: resulta arbitraria la sentencia que concluye la responsabilidad penal a partir de un análisis parcial de los elementos de prueba.
  2. Causales de justificación: no se ajusta a derecho la resolución que omite abordar de manera integral una causa de justificación verosímil.
  3. Cumplimiento del deber: es descalificable como acto jurisdiccional válido el fallo que no realiza un análisis profundo del contexto al evaluarse la eximente de cumplimiento de un deber.

En materia de responsabilidad civil, la Corte determinó que, al probarse la causal de justificación, la conducta de los efectivos careció de antijuridicidad. Por este motivo, revocó las indemnizaciones fijadas previamente e hizo reserva de las costas procesales por su orden.

(Fuente: El Tucumano)

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