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Política

La justicia federal investiga una posible asociación ilícita tributaria en un ingenio tucumano

Es la más importante de varias acciones ilícitas que la justicia federal investiga en el entorno del ingenio La Trinidad, propiedad de la familia Ansonnaud

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La Justicia Federal de Tucumán avanza en una de las causas económicas más complejas de los últimos años: la presunta conformación de una asociación ilícita tributaria que, desde 2011, habría operado un entramado de sociedades para evadir impuestos, apropiarse de aportes previsionales de trabajadores del Ingenio La Trinidad y vaciar empresas del grupo económico vinculado a la explotación azucarera. El Ministerio Público Fiscal sostiene que el mecanismo funcionó durante más de una década y que sus integrantes —contadores, administradores y apoderados— podrían recibir penas que van de tres años y medio a diez años de prisión.

La investigación nació a partir de múltiples fiscalizaciones de AFIP y procedimientos penales que expusieron la rotación sucesiva de empresas que asumían la explotación del ingenio, quedaban luego sin actividad ni patrimonio y dejaban impagos impuestos, aportes previsionales y obligaciones laborales. El dictamen fiscal señala que el grupo habría operado a través de firmas como Mijasi SRL, Azucarera del Sur SRL, Anzuc SRL, el Fideicomiso Azúcares del Tucumán y Los Chaguares SA. Cada una se mantenía activa por un período corto, registraba empleados y operaciones, y luego quedaba vaciada mientras aparecía otra sociedad formalmente a cargo de la planta.

Los fiscales identificaron como imputados a Ricardo Sixto Ansonnaud —considerado organizador del esquema—, a Fabio Enrique Seoane —señalado como responsable operativo—, a dos empleados y a un hombre fallecido recientemente.
En el caso de Los Chaguares SA, solo por IVA y Ganancias, se detectaron cifras millonarias en impuestos evadidos: más de $ 93 millones en 2017 y más de $ 109 millones en 2018, además de un importante volumen de aportes previsionales no ingresados entre 2017 y 2019.
El dictamen también acusa maniobras como la ocultación de la realidad económica del ingenio, la omisión maliciosa de declaraciones juradas, el registro de créditos fiscales inexistentes y la utilización de socios sin capacidad económica que figuraban retirando azúcar producido. La Procelac intervino para analizar la estructura del grupo y el eventual diseño de mecanismos de lavado y vaciamiento.
La figura imputada es la de asociación ilícita tributaria, prevista en el artículo 15 inciso “c” de la Ley Penal Tributaria, que sanciona a quienes integren una organización destinada a cometer delitos fiscales, sin necesidad de que cada hecho concreto se haya materializado. La fiscalía pidió medidas cautelares para asegurar bienes y garantizar posibles decomisos.
Sin embargo, la causa tomó un giro tenso tras las declaraciones del abogado defensor Arnaldo Ahumada, representante de Ansonnaud y de parte de las empresas investigadas. El letrado afirmó que su cliente “no debe absolutamente nada”, porque todas sus obligaciones se encuentran acogidas a un plan de moratoria y blanqueo vigente desde hace tres años, aprobado con conformidad tanto del Ministerio Público Fiscal como de ARCA. Por ello planteó la nulidad de la indagatoria y calificó la acusación como “absurda” y “escandalosa”.
Ahumada cuestionó que el Estado continúe percibiendo pagos de la moratoria mientras avanza una acusación por asociación ilícita: “Si me dicen que formo parte de una organización criminal, no deberían seguir cobrándome. Están recibiendo los beneficios de lo que dicen que es delito”. El abogado incluso insinuó motivaciones internas en la fiscalía, vinculadas a la necesidad de justificar recursos tras la reducción de causas de lesa humanidad.
La defensa advirtió que esta contradicción “mina la seguridad jurídica” y criticó que, pese a la suspensión penal dispuesta en su momento, ahora se avance con nuevas imputaciones: “No podés ofrecer un plan de blanqueo donde prometés la suspensión de la acción penal y luego aparecer con esto en el medio del camino”.
Con todos los acusados ya indagados, la Justicia deberá resolver en las próximas semanas si dicta el procesamiento y avanza hacia una etapa más profunda del expediente, o si hace lugar a los planteos de la defensa. Mientras tanto, el caso sigue ampliándose y promete convertirse en un antecedente relevante dentro de los delitos económicos vinculados al sector azucarero.

Política

Ratificaron el fallo que obligó a Soledad Molinuevo a borrar posteos contra Jaldo

La sentencia lleva las firmas de Álvaro Zamorano y Marcela Fabiana Ruiz, vocales de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Común y en Documentos y Locaciones del Centro Judicial Capital.

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Pasaron más de seis meses, pero la discusión por los tuits de la diputada nacional Soledad Molinuevo (La Libertad Avanza) contra el gobernador Osvaldo Jaldo (PJ) continúa en la Justicia. Y, como sucedió en primera instancia, un tribunal le dio la razón al referente peronista y ratificó el fallo que obligó a la legisladora libertaria a borrar una serie de posteos considerados “lesivos al honor”.

 

 

La sentencia lleva las firmas de Álvaro Zamorano y Marcela Fabiana Ruiz, vocales de la Sala I de Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Común y en Documentos y Locaciones del Centro Judicial Capital.

En las 14 páginas de la resolución judicial, los magistrados analizaron los argumentos esgrimidos por Molinuevo -representada por el abogado Ricardo José Tomás Paz– en contra de lo dispuesto por el juez en lo Civil y Comercial de la V Nominación, Pedro Daniel Cagna, en un fallo que había sido emitido en marzo pasado.

 

 

En síntesis, el tribunal no hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por Molinuevo, por lo que quedó firme la medida autosatisfactiva ordenada por Cagna, a partir de la demanda iniciada por Jaldo -representado por la abogada Paula Morales Soria-, aunque la diputada nacional hizo reserva de caso federal en este expediente.

 

 

El cabezazo y los agravios

El gobernador había recurrido a la vía judicial ante las publicaciones que había realizado Molinuevo luego del brutal cabezazo propinado por el empleado público Marcelo “Pichón” Segura en contra del diputado nacional Federico Pelli (LLA) en La Madrid, y que le costaron al imputado una pena de tres años de cárcel de ejecución condicional fijada tras un juicio abreviado.

 

 

La sentencia firmada por Zamorano y por Ruiz repasa los antecedentes del caso promovido por el gobernador, y recuerda que el fallo de Cagna hizo lugar parcialmente a la medida autosatisfactiva, al ordenar la supresión inmediata de las publicaciones realizadas en X (antes Twitter) y en otras redes sociales que habían vinculado al mandatario con la agresión a Pelli, que atribuían “prácticas mafiosas” al gobierno, y que a la vez hacían responsable al gobernador por la seguridad de Molinuevo, de su familia y de la dirigencia de La Libertad Avanza. Lo resuelto en primera instancia, a la vez, rechazó el pedido de retractación pública y de disculpas que había exigido el mandatario.

Los argumentos de la defensa

La Cámara analizó en seis puntos individuales los argumentos expresados por la defensa de Molinuevo, y consideró que ninguno de ellos lograba revertir los fundamentos del fallo.

Uno de los puntos clave en esta discusión pasa por la inmunidad parlamentaria esgrimida por Molinuevo. Los camaristas dieron la razón a la defensa en cuanto a que el artículo 68 de la Constitución nacional -que otorga inmunidad de opinión a quienes ocupan cargos legislativos- no había sido expresamente ponderado en primera instancia. Pero esta omisión no implicó un cambio en lo resuelto.

“En el caso, la apelante sostiene que sus manifestaciones constituyeron una forma de denuncia y control político inherente a su representación parlamentaria. Sin embargo, no individualiza una concreta actividad funcional vinculada al ejercicio de su mandato con la cual los dichos cuestionados guarden la conexión exigida para quedar comprendidos en la protección del artículo 68”, sostuvieron los jueces. Y agregaron: “el tribunal pondera que sus manifestaciones fueron más allá, al haber directamente imputado al actor (Jaldo) la comisión intelectual de los hechos de violencia -no controvertidos- verificados, aspecto del que se desentiende al formular sus quejas”. Aclararon a la vez que no se trata “de negar la situación de peligro vivida y que justificó el pedido y asignación de custodia” por parte de Molinuevo, como consecuencia de la violenta agresión contra Pelli.

“Lo relevante es que la demandada atribuyera directamente al actor haber mandado al agresor -inmediatamente individualizado-, una suerte de autoría intelectual, sin que prima facie se cuenten con elementos de ponderación que justifiquen esa imputación, los que tampoco han sido invocados ni menos acreditados u ofrecido acreditar en este proceso o en algún otro”, apuntaron. /La Gaceta

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Política

Confirmaron una nueva marcha federal universitaria para mediados de octubre en el Congreso

La movilización del 15 de octubre estaba prevista inicialmente frente al Palacio de Tribunales, pero el Consejo Interuniversitario Nacional confirmó que el punto de encuentro será el Congreso de la Nación.

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El Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) confirmó que la Marcha Federal Universitaria, que se llevará a cabo el 15 de octubre, cambia su punto de encuentro y ahora será en el Congreso de la Nación.

La quinta movilización iba a ser en el Palacio de Tribunales pero la confirmación de que habrá una sesión especial en la Cámara de Diputados fue el motivo del cambio.

Ese mismo día, en la Cámara Baja, se tratarán los proyectos de endeudamiento familiar, de Discapacidad y el DNU 70/2023, que incluye el artículo que deroga la Ley de Tierras.

La convocatoria de la Marcha Federal Universitaria es a las 13.30. El reclamo de las universidades sigue vigente ya que el Poder Ejecutivo sigue sin cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario.

«Nos volvemos a encontrar para defender la universidad pública argentina y el sistema científico nacional», expresa la convocatoria del CIN.

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Política

Daniel Leiva sostuvo que la Provincia está en condiciones operativas de poner en vigencia el nuevo régimen penal juvenil

El presidente de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán analizó la adecuación provincial a la normativa nacional para menores de 14 a 16 años. Destacó la habilitación del Instituto Cura Brochero en Benjamín Paz y alertó que las internaciones judiciales por adicciones subieron a 40 por semana.

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Luego de que la Legislatura provincial sancionara por unanimidad el proyecto de adecuación procesal y administrativa al marco normativo nacional, el presidente de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT), Daniel Leiva, ratificó la plena operatividad de la provincia para juzgar y asistir a menores en conflicto con la ley.

El magistrado llevó tranquilidad sobre los recursos institucionales locales y fue categórico:  “Yo creo que estamos en condiciones nosotros de aplicar la ley nacional. Y de hecho la estamos aplicando. La ley está vigente y, por lo que a nosotros nos corresponde como provincia, estamos en condiciones”.

Cabe señalar que la normativa fija un cambio sustancial para la franja etaria que va de los 14 a los 16 años, segmento que a partir de la vigencia de la reforma adquiere responsabilidad penal directa.

“Nosotros nos encontramos con una realidad muy especial hoy que es la implementación del nuevo régimen penal juvenil, lo cual trae aparejado un cambio total para un segmento etario. Había personas, chicos entre 14 y 16 años, que hasta hace unos días muchas de sus acciones no eran punibles porque no eran susceptibles de responder por sus actos en el ámbito penal. Hoy ya responden por sus actos, ya tienen responsabilidad penal”.

Calidad de los magistrados y un Poder Judicial «referente»

Al contextualizar este momento institucional con el Plan Estratégico 2024-2030 que lleva adelante la Corte desde hace más de siete años, Leiva subrayó el salto cualitativo en la estructura de trabajo y el nivel técnico de los tribunales tucumanos, tanto en el fuero penal como en los no penales:

“Nosotros hoy tenemos un sistema virtuoso. ¿Es perfecto? No es perfecto, pero está funcionando mucho mejor que lo que funcionaba hace diez años atrás, mucho mejor que hace un mes, y esperemos que no esté tan bien como tiene que funcionar mañana o dentro de una semana, porque esto es una mejora constante. El Poder Judicial de Tucumán hoy, modestamente, comienza a ser un referente en términos de funcionamiento. Tenemos una altísima calidad de magistrados, magistrados altamente capacitados con quienes venimos trabajando en brindarles todo el apoyo sistémico para que puedan tener el mayor tiempo posible afectado a la realización de las funciones estrictamente jurisdiccionales”.

El programa en las escuelas y el rol de las familias

Para acompañar esta transformación, la Corte puso en marcha el  programa de «Justicia Abierta», mediante el cual magistrados y funcionarios recorren establecimientos secundarios de toda la provincia junto al Ministerio de Educación. Tras un primer encuentro en la Escuela de Comercio con directivos y supervisores, el objetivo apunta a generar un puente preventivo directo con alumnos y padres.

“Nosotros no somos un órgano de asesoramiento. Nosotros lo que hacemos es resolver conflictos, esa es la función básica que tenemos. Pero sí queremos ser parte en la construcción social en la cual necesariamente entendemos que tenemos que participar. El padre de un chico que tiene entre 14 y 16 años tiene que saber que su hijo responde por sus acciones; lo que antes podía ser tomado como una cuestión naturalizada culturalmente, hoy eventualmente ese accionar o esa omisión puede constituir un delito”.

Sin improvisaciones: Instituto Cura Brochero y la figura del supervisor

Leiva remarcó que el abordaje de los menores punibles debe trascender el mero castigo estatal y enfocarse en una atención socioeducativa integral. En ese sentido, ponderó la articulación lograda entre los tres poderes del Estado para no recurrir a resoluciones transitorias:

“Tucumán viene anticipándose a esto porque creo que fue la primera provincia que habilitó un establecimiento específico en vista a esta implementación, que es el Instituto Cura Brochero en Benjamín Paz. Además, es la primera provincia con la que estamos saliendo con una normativa completa: no hicimos ningún parche, no improvisamos nada. Los tres poderes del Estado nos sentamos a ver y cada uno, dentro del campo de acción que tenemos, generamos un proyecto de ley que hoy está vigente y que contempla la fase procesal y la fase administrativa”.

Dentro del flamante esquema legal, el titular del máximo tribunal provincial destacó la creación de la figura del supervisor, un funcionario dependiente del Poder Judicial que tendrá a su cargo el seguimiento y control interdisciplinario del menor durante el desarrollo del proceso judicial y en la etapa posterior a una eventual condena.

Alerta por drogas: 40 internaciones semanales por consumos problemáticos

Al abordar el contexto social que rodea a los delitos juveniles y rechazar el abordaje simplista de viejas cárceles como «escuelas del delito», Leiva diferenció el rol de la contención familiar frente a problemáticas estructurales complejas. En ese punto, aportó una estadística que refleja el impacto de los consumos de sustancias en los tribunales locales:

“Para que usted dimensione: pasamos el año pasado de tener una media de 32 a 34 internaciones involuntarias dispuestas desde el Poder Judicial —desde el área de Familia— a 38 o 40 internaciones semanales. Ese es el volumen y la escala por consumos problemáticos. Es para que las familias dimensionen lo que está pasando, los padres atiendan lo que sus hijos hacen, los docentes presten atención y todos hablemos de la droga, porque atenta contra el entramado virtuoso que debe tener la sociedad”.

Finalmente, el magistrado contrapuso la celeridad actual del fuero penal con el viejo régimen: recordó que en 2017 se dictaban apenas 550 resoluciones anuales, mientras que a partir de la implementación plena del Código Procesal Penal adversarial en 2021 se alcanzaron más de 2.300 condenas gracias a la profesionalización y el respaldo a los magistrados. /Los Primeros/

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