El juez federal Guillermo Díaz Martínez procesó sin prisión preventiva a Próspero Marcelo Sosa y a su hijo Marcio en la causa por el emprendimiento inmobiliario Las Pirámides, instalado en terrenos de la Universidad Nacional de Tucumán en San Javier. La resolución también dispuso embargos de $500 millones sobre bienes del padre y de $200 millones sobre los del hijo.
Próspero Sosa, administrador del barrio, fue procesado por usurpación mediante despojo, defraudación por estelionato y daño agravado a bienes de uso público. A Marcio Sosa se le atribuyó una participación secundaria en la usurpación y en los daños. La decisión no constituye una condena y permite que ambos continúen el proceso en libertad.
El predio se encuentra en el kilómetro 28 de la ruta provincial 338, dentro del sector sur del Parque Sierra de San Javier, perteneciente a la UNT desde 1948. La investigación impulsada por el fiscal federal Agustín Chit analiza el loteo, la comercialización de terrenos y las intervenciones realizadas en el área durante el período 2019-2024.
Uno de los aspectos centrales del fallo es la expansión de las construcciones. Una constatación de abril de 2019 registró 25 viviendas terminadas y una en obra. En abril de 2022 se detectaron 21 viviendas nuevas y un desmonte de gran magnitud; en abril de 2024 se contabilizaron 54 viviendas y, en junio de ese año, un relevamiento georreferenció 70 construcciones.
Para sostener los procesamientos, el magistrado valoró informes de la UNT, Catastro, Renaper, EDET, Enacom y otros organismos. También consideró constataciones judiciales de 2019, 2022 y 2024, relevamientos aerofotogramétricos, datos bancarios, publicaciones periodísticas y en redes sociales, además de documentación de operaciones inmobiliarias.
Respecto de la presunta defraudación, la resolución señala que se acreditó la firma de al menos 19 boletos de compraventa y una cesión de derechos posesorios. Por lo menos 12 de esas operaciones fueron posteriores a la medida cautelar del 3 de diciembre de 2018, que prohibía nuevas construcciones, ventas de lotes, tala y otras intervenciones en el lugar.
El incumplimiento de aquella orden ya había dado origen a otra causa. El 20 de diciembre de 2024, Próspero Sosa fue condenado a un año de prisión en suspenso y a una multa de $ 30 millones por desobediencia a un funcionario público. Esa sentencia no fue apelada y quedó firme. Las actuaciones actuales son complementarias de ese expediente.
La defensa había pedido que se aplicara el principio de cosa juzgada, al señalar que Sosa ya había sido investigado por usurpación en la causa 315/1998 y sobreseído por prescripción en 2008. La denuncia original había sido presentada por la UNT.
Díaz Martínez rechazó ese argumento porque, según explicó, Las Pirámides no existía en aquel momento. Consideró que las ventas, los desmontes y las construcciones examinados ahora son hechos posteriores y autónomos, correspondientes a 2019-2024.
Después del cierre de la primera causa, Sosa comenzó a desarrollar el emprendimiento. La Universidad volvió a denunciarlo cuando advirtió que se ofrecían lotes mediante redes sociales.
El fallo también desestimó, en esta etapa, la explicación de una posesión derivada de una herencia familiar. Recordó que Catastro rechazó en 2009 un plano de mensura presentado por Sosa para una prescripción adquisitiva y sostuvo que, durante los hechos investigados, no tenía título ni resolución judicial que le reconociera dominio o posesión sobre Las Pirámides.
En cuanto al daño agravado, el juez identificó desmontes, tala indiscriminada, apertura de caminos y modificaciones de la morfología del área protegida. Esas alteraciones, indicó, surgen de las inspecciones judiciales y de la comparación de fotografías aéreas incorporadas al expediente.