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Política

El Consejo Superior de la UNT reprogramó la Asamblea Universitaria para el 10 de junio

La decisión fue adoptada por mayoría, tras el fallo judicial que suspendió la candidatura de Sergio Pagani. La elección de autoridades quedó trasladada al miércoles 10 de junio.

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El Consejo Superior de la Universidad Nacional de Tucumán resolvió por mayoría postergar la Asamblea Universitaria que estaba prevista para mañana y reprogramarla para el miércoles 10 de junio, en medio de la crisis institucional abierta tras el fallo judicial que suspendió la candidatura de Sergio Pagani.

La decisión fue adoptada durante una sesión integrada por 31 consejeros, en la que se registraron tres abstenciones.

En el mismo encuentro, Pagani advirtió que su mandato vence el 28 de mayo y aseguró que no aceptará una prórroga hasta que se resuelva la elección de nuevas autoridades. Por ese motivo, el Consejo Superior deberá volver a reunirse la próxima semana para definir un rector y un vicerrector subrogantes.

Durante el debate también se produjo un cruce entre la decana de Derecho, Cristina Grunauer de Falú, alineada con el oficialismo, y el decano electo de Ciencias Naturales, Hugo Fernández, cercano al espacio opositor de Miguel Cabrera y Virginia Abdala.

Política

Muerte del bebé en Alberdi: aprehenden a sus padres, a una tía y su pareja

La fiscal Luciana Cecoti ordenó la aprehensión de cuatro familiares de Brandon Eliseo Rearte, de un año y cuatro meses, hallado sin vida en un canal de riego. La causa se investiga como muerte dudosa y se espera la autopsia.

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Cuatro familiares de un bebé de un año y cuatro meses quedaron aprehendidos en Juan Bautista Alberdi, después de que el pequeño apareciera muerto en un canal de riego. Así lo dispuso la Unidad Fiscal de Homicidios del Centro Judicial Concepción, a cargo de la fiscal Luciana Cecoti, que investiga el caso como muerte dudosa.

 

 

Quiénes son los aprehendidos

 

 

Por orden de la fiscal, quedaron aprehendidos los padres del niño, Michel Aylen Chumba y Fabio Antonio Rearte; su tía, Micaela Luciana Rearte, y la pareja de esta, Víctor Gustavo Cabana.

La aprehensión es una medida procesal dentro de una investigación en curso y no implica una condena. La Justicia deberá establecer qué ocurrió y cuál fue el rol de cada uno.

 

 

La medida, tras el trabajo de la policía científica

La decisión de la fiscal llegó luego de la intervención de Criminalística, Laboratorio y Medicina Legal en el lugar del hallazgo. Terminado ese trabajo, el médico policial aconsejó realizar la autopsia, que deberá aportar precisiones sobre las causas de la muerte.

 

 

La causa fue caratulada como muerte dudosa y está a cargo de la Unidad Fiscal de Homicidios del Centro Judicial Concepción. Intervino la Unidad Regional Sur, a través de la Comisaría de Juan Bautista Alberdi, dependiente de la Jefatura de Zona III.

El origen del caso

 

 

Todo comenzó este sábado, alrededor de las 11:30, cuando la Policía recibió un llamado telefónico que alertaba sobre la desaparición del niño en el barrio San Cayetano, en Marapa. Personal de turno acudió al lugar y, junto con vecinos y familiares, se realizó un rastrillaje por distintos sectores del barrio.

Hacia las 13, la madre radicó la denuncia por la desaparición. Media hora más tarde llegó el aviso del hallazgo: el cuerpo estaba en el interior de un canal de riego, en las inmediaciones del Loteo Elías, detrás del barrio Héroes de Malvinas. Lo encontró Ramona Antonia Lobo, una vecina que vive a un costado del canal. La Policía identificó a la víctima como Brandon Eliseo Rearte, vecino de San Cayetano, en Marapa.

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Política

Ratificaron el fallo que obligó a Soledad Molinuevo a borrar posteos contra Jaldo

La sentencia lleva las firmas de Álvaro Zamorano y Marcela Fabiana Ruiz, vocales de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Común y en Documentos y Locaciones del Centro Judicial Capital.

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Pasaron más de seis meses, pero la discusión por los tuits de la diputada nacional Soledad Molinuevo (La Libertad Avanza) contra el gobernador Osvaldo Jaldo (PJ) continúa en la Justicia. Y, como sucedió en primera instancia, un tribunal le dio la razón al referente peronista y ratificó el fallo que obligó a la legisladora libertaria a borrar una serie de posteos considerados “lesivos al honor”.

 

 

La sentencia lleva las firmas de Álvaro Zamorano y Marcela Fabiana Ruiz, vocales de la Sala I de Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Común y en Documentos y Locaciones del Centro Judicial Capital.

En las 14 páginas de la resolución judicial, los magistrados analizaron los argumentos esgrimidos por Molinuevo -representada por el abogado Ricardo José Tomás Paz– en contra de lo dispuesto por el juez en lo Civil y Comercial de la V Nominación, Pedro Daniel Cagna, en un fallo que había sido emitido en marzo pasado.

 

 

En síntesis, el tribunal no hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por Molinuevo, por lo que quedó firme la medida autosatisfactiva ordenada por Cagna, a partir de la demanda iniciada por Jaldo -representado por la abogada Paula Morales Soria-, aunque la diputada nacional hizo reserva de caso federal en este expediente.

 

 

El cabezazo y los agravios

El gobernador había recurrido a la vía judicial ante las publicaciones que había realizado Molinuevo luego del brutal cabezazo propinado por el empleado público Marcelo “Pichón” Segura en contra del diputado nacional Federico Pelli (LLA) en La Madrid, y que le costaron al imputado una pena de tres años de cárcel de ejecución condicional fijada tras un juicio abreviado.

 

 

La sentencia firmada por Zamorano y por Ruiz repasa los antecedentes del caso promovido por el gobernador, y recuerda que el fallo de Cagna hizo lugar parcialmente a la medida autosatisfactiva, al ordenar la supresión inmediata de las publicaciones realizadas en X (antes Twitter) y en otras redes sociales que habían vinculado al mandatario con la agresión a Pelli, que atribuían “prácticas mafiosas” al gobierno, y que a la vez hacían responsable al gobernador por la seguridad de Molinuevo, de su familia y de la dirigencia de La Libertad Avanza. Lo resuelto en primera instancia, a la vez, rechazó el pedido de retractación pública y de disculpas que había exigido el mandatario.

Los argumentos de la defensa

La Cámara analizó en seis puntos individuales los argumentos expresados por la defensa de Molinuevo, y consideró que ninguno de ellos lograba revertir los fundamentos del fallo.

Uno de los puntos clave en esta discusión pasa por la inmunidad parlamentaria esgrimida por Molinuevo. Los camaristas dieron la razón a la defensa en cuanto a que el artículo 68 de la Constitución nacional -que otorga inmunidad de opinión a quienes ocupan cargos legislativos- no había sido expresamente ponderado en primera instancia. Pero esta omisión no implicó un cambio en lo resuelto.

“En el caso, la apelante sostiene que sus manifestaciones constituyeron una forma de denuncia y control político inherente a su representación parlamentaria. Sin embargo, no individualiza una concreta actividad funcional vinculada al ejercicio de su mandato con la cual los dichos cuestionados guarden la conexión exigida para quedar comprendidos en la protección del artículo 68”, sostuvieron los jueces. Y agregaron: “el tribunal pondera que sus manifestaciones fueron más allá, al haber directamente imputado al actor (Jaldo) la comisión intelectual de los hechos de violencia -no controvertidos- verificados, aspecto del que se desentiende al formular sus quejas”. Aclararon a la vez que no se trata “de negar la situación de peligro vivida y que justificó el pedido y asignación de custodia” por parte de Molinuevo, como consecuencia de la violenta agresión contra Pelli.

“Lo relevante es que la demandada atribuyera directamente al actor haber mandado al agresor -inmediatamente individualizado-, una suerte de autoría intelectual, sin que prima facie se cuenten con elementos de ponderación que justifiquen esa imputación, los que tampoco han sido invocados ni menos acreditados u ofrecido acreditar en este proceso o en algún otro”, apuntaron. /La Gaceta

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Política

Confirmaron una nueva marcha federal universitaria para mediados de octubre en el Congreso

La movilización del 15 de octubre estaba prevista inicialmente frente al Palacio de Tribunales, pero el Consejo Interuniversitario Nacional confirmó que el punto de encuentro será el Congreso de la Nación.

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El Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) confirmó que la Marcha Federal Universitaria, que se llevará a cabo el 15 de octubre, cambia su punto de encuentro y ahora será en el Congreso de la Nación.

La quinta movilización iba a ser en el Palacio de Tribunales pero la confirmación de que habrá una sesión especial en la Cámara de Diputados fue el motivo del cambio.

Ese mismo día, en la Cámara Baja, se tratarán los proyectos de endeudamiento familiar, de Discapacidad y el DNU 70/2023, que incluye el artículo que deroga la Ley de Tierras.

La convocatoria de la Marcha Federal Universitaria es a las 13.30. El reclamo de las universidades sigue vigente ya que el Poder Ejecutivo sigue sin cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario.

«Nos volvemos a encontrar para defender la universidad pública argentina y el sistema científico nacional», expresa la convocatoria del CIN.

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