Política

Denuncian penalmente a la titular de la Corte Suprema «por demorar una causa» contra Yapura Asorga

Claudia Sbdar, fue denunciada por «no ejercer sus facultades y demorar la realización del juicio oral y público» contra el legislador y ex intendente de Tafí del Valle.

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En las últimas horas, se conoció que la  presidenta de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, Claudia Sbdar, fue denunciada penalmente por «no ejercer sus facultades y demorar la realización del juicio oral y público» contra el legislador Yapura Astorga.

El denunciante es Sebastián Alfredo Luna, el hombre que en 2015 denunció por presunto peculado al entonces intendente de Tafí del Valle y hoy legislador provincial.

Según información recogida del diario La Gaceta, la presentación se realizó ante la Fiscalía Regional, y en ella Luna asegura que Sbdar «omitió maliciosamente ejercer las facultades de Superintendencia que emergen del artículo 121 de la Constitución de la Provincia y distintos incisos del artículo 13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en el marco de las actuaciones en la que se encuentran denunciados los magistrados Fabián Adolfo Fradejas, Luis Morales Lezica y Gustavo Simón Romagnoli, debido a inacciones deliberadas que ralentizan la posibilidad de un debate oral y público en la causa caratulada “Yapura Astorga, Manuel Jorge y otros s/peculado y otros delitos”.

El denunciante, indicó que esta “omisión maliciosa” se agrava luego de haber solicitado, en dos oportunidades, un pronto despacho, sin pronunciamiento alguno.

Sbdar, por su parte, habló con el mencionado diario, indicando que  “todos los planteos jurisdiccionales y de Superintendencia vinculados al caso han sido tramitados prolija y puntualmente en la Corte”.

«En su momento intervine como jueza para confirmar el envío de la causa penal a juicio oral y público, y denegar un recurso para que intervenga la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Luego hemos recibido reclamos por la vía administrativa relativos a la falta de establecimiento de fecha para el juicio en la Cámara Penal del régimen de conclusión de causas del antiguo Código”, indicó.

Y sentenció: “En una actuación de superintendencia, la Cámara Penal informó que estaban produciendo pruebas. Luego hubo otra presentación contra la actuación de los funcionarios. Ellos son los que deben cumplir la orden de enjuiciar a los imputados y en todo caso la Corte podrá volver a pronunciarse”.

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