CONECTATE CON NOSOTROS

Policiales

Crimen de la nena en Lules: este martes se conocerá el veredicto

“Desde el comienzo del hecho y hasta el final de este juicio quisieron hacerla invisible no solo con el encierro sino con el modo en el que lo cometieron”, dijo el fiscal, Pedro Gallo.

Avatar

Publicado

el

En el marco del juicio en contra de Edgardo Hernán Caro (38) y de María Carolina Graneros (40), acusados por el asesinato de la nena de cuatro años en Lules, este lunes 10 de junio se realizaron los alegatos de cierre. En representación del Ministerio Público Fiscal, el fiscal de la Unidad Especializada de Homicidios I, Pedro Gallo, secundado por la auxiliar de fiscal Julieta Molé y Juan Vilardi, del equipo de la UFI, fue el primero en oralizar y pedir la pena de prisión perpetua en relación a la calificación endilgada a cada uno de ellos (para Caro: homicidio cuádruplemente agravado por alevosía, ensañamiento, femicidio y criminis causa, en concurso real con lesiones y abuso sexual con acceso carnal agravado. En tanto, Graneros por homicidio agravado por alevosía, ensañamiento y criminis causa, en concurso real con lesiones).

Ensañamiento

Al momento de dirigir sus palabras al tribunal Gallo dijo: «Con respecto al homicidio claramente los imputados (Caro y Graneros) mataron a la víctima, llevándola al pozo cuando todavía estaba con vida donde la prendieron fuego para darle muerte, pero a su vez la concurrencia de varios agravantes. En primer lugar, por alevosía ya que, sin ningún tipo de dudas, los imputados actuaron sobre seguro aprovechándose del estado de indefensión que tenía la niña. No sólo por su edad (cuatro años) sino, además, por su pésimo estado de salud con lo cual no pudo oponer ningún tipo de resistencia. Se agrava por ensañamiento ya que deliberadamente eligieron darle muerte por un medio que aumentó de forma extraordinaria e innecesaria el sufrimiento, tirándola a una letrina y prendiéndole fuego. Respecto al criminis causa queda claro que el homicidio tuvo una conexión final con otro delito (de procurar su impunidad respecto a las lesiones y al abuso sexual que venía sufriendo la niña). Hubo sin dudas un femicidio íntimo o intrafamiliar, de un hombre contra una mujer/niña, en un contexto situacional específico que mostró numerosos actos de desprecio y humillación, evidenciándose en una situación asimétrica de poder y de odio, de Caro hacía la niña por su condición de mujer. Las lesiones están probadas de acuerdo a los múltiples testimonios recolectados con la aclaración que incluyen no sólo el daño físico sino también a la salud mental. En cuanto, al abuso sexual con acceso carnal es triplemente agravado por el grave daño a la salud física y mental, acreditado hasta el punto que se descompensó luego de ese hecho y porque Caro se encontraba bajo la guarda y cometido contra una menor de 18 años, aprovechándose de la situación de convivencia preexistente”.

Finalmente, el Fiscal comentó: “Desde el comienzo del hecho hasta el final de este juicio quisieron hacerla invisible no solo con el encierro sino con el modo en el que cometieron el crimen, tratando de hacerla desaparecer a toda costa”. Por este caso, Mauro Veliz, yerno de la mujer, fue condenado en un juicio abreviado.
Este martes, 11 de junio, se llevarán a cabo las palabras finales y el veredicto del tribunal.

 

La teoría del caso

A partir de marzo de 2021, en circunstancias que la niña víctima de cuatro años, se encontraba viviendo en el domicilio de pasaje Neuquén de la ciudad de Lules, a cargo de Graneros y su pareja Caro, fue sometida a reiterados maltratos crueles e inhumanos por parte de los mismos, consistentes en golpearla en distintas partes del cuerpo, someterla a situaciones humillantes, obligándola a arrodillarse en maíz, a sostener mitades de ladrillos en sus manos, abandonándola en múltiples oportunidades al frío y desnuda en el patio en la madrugada y arrojándole agua fría mientras le recriminaban que se hacía sus necesidades encima.

Hasta que el día 30 de junio de 2021, mientras la niña se encontraba en la cama de la habitación que pertenecía a Caro y Graneros, el imputado Caro, quien junto con Graneros se encontraba encargado de la guarda, abusó sexualmente de la pequeña en horas de la tarde y nuevamente en horas de la noche, aprovechándose de la situación de convivencia preexistente.

A continuación, frente al estado deplorable en que se encontraba la víctima por los maltratos conferidos y la agresión sexual sufrida, se descompensó, por lo que los imputados, previo acuerdo de voluntades y actuando de manera conjunta y coordinada, aprovechándose del estado de indefensión de la menor y a los fines de lograr la impunidad, la cargaron convaleciente en una motocicleta marca Motomel modelo 110 cc de color azul con blanca, y la trasladaron hasta el asentamiento San Ramón, ubicado en la Reducción, Lules.

Allí, con claras intenciones de causarle la muerte de un modo cruel, inhumano y aumentando de manera innecesaria el sufrimiento, la tiraron en un pozo cavado para letrina y la prendieron fuego produciéndole de esta manera la muerte de la niña. Seguidamente, se retiraron del lugar, regresando Graneros a su domicilio en busca de colaboración para hacer desaparecer los restos de la pequeña, mientras que Caro se dirigió hacia su trabajo.
De esta manera, Graneros buscó a Veliz, y ambos se trasladaron en la misma moto al terreno mencionado. Una vez allí, los sujetos continuaron quemando los restos, hasta que los cargaron en bolsas de tipo arpillera y los trasladaron hasta abajo del puente del Río Colorado, el cual se encuentra a unos pocos kilómetros hacia el sur de la ciudad de la Reducción y los dos continuaron prendiéndole fuego para eliminar todo tipo de rastros para luego arrojar los restos al río, dándose a la fuga del lugar.
Tras ello, la imputada Graneros denunció falsamente la desaparición de niña en la Comisaría de Lules y, en ocasión de su búsqueda, Veliz aportó información falsa con el objeto de desviar el curso de la investigación y reforzar el encubrimiento, a sabiendas de que la víctima se encontraba ya sin vida.

Policiales

Embargos por $700 millones a dueños del emprendimiento Las Pirámides por usurpar terrenos de la UNT

El predio se encuentra en el kilómetro 28 de la ruta provincial 338, dentro del sector sur del Parque Sierra de San Javier, perteneciente a la UNT desde 1948.

Avatar

Publicado

el

El juez federal Guillermo Díaz Martínez procesó sin prisión preventiva a Próspero Marcelo Sosa y a su hijo Marcio en la causa por el emprendimiento inmobiliario Las Pirámides, instalado en terrenos de la Universidad Nacional de Tucumán en San Javier. La resolución también dispuso embargos de $500 millones sobre bienes del padre y de $200 millones sobre los del hijo.

Próspero Sosa, administrador del barrio, fue procesado por usurpación mediante despojo, defraudación por estelionato y daño agravado a bienes de uso público. A Marcio Sosa se le atribuyó una participación secundaria en la usurpación y en los daños. La decisión no constituye una condena y permite que ambos continúen el proceso en libertad.

El predio se encuentra en el kilómetro 28 de la ruta provincial 338, dentro del sector sur del Parque Sierra de San Javier, perteneciente a la UNT desde 1948. La investigación impulsada por el fiscal federal Agustín Chit analiza el loteo, la comercialización de terrenos y las intervenciones realizadas en el área durante el período 2019-2024.

Uno de los aspectos centrales del fallo es la expansión de las construcciones. Una constatación de abril de 2019 registró 25 viviendas terminadas y una en obra. En abril de 2022 se detectaron 21 viviendas nuevas y un desmonte de gran magnitud; en abril de 2024 se contabilizaron 54 viviendas y, en junio de ese año, un relevamiento georreferenció 70 construcciones.

Para sostener los procesamientos, el magistrado valoró informes de la UNT, Catastro, Renaper, EDET, Enacom y otros organismos. También consideró constataciones judiciales de 2019, 2022 y 2024, relevamientos aerofotogramétricos, datos bancarios, publicaciones periodísticas y en redes sociales, además de documentación de operaciones inmobiliarias.

Respecto de la presunta defraudación, la resolución señala que se acreditó la firma de al menos 19 boletos de compraventa y una cesión de derechos posesorios. Por lo menos 12 de esas operaciones fueron posteriores a la medida cautelar del 3 de diciembre de 2018, que prohibía nuevas construcciones, ventas de lotes, tala y otras intervenciones en el lugar.

El incumplimiento de aquella orden ya había dado origen a otra causa. El 20 de diciembre de 2024, Próspero Sosa fue condenado a un año de prisión en suspenso y a una multa de $ 30 millones por desobediencia a un funcionario público. Esa sentencia no fue apelada y quedó firme. Las actuaciones actuales son complementarias de ese expediente.

La defensa había pedido que se aplicara el principio de cosa juzgada, al señalar que Sosa ya había sido investigado por usurpación en la causa 315/1998 y sobreseído por prescripción en 2008. La denuncia original había sido presentada por la UNT.

Díaz Martínez rechazó ese argumento porque, según explicó, Las Pirámides no existía en aquel momento. Consideró que las ventas, los desmontes y las construcciones examinados ahora son hechos posteriores y autónomos, correspondientes a 2019-2024.

Después del cierre de la primera causa, Sosa comenzó a desarrollar el emprendimiento. La Universidad volvió a denunciarlo cuando advirtió que se ofrecían lotes mediante redes sociales.

El fallo también desestimó, en esta etapa, la explicación de una posesión derivada de una herencia familiar. Recordó que Catastro rechazó en 2009 un plano de mensura presentado por Sosa para una prescripción adquisitiva y sostuvo que, durante los hechos investigados, no tenía título ni resolución judicial que le reconociera dominio o posesión sobre Las Pirámides.

En cuanto al daño agravado, el juez identificó desmontes, tala indiscriminada, apertura de caminos y modificaciones de la morfología del área protegida. Esas alteraciones, indicó, surgen de las inspecciones judiciales y de la comparación de fotografías aéreas incorporadas al expediente.

Continuar Leyendo

Policiales

Batalla campal en Los Pocitos: heridos de bala, 13 detenidos y fuga armada

Una violenta disputa vecinal y familiar en el barrio Hipólito Yrigoyen derivó en un feroz tiroteo frente a una escuela. La Policía aprehendió a tres sospechosos de los disparos y a diez personas por atacar a los efectivos.

Avatar

Publicado

el

Una violenta disputa entre facciones vecinales desató momentos de pánico este domingo en la localidad de Los Pocitos, departamento Tafí Viejo. El enfrentamiento a tiros y armas blancas dejó como saldo tres personas heridas —dos por impactos de bala y perdigonadas, y una mujer apuñalada en el rostro—, además de un cuarto lesionado por una mordedura canina. Tras un amplio despliegue conjunto de fuerzas de seguridad, 13 personas resultaron aprehendidas: tres vinculadas de forma directa con la balacera y otras diez por intentar linchar o entorpecer el accionar de los uniformados.

El grave episodio se desató pasadas las 15:00 sobre la calle Campaña del Desierto al 1100, frente a la Escuela Lina Velárdez, en inmediaciones del barrio y asentamiento Hipólito Yrigoyen. De acuerdo con las primeras actuaciones policiales, una discusión entre miembros de las familias Orellana y Yapura escaló rápidamente hasta que se extrajeron armas de fuego y comenzaron a efectuar disparos a mansalva en plena vía pública.

El estado de los heridos

La balacera movilizó a varios móviles de emergencia hacia distintos centros asistenciales:

Un joven de 26 años: Fue alcanzado por perdigonadas en la región lumbar y la zona de la cadera. Tras ingresar inicialmente al Hospital Avellaneda, fue derivado al Centro de Salud y finalmente al Hospital Padilla, donde permanece internado en observación bajo evaluación neurológica, fuera de peligro.

Un joven de 21 años: Presentó lesiones superficiales de arma de fuego en su brazo y hombro. Recibió curaciones en el Hospital Centro de Salud y fue dado de alta médica durante la misma tarde.

Una joven de 28 años: Ingresó a la guardia del Hospital Avellaneda con una herida cortante en el pómulo derecho. Fue suturada y se retiró con alta médica.

Un cuarto involucrado: Se presentó por sus propios medios en el Centro de Salud con una lesión provocada por una dentellada de perro durante la trifulca, recibiendo asistencia ambulatoria.

Continuar Leyendo

Policiales

Mató a su vecino de una puñalada en el barrio El Salvador

La víctima fue identificada como Matías Ignacio Jiménez de 25 años. Desde la Fiscalía interviniente se informó que hay dos aprehendidos.

Avatar

Publicado

el

Por un hecho de sangre donde murió Matías Ignacio Jiménez en el barrio El Salvador, desde la Fiscalía interviniente se informó que la víctima presentaba una herida cortopunzante compatible con arma blanca y dos sujetos quedaron aprehendidos (de 21 y de 23 años).

El hecho tuvo lugar este lunes, al mediodía, y tomó intervención la Unidad Especializada de Homicidios I, al mando de Pedro Gallo, que recibió la información sobre el ingreso sin vida de un masculino, de 25 años, al CAPs ubicado en calle Marina Alfaro y pasaje Einstein de esta ciudad, por heridas con arma blanca a la altura del corazón.

En estos momentos, personal del Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF) se encuentra realizando las pericias correspondientes en el domicilio sito en barrio El Salvador. Participan de las tareas efectivos de la comisaría IV y la división de homicidios.

Según los primeros testimonios víctima y agresor se conocían y que el motivo de la discusión aparentemente habría sido por un trabajo por el cuál se lo quería remunerar mediante repuestos.

El fallecido se desempeñaba como mecánico de motos. El sospechoso habría actuado en complicidad con otros al momento de abordar al occiso en su inmueble.

Continuar Leyendo