Tuvo lugar la primera sesión ordinaria del período 119º en La Legislatura
“Una sesión muy productiva en virtud de que se trataron temas que preocupan a la sociedad como ser el DNU para la intervención del ERSEPT y la vacunación contra el dengue”, manifestó el presidente de la Cámara, CPN Miguel Acevedo.
Durante la jornada de hoy se llevó a cabo la Sesión Ordinaria de la Legislatura, el acto fue encabezado por las autoridades que presiden el Parlamento, el vicegobernador Miguel Acevedo; el secretario de la Cámara, Claudio Pérez; y el prosecretario, Alejandro Martínez.
En primer lugar se aprobaron los pliegos de los postulantes a ocupar cargos en el Poder Judicial de Tucumán. Ellos son el Dr. Roque Aniceto Araujo en el cargo de Defensor Oficial Penal, Subrogante del Centro Judicial de Capital; el Dr. Carlos Antonio Monroy en el cargo de Defensor Oficial Penal, Subrogante del Centro Judicial de Concepción y Monteros; a la Dra. María Constanza Pellegri en el cargo de Defensora Oficial Penal, Subrogante del Centro Judicial de Concepción y Monteros; a la Dra. Andrea Fabiana Segura, como Vocal de Cámara de Apelaciones en lo Civil en Familia y Sucesiones, Sala II en el Centro Judicial Capital; al Dr. Enzo Darío Pautassi, Juez de Primera Instancia en lo Civil Documentos y Locaciones de la VI Nominación en el Centro Judicial Capital; al Dr. Raúl Eugenio Martín Tejerizo, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Común en el Centro Judicial Capital; al Dr. Daniel Lorenzo Iglesias, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Común en el Centro Judicial Capital; a la Dra. María Florencia Gutiérrez, Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Común en el Centro Judicial Capital; al Dr. Pablo Alejandro Salomón, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Común en el Centro Judicial Capital; a la Dra. Ana Cecilia Escobar, Jueza de Ejecución Penal del Colegio de Jueces Penales en el Centro Judicial Capital; al Dr. Raúl Ángel Robín Márquez, como juez Contravencional en el Centro Judicial Concepción; al Dr. Augusto José Paz Almonacid, como Juez del Colegio de Jueces Penales en el Centro Judicial Capital; al Dr. Antonio Nicolás Gutiérrez, como Juez Contravencional en el Centro Judicial Capital; a la Dra. Elizabeth Myrian Raddi, como Jueza del Colegio de Jueces Penales con Especialidad en el Juzgamiento de Menores de Edad en el Centro Judicial Capital; a la Dra. Paola Alexandra Fernández, como Jueza de primera Instancia en lo Civil en Familia y Sucesiones en el Centro Judicial Capital.
También se designaron los miembros en el Jurado de Enjuiciamiento a Jorge Leal, Sara Lazarte, Javier Noguera, Tomás Cobos y Ricardo Bussi; como titulares. Mientras que, Rolando Alfaro, Maia Martínez, Walter Herrera, Alberto Olea y Roque Argañaraz; fueron nombrados suplentes.
Por su parte, el legislador Claudio Viña fue designado como miembro de la Comisión de Juicio Político en reemplazo del legislador Walter Berarducci, quien renunció a la misma para ser integrante del Consejo Asesor de la Magistratura. También fue designado el legislador Gerónimo Vargas Aignasse como miembro titular por el Poder Legislativo ante el Consejo Asesor de la Magistratura, en lugar del saliente Roberto Chustek, mientras que designaron al legislador Carlos Fúnez como miembro suplente.
El Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo, que dispone la Intervención del ERSEPT por el tiempo de 120 días fue aprobado, encomendándose al Ministro de Economía y Producción la responsabilidad del Directorio del Ente Regulador; el proyecto de ley que faculta a la Dirección de Personas Jurídicas que habilite por actos administrativos de reorganización, la elección de autoridades de las Asociaciones Civiles que se encuentren en estado de acefalía e irregular funcionamiento. Fueron aprobados por los parlamentarios que, en el caso del DNU enviado por el Poder Ejecutivo, la votación fue de 37 votos afirmativos, 4 negativas y una abstención.
Las firmas ATENTO ARGENTINA S.A., AEGIS ARGENTINA S.A., y CITYTECH S.A., fueron beneficiados por la aprobación del proyecto de ley que otorga un subsidio mensual equivalente al 25% de las retribuciones brutas mensuales que abone a cada uno de sus empleados. La votación fue por unanimidad de los legisladores presentes en el recinto.
En cuanto a las modificaciones a la ley 5121 (Código Tributario Provincial), en los casos de contratos en los que exista canje o permuta de productos agropecuarios o en el caso que se establece un régimen temporal de condonación de la sanción prevista en el artículo 292; la modificación de los artículos 57 y 58 del reglamento interno de la H. Legislatura para cambiar la expresión “Ciencia y Técnica” por el de “Ciencia y Tecnología”, fueron sancionados.
El reconocimiento al equipo “Cóndor Salvaje” integrado por estudiantes y profesores del Instituto Técnico de Aguilares, dependiente de la Universidad Nacional de Tucumán; la creación del Plan de Abordaje Integral para la Prevención y Control de Dengue, Zica y Chikungunya; el pedido de declaración por única vez al 24 de marzo, Capital simbólica de la provincia de Tucumán, a la localidad de Villa Vieja, Trancas, en Homenaje al General Bernabé Araoz; la declaración de interés legislativo el libro “Bernabé Araoz, el tucumano de la Independencia”, del escritor José María Posse y el que solicita a los Representantes tucumanos en el Congreso Nacional, en virtud de un nuevo aniversario del fallecimiento de Bernabé Araoz, que se lo declare Héroe Nacional, fueron sancionados por unanimidad.
Finalmente, se solicitó que se declare de interés legislativo el 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia) y adherir a los actos conmemorativos, y el proyecto “Tecnología e Innovación para la inclusión”, ejecutado por la Universidad Nacional de Tucumán bajo financiamiento de la Unión Europea, cuyo objetivo principal es el funcionamiento de un laboratorio interdisciplinario de Biomecánica para la inclusión, fueron aprobados.
Al finalizar la sesión, Acevedo catalogó de positiva la tarea legislativa ya que se sesionaron problemáticas que incumben a la sociedad. “Abordamos cuestiones que preocupan como ser el tema de la electricidad, a través de la intervención del ERSEPT en el DNU que mandó el Poder Ejecutivo, así como el programa de vacunación del dengue”, detalló. Por otro lado, explicó la relevancia de poder designar a 15 nuevos jueces, “con lo cual estamos cumpliendo con los pedidos del Poder Ejecutivo para que los tres poderes funcionen en plenitud”.
La Corte Suprema ordenó revisar si un sanatorio tucumano despidió por tener VIH a un trabajador no registrado
El máximo tribunal consideró que las instancias locales omitieron examinar una prueba decisiva sobre el acceso de personal del centro de salud a sus análisis médicos.
La Corte Suprema ordenó que la justicia de Tucumán revise si A.I., un trabajador de salud no registrado, sufrió un despido discriminatorio después de que un sanatorio conociera que tenía VIH. El máximo tribunal consideró que las instancias locales omitieron examinar una prueba decisiva sobre el acceso de personal del centro de salud a sus análisis médicos.
La decisión dejó sin efecto la sentencia de la Corte de Justicia provincial y dispuso que el expediente vuelva al tribunal de origen para dictar un nuevo pronunciamiento. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti cuestionaron que se desestimara el planteo de discriminación sin evaluar el testimonio de una responsable del área preocupacional.
La testigo había afirmado: “Yo descubro que él tiene VIH porque tengo el análisis en mis manos; yo manejaba el análisis de los prelaborales”. Para la Corte Suprema, el tribunal provincial ignoró esa declaración e incluso negó que existiera.
Una relación laboral no registrada durante más de dos años
A.I. demandó al sanatorio tras denunciar que había trabajado allí durante más de dos años sin estar registrado. La empresa negó la existencia de ese vínculo, que finalmente fue acreditado en el expediente.
El trabajador sostuvo que la desvinculación tuvo carácter discriminatorio porque se produjo cuando la firma se enteró de su condición de persona con VIH. Los análisis habían sido solicitados por el propio sanatorio y sus resultados eran conocidos por el personal del área preocupacional.
La Sala III de la Cámara del Trabajo de Tucumán admitió parcialmente la demanda y condenó a la empresa a pagar haberes adeudados y diferencias salariales. Sin embargo, rechazó los reclamos por indemnización por antigüedad, registración irregular, daños por trato discriminatorio y otros conceptos.
La Cámara consideró que el vínculo se había extinguido mediante un despido indirecto con causa. Esa conclusión se basó en que el trabajador había enviado varios telegramas para exigir que se aclarara y registrara su situación laboral, que cesara el supuesto trato discriminatorio y que se abonaran los salarios pendientes, bajo apercibimiento de considerarse despedido ante el silencio o una negativa.
La prueba sobre los análisis médicos
La Corte de Justicia provincial confirmó ese criterio al rechazar el recurso del trabajador. También descartó que hubiera existido discriminación, al entender que el testimonio invocado no demostraba de manera suficiente que el empleador hubiera conocido previamente y de forma efectiva el diagnóstico.
El máximo tribunal provincial afirmó que la declaración de la responsable preocupacional no incluía referencias a los hechos denunciados. Por esa razón, consideró razonable que la Cámara hubiera descartado esa prueba como indicio de que el sanatorio conocía la condición de salud de A.I.
La Corte Suprema sostuvo que esa valoración fue arbitraria. Señaló que la desvinculación laboral fue contemporánea a la comunicación de los resultados de los estudios por parte de profesionales del establecimiento y que ese planteo exigía una respuesta específica.
“El fallo recurrido no tomó en cuenta esa declaración, negando incluso su existencia”, indicaron los jueces. También concluyeron que el tribunal omitió evaluar prueba decisiva y responder agravios del trabajador que podían definir la solución del litigio. /Infobae
La Justicia impuso al Gobierno una multa diaria por incumplir la cautelar
El Jefe de Gabinete Diego Santilli recibió la sanción porque el juez dirigió las astreintes al funcionario a cargo de esa dependencia por el incumplimiento de la cautelar.
El juez federal Martín Cormick impuso este miércoles multas de $100.000 por día a Diego Santilli, en su carácter de jefe de Gabinete, por el incumplimiento de una medida cautelar vinculada con la Ley de Financiamiento Universitario. La resolución hizo efectivo un apercibimiento que el magistrado había dispuesto ante la falta de cumplimiento de la orden judicial.
La cautelar exige recomponer y actualizar los salarios del personal docente y no docente de las universidades públicas, además de garantizar los fondos destinados a las becas estudiantiles. El Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), que reclamó la aplicación de las sanciones, sostuvo que los pagos todavía no se habían registrado.
“En concordancia con lo proveído en el marco de la causa principal, atento el incumplimiento verificado, corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en fecha 30/9/2026 y disponer la aplicación de astreintes diarias al funcionario titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación Argentina”, señaló Cormick en la resolución.
El juez fijó inicialmente la multa en $100.000 por cada día de demora y advirtió que podrá modificar tanto el monto como los funcionarios alcanzados.
Las astreintes son una herramienta judicial para presionar al cumplimiento de una obligación: en este caso, la ejecución de la medida cautelar sobre salarios y becas universitarias.
La sanción se aplica en el expediente de la medida cautelar, que sigue vigente. En paralelo, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal debe analizar la apelación del Estado contra otro fallo de Cormick: el que declaró inconstitucional la cláusula del decreto 759/2025 que condicionaba la aplicación de la ley a la definición de los recursos presupuestarios.
Esa apelación corresponde a la discusión de fondo sobre la norma. La cautelar, en cambio, ya había sido confirmada por la Cámara y quedó firme después de que la Corte Suprema rechazara un recurso extraordinario del Estado el 25 de junio de este año. Por eso, la revisión del fallo más reciente no dejó sin efecto la orden provisoria sobre salarios y becas.
El CIN pidió que se aplicaran las astreintes al considerar que el Gobierno seguía sin cumplir con esa medida, pese a las intimaciones previas. Cormick había otorgado un plazo de cinco días, que venció el 22 de septiembre, y luego lo prorrogó por otro período igual. Tras cumplirse ese plazo, el organismo reclamó que se hiciera efectivo el apercibimiento.
La discusión se centra en los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795. Según la norma, los salarios del personal docente y no docente debían recomponerse para compensar la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre enero de 2023 y julio de 2025. El cálculo citado en el expediente indica que esa actualización representa un incremento del 40,25% sobre los salarios básicos liquidados en julio de 2025. La ley también prevé que las remuneraciones se actualicen mensualmente de acuerdo con el IPC.
En cuanto a las becas, la cautelar ordena recomponer y actualizar los fondos para esos programas. El Gobierno había sostenido que cumplía con la medida y presentó sus argumentos sobre los aumentos salariales y las negociaciones con los gremios. Sin embargo, el juez consideró que no se había acreditado el cumplimiento total de las obligaciones establecidas por la ley. /TN
Prestadoras de servicios deberían devolver electrodomésticos dañados sin interrupción del proceso legal
La Comisión de Legislación General dio dictamen a una modificación de la Ley de Procedimiento Administrativo; la iniciativa busca que las empresas prestadoras de servicios públicos cumplan con las resoluciones del ERSEPT mientras se mantienen las instancias de reclamo, garantizando una respuesta más rápida ante los daños sufridos por los usuarios .
La Comisión de Legislación General de la Legislatura de Tucumán, presidida por el legislador Gerónimo Vargas Aignasse, dio dictamen por unanimidad de los presentes al proyecto que modifica la Ley Nº 4537, de Procedimiento Administrativo de la provincia.
La propuesta establece que las empresas prestatarias de servicios públicos cumplan con las resoluciones dictadas por el Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos de Tucumán (ERSEPT), aun cuando decidan cuestionarlas por las vías correspondientes. De esta manera, se busca evitar que los reclamos se tramiten con efecto suspensivo y que los usuarios deban esperar hasta la resolución definitiva del conflicto para obtener una reparación por los daños ocasionados, como la reposición de un electrodoméstico.
Al respecto, Vargas Aignasse explicó que el objetivo es que las empresas se hagan cargo de los daños reconocidos por el organismo de control sin que ello impida la continuidad del litigio. “Lo que queremos con la modificación es que las empresas prestatarias de servicios públicos cumplan con las medidas interpuestas por el ERSEPT; es decir, que se hagan cargo del electrodoméstico dañado y sigan con el litigio hasta que se resuelva el planteo. Si corresponde, al finalizar el proceso, el usuario deberá devolver el electrodoméstico que se repuso en su momento”, puntualizó.
Participaron de la reunión los legisladores Mario Leito, Walter Berarducci y Sara Assan, junto al presidente de la comisión, Gerónimo Vargas Aignasse.