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Argentina

Será voluntaria la combinación de vacunas contra el Covid-19

La ministra de Salud Carla Vizzotti explicó que en una primera etapa se combinará la vacuna Sputnik V con Moderna y Astrazeneca. Se continuará analizando la efectividad de la combinación con Sinopharm.

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La ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, anunció este miércoles que Argentina está «en condiciones de avanzar en las 24 jurisdicciones para intercambiar diferentes vacunas» con el objetivo de completar los esquema de inmunización en quienes aún no hayan recibido la segunda dosis. La combinación entre Sputnik V con Moderna y AstraZeneca no será obligatoria.
Vizzotti hizo estas declaraciones al encabezar una conferencia de prensa con los ministros de Salud de la provincia de Buenos Aires, Nicolás Kreplak, y de la ciudad de Buenos Aires, Fernán Quirós, tras una reunión que tuvieron con el jefe de Gabinete Santiago Cafiero, para analizar los resultados del estudio de combinación de vacunas contra el coronavirus, informaron fuentes oficiales.
«Los vacunados con Sputnik van a poder elegir el intercambio voluntario o esperar», dijo la ministra y agregó que tras el estudio realizado «estamos en condiciones de intercambiar diferentes vacunas y empezar a combinar Sputnik con Moderna y Astrazeneca».Además, la ministra informó que serán priorizadas para recibir la segunda dosis de la vacuna contra el coronavirus las personas que lleven más tiempo de espera desde que recibieron la primera dosis y aquellas que tengan más de 50 años y comorbilidades. También agregó que el objetivo de la campaña de vacunación es poder llegar a septiembre con «el 60% de adultos mayores con dos dosis», de cara al avance de la cepa Delta.

Respecto a la posible combinación con la vacuna china Sinopharm, Vizzotti explicó que por el momento no se la incorporará al esquema, algo que se hará seguramente en las próximas semanas cuando avance el estudio.

Por su parte, el ministro de Salud bonaerense, Nicolás Kreplak, añadió que la combinación de vacunas «suma tanto en seguridad como en producción de anticuerpos» y confirmó que en unos días habrá más información sobre la combinación con Sinopharm. El funcionario informó que mañana se anunciará la forma en que se citará a la población para completar sus esquemas de vacunación.

Por último, el ministro de la Ciudad de Buenos Aires, Fernán Quirós, remarcó «la trascendencia de la cooperación a nivel nacional para generar la evidencia, al igual que la cooperación internacional» para poder comunicar a la población «cuáles son las vacunas que podemos combinar de manara segura».

Combinación de vacunas

La combinación de vacunas es una estrategia sanitaria que se está estudiando en diferentes partes del mundo, con buenos resultados de eficacia y seguridad, y que persigue diferentes objetivos.

Por un lado, frente al surgimiento de nuevas variantes, más contagiosas y posiblemente más agresivas (aunque esto está todavía en estudio), la aplicación de la segunda dosis para reforzar la protección se volvió más necesaria y no todos los países disponen de los esquemas completos del mismo inmunizante para toda la población.

En este contexto, la posibilidad de utilizar esquemas heterólogos permitiría a los países combinar según la disponibilidad de fármacos.

Otros objetivos son contar con una opción para aquellas personas que han hecho reacciones graves frente a una vacuna determinada; poder completar los esquemas en países donde no se lleva registro de la vacuna que se aplicó, o bien en el caso de que una persona vaya a completar su esquema y en el vacunatorio no tengan la misma que le aplicaron antes. Algunas combinaciones también tienen como objetivo mejorar la eficacia.

Las vacunas desarrolladas contra el coronavirus utilizan diferentes plataformas (tecnología); algunas son a virus inactivado (como la de Sinopharm), otras son de vectores virales no replicativos (como Sputnik V o AstraZeneca) y otras de ARN mensajero (como Pfizer y Moderna).

La semana pasada, el Fondo Ruso de Inversión Directa (RDIF) informó que la combinación de la vacuna de AstraZeneca como segunda dosis de Sputnik V demostró eficacia contra la infección por coronavirus y ausencia de efectos secundarios en las personas inmunizadas, según los resultados preliminares de un estudio realizado en la República de Azerbaiyán.

Una de las hipótesis de combinación es que si se utilizan distintas plataformas en un mismo esquema puede inducir respuestas inmunes diferentes que podrían ser complementarias.

En esta línea, se desarrollaron varios estudios combinando AstraZeneca con Pfizer, uno de los cuales se realizó en España (CombiVacS) y fue publicado el 25 de junio en The Lancet. En este ensayo se administró una segunda dosis de Pfizer a 448 personas que habían recibido la primera de AstraZeneca.

Luego de analizar la inmunogenicidad a través de la medición de anticuerpos neutralizantes y el seguimiento de los efectos adversos, los investigadores concluyeron que la combinación «indujo una respuesta inmune robusta, con un perfil de reactogenicidad (efectos adversos) aceptable y manejable».

En el Reino Unido se llevó adelante otro estudio multicéntrico denominado Com-COV que también combinaba Pfizer con AstraZeneca, a la vez que comparaba la respuesta inmune con los esquemas que usaban la misma vacuna para las dos dosis.

Fuente: Ambito

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Edicto Judicial – Expte. N° 877/10 (Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello

Notificación judicial relativa a los autos caratulados «Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello Martina s/ Juicio Ordinario» (Expte. N° 877/10) – Juzgado Civil y Comercial N° 5 de Formosa.

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Formosa, sito en calle San Martín N° 641 2do. Piso, a cargo de la Juez Dra. Cyntia Verónica Rouseau, Secretaría a cargo de la Dra. Alicia Aixa Amad, en los autos caratulados: «ALLENDE LIBRADA RUTH C/ SUCESORES DE GONZALEZ DE GIACOPELLO MARTINA S/ JUICIO ORDINARIO» – EXPTE. N° 877/10, notifica a la Sra. María B. Giacopello De Argañaraz D.N.I. N° 8.981.595, la Sentencia N° 448/24 que en su parte correspondiente dice:

«FORMOSA, 13 de noviembre de 2.024. AUTOS Y VISTOS:… RESULTA:… CONSIDERANDO:… SENTENCIO: 1.- HACER LUGAR a la presente demanda instaurada por la Sra. ALLENDE LIBRADA RUTH, contra los herederos de la Sra. MARTINA GONZALEZ de GIACOPELLO, en virtud de haber poseído la accionante durante el período establecido por la ley y cumpliendo los recaudos, el inmueble sitio en calle Pacífico Scozzina N° 1.554 de ésta ciudad, identificado como Lote N° 4 de la Manzana N° 21 del Lote Rural N° 25 de la Ciudad de Formosa con una superficie de 500 m2 y cuya nomenclatura catastral es: Dpto. 01, Circ. VII, Sec. T, Mz. 42, Parcela 25, Partida N° 23.345, declarado adquirido su dominio, conforme los fundamentos desarrollados en los «Considerandos». 2.- ORDENAR INSCRIBIR el dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de su nueva titular, Sra. Allende, Librada Ruth, D.N.I. N° 12.571.702 cancelando la registración anterior. A tal fin, ofíciese al Registro en la forma de estilo. 3.- IMPONER LAS COSTAS, por su orden, (art. 68 2da. parte del C.P.C.C.) de conformidad a los fundamentos expuestos en los «Considerandos». 4.- DIFERIR la regulación de honorarios profesionales, hasta el momento en que exista base para ello (art. 24 de la Ley 512). REGÍSTRESE, insértese copia en el Libro de Sentencias, NOTIFÍQUESE personalmente o por cédula. Oportunamente, ARCHÍVESE.» – FDO. Dra. Cynthia Verónica Rouseau – Jueza.-

Publíquese edictos por un (1) día en un diario de mayor circulación y en el boletín oficial, de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán.—

Formosa, agosto de 2026. Dra. Alicia Aixa Amad – Secretaria.

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Yacyretá abrió sus compuertas por la crecida del río Paraná

La represa inició maniobras para atenuar el impacto del aumento del caudal, que ronda los 28.000 metros cúbicos por segundo y podría seguir creciendo en los próximos días.

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La Central Hidroeléctrica Yacyretá abrió este lunes sus compuertas del vertedero principal para atenuar los efectos del aumento del caudal del río Paraná. Se trata de maniobras que realizan las autoridades de la represa para atenuar los efectos del incremento del volumen de agua ocasionada por las descargas de las centrales ubicadas aguas arriba.

El Ing. Ronnie Ayala, jefe del Departamento Técnico en la Margen Derecha, explicó que la tendencia creciente en los caudales afluentes se mantiene tal como habían alertado los organismos especializados en sus pronósticos hidrológicos, y las lluvias ocasionadas por el fenómeno “El Niño”.

A su vez, precisó que con las precipitaciones que se están registrando entre el domingo y este lunes, el caudal afluente está en alrededor de 28.000 m³/s a la altura de Yacyretá, y que todo indica que irá aumentando en los próximos días.

A la par, explicó que la cuenca del río Iguazú, de aporte directo al embalse de Yacyretá, las lluvias superaron cinco veces la cantidad pronosticada, lo que aumentó el caudal de 1.500 m³/s a 9.000 m³/s más 19.000 m³/s de Itaipú significa que están llegando alrededor de 28.000 m³/s a Yacyretá.

En ese sentido, el incremento del caudal del río Iguazú -que se triplicó en menos de 48 horas- obligó a Parques Nacionales y la empresa concesionaria a suspender este lunes el ingreso de visitantes a las Cataratas del Iguazú. Los registros de esta mañana indicaban que por los 275 saltos caían más de 12.000 metros cúbicos por segundo, lo que representa casi nueve veces el caudal promedio.

El jefe técnico añadió que las inundaciones no se pueden atribuir a la apertura de las compuertas, sino al contrario con las maniobras se está tratando de atenuar el impacto de este fenómeno. “Esto es un fenómeno natural que recibimos y se traslada aguas abajo de la presa. Suponiendo que no existía la usina, el fenómeno iba a causar el mismo efecto y tal vez de mayor impacto”, indicó.

El Departamento Técnico, a través del área de Hidrología, seguirá monitoreando permanentemente la situación hidrológica del río Paraná, a fin de mantener informada a la sociedad civil y a las autoridades para que puedan tomar las acciones necesarias, indicaron a través de un comunicado.

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Declararon inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario

El fallo dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA).

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El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional el decreto que puso un freno a la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Gobierno a cumplir con lo establecido en la normativa aprobada por el Congreso.

El fallo firmado por el juez Martín Cormick dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA), dejando sin efecto el Decreto 759/2025.

De esta forma, ordenó al Poder Ejecutivo el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”, según el escrito al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.

El Gobierno había intentado frenar el cumplimiento de la ley primero con su veto. Luego de que el Congreso lo rechazó y sostuvo la normativa, emitieron un decreto en el que dispuso que el financiamiento a las universidades solo podía ejecutarse “una vez que se determine las fuentes específicas para su financiamiento y se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general”.

Tanto el Consejo Interuniversitario Nacional como la UBA y otras universidades presentaron un amparo colectivo para que se cumpla con los puntos claves de la ley, entre ellos otorgar partidas a las casas de estudios para su funcionamiento y recomponer el salario de docentes y no docentes.

El juez consideró en el fallo que el decreto del Gobierno “no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas”.

Apuntó que ante la imposibilidad legal de emitir un nuevo veto, el decreto “ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional” que, según su mirada, configuró “una figura de instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional”.

Cormick también remarcó que “el control judicial de decisiones con impacto presupuestario, lejos de ser una intromisión extraordinaria, es una de las consecuencias propias de la justiciabilidad del Estado”.

Por otro lado, el magistrado puso en duda el costo fiscal de la ley. Mencionó que en 2024 y 2025 no había Ley de Presupuesto y se prorrogaron las partidas aprobadas del 2023, y señaló que según la Oficina de Presupuesto del Congreso, el impacto durante el año 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.

FUENTE: Agencia NA

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