Política

Revés para Molinuevo: la Justicia ratificó que debe borrar sus posteos contra Osvaldo Jaldo

El juez Pedro Cagna rechazó el recurso presentado por la diputada libertaria para suspender la medida que la obliga a eliminar sus publicaciones. La legisladora apelará el fallo denunciando censura, mientras la querella advierte sobre una posible desobediencia judicial.

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La diputada nacional Soledad Molinuevo (La Libertad Avanza) recibió un segundo revés en la demanda iniciada en su contra por el gobernador de Tucumán, Osvaldo Jaldo, a raíz de una serie de posteos y comentarios en redes sociales que el mandatario consideró profundamente agraviantes.

El juez en lo Civil y Comercial de la Capital de la V Nominación, Pedro Daniel Cagna, resolvió desestimar la solicitud de suspensión provisoria de los efectos ejecutorios de la sentencia recurrida que había sido presentada por la referente libertaria. De esta manera, el magistrado ratificó la medida autosatisfactiva que obliga a Molinuevo a borrar de forma inmediata los contenidos objetados por el titular del Poder Ejecutivo provincial.

Planteo de incompetencia y la nueva sentencia del juez

Tras ser notificada de la primera resolución, la diputada y su abogado, Ricardo José Tomás Paz, formalizaron una serie de planteos advirtiendo sobre “la incompetencia material del fuero ordinario provincial para seguir entendiendo en estas actuaciones, por encontrarse directamente comprometida una prerrogativa funcional de fuente constitucional federal propia de una diputada nacional”. En paralelo, la defensa interpuso un recurso de apelación y solicitó formalmente la suspensión de la orden de borrar los comentarios.

 

Sin embargo, el juez Cagna dictó una nueva sentencia este lunes, cuya notificación se hizo efectiva a las partes a primera hora del martes. Allí, el magistrado analizó la procedencia de la suspensión requerida y recordó que el ordenamiento procesal vigente establece «en forma expresa y categórica el régimen recursivo aplicable a las sentencias dictadas en el marco de tutelas autosatisfactivas».

En su fallo, Cagna citó el artículo 477 inciso 1 del Código Procesal Civil y Comercial de Tucumán, que dispone que dichas decisiones podrán ser impugnadas mediante «recurso de apelación, el cual será concedido sin efecto suspensivo». Al respecto, el juez fue tajante: «La claridad de la norma no admite interpretaciones que, por vía indirecta, neutralicen su contenido».

En esa misma línea, el magistrado indicó que «la ejecutoriedad inmediata de la sentencia constituye un elemento estructural del diseño legislativo de las tutelas urgentes, en las cuales la eficacia temporal de la decisión resulta consustancial a la protección del derecho invocado; lo contrario implicaría desvirtuar la solución normativa adoptada por el legislador, sustituyendo la regla legal de ejecutoriedad por una excepción no prevista».

 

Con estos argumentos, Cagna rechazó el recurso de revocatoria interpuesto. A la vez, ante la posibilidad de causar un gravamen irreparable, concedió el recurso de apelación presentado en forma subsidiaria por la diputada, con lo que el asunto pasará a ser revisado por un tribunal superior.

Mientras tanto, la representante legal del Gobernador, Paula Morales Soria, advirtió que Molinuevo «tiene la obligación» de desactivar los comentarios considerados agraviantes y subrayó que, de no acatar la orden, la legisladora nacional estará incurriendo «en una desobediencia judicial».

La batalla paralela en la Justicia Federal

Más allá de apelar la decisión en el fuero provincial argumentando censura, la diputada libertaria decidió abrir un nuevo frente judicial. El pasado 26 de marzo, Molinuevo formalizó una demanda en los tribunales federales para plantear la inhibición del fuero provincial y requerir el pase definitivo de la causa a la Justicia Federal de Tucumán, por lo que se esperan nuevos capítulos en esta controversia.

Del brutal ataque a Pelli a las redes sociales

El caso que derivó en esta batalla legal se originó tras el salvaje cabezazo que sufrió el diputado Federico Pelli (LLA) en la localidad de La Madrid por parte de Marcelo «Pichón» Segura, un empleado de la comuna rural de Los Ralos. El agresor permanece actualmente detenido y bajo prisión preventiva en el penal de Benjamín Paz, acusado del delito de lesiones graves agravadas por alevosía.

Tras ese grave episodio de violencia física, Jaldo decidió iniciar una demanda formal el 13 de marzo producto de las reiteradas publicaciones realizadas por Molinuevo. A través de su abogada, el mandatario objetó que se lo vinculara directamente con la agresión a Pelli, cuestionó que se le endilgaren «prácticas mafiosas» y rechazó tajantemente la postura de la diputada de hacerlo responsable de «lo que pueda pasarme a mí, a mi familia y a todo el equipo de La Libertad Avanza».

Por tal motivo, la querella requirió la supresión de las expresiones agraviantes (adjuntando los links correspondientes de cada una de ellas) y exigió disculpas públicas. «La diputada puede opinar lo que quiera sobre la gestión o sobre el gobierno, pero no puede atribuir delitos sin prueba alguna al gobernador», advirtió Morales Soria, quien insistió en que no se pretende censurar a Molinuevo, sino resguardar el honor de Jaldo.

Cabe recordar que el 15 de marzo el juez Cagna dictó la primera sentencia de este caso, en la que hizo lugar parcialmente a las pretensiones del mandatario. Si bien ordenó a Molinuevo «eliminar de manera inmediata (…) las publicaciones» y «abstenerse de reiterar afirmaciones fácticas similares», el magistrado consideró que no correspondía, en esta instancia inicial del proceso, avanzar con el pedido de disculpas.

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