Tucumán

La Corte Suprema dispuso que los profesionales que no cuenten con el pase sanitario puedan presentar PCR negativo

El test negativo debe tener 72 horas de antelación, según la acordada 1754/21.

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La Corte Suprema de Justicia de Tucumán informó que, por Acordada N°1754/21 de este martes 7 de diciembre, se ha dispuesto lo siguiente:

II-Facultar a la Secretaria de Superintendencia y a la Secretaría de Superintendencia de la Justicia de Paz, en relación al personal judicial (empleados/as, funcionarios/as y magistrados/as) de todos los Centros Judiciales y Justicia de Paz que no cumplimentaren con los requisitos de la Acordada N° 1748/21 (dispositiva 1, que dispone la presentación del carnet de vacunación), y a los fines de posibilitar la prestación obligatoria de servicios estipulada en el art. 29 inc. 1 del Estatuto del Empleado Público (Ley N° 5473); a atender cada caso particular, posibilitando suplir tal exigencia con un Test de diagnóstico de PCR negativo efectuado en las 72 horas previas a la primera presentación, y que deberá renovarse semanalmente mientras dure la prestación presencial; o autorizar la realización de trabajo remoto si la naturaleza de la tarea lo permitiere.

II-Establecer que las partes y profesionales que no cumplimentaren los requisitos de la Acordada N 1748/21 (dispositiva 1). podrán ingresar a las sedes judiciales con un Test de diagnóstico de PCR negativo efectuado en las últimas 72 horas

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