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El Gobierno implementará el pase sanitario a partir del 1° de enero

Desde el primer día de 2022, «toda persona a partir de los 13 años que realice actividades definidas de alto riesgo epidemiológico y sanitario deberá acreditar tener un esquema de vacunación completo contra Covid-19».

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El Gobierno nacional oficializó este lunes la decisión de implementar a partir del 1°de enero un pase sanitario para eventos masivos que será exigido a personas mayores de 13 años y cuyo objetivo es el seguir fomentando la vacunación contra el coronavirus.

«Estamos en un momento clave para sostener los logros, reducir los riesgos y acelerar la vacunación», dijo la ministra de Salud, Carla Vizzotti, en una serie de posteos en la red social Twitter, para lo cual «junto a las 24 jurisdicciones lanzamos el pase sanitario Cuidar».
La medida, adelantada el domingo, fue publicada en el Boletín Oficial mediante la decisión administrativa 1198, firmada por el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.

De esa manera, las personas quedarán habilitadas para participar en actividades consideradas «de mayor riesgo sanitario», especialmente eventos masivos o en locales cerrados, con la exhibición del certificado «ante el requerimiento del personal público o privado designado para su constatación».

Vizzotti señaló que el objetivo del pase es que «las actividades sean seguras, que puedan sostenerse y que quienes todavía no completaron su esquema se apliquen la segunda dosis», e hizo una apelación a quienes aún no se inmunizaron a hacerlo ya que «las vacunas salvan vidas», y eso posibilitará que «nos seguimos cuidando entre todos».

En el marco de las medidas adoptadas en los últimos días para luchar contra la pandemia, confirmaron que instrumentarán sus respectivos pases los gobiernos, entre otros, de la Ciudad de Buenos Aires y de la provincia de Buenos Aires.

En el territorio bonaerense el 71,08% de la población cuenta ya con el esquema completo de dos dosis de vacuna, según informó el gobernador Axel Kicillof.

Ahora, con un promedio de casos diarios de coronavirus que aumentó un 188% desde que registró el mínimo hace dos meses, las 24 jurisdicciones del país acordaron lanzar el pase, destacó Vizzotti,

Las actividades que requerirán acreditación son la asistencia a locales bailables, discotecas o similares que se realicen en espacios cerrados, salones de fiestas para bailes, bailes o similares que se realicen en espacios cerrados, viajes grupales de egresados, de estudiantes, jubiladas y jubilados o similares y eventos masivos organizados de más de mil personas que se realicen en espacios abiertos y cerrados o al aire libre.

En los fundamentos de la resolución 1198 de la Jefatura de Gabinete se indica que el esquema de vacunación «deberá haber sido completado al menos 14 días antes de la asistencia a la actividad o evento».

La decisin administrativa lleva las firmas del la ministra de Salud y el jefe de Gabinete Foto Laura Lescano

La decisión administrativa lleva las firmas del la ministra de Salud y el jefe de Gabinete. Foto: Laura Lescano

La acreditación del pase se hará a través de la aplicación Cuidar, del Ministerio de Salud de la Nación, que posibilita el autodiagnóstico de síntomas, brinda asistencia y recomendaciones en el caso de compatibilidad con coronavirus y proporciona herramientas de contacto de esos casos a las autoridades sanitarias, y que puede descargarse en forma gratuita en las tiendas de aplicaciones oficiales de Android e iOS.

Se deberá tener instalada en los teléfonos celulares la versión 3.6 de la app, que ya se encuentra disponible para descarga en una versión de prueba y estará completamente operativa desde el 1 de enero de 2022.

El proceso correcto para actualizar la app Cuidar, si ya se contaba con la plataforma descargada en el teléfono con anterioridad, es desinstalar la aplicación y volver a instalarla.

Las personas que no pudieran acceder a la aplicación, siempre y cuando no se encuentren cursando la enfermedad, podrán solicitar a la autoridad jurisdiccional competente el certificado de vacunación contra Covid-19 en el cual consten las dosis aplicadas y notificadas al Registro Federal de Vacunación Nominalizado (NOMIVAC).

Desde el ámbito privado y el oficial distintas personalidades celebraron la implementación del pase, como el médico clínico e integrante del comité de asesores del Gobierno, Luis Cámera, quien evaluó que la medida «está bien», e, incluso, consideró que «se puede ampliar un poco más».

Para Cámera, es «un gesto político decirle a la gente: tenés que cumplir con las normas de vacunación; si no, nos complicás a todos».

Por su parte, el ministro de Turismo y Deportes, Matías Lammens, opinó que es «una gran medida» que «era necesaria» para continuar «con las aperturas» y «evitar nuevas restricciones», que «nos va a servir mucho en el verano».

La secretaria de Innovación Pública, Micaela Sánchez Malcolm, afirmó hoy que con el pase «no se está generando una obligatoriedad de vacunación, sino una obligatoriedad de acreditar la vacuna para realizar algunas actividades», mientras que su par de Acceso a la Salud, Sandra Tirado, consideró que se pide completar el esquema de vacunación «porque es una mayor seguridad para todos».

En tanto, el ministro de Salud bonaerense, Nicolás Kreplak, subrayó que «la intención del pase sanitario es estimular fuertemente la vacunación en algunos grupos poblacionales que todavía no terminan de decidirse, y también a los que tienen una dosis, pero no fueron a recibir la segunda».

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Edicto Judicial – Expte. N° 877/10 (Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello

Notificación judicial relativa a los autos caratulados «Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello Martina s/ Juicio Ordinario» (Expte. N° 877/10) – Juzgado Civil y Comercial N° 5 de Formosa.

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Formosa, sito en calle San Martín N° 641 2do. Piso, a cargo de la Juez Dra. Cyntia Verónica Rouseau, Secretaría a cargo de la Dra. Alicia Aixa Amad, en los autos caratulados: «ALLENDE LIBRADA RUTH C/ SUCESORES DE GONZALEZ DE GIACOPELLO MARTINA S/ JUICIO ORDINARIO» – EXPTE. N° 877/10, notifica a la Sra. María B. Giacopello De Argañaraz D.N.I. N° 8.981.595, la Sentencia N° 448/24 que en su parte correspondiente dice:

«FORMOSA, 13 de noviembre de 2.024. AUTOS Y VISTOS:… RESULTA:… CONSIDERANDO:… SENTENCIO: 1.- HACER LUGAR a la presente demanda instaurada por la Sra. ALLENDE LIBRADA RUTH, contra los herederos de la Sra. MARTINA GONZALEZ de GIACOPELLO, en virtud de haber poseído la accionante durante el período establecido por la ley y cumpliendo los recaudos, el inmueble sitio en calle Pacífico Scozzina N° 1.554 de ésta ciudad, identificado como Lote N° 4 de la Manzana N° 21 del Lote Rural N° 25 de la Ciudad de Formosa con una superficie de 500 m2 y cuya nomenclatura catastral es: Dpto. 01, Circ. VII, Sec. T, Mz. 42, Parcela 25, Partida N° 23.345, declarado adquirido su dominio, conforme los fundamentos desarrollados en los «Considerandos». 2.- ORDENAR INSCRIBIR el dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de su nueva titular, Sra. Allende, Librada Ruth, D.N.I. N° 12.571.702 cancelando la registración anterior. A tal fin, ofíciese al Registro en la forma de estilo. 3.- IMPONER LAS COSTAS, por su orden, (art. 68 2da. parte del C.P.C.C.) de conformidad a los fundamentos expuestos en los «Considerandos». 4.- DIFERIR la regulación de honorarios profesionales, hasta el momento en que exista base para ello (art. 24 de la Ley 512). REGÍSTRESE, insértese copia en el Libro de Sentencias, NOTIFÍQUESE personalmente o por cédula. Oportunamente, ARCHÍVESE.» – FDO. Dra. Cynthia Verónica Rouseau – Jueza.-

Publíquese edictos por un (1) día en un diario de mayor circulación y en el boletín oficial, de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán.—

Formosa, agosto de 2026. Dra. Alicia Aixa Amad – Secretaria.

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Yacyretá abrió sus compuertas por la crecida del río Paraná

La represa inició maniobras para atenuar el impacto del aumento del caudal, que ronda los 28.000 metros cúbicos por segundo y podría seguir creciendo en los próximos días.

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La Central Hidroeléctrica Yacyretá abrió este lunes sus compuertas del vertedero principal para atenuar los efectos del aumento del caudal del río Paraná. Se trata de maniobras que realizan las autoridades de la represa para atenuar los efectos del incremento del volumen de agua ocasionada por las descargas de las centrales ubicadas aguas arriba.

El Ing. Ronnie Ayala, jefe del Departamento Técnico en la Margen Derecha, explicó que la tendencia creciente en los caudales afluentes se mantiene tal como habían alertado los organismos especializados en sus pronósticos hidrológicos, y las lluvias ocasionadas por el fenómeno “El Niño”.

A su vez, precisó que con las precipitaciones que se están registrando entre el domingo y este lunes, el caudal afluente está en alrededor de 28.000 m³/s a la altura de Yacyretá, y que todo indica que irá aumentando en los próximos días.

A la par, explicó que la cuenca del río Iguazú, de aporte directo al embalse de Yacyretá, las lluvias superaron cinco veces la cantidad pronosticada, lo que aumentó el caudal de 1.500 m³/s a 9.000 m³/s más 19.000 m³/s de Itaipú significa que están llegando alrededor de 28.000 m³/s a Yacyretá.

En ese sentido, el incremento del caudal del río Iguazú -que se triplicó en menos de 48 horas- obligó a Parques Nacionales y la empresa concesionaria a suspender este lunes el ingreso de visitantes a las Cataratas del Iguazú. Los registros de esta mañana indicaban que por los 275 saltos caían más de 12.000 metros cúbicos por segundo, lo que representa casi nueve veces el caudal promedio.

El jefe técnico añadió que las inundaciones no se pueden atribuir a la apertura de las compuertas, sino al contrario con las maniobras se está tratando de atenuar el impacto de este fenómeno. “Esto es un fenómeno natural que recibimos y se traslada aguas abajo de la presa. Suponiendo que no existía la usina, el fenómeno iba a causar el mismo efecto y tal vez de mayor impacto”, indicó.

El Departamento Técnico, a través del área de Hidrología, seguirá monitoreando permanentemente la situación hidrológica del río Paraná, a fin de mantener informada a la sociedad civil y a las autoridades para que puedan tomar las acciones necesarias, indicaron a través de un comunicado.

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Declararon inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario

El fallo dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA).

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El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional el decreto que puso un freno a la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Gobierno a cumplir con lo establecido en la normativa aprobada por el Congreso.

El fallo firmado por el juez Martín Cormick dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA), dejando sin efecto el Decreto 759/2025.

De esta forma, ordenó al Poder Ejecutivo el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”, según el escrito al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.

El Gobierno había intentado frenar el cumplimiento de la ley primero con su veto. Luego de que el Congreso lo rechazó y sostuvo la normativa, emitieron un decreto en el que dispuso que el financiamiento a las universidades solo podía ejecutarse “una vez que se determine las fuentes específicas para su financiamiento y se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general”.

Tanto el Consejo Interuniversitario Nacional como la UBA y otras universidades presentaron un amparo colectivo para que se cumpla con los puntos claves de la ley, entre ellos otorgar partidas a las casas de estudios para su funcionamiento y recomponer el salario de docentes y no docentes.

El juez consideró en el fallo que el decreto del Gobierno “no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas”.

Apuntó que ante la imposibilidad legal de emitir un nuevo veto, el decreto “ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional” que, según su mirada, configuró “una figura de instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional”.

Cormick también remarcó que “el control judicial de decisiones con impacto presupuestario, lejos de ser una intromisión extraordinaria, es una de las consecuencias propias de la justiciabilidad del Estado”.

Por otro lado, el magistrado puso en duda el costo fiscal de la ley. Mencionó que en 2024 y 2025 no había Ley de Presupuesto y se prorrogaron las partidas aprobadas del 2023, y señaló que según la Oficina de Presupuesto del Congreso, el impacto durante el año 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.

FUENTE: Agencia NA

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