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Argentina

El Banco Mundial alertó a Argentina por el alto ausentismo y deserción escolar

Además alertó que más de la mitad de los niños en Argentina, un alarmante 58%, vive en situación de pobreza.

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El estudio sobre las “trampas de la pobreza” en el país dice que pese a avances en la cobertura de la educación obligatoria, en los sectores más vulnerables los niños tienen muy bajas tasas de asistencia a educación temprana y en los jóvenes aumentó la tasa de abandono a la secundaria

Más de la mitad de los niños en Argentina, un alarmante 58%, vive en situación de pobreza. Esta realidad no solo afecta su calidad de vida, sino que también tiene fuerte impacto en su acceso a la educación y en su futuro académico. A pesar de que se registra un buen desempeño en la cobertura de la educación obligatoria, la población vulnerable tiene menores tasas de asistencia a la educación temprana y mayor abandono escolar.

Así surge de “Las trampas de la pobreza en Argentina”, un informe del Banco Mundial, organismo que comenzará este lunes, junto al FMI, su Asamblea Anual y a la que concurrirá el equipo económico. “Desde la educación temprana, la población más vulnerable tiene menores oportunidades para el desarrollo del capital humano. El acceso a la educación en la primera infancia y a los servicios de atención a la salud muestra una brecha amplia en función de la situación socioeconómica de cada hogar. Mientras la mitad de los niños menores de 4 años en los hogares urbanos del quintil más rico asistía a la escuela en 2023, solo asistía una cuarta parte de los niños de los hogares urbanos del quintil más bajo. Si bien mejoró el acceso a la educación en la primera infancia en los últimos años, existen fuertes heterogeneidades entre provincias”, señala el estudio.

Los padres de los niños que no asistían a la escuela expresaron que sus hijos asistirían desde los tres o cuatro años de edad si contaran con un mejor transporte (71%), si hubiera escuelas más cerca de sus hogares (67,5%), si las escuelas fueran gratuitas (65,1%), o si ellos tuvieran buenos empleos (61,3%).

La educación secundaria: un ciclo roto

Aunque la escolarización es casi universal hasta los 15 años, las tasas de deserción escolar comienzan a aumentar dramáticamente al llegar a la educación secundaria, especialmente entre los estudiantes de los hogares más pobres. A pesar que el acceso a la educación secundaria ha mejorado en la última década, solo el 45% de los jóvenes del 40% más pobre se gradúa a la edad oficial. Esto indica que, a pesar de los esfuerzos por incrementar la matrícula, las estructuras de apoyo y las condiciones sociales siguen fallando a muchos estudiantes.

“La tasa de matriculación comienza a bajar de manera significativa a partir de los 15 años de edad, y la deserción escolar se acelera entre los más vulnerables. Las tasas de deserción escolar promedian el 15% entre los jóvenes de 17 años y son 3 puntos porcentuales más altas entre los estudiantes en hogares del 40 % más pobre de la población”, precisa el estudio.

Estas brechas se amplifican en los barrios urbanos desfavorecidos. En el Conurbano, por ejemplo, un 31% de los jóvenes de 17 años no asiste a la escuela y el 13% de los estudiantes la había abandonado a los 15 años.

El Banco Mundial destacó que la proporción de población joven es mucho mayor entre los segmentos pobres y vulnerables de la población, por lo que los rezagos educativos en estos grupos suponen una pérdida promedio de capital humano muy importante para Argentina.

A su vez, el estudio, realizado por el equipo que lidera Lourdes Rodríguez-Chamussy, explica que los resultados escolares se relacionan de manera estrecha con el grado de instrucción de los padres y por tanto con la falta de movilidad social. Entre los jóvenes escolarizados que tienen 11 años o más, a medida que aumenta el grado de instrucción de los padres, disminuye el porcentaje de estudiantes que superan la edad que corresponde al nivel (sobreedad).

Aún en este contexto adverso, señalaron que los programas de protección social han contribuido a mejorar un poco la situación: “Existe evidencia de que la AUH ha tenido efectos positivos en la acumulación de capital humano. El programa produjo ligeros aumentos en las tasas de matriculación entre los niños y los estudiantes adolescentes y estos efectos fueron mayores entre los estudiantes de 15 a 17 años. También tuvo efectos positivos en las tasas de permanencia y graduación de los estudiantes”.

Pero advirtieron: “Aunque los mecanismos de protección social son esenciales, el entorno frágil de desequilibrios macroeconómicos y políticas fiscales insostenibles dificulta su efectividad a largo plazo”.

Como recomendación, el organismo propuso “promover la inversión en educación, salud y seguridad de las personas, con un mejor balance en recursos destinados a los niños y adolescentes para frenar la transmisión intergeneracional de la pobreza”.

Por el momento, el gasto de la secretaría de Educación se redujo 56,1% interanual real en septiembre, y en los primeros nueve meses la caída es del 48,6% comparando con el mismo período de 2023. Según detalló un informe de la consultora Analytica, no solo se produjo un fuerte ajuste en lo que respecta a la educación superior sino que también en los niveles inicial, primario y segundario: las transferencias para educación por parte del Gobierno nacional, que representan el 33% de las transferencias totales devengadas a las provincias, tuvieron una caída real interanual del 70,5% en los primeros nueve meses del año.

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Edicto Judicial – Expte. N° 877/10 (Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello

Notificación judicial relativa a los autos caratulados «Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello Martina s/ Juicio Ordinario» (Expte. N° 877/10) – Juzgado Civil y Comercial N° 5 de Formosa.

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Formosa, sito en calle San Martín N° 641 2do. Piso, a cargo de la Juez Dra. Cyntia Verónica Rouseau, Secretaría a cargo de la Dra. Alicia Aixa Amad, en los autos caratulados: «ALLENDE LIBRADA RUTH C/ SUCESORES DE GONZALEZ DE GIACOPELLO MARTINA S/ JUICIO ORDINARIO» – EXPTE. N° 877/10, notifica a la Sra. María B. Giacopello De Argañaraz D.N.I. N° 8.981.595, la Sentencia N° 448/24 que en su parte correspondiente dice:

«FORMOSA, 13 de noviembre de 2.024. AUTOS Y VISTOS:… RESULTA:… CONSIDERANDO:… SENTENCIO: 1.- HACER LUGAR a la presente demanda instaurada por la Sra. ALLENDE LIBRADA RUTH, contra los herederos de la Sra. MARTINA GONZALEZ de GIACOPELLO, en virtud de haber poseído la accionante durante el período establecido por la ley y cumpliendo los recaudos, el inmueble sitio en calle Pacífico Scozzina N° 1.554 de ésta ciudad, identificado como Lote N° 4 de la Manzana N° 21 del Lote Rural N° 25 de la Ciudad de Formosa con una superficie de 500 m2 y cuya nomenclatura catastral es: Dpto. 01, Circ. VII, Sec. T, Mz. 42, Parcela 25, Partida N° 23.345, declarado adquirido su dominio, conforme los fundamentos desarrollados en los «Considerandos». 2.- ORDENAR INSCRIBIR el dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de su nueva titular, Sra. Allende, Librada Ruth, D.N.I. N° 12.571.702 cancelando la registración anterior. A tal fin, ofíciese al Registro en la forma de estilo. 3.- IMPONER LAS COSTAS, por su orden, (art. 68 2da. parte del C.P.C.C.) de conformidad a los fundamentos expuestos en los «Considerandos». 4.- DIFERIR la regulación de honorarios profesionales, hasta el momento en que exista base para ello (art. 24 de la Ley 512). REGÍSTRESE, insértese copia en el Libro de Sentencias, NOTIFÍQUESE personalmente o por cédula. Oportunamente, ARCHÍVESE.» – FDO. Dra. Cynthia Verónica Rouseau – Jueza.-

Publíquese edictos por un (1) día en un diario de mayor circulación y en el boletín oficial, de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán.—

Formosa, agosto de 2026. Dra. Alicia Aixa Amad – Secretaria.

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Yacyretá abrió sus compuertas por la crecida del río Paraná

La represa inició maniobras para atenuar el impacto del aumento del caudal, que ronda los 28.000 metros cúbicos por segundo y podría seguir creciendo en los próximos días.

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La Central Hidroeléctrica Yacyretá abrió este lunes sus compuertas del vertedero principal para atenuar los efectos del aumento del caudal del río Paraná. Se trata de maniobras que realizan las autoridades de la represa para atenuar los efectos del incremento del volumen de agua ocasionada por las descargas de las centrales ubicadas aguas arriba.

El Ing. Ronnie Ayala, jefe del Departamento Técnico en la Margen Derecha, explicó que la tendencia creciente en los caudales afluentes se mantiene tal como habían alertado los organismos especializados en sus pronósticos hidrológicos, y las lluvias ocasionadas por el fenómeno “El Niño”.

A su vez, precisó que con las precipitaciones que se están registrando entre el domingo y este lunes, el caudal afluente está en alrededor de 28.000 m³/s a la altura de Yacyretá, y que todo indica que irá aumentando en los próximos días.

A la par, explicó que la cuenca del río Iguazú, de aporte directo al embalse de Yacyretá, las lluvias superaron cinco veces la cantidad pronosticada, lo que aumentó el caudal de 1.500 m³/s a 9.000 m³/s más 19.000 m³/s de Itaipú significa que están llegando alrededor de 28.000 m³/s a Yacyretá.

En ese sentido, el incremento del caudal del río Iguazú -que se triplicó en menos de 48 horas- obligó a Parques Nacionales y la empresa concesionaria a suspender este lunes el ingreso de visitantes a las Cataratas del Iguazú. Los registros de esta mañana indicaban que por los 275 saltos caían más de 12.000 metros cúbicos por segundo, lo que representa casi nueve veces el caudal promedio.

El jefe técnico añadió que las inundaciones no se pueden atribuir a la apertura de las compuertas, sino al contrario con las maniobras se está tratando de atenuar el impacto de este fenómeno. “Esto es un fenómeno natural que recibimos y se traslada aguas abajo de la presa. Suponiendo que no existía la usina, el fenómeno iba a causar el mismo efecto y tal vez de mayor impacto”, indicó.

El Departamento Técnico, a través del área de Hidrología, seguirá monitoreando permanentemente la situación hidrológica del río Paraná, a fin de mantener informada a la sociedad civil y a las autoridades para que puedan tomar las acciones necesarias, indicaron a través de un comunicado.

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Declararon inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario

El fallo dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA).

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El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional el decreto que puso un freno a la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Gobierno a cumplir con lo establecido en la normativa aprobada por el Congreso.

El fallo firmado por el juez Martín Cormick dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA), dejando sin efecto el Decreto 759/2025.

De esta forma, ordenó al Poder Ejecutivo el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”, según el escrito al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.

El Gobierno había intentado frenar el cumplimiento de la ley primero con su veto. Luego de que el Congreso lo rechazó y sostuvo la normativa, emitieron un decreto en el que dispuso que el financiamiento a las universidades solo podía ejecutarse “una vez que se determine las fuentes específicas para su financiamiento y se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general”.

Tanto el Consejo Interuniversitario Nacional como la UBA y otras universidades presentaron un amparo colectivo para que se cumpla con los puntos claves de la ley, entre ellos otorgar partidas a las casas de estudios para su funcionamiento y recomponer el salario de docentes y no docentes.

El juez consideró en el fallo que el decreto del Gobierno “no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas”.

Apuntó que ante la imposibilidad legal de emitir un nuevo veto, el decreto “ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional” que, según su mirada, configuró “una figura de instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional”.

Cormick también remarcó que “el control judicial de decisiones con impacto presupuestario, lejos de ser una intromisión extraordinaria, es una de las consecuencias propias de la justiciabilidad del Estado”.

Por otro lado, el magistrado puso en duda el costo fiscal de la ley. Mencionó que en 2024 y 2025 no había Ley de Presupuesto y se prorrogaron las partidas aprobadas del 2023, y señaló que según la Oficina de Presupuesto del Congreso, el impacto durante el año 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.

FUENTE: Agencia NA

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