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Policiales

Detienen a una mujer que venía desde Salta a Tucumán con dos pequeños hijos y 62 kilos de cocaína

La mujer conducía una camioneta Fiat Toro y viajaba junto con sus dos hijos de 2 y 4 años cuando fue detenida en un control de Gendarmería en El Naranjo.

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En una audiencia de formalización de la investigación penal dirigida por la jueza federal de garantías N°2 Mariela Giménez, la auxiliar fiscal Paula Gallo, de la Unidad Fiscal Salta, imputó ayer a las 18, a una mujer el delito de transporte de estupefacientes. De acuerdo a la exposición, diez horas antes la acusada, que viajaba de Salta a Tucumán, había sido detenida en el puesto fijo de control que Gendarmería Nacional posee en la localidad de El Naranjo, ubicado sobre la ruta 9/34 en Rosario de la Frontera.

La fiscal explicó que la mujer conducía una camioneta Fiat Toro y transportaba consigo a dos hijos, de 2 y 4 años. Los gendarmes comenzaron a revisar los papeles del vehículo, circunstancias en que notaron cierto nerviosismo por parte de la conductora. El personal le solicitó que ingrese el vehículo a la playa de control a fin de utilizar una rampa y someterlo a una requisa más profunda. Fue así como, al inspeccionar la parte de abajo del auto, se descubrió un compartimento extra.

Estaba ubicado entre el tanque de combustible y el soporte de la rueda de auxilio. Por una perforación, los uniformados pudieron advertir que en el interior había objetos cubiertos con una cinta de embalar amarilla, lo que confirmó la sospecha inicial. En virtud de ello, y ya con intervención de la fiscalía, se desmanteló el compartimento ante la mujer y testigos civiles. Se contabilizaron 75 paquetes, que al ser examinados se constató que contenían 62 kilos y medio de cocaína. La conductora quedó detenida.

Dada las circunstancias del hecho y la prueba reunida, la fiscal solicitó la formalización de la investigación penal por el delito de transporte de estupefacientes, a la vez que requirió un plazo para el caso de 60 días corridos y pidió autorización para una serie de pericias técnicas pendientes.

Arresto domiciliario

Al momento de referirse a las medidas de coerción, y dada la necesidad de cotejar datos respecto al arraigo, la jueza dispuso un cuarto intermedio, tras el cual la fiscal se inclinó por el arresto domiciliario de la acusada. Gallo, en sus argumentos, señaló que se pudo constatar, a través de un informe ambiental, el domicilio aportado y que efectivamente reside allí junto con sus hijos. En vista de ello, y dado que las condiciones del arresto domiciliario contemplan el beneficio cuando hay hijos menores de 5 años, la fiscal solicitó esa medida de coerción.

No obstante, requirió que disponga el control del arresto domiciliario por la fuerza de seguridad más cercana al domicilio y se autorice la aplicación de una pulsera electrónica, como medidas complementarias. La defensa de la acusada, por su parte, no interpuso objeciones y reforzó el compromiso de su defendida de cumplir con las medidas requeridas por la fiscalía.

La magistrada Giménez dio por formalizada la investigación penal, autorizó el plazo y las pericias técnicas pendientes. En cuanto al arresto domiciliario, avaló lo propuesto por las partes, aunque hizo una advertencia a la imputada sobre la conducta que debe demostrar en adelante. En ese sentido, estimó que se trata de “un delito gravísimo” por tratarse “de un tóxico nocivo y perjudicial para la salud”. Y adelantó que ante “cualquier incumplimiento se procederá a la inmediata revocación” del arresto domiciliario. Finalmente coincidió con las medidas de control requeridas por la fiscalía, autorizó la aplicación de la pulsera electrónica a través del organismo estatal que corresponda, como así también dispuso la intervención del Ministerio Pupilar, ya que se trata de una obligación del Estado velar por los intereses de los menores de edad.

Fuente: El Tribuno de Salta

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Policiales

Persecución termina con una pareja detenida y el secuestro de casi una tonelada de hojas de coca

El operativo policial ocurrió durante la tarde de este lunes en la zona este del Gran San Miguel.

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En un operativo de la División Capital N.º 6 de Delitos Rurales, efectivos policiales secuestraron dos camionetas que transportaban entre 900 y 1.000 kilogramos de hojas de coca, tras una persecución que se extendió por la localidad de Banda del Río Salí y la zona de Cevil Pozo. El procedimiento dejó como resultado la aprehensión de un hombre y la vinculación de una mujer al expediente, además de choques que provocaron daños materiales.

 

 

Durante la persecución, según informaron fuentes policiales, uno de los vehículos impactó contra otro rodado provocando daños materiales; no se reportaron lesiones graves.

El secuestro de casi una tonelada de hojas de coca representa un golpe operativo significativo en la región, aunque las autoridades destacaron que la investigación busca ahora determinar el origen y el destino final de la mercadería, así como la posible existencia de redes que operen en esa franja geográfica.

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Una mujer murió atropellada por un camión que habría perdido el control

El fatal siniestro vial ocurrió este viernes, alrededor de las 13, en San Miguel de Tucumán. Según las primeras versiones, el vehículo de gran porte habría sufrido un desperfecto mecánico, circulado en contramano y embestido a una motocicleta antes de atropellar a la víctima.

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Un trágico siniestro vial conmocionó este viernes a San Miguel de Tucumán, luego de que una mujer perdiera la vida tras ser atropellada por un camión sobre Avenida Jujuy al 2400. El hecho ocurrió alrededor de las 13 y provocó un importante despliegue de personal policial y de emergencias.

De acuerdo con la información preliminar, el conductor del vehículo de gran porte habría sufrido un desperfecto mecánico que le hizo perder el control de la unidad. En esas circunstancias, el camión habría ingresado en contramano y embestido inicialmente a una motocicleta para luego atropellar a una mujer que transitaba por el sector.

Como consecuencia del violento impacto, la peatona falleció en el lugar, mientras que los ocupantes de la motocicleta habrían sido trasladados a un centro asistencial para recibir atención médica. Hasta el momento, no trascendieron detalles oficiales sobre su estado de salud.

La tragedia generó conmoción entre los vecinos y las personas que circulaban por la zona. Tras el siniestro, el tránsito sobre Avenida Jujuy al 2400 fue interrumpido para permitir el trabajo de los equipos de emergencia y del personal encargado de realizar las pericias correspondientes.

Los investigadores deberán determinar las circunstancias exactas del hecho y establecer si una falla mecánica provocó la pérdida de control del camión o si existieron otros factores que desencadenaron el fatal episodio.

Por el momento, no se informó oficialmente la identidad de la mujer fallecida ni se brindaron mayores precisiones sobre la situación del conductor del camión.

La investigación continúa y se aguardan los resultados de las pericias para esclarecer la mecánica del siniestro y determinar eventuales responsabilidades.

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Policiales

Caso Facundo Ferreira: la Corte absolvió a los policías condenados y ordenó su libertad

El máximo tribunal provincial revocó las penas de 15 y 20 años de prisión impuestas a los efectivos Nicolás González Montes de Oca y Mauro Díaz Cáceres. La Justicia enmarcó su accionar en el cumplimiento del deber.

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La Corte Suprema de Justicia de Tucumán dictó la absolución de los efectivos policiales Nicolás Javier González Montes de Oca y Mauro Gabriel Díaz Cáceres, quienes habían sido condenados en septiembre de 2023 por la muerte de Facundo Alexis Ferreira, el niño de 12 años fallecido durante una persecución en marzo de 2018. El pronunciamiento del máximo tribunal hizo lugar a los recursos de casación presentados por la defensa técnica, dejando sin efecto las penas de 15 y 20 años de prisión respectivamente y disponiendo la inmediata libertad de los imputados.

La resolución fue firmada por la Sala en lo Civil, Comercial, Familia y Penal, integrada por los vocales Daniel Leiva, Antonio D. Estofán y Fabián Adolfo Fradejas. En el fallo, los magistrados encuadraron la conducta de los agentes bajo la causal de cumplimiento de un deber y ejercicio legítimo de un cargo (artículo 34, inciso 4 del Código Penal). Asimismo, rechazaron la demanda civil entablada contra los policías y el Gobierno de la Provincia.

Reevaluación de la evidencia científica y la dinámica del hecho

El punto determinante del fallo radicó en la reevaluación de las pericias balísticas e investigativas del hecho ocurrido la madrugada del 8 de marzo de 2018 en inmediaciones del Parque 9 de Julio. A diferencia del tribunal de juicio de 2023, la Corte concluyó que existían evidencias objetivas de que el menor de edad portaba y accionó un arma de fuego:

 

 

  • Residuos de disparo: se ponderó el resultado positivo de partículas de pólvora halladas en las manos y ropas del niño mediante microscopía electrónica de barrido (MEB/EDS) realizada por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) de Salta.
  • Hallazgo de vainas: se descartó la hipótesis de un arma «plantada», confirmando el hallazgo de dos vainas servidas percutidas por la pistola calibre 22 atribuida al menor.
  • Intercambio de disparos: la resolución constató que los perseguidos dispararon contra la patrulla policial, impactando proyectiles en el frente acrílico de la motocicleta oficial.
  • Uso progresivo de la fuerza: la Corte detalló que Díaz Cáceres utilizó inicialmente postas de goma disuasivas y que, ante la continuidad del ataque armado, los agentes recurrieron a sus armas de dotación reglamentaria de 9 milímetros.

“La actuación policial debe ser analizada desde una perspectiva objetiva ex ante, evaluando las circunstancias existentes en el momento preciso de los hechos y no a partir del resultado luctuoso. Lo relevante es si el agente respetó los procedimientos y protocolos establecidos”, fundamentaron los vocales en el texto resolutivo.

 

Sentencia sustitutiva y doctrina legal sentada por la Corte

Al revisar la condena de la Sala II de la Cámara Penal Conclusional, el alto tribunal dictaminó que la sentencia previa padecía de arbitrariedad en la valoración probatoria, fijando tres doctrinas legales sobre la actuación de las fuerzas de seguridad:

  1. Valoración probatoria: resulta arbitraria la sentencia que concluye la responsabilidad penal a partir de un análisis parcial de los elementos de prueba.
  2. Causales de justificación: no se ajusta a derecho la resolución que omite abordar de manera integral una causa de justificación verosímil.
  3. Cumplimiento del deber: es descalificable como acto jurisdiccional válido el fallo que no realiza un análisis profundo del contexto al evaluarse la eximente de cumplimiento de un deber.

En materia de responsabilidad civil, la Corte determinó que, al probarse la causal de justificación, la conducta de los efectivos careció de antijuridicidad. Por este motivo, revocó las indemnizaciones fijadas previamente e hizo reserva de las costas procesales por su orden.

(Fuente: El Tucumano)

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