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Crimen de Érika Antonella Álvarez: la causa avanza hacia el juicio

El Ministerio Fiscal ya presentó el requerimiento de apertura al debate oral y público. La acusación alcanza a Felipe Sosa como autor del femicidio, y a Justina Gordillo y “Chicho” Díaz como encubridores. Hoy, además, se prorrogó por dos meses la prisión preventiva de este último.

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Este jueves 27 de agosto, por pedido del Ministerio Fiscal, se realizó una nueva audiencia en el marco de la investigación por el crimen de Érika Antonella Álvarez (25), cuyo cuerpo fue hallado el 8 de enero de este año en un basural de la zona de Manantial Sur. En esta oportunidad, se trató la prórroga de la prisión preventiva que viene cumpliendo desde hace seis meses Jorge Orlando “Chicho” Díaz (41), acusado de encubrimiento por favorecimiento personal y real, agravado por ser el hecho precedente especialmente grave.

La causa es investigada por la Unidad Fiscal Especializada en Homicidios I, a cargo de Pedro Gallo y representada en esta ocasión por la auxiliar de fiscal Carolina Brito Ledesma.

El proceso se encuentra encaminado hacia la etapa intermedia (audiencia de control de acusación y la admisibilidad de la prueba). El fiscal ya suscribió el requerimiento de apertura a juicio para los tres imputados que continúan vinculados a la causa: Felipe Sosa (50), acusado del delito de femicidio; Justina Gordillo (48), imputada por encubrimiento por favorecimiento personal y real, triplemente agravado por ser el hecho precedente especialmente grave, por actuar con ánimo de lucro y por ser funcionaria pública; y Díaz. En tanto que el pasado 29 de julio, mediante un juicio abreviado, fue condenado un cuarto imputado, Nicolás Navarro Flores (37), a la pena de tres años de prisión efectiva por encubrimiento.

Respecto de Díaz, el MPF adelantó que pretende una pena de seis años de prisión efectiva, la máxima prevista para el delito que se le atribuye.

La evidencia genética, una de las claves de la investigación

Durante la audiencia de este jueves, la auxiliar de fiscal se refirió además a nuevas evidencias incorporadas a la investigación, entre ellas los resultados de estudios genéticos. “Ya tenemos un informe de estudios genéticos en donde se determina que se encontró superposición del perfil de ADN de Sosa y de Álvarez en la muestra tomada tanto a la parte interna como externa de la bolsa que cubría el cuerpo de la víctima. También se determinó que hay superposición del material genético de Sosa y Érika en la cinta adhesiva que cubría la cabeza de ella”, señaló Brito Ledesma.

Al fundamentar el pedido de prórroga de la prisión preventiva por el plazo de dos meses, la representante del MPF sostuvo que los riesgos procesales, tanto de fuga como de entorpecimiento de la investigación, continúan vigentes y latentes, especialmente por la “etapa crítica” en la que se encuentra el proceso.
La defensa se opuso al pedido de la Fiscalía y solicitó que Díaz cumpla la medida bajo arresto domiciliario. Finalmente, el juez hizo lugar a todo el planteo fiscal y dispuso que el acusado continúe alojado en la unidad penitenciaria de Benjamín Paz.

La acusación contra Díaz

El 7 de enero de 2026, entre las 03:50 y las 07:00, Felipe Sosa, valiéndose de una relación asimétrica de poder y del sometimiento sufrido por Álvarez en razón de su vulnerabilidad como mujer, y con el propósito de causarle la muerte, la golpeó violentamente en su domicilio ubicado en calle Santo Domingo 1100, de Yerba Buena. Como consecuencia de las lesiones, la joven murió por un traumatismo cráneo-facial y cervical.

Ese mismo día, alrededor de las 15:17, Díaz se presentó en el domicilio de Sosa a bordo de una camioneta Chevrolet S10 negra, con el logo de “Mundo Limpio”. Según la teoría del MPF, colaboró con la eliminación de rastros del cuerpo de la víctima, la desaparición de su teléfono celular y todo otro rastro relacionado con el crimen, además de limpiar el lugar del hecho.

Posteriormente, a las 17:10, Díaz se retiró del domicilio en la misma camioneta llevando consigo un estuche con una pistola calibre 40 marca Glock, una escopeta calibre 12, 11 cartuchos calibre 40 y cuatro cartuchos calibre 12. Esos elementos le fueron entregados por Sosa para que los ocultara, ayudándolo de esta manera a eludir la investigación y sustraerse de la acción de la Justicia.

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Persecución termina con una pareja detenida y el secuestro de casi una tonelada de hojas de coca

El operativo policial ocurrió durante la tarde de este lunes en la zona este del Gran San Miguel.

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En un operativo de la División Capital N.º 6 de Delitos Rurales, efectivos policiales secuestraron dos camionetas que transportaban entre 900 y 1.000 kilogramos de hojas de coca, tras una persecución que se extendió por la localidad de Banda del Río Salí y la zona de Cevil Pozo. El procedimiento dejó como resultado la aprehensión de un hombre y la vinculación de una mujer al expediente, además de choques que provocaron daños materiales.

 

 

Durante la persecución, según informaron fuentes policiales, uno de los vehículos impactó contra otro rodado provocando daños materiales; no se reportaron lesiones graves.

El secuestro de casi una tonelada de hojas de coca representa un golpe operativo significativo en la región, aunque las autoridades destacaron que la investigación busca ahora determinar el origen y el destino final de la mercadería, así como la posible existencia de redes que operen en esa franja geográfica.

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Una mujer murió atropellada por un camión que habría perdido el control

El fatal siniestro vial ocurrió este viernes, alrededor de las 13, en San Miguel de Tucumán. Según las primeras versiones, el vehículo de gran porte habría sufrido un desperfecto mecánico, circulado en contramano y embestido a una motocicleta antes de atropellar a la víctima.

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Un trágico siniestro vial conmocionó este viernes a San Miguel de Tucumán, luego de que una mujer perdiera la vida tras ser atropellada por un camión sobre Avenida Jujuy al 2400. El hecho ocurrió alrededor de las 13 y provocó un importante despliegue de personal policial y de emergencias.

De acuerdo con la información preliminar, el conductor del vehículo de gran porte habría sufrido un desperfecto mecánico que le hizo perder el control de la unidad. En esas circunstancias, el camión habría ingresado en contramano y embestido inicialmente a una motocicleta para luego atropellar a una mujer que transitaba por el sector.

Como consecuencia del violento impacto, la peatona falleció en el lugar, mientras que los ocupantes de la motocicleta habrían sido trasladados a un centro asistencial para recibir atención médica. Hasta el momento, no trascendieron detalles oficiales sobre su estado de salud.

La tragedia generó conmoción entre los vecinos y las personas que circulaban por la zona. Tras el siniestro, el tránsito sobre Avenida Jujuy al 2400 fue interrumpido para permitir el trabajo de los equipos de emergencia y del personal encargado de realizar las pericias correspondientes.

Los investigadores deberán determinar las circunstancias exactas del hecho y establecer si una falla mecánica provocó la pérdida de control del camión o si existieron otros factores que desencadenaron el fatal episodio.

Por el momento, no se informó oficialmente la identidad de la mujer fallecida ni se brindaron mayores precisiones sobre la situación del conductor del camión.

La investigación continúa y se aguardan los resultados de las pericias para esclarecer la mecánica del siniestro y determinar eventuales responsabilidades.

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Caso Facundo Ferreira: la Corte absolvió a los policías condenados y ordenó su libertad

El máximo tribunal provincial revocó las penas de 15 y 20 años de prisión impuestas a los efectivos Nicolás González Montes de Oca y Mauro Díaz Cáceres. La Justicia enmarcó su accionar en el cumplimiento del deber.

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La Corte Suprema de Justicia de Tucumán dictó la absolución de los efectivos policiales Nicolás Javier González Montes de Oca y Mauro Gabriel Díaz Cáceres, quienes habían sido condenados en septiembre de 2023 por la muerte de Facundo Alexis Ferreira, el niño de 12 años fallecido durante una persecución en marzo de 2018. El pronunciamiento del máximo tribunal hizo lugar a los recursos de casación presentados por la defensa técnica, dejando sin efecto las penas de 15 y 20 años de prisión respectivamente y disponiendo la inmediata libertad de los imputados.

La resolución fue firmada por la Sala en lo Civil, Comercial, Familia y Penal, integrada por los vocales Daniel Leiva, Antonio D. Estofán y Fabián Adolfo Fradejas. En el fallo, los magistrados encuadraron la conducta de los agentes bajo la causal de cumplimiento de un deber y ejercicio legítimo de un cargo (artículo 34, inciso 4 del Código Penal). Asimismo, rechazaron la demanda civil entablada contra los policías y el Gobierno de la Provincia.

Reevaluación de la evidencia científica y la dinámica del hecho

El punto determinante del fallo radicó en la reevaluación de las pericias balísticas e investigativas del hecho ocurrido la madrugada del 8 de marzo de 2018 en inmediaciones del Parque 9 de Julio. A diferencia del tribunal de juicio de 2023, la Corte concluyó que existían evidencias objetivas de que el menor de edad portaba y accionó un arma de fuego:

 

 

  • Residuos de disparo: se ponderó el resultado positivo de partículas de pólvora halladas en las manos y ropas del niño mediante microscopía electrónica de barrido (MEB/EDS) realizada por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) de Salta.
  • Hallazgo de vainas: se descartó la hipótesis de un arma «plantada», confirmando el hallazgo de dos vainas servidas percutidas por la pistola calibre 22 atribuida al menor.
  • Intercambio de disparos: la resolución constató que los perseguidos dispararon contra la patrulla policial, impactando proyectiles en el frente acrílico de la motocicleta oficial.
  • Uso progresivo de la fuerza: la Corte detalló que Díaz Cáceres utilizó inicialmente postas de goma disuasivas y que, ante la continuidad del ataque armado, los agentes recurrieron a sus armas de dotación reglamentaria de 9 milímetros.

“La actuación policial debe ser analizada desde una perspectiva objetiva ex ante, evaluando las circunstancias existentes en el momento preciso de los hechos y no a partir del resultado luctuoso. Lo relevante es si el agente respetó los procedimientos y protocolos establecidos”, fundamentaron los vocales en el texto resolutivo.

 

Sentencia sustitutiva y doctrina legal sentada por la Corte

Al revisar la condena de la Sala II de la Cámara Penal Conclusional, el alto tribunal dictaminó que la sentencia previa padecía de arbitrariedad en la valoración probatoria, fijando tres doctrinas legales sobre la actuación de las fuerzas de seguridad:

  1. Valoración probatoria: resulta arbitraria la sentencia que concluye la responsabilidad penal a partir de un análisis parcial de los elementos de prueba.
  2. Causales de justificación: no se ajusta a derecho la resolución que omite abordar de manera integral una causa de justificación verosímil.
  3. Cumplimiento del deber: es descalificable como acto jurisdiccional válido el fallo que no realiza un análisis profundo del contexto al evaluarse la eximente de cumplimiento de un deber.

En materia de responsabilidad civil, la Corte determinó que, al probarse la causal de justificación, la conducta de los efectivos careció de antijuridicidad. Por este motivo, revocó las indemnizaciones fijadas previamente e hizo reserva de las costas procesales por su orden.

(Fuente: El Tucumano)

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