Arrancan audiencias públicas para debatir precios del gas, electricidad y segmentación de subsidios
Las actualizaciones tarifarias que serán motivo de las primeras dos audiencias, buscarán impulsar un esquema dirigido a «proteger aquellos sectores más vulnerables y con menor capacidad de pago».
El Gobierno nacional llevará adelante a partir del martes tres audiencias públicas sucesivas para la definición de los nuevos precios que estarán vigentes a partir del 1 de junio del gas natural a boca de pozo, del costo estacional de generación eléctrica y la segmentación de tarifas que le permita reducir el peso de los subsidios energéticos en las cuentas públicas.
De esta manera, se inicia el proceso de actualización tarifaria definido por el Poder Ejecutivo en el programa económico, que apunta a lograr «niveles de tarifas razonables y susceptibles de ser aplicadas con criterios de justicia y equidad distributiva» para los servicios públicos de gas y electricidad, tal como expresó la Secretaría de Energía en la convocatoria a las audiencias.
El ministro de Economía, Martín Guzmán, afirmó el viernes pasado, en Salta, que la energía es «un costo muy importante en la producción: si se acelera el desarrollo energético bajan los costos de la producción, si bajan los costos de la producción nuestra industria se vuelve más competitiva y tiene más capacidad de generar empleo con menos demanda de divisas».
En la primera de las audiencias públicas convocada para el martes -a partir de las 10-, que se llevará a cabo a través de la Plataforma Webex, se discutirán los nuevos precios en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST).
El miércoles, por su parte, se tratarán los nuevos precios de referencia estacionales del Precio Estacional de la Energía Eléctrica (PEST).
En tanto, el jueves se debatirá la implementación de la segmentación en el otorgamiento de los subsidios al precio de la energía por parte del Estado Nacional a los usuarios del servicio de gas natural y del servicio de energía eléctrica, para el bienio 2022-2023.
En este aspecto, Guzmán consideró que «los subsidios energéticos a sectores que no lo requieren: eso es un gasto. ¿Qué implica gastar más en eso? Implica gastar menos en educación, implica gastar menos en ciencia y tecnología y obra pública. Gastar más en subsidios energéticos implica invertir menos. Inversión es futuro. Ese gasto quita recursos para construir futuro«.
Por ello, el Gobierno propone abordar los subsidios mediante la segmentación por capacidad de pago, reducirlos significativamente en los sectores de más altos ingresos para resolver en simultáneo «el sesgo pro rico y las ineficiencias derivadas tanto en el consumo residencial de esos sectores como las ineficiencias del gasto público».
En cuanto a las actualizaciones tarifarias que serán motivo de las primeras dos audiencias, buscan impulsar un esquema dirigido a «proteger aquellos sectores más vulnerables y con menor capacidad de pago», e incentivando a su vez la «adopción de medidas que promuevan al uso racional de los servicios y la reducción del impacto ambiental».
Para los usuarios residenciales se considerará como criterio objetivo una «corrección tarifaria relacionada a la evolución de sus ingresos», representado por el coeficiente de variación salarial (CVS), como lo establecía la Ley N° 27.443, frustrada por el veto total impuesto por la administración Cambiemos.
El Gobierno propone abordar los subsidios mediante la segmentación por capacidad de pago, reducirlos significativamente en los sectores de más altos ingresos
Para el 90% de los usuarios residenciales, este mecanismo garantiza que las actualizaciones tarifarias siempre sean inferiores a los aumentos salariales, implicando correcciones en sus facturas menores que el incremento de los ingresos en términos reales.
De esta manera, el esquema propuesto por la Secretaría de Energía para el bienio 2022-2023 contempla que los usuarios de gas beneficiarios de la tarifa social no tendrán otro incremento en su factura este año, y para el 2023, esa corrección será equivalente a 40% del CVS del año anterior.
En tanto, para los beneficiarios de tarifa social de las distribuidoras eléctricas Edenor y Edesur, la nueva corrección tarifaria para 2022 no superará 6%.
Para el resto de los usuarios, el incremento total en la factura para cada año calendario será equivalente al 80% del Coeficiente de Variación Salarial correspondiente al año anterior.
En función de este esquema, para 2022 y considerando la actualización tarifaria realizada en marzo, el incremento propuesto para junio será en promedio de 17% para las tarifas de electricidad de los usuarios del AMBA, y de 21,5% promedio sobre el valor actual de la factura para los usuarios de gas de todo el país.
Por último, la franja de 10% de usuarios de mayores ingresos y con plena capacidad de pago dejarán de ser beneficiarios de subsidio al consumo energético.
El cruce de la información abordó lo disponible por empresas distribuidoras, entes y autoridades regulatorias de electricidad y gas natural de red residencial disponible en el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) sobre ingresos y patrimonio.
Si se toman como referencia los suministros, en este segmento se incluirían hasta 1.631.846 usuarios del servicio eléctrico que representan el 10,1% del universo relevado, y 1.178.248 suministros de gas residencial que representan el 12,9%, de acuerdo al informe oficial.
En cuanto al nivel de ingresos y la afectación de la eventual eliminación de subsidios, el informe analizó que el decil superior recibió en 2021 un subsidio promedio en electricidad de $49.452, y en gas natural de $ 23.312, por lo cual con un ingreso por hogar promedio de $3.258.861 al año, el pago pleno de los servicios tendría un impacto de 1,5% y 0,72%, respectivamente.
A estas cifras, la cartera energética llegó mediante la evaluación de alternativas para la asignación de subsidios basadas en aspectos socioeconómicos como el consumo de energía, el nivel de ingresos y el patrimonio; o a variables geográficas-espaciales asociadas al valor de la propiedad y la urbanización.
Así, en el segmento de menor nivel de subsidios la definición se define por alguno de los criterios espaciales vinculados a estar ubicado dentro de polígonos de alta capacidad de pago o estar en el registro de urbanizaciones cerradas.
En cuanto a los criterios socioeconómicos, se identificó la condición de tener ingresos superiores a 3,5 canastas básicas totales (CBT); tener 3 o más inmuebles registrados; tener 3 o más vehículos con antigüedad menor a los 5 años y tener aviones o embarcaciones de lujo.
En el caso del segmento de mayor nivel de subsidios, la inclusión se podría definir por estar ubicado dentro de polígonos identificados por el Registro Nacional de Barrios Populares (Renabap) o entre los criterios socioeconómicos ser jubilado, pensionado o trabajadores en relación de dependencia o monotributistas que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos, vitales y móviles.
Edicto Judicial – Expte. N° 877/10 (Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello
Notificación judicial relativa a los autos caratulados «Allende Librada Ruth c/ Sucesores de González de Giacopello Martina s/ Juicio Ordinario» (Expte. N° 877/10) – Juzgado Civil y Comercial N° 5 de Formosa.
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Formosa, sito en calle San Martín N° 641 2do. Piso, a cargo de la Juez Dra. Cyntia Verónica Rouseau, Secretaría a cargo de la Dra. Alicia Aixa Amad, en los autos caratulados: «ALLENDE LIBRADA RUTH C/ SUCESORES DE GONZALEZ DE GIACOPELLO MARTINA S/ JUICIO ORDINARIO» – EXPTE. N° 877/10, notifica a la Sra. María B. Giacopello De Argañaraz D.N.I. N° 8.981.595, la Sentencia N° 448/24 que en su parte correspondiente dice:
«FORMOSA, 13 de noviembre de 2.024. AUTOS Y VISTOS:… RESULTA:… CONSIDERANDO:… SENTENCIO: 1.- HACER LUGAR a la presente demanda instaurada por la Sra. ALLENDE LIBRADA RUTH, contra los herederos de la Sra. MARTINA GONZALEZ de GIACOPELLO, en virtud de haber poseído la accionante durante el período establecido por la ley y cumpliendo los recaudos, el inmueble sitio en calle Pacífico Scozzina N° 1.554 de ésta ciudad, identificado como Lote N° 4 de la Manzana N° 21 del Lote Rural N° 25 de la Ciudad de Formosa con una superficie de 500 m2 y cuya nomenclatura catastral es: Dpto. 01, Circ. VII, Sec. T, Mz. 42, Parcela 25, Partida N° 23.345, declarado adquirido su dominio, conforme los fundamentos desarrollados en los «Considerandos». 2.- ORDENAR INSCRIBIR el dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de su nueva titular, Sra. Allende, Librada Ruth, D.N.I. N° 12.571.702 cancelando la registración anterior. A tal fin, ofíciese al Registro en la forma de estilo. 3.- IMPONER LAS COSTAS, por su orden, (art. 68 2da. parte del C.P.C.C.) de conformidad a los fundamentos expuestos en los «Considerandos». 4.- DIFERIR la regulación de honorarios profesionales, hasta el momento en que exista base para ello (art. 24 de la Ley 512). REGÍSTRESE, insértese copia en el Libro de Sentencias, NOTIFÍQUESE personalmente o por cédula. Oportunamente, ARCHÍVESE.» – FDO. Dra. Cynthia Verónica Rouseau – Jueza.-
Publíquese edictos por un (1) día en un diario de mayor circulación y en el boletín oficial, de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán.—
Formosa, agosto de 2026. Dra. Alicia Aixa Amad – Secretaria.
Yacyretá abrió sus compuertas por la crecida del río Paraná
La represa inició maniobras para atenuar el impacto del aumento del caudal, que ronda los 28.000 metros cúbicos por segundo y podría seguir creciendo en los próximos días.
La Central Hidroeléctrica Yacyretá abrió este lunes sus compuertas del vertedero principal para atenuar los efectos del aumento del caudal del río Paraná. Se trata de maniobras que realizan las autoridades de la represa para atenuar los efectos del incremento del volumen de agua ocasionada por las descargas de las centrales ubicadas aguas arriba.
El Ing. Ronnie Ayala, jefe del Departamento Técnico en la Margen Derecha, explicó que la tendencia creciente en los caudales afluentes se mantiene tal como habían alertado los organismos especializados en sus pronósticos hidrológicos, y las lluvias ocasionadas por el fenómeno “El Niño”.
A su vez, precisó que con las precipitaciones que se están registrando entre el domingo y este lunes, el caudal afluente está en alrededor de 28.000 m³/s a la altura de Yacyretá, y que todo indica que irá aumentando en los próximos días.
A la par, explicó que la cuenca del río Iguazú, de aporte directo al embalse de Yacyretá, las lluvias superaron cinco veces la cantidad pronosticada, lo que aumentó el caudal de 1.500 m³/s a 9.000 m³/s más 19.000 m³/s de Itaipú significa que están llegando alrededor de 28.000 m³/s a Yacyretá.
En ese sentido, el incremento del caudal del río Iguazú -que se triplicó en menos de 48 horas- obligó a Parques Nacionales y la empresa concesionaria a suspender este lunes el ingreso de visitantes a las Cataratas del Iguazú. Los registros de esta mañana indicaban que por los 275 saltos caían más de 12.000 metros cúbicos por segundo, lo que representa casi nueve veces el caudal promedio.
El jefe técnico añadió que las inundaciones no se pueden atribuir a la apertura de las compuertas, sino al contrario con las maniobras se está tratando de atenuar el impacto de este fenómeno. “Esto es un fenómeno natural que recibimos y se traslada aguas abajo de la presa. Suponiendo que no existía la usina, el fenómeno iba a causar el mismo efecto y tal vez de mayor impacto”, indicó.
El Departamento Técnico, a través del área de Hidrología, seguirá monitoreando permanentemente la situación hidrológica del río Paraná, a fin de mantener informada a la sociedad civil y a las autoridades para que puedan tomar las acciones necesarias, indicaron a través de un comunicado.
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional el decreto que puso un freno a la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Gobierno a cumplir con lo establecido en la normativa aprobada por el Congreso.
El fallo firmado por el juez Martín Cormick dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA), dejando sin efecto el Decreto 759/2025.
De esta forma, ordenó al Poder Ejecutivo el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”, según el escrito al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.
El Gobierno había intentado frenar el cumplimiento de la ley primero con su veto. Luego de que el Congreso lo rechazó y sostuvo la normativa, emitieron un decreto en el que dispuso que el financiamiento a las universidades solo podía ejecutarse “una vez que se determine las fuentes específicas para su financiamiento y se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general”.
Tanto el Consejo Interuniversitario Nacional como la UBA y otras universidades presentaron un amparo colectivo para que se cumpla con los puntos claves de la ley, entre ellos otorgar partidas a las casas de estudios para su funcionamiento y recomponer el salario de docentes y no docentes.
El juez consideró en el fallo que el decreto del Gobierno “no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas”.
Apuntó que ante la imposibilidad legal de emitir un nuevo veto, el decreto “ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional” que, según su mirada, configuró “una figura de instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional”.
Cormick también remarcó que “el control judicial de decisiones con impacto presupuestario, lejos de ser una intromisión extraordinaria, es una de las consecuencias propias de la justiciabilidad del Estado”.
Por otro lado, el magistrado puso en duda el costo fiscal de la ley. Mencionó que en 2024 y 2025 no había Ley de Presupuesto y se prorrogaron las partidas aprobadas del 2023, y señaló que según la Oficina de Presupuesto del Congreso, el impacto durante el año 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.