El Gobierno nacional presentó una denuncia penal contra cinco empresas vinculadas con la exploración y explotación de hidrocarburos en las Islas Malvinas, según informó este lunes la Oficina del Presidente. La presentación fue realizada por el canciller Pablo Quirno, con el patrocinio letrado del procurador del Tesoro, Sebastián Amerio.
Política
Se conoció el texto del proyecto de reforma política enviada por Milei al Congreso
Si bien el punto sobresaliente es la abolición de las PASO el proyecto contempla seis reformas: la de los Partidos Políticos, la Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral N° 26.571 y sus modificatorias; la modificación del sistema de financiamiento de los partidos políticos; la reforma del régimen de elección de Parlamentarios del MERCOSUR; la adecuación del régimen de simultaneidad de elecciones nacionales y provinciales y (vi) la incorporación del Régimen de Ficha Limpia.
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El presidente Javier Milei envió al Congreso para su tratamiento la reforma política que tendrá entre sus seis aspectos más importantes la abolición de Las PASO.
El proyecto se basa en seis ejes esenciales: la reforma del Régimen de Partidos Políticos; la Reforma de la Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral N° 26.571 y sus modificatorias; (iii) la modificación del sistema de financiamiento de los partidos políticos; la reforma del régimen de elección de Parlamentarios del MERCOSUR; la adecuación del régimen de simultaneidad de elecciones nacionales y provinciales y la incorporación del Régimen de Ficha Limpia.
El texto del Proyecto
– Ley REFORMA ELECTORAL INTEGRAL
AL H. CONGRESO DE LA NACIÓN:
Tengo el agrado de dirigirme con el objeto de someter a su consideración el Proyecto de Ley de Reforma
Electoral Integral, que busca fortalecer la democracia, aumentar la representatividad, transparentar el régimen de
financiamiento de los partidos políticos y establecer un marco suficiente que asegure de forma efectiva el
ejercicio de derechos electorales por parte de los argentinos.
El proyecto se basa en SEIS (6) ejes esenciales: (i) la reforma del Régimen de Partidos Políticos; (ii) la Reforma
de la Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral N° 26.571 y
sus modificatorias; (iii) la modificación del sistema de financiamiento de los partidos políticos; (iv) la reforma del
régimen de elección de Parlamentarios del MERCOSUR; (v) la adecuación del régimen de simultaneidad de
elecciones nacionales y provinciales y (vi) la incorporación del Régimen de Ficha Limpia.
Todo lo mencionado persigue un único objetivo: garantizar que los ciudadanos se vean correctamente
representados. De este modo, la transparencia y modernización del sistema permitirá que los partidos políticos no
constituyan vehículos para manipular la voluntad de afiliados, sino que sean herramientas para representarlos
correctamente y rendirles cuenta del modo correspondiente.
En lo que refiere a la reforma del Régimen de Partidos Políticos, parte esencial de este proyecto, esta propone con
el fin de mejorar los estándares de representatividad democrática.
El régimen de registro y caducidad de los partidos políticos de la REPÚBLICA ARGENTINA es el más flexible
de toda América Latina. Esto ha alentado la proliferación de partidos que, en un alto porcentaje, son en verdad
emprendimientos con una finalidad puramente económica.
La reforma que se propone busca reforzar el régimen de registro y caducidad de los partidos, así como también
facilitar el sistema de afiliaciones. Esto último se propone para que los partidos políticos posean una verdadera
representatividad, que puedan agilizar sus trámites de afiliación y así se vean revigorizados en lo que hace a su
desenvolvimiento institucional.
A lo largo de los últimos años, la política no ha estado a la altura de lo que le demanda la sociedad argentina. Sin
embargo, no resultaría correcto atribuir aquel déficit únicamente a los dirigentes de los distintos signos políticos.
El actual extrañamiento de la sociedad argentina para con la política tiene que ver también, en cierto grado, con la
completa desnaturalización del rol que los partidos políticos deben cumplir en el marco de una democracia
constitucional.
El Proyecto de Ley que se remite contiene una serie de reformas a la Ley Orgánica de los Partidos Políticos N°
23.298 y sus modificatorias que tienen por objetivo principal garantizar un sistema de genuina representación
democrática y dejar atrás una serie de prácticas que debilitan tanto a la dinámica política como a las instituciones
republicanas.
Tal como lo establece nuestra CONSTITUCIÓN NACIONAL en su artículo 38, los partidos políticos son
instituciones fundamentales del sistema democrático. A ellos les incumbe, en forma exclusiva, la postulación de
candidatos para cargos públicos electivos y de ellos depende el ejercicio del gobierno democrático.
Precisamente por tratarse de instituciones fundamentales del sistema democrático, los partidos políticos reciben
un trato privilegiado por parte del ESTADO NACIONAL. Además de contar con la exclusividad en la
presentación de candidaturas, perciben importantes fondos públicos para favorecer su funcionamiento regular. En
definitiva, la sociedad argentina realiza un esfuerzo considerable para sostener a estas organizaciones, asumiendo
que ellas son esenciales para el buen funcionamiento de la democracia.
Sin embargo, en las últimas décadas nuestro país ha contemplado un creciente debilitamiento de los partidos
políticos, fruto de su distanciamiento con una sociedad que los observa como un ente ajeno a sus necesidades e
intereses. El descrédito de tales partidos frente a la sociedad constituye un problema relevante para la democracia
representativa, problema que sucesivos gobiernos han contribuido a agravar.
Aunque son muchos y diversos los factores que han coadyuvado a esta situación, la legislación vigente en la
materia ha contribuido en ese proceso de debilitamiento y descrédito. En particular, los regímenes de
reconocimiento y de caducidad de la personalidad jurídico política de los partidos se han revelado como un
aliciente para la fragmentación y consecuente inestabilidad del sistema de partidos políticos.
La magnitud de esta desnaturalización se manifiesta con claridad al exponer el número de partidos con
reconocimiento jurídico en el país. De acuerdo a los datos publicados por la CÁMARA NACIONAL
ELECTORAL, al 31 de marzo de 2026, contaban con personería jurídica un total de CUARENTA Y CINCO (45)
partidos políticos en el orden nacional. Se trata del número, por lejos, más alto de la región, superando a países
cuyos sistemas políticos se han caracterizado históricamente por su nivel de fragmentación. A título comparativo,
cabe mencionar que, a la fecha, los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS cuentan con SEIS (6) partidos políticos
reconocidos, la REPÚBLICA DE PANAMÁ cuenta con OCHO (8) partidos políticos, el ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA cuenta con ONCE (11) partidos políticos, la REPÚBLICA ORIENTAL DEL
URUGUAY cuenta con DOCE (12) partidos políticos, la REPÚBLICA DEL ECUADOR cuenta con
DIECISIETE (17) partidos políticos, la REPÚBLICA DE CHILE cuenta con CATORCE (14) partidos políticos,
la REPÚBLICA DEL PARAGUAY cuenta con VEINTICINCO (25) partidos políticos y la REPÚBLICA
FEDERATIVA DEL BRASIL cuenta con TREINTA (30) partidos políticos.
A su vez, en la REPÚBLICA ARGENTINA, al 31 de marzo de 2026, cuentan con reconocimiento jurídico
SETECIENTOS CATORCE (714) partidos políticos de distrito, los cuales están facultados para presentar
candidaturas para acceder a ese H. CONGRESO DE LA NACIÓN. Cabe mencionar que en el resto de los países
de América Latina no existen agrupaciones locales que puedan postular candidatos a cargos legislativos
nacionales.
Este proyecto que se remite ofrece una respuesta consistente que busca dejar atrás las prácticas nocivas que han
socavado los mecanismos de representación política, sin que ello implique de ningún modo un menoscabo a la
libertad de asociación política garantizada por nuestra CONSTITUCIÓN NACIONAL; tomando como pauta
orientadora el mandato de la Carta Magna, los cambios propuestos pretenden terminar con un régimen político
que sirve a partidos políticos desacreditados antes que a los ciudadanos, para avanzar hacia una democracia en la
que partidos fuertes y representativos, confiables ante la ciudadanía, sean protagonistas de una democracia de
calidad.
En segundo lugar, se propone reformar la Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia
y la Equidad Electoral N° 26.571 y sus modificatorias.
Cuando el 28 de octubre de 2009 se presentó ante ese H. CONGRESO DE LA NACIÓN el proyecto que culminó
con la sanción de la mencionada ley, se expresó desde un primer momento que se pretendía recoger un reclamo
de la ciudadanía en materia de representación política y saldar una deuda pendiente que todo el arco político tenía
consigo mismo.
En particular, en el mensaje del proyecto se adujo que la implementación de las Primarias Abiertas, Simultáneas y
Obligatorias (“PASO”) buscaba ser “un paso más en la brecha de disociación entre la política institucional y los
reclamos sociales”.
Sin embargo, a casi DIECISÉIS (16) años desde la sanción de la citada ley, podemos afirmar que, contrario a lo
que se pretendía al momento en que se ideó la norma, los años que le sucedieron a su sanción se vieron marcados
-salvo algunas excepciones- por un acrecentamiento exponencial del desencuentro entre los reclamos legítimos de
la sociedad y la agenda desarrollada por la clase política argentina.
En este sentido, se logró suspender para el año 2025 el régimen de las Primarias Abiertas, Simultáneas y
Obligatorias (PASO), pero es momento de eliminarlo, garantizando así previsibilidad en el sistema y seguridad
para los electores.
Asimismo, constituye un modo de asegurar la correcta libertad de los partidos para que ellos puedan promover
sus elecciones internas del modo que entiendan mejor. Ello, de conformidad con el objetivo de lograr una
verdadera pluralidad ideológica en la representación política, en tanto nuestra CONSTITUCIÓN NACIONAL
establece, en el citado artículo 38, en relación a los partidos políticos que: “…el ejercicio de sus actividades son
libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos…”.
Tal como surge de los debates de la CONVENCIÓN NACIONAL CONSTITUYENTE de 1994, la mencionada
disposición se incluyó a fines de dejar en claro que la actividad de los partidos políticos debe estar orientada y
delimitada por el respeto a la CONSTITUCIÓN NACIONAL y a la democracia. Ahora bien, también surge de los
debates de los constituyentes que, respetados esos “límites” –más que razonables–, el funcionamiento de los
Partidos Políticos tanto en lo que hace a su actividad externa como interna debe contar con el mayor grado de
libertad posible.
Esta propuesta también constituye un avance en línea con la política de esta gestión que pretende erradicar los
gastos innecesarios. De este modo, la presente medida redundaría en un ahorro del costo que implican las
Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO).
En tercer lugar, se proponen una serie de modificaciones estructurales al sistema de la Ley de Financiamiento de
los Partidos Políticos N° 26.215 y sus modificatorias.
Corresponde señalar que la citada Ley N° 26.215 tuvo por objetivo primordial otorgar una mayor transparencia
al sistema democrático y garantizar a los Partidos Políticos los recursos necesarios para que puedan ejercer sus
funciones en un pie de igualdad, a fin de generar una competencia electoral equitativa.
La realidad, no obstante, ha demostrado que dichas finalidades no han sido cumplidas mediante la
implementación del régimen consagrado en la citada norma. En efecto, el aporte de recursos realizado por el
ESTADO NACIONAL para garantizar la equidad entre los Partidos Políticos ha terminado por generar una
dinámica de despilfarro del erario público.
El actual sistema de financiamiento de los Partidos Políticos ha llevado a que la sociedad argentina se acostumbre
a una serie de anomalías institucionales que no deberían tener lugar en un sistema republicano y democrático. El
sistema mixto de financiamiento y la preponderancia de los aportes públicos puestos en cabeza del ESTADO
NACIONAL no han sido elementos suficientes para garantizar un mecanismo transparente y equitativo en la
materia.
Por ello, se propone una serie de modificaciones al régimen de financiamiento mixto establecido en la citada Ley
N° 26.215, a fin de garantizar que los Partidos Políticos que posean una verdadera representatividad democrática
cuenten con las herramientas suficientes atento el rol trascendental que les ha conferido la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Como consecuencia de las reformas que se proyectan, las campañas electorales dejarán de ser solventadas casi
íntegramente por el ESTADO NACIONAL y se le abrirá paso al financiamiento proveniente del sector privado.
El ESTADO NACIONAL, en ese contexto, tendrá como función principal garantizar la transparencia en el
desenvolvimiento institucional de los Partidos Políticos, sus actividades en las campañas electorales, y su
financiamiento. En este sentido, el presente Proyecto de Ley tiene por objetivo establecer un sistema virtuoso, en
el cual, el incentivo de dichos partidos para participar en la dinámica política no sean los fondos públicos y los
aportes extraordinarios de campaña, sino la oportunidad real de dar un debate profundo de ideas y de poder
representar a los argentinos con propuestas concretas.
Todo ello, sin embargo, no obsta a que se proponga un correcto mecanismo de control de modo tal que se prohíba
que los partidos políticos reciban aportes de personas procesadas por actividades vinculadas con el lavado de
activos, el narcotráfico y la financiación del terrorismo, así como de personas extranjeras, a fin de evitar una
ilegítima influencia de intereses externos en los asuntos políticos internos.
En esta misma línea, se mantiene la obligatoriedad de la bancarización de los aportes, trascendental conquista
obtenida en pos de la búsqueda de la transparencia, y se habilita a que los Partidos Políticos establezcan sus
cuentas en los bancos del sector privado que se encuentran activamente controlados por la UNIDAD DE
INVESTIGACIÓN FINANCIERA (UIF). De esta manera, se garantiza la existencia de un efectivo seguimiento
de la actividad de recaudación llevada a cabo por los partidos.
Como cuarto eje, se proponen una serie de modificaciones a la Ley N° 27.120 sobre Elección de Parlamentarios
del MERCOSUR.
Por un lado, esta proyecta la modificación del artículo 16 de la precitada Ley N° 27.120 a fin de que, para lo que
hace al ejercicio de sus funciones, los representantes argentinos en el Parlamento del MERCOSUR se rijan
exclusivamente por las disposiciones que surjan del PROTOCOLO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO
DEL MERCOSUR, por el Reglamento Interno del Parlamento del Mercosur, y por cualquier otra disposición
aplicable emanada de los organismos comunitarios que correspondiere.
Ello busca deshacer la decisión de expandir las inmunidades parlamentarias, establecidas en nuestra Ley
Fundamental exclusivamente para los legisladores nacionales, a los Parlamentarios del MERCOSUR, dado que
estos supuestos no surgen expresamente de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, lo que resulta un apartamiento
manifiesto de los criterios sentados por el texto constitucional.
En este eje del Proyecto de Ley se propone una suspensión de las elecciones directas de representantes argentinos
en el Parlamento del MERCOSUR
Al día de hoy, y luego de más de un intento, el “Día del Mercosur Ciudadano” aún no ha sido establecido y, por
lo tanto, no se encuentran dadas las condiciones establecidas por el propio PROTOCOLO CONSTITUTIVO DEL
PARLAMENTO DEL MERCOSUR para que se pueda proceder a implementar la elección directa de sus
legisladores.
Resulta claro que, a los fines de evitar desequilibrios en términos de representación ciudadana, la integración del
Parlamento del MERCOSUR con representantes elegidos de forma directa debe guardar simultaneidad entre
todos los Estados Partes del MERCOSUR. Por esto es que el presente Proyecto de Ley propone una suspensión
temporaria de las elecciones directas de representantes argentinos para el citado Parlamento.
De todas formas, y a fines de que el ESTADO ARGENTINO continúe contando con representación en el Órgano
Parlamentario del MERCOSUR, se propone que, durante el tiempo que se mantenga la suspensión mencionada,
las vacantes reservadas para representantes argentinos en el Parlamento del MERCOSUR sean cubiertas por
Diputados Nacionales.
Lejos de implicar una regresión en materia democrática, se busca asegurar las condiciones establecidas por los
Estados Partes del MERCOSUR al momento de la suscripción del mencionado PROTOCOLO CONSTITUTIVO
DEL PARLAMENTO DEL MERCOSUR. Por lo demás, y tal como ya se ha señalado: la propuesta contenida en
este proyecto importa únicamente una suspensión temporal, y no una eliminación de las elecciones directas de los
mencionados Parlamentarios.
En quinto lugar, se encuentra la modificación al régimen de simultaneidad. Esta propuesta responde a, por un
lado, garantizar una correcta implementación de las elecciones simultáneas entre el Gobierno Nacional y los
Gobiernos Provinciales. De este modo, se proponen DOS (2) modificaciones concretas, una referida al plazo
máximo para que las provincias soliciten la adhesión, estableciéndolo de un modo coincidente con el plazo de
convocatoria a elecciones nacionales.
La segunda modificación busca permitir la adhesión de boletas únicas, facilitando al elector que vote en conjunto
tanto categorías Nacionales como Provinciales y Municipales. Ello implicará que no cargue el elector con los
inconvenientes propios de una operatividad dificultosa.
El sexto y último, eje central de la reforma impulsada es la instauración de la llamada “ficha limpia”. Esto tiene
como objetivo garantizar y reforzar el principio de idoneidad en el ámbito electoral y en lo que hace a la gestión
gubernamental. Para lograrlo propone una serie de modificaciones normativas tendientes a impedir que quienes
hayan sido condenados en segunda instancia por un delito doloso puedan ser candidatos para cargos electivos
nacionales u ocupar diferentes cargos en el ámbito de la Administración Pública Nacional.
En concreto, el proyecto remitido tiene como fin regular el derecho de sufragio pasivo y establecer un límite
razonable que permita que las inelegibilidades contenidas en el artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos
Políticos N° 23.298 y sus modificatorias se encuentren en coincidencia con las disposiciones de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL e implementen las normas constitucionales recién mencionadas, con el fin de
terminar con la impunidad creada por la corrupción que permite que actores políticos actúen sin temor a las
consecuencias.
De esta manera, la propuesta importa una verdadera determinación legal de parte del contenido del término
“idoneidad” incluido en el artículo 16 de la Ley Fundamental. La doctrina constitucional ha expresado que “la
exigencia constitucional y la potestad reglamentaria conferida a los órganos gubernamentales en sus ámbitos
correspondientes de competencia, autorizan la determinación razonable y objetiva del contenido que debe tener la
idoneidad” (conf. Gregorio BADENI, Tratado de Derecho Constitucional, t. I, La Ley, Buenos Aires, 2004,
p.365). En el mismo sentido, se ha dicho que “si el legislador regula el recaudo constitucional de idoneidad (art.
16), conforme a pautas razonables, no incompatibles con el marco republicano de la Constitución, conforme a
criterios no discriminatorios, esa regulación puede apuntalar el principio de la idoneidad, mejorando y
actualizando el mensaje constitucional” (conf. Néstor Pedro SAGÜÉS, Manual de Derecho Constitucional, 2ª
edición actualizada y ampliada, ASTREA, Buenos Aires, – Bogotá, 2012, pp. 676 -677).
La propuesta que se remite por medio del presente busca que el H. CONGRESO DE LA NACIÓN haga,
precisamente, ejercicio de aquellas facultades que posee para determinar, implementar y apuntalar esta pauta de la
Ley Fundamental que busca garantizar la probidad de quienes acceden a empleos públicos.
Por todo lo antedicho, corresponde avanzar en una reforma electoral integral que permita adecuar el sistema de
modo tal que este represente genuinamente a los ciudadanos y asegure una mejor relación entre los candidatos y
los electores.
El Proyecto de Ley que se impulsa constituirá un avance que fortalecerá el régimen democrático y permitirá que
elecciones venideras sean a raíz de un verdadero cambio de paradigma y no respondan a manipulaciones
electorales de unos pocos.
Principalmente por ello es que se solicita que este Proyecto de Ley sea tratado e implementado en futuras
elecciones, sin perjuicio de los plazos de adaptación para que los partidos políticos se adecúen a la nueva
normativa.
En función de lo expuesto, se somete a su consideración el Proyecto de Ley referido, cuya pronta sanción se
solicita.
Saludo con mi mayor consideración.
MENSAJE N° 110-2026 – COMUNICA EL PROYECTO DE LEY- LEY REFORMA ELECTORAL INTEGRAL
Política
Mohamed y Madkur asumieron la conducción de la UNT hasta el 2030
Las nuevas autoridades juraron en el teatro Alberdi. El rector anunció medidas contra el abandono estudiantil, cambios en la emisión de títulos y mayor transparencia en el uso de los fondos de YMAD.
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8 septiembre, 2026
Sergio Mohamed y Horacio Madkur asumieron anoche como rector y vicerrector de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) y estarán al frente de la casa de estudios hasta mayo de 2030. Durante el acto, realizado en el teatro Alberdi, Mohamed anticipó que su gestión seguirá los lineamientos del Plan Estratégico Institucional 2022-2030 y anunció medidas para reducir el abandono estudiantil, agilizar la entrega de títulos, disminuir la cantidad de docentes interinos y transparentar el destino de los fondos provenientes de YMAD.
La ceremonia comenzó a las 20.30 y se extendió durante poco más de dos horas. La vicerrectora subrogante, María Cristina Grunauer de Falú, tomó juramento a las nuevas autoridades y puso así fin a los tres meses de conducción interina que comenzaron el 1 de junio.
Entre los asistentes estuvieron el vicegobernador Miguel Acevedo; la intendenta de San Miguel de Tucumán, Rossana Chahla; el diputado nacional Pablo Yedlin; la senadora nacional Sandra Mendoza; intendentes, ministros provinciales, integrantes de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, ex rectores de la UNT y rectores de universidades privadas de la provincia.
La hoja de ruta
En su primer discurso como rector, Mohamed combinó referencias a su historia personal con definiciones sobre el escenario que atraviesa la educación superior. Recordó que es nieto de un inmigrante sirio que no sabía leer ni escribir y destacó que la UNT le permitió obtener los títulos de técnico, ingeniero civil y magíster, además de ejercer la docencia durante 37 años.
Frente al escenario presupuestario nacional, sostuvo que la discusión sobre las universidades “no es una mera cuestión contable”. “Estamos debatiendo qué lugar ocupa el conocimiento en la Argentina y qué tipo de sociedad queremos construir”, afirmó.
También advirtió sobre las dificultades salariales y presupuestarias y sobre “el riesgo de perder el talento científico y tecnológico que nos costó años construir”.
Mohamed reivindicó la gestión de Sergio Pagani y Mercedes Leal, de la que formó parte como secretario de Obras y Planeamiento, y anticipó una línea de continuidad. Señaló que la hoja de ruta de su administración será el Plan Estratégico Institucional 2022-2030.
Entre las metas enumeró la implementación de un sistema de alerta temprana contra el abandono estudiantil, la creación de una oficina de egresados, la reducción a 60 días del plazo para la emisión de títulos y la disminución del 25% al 15% de la proporción de docentes interinos.
También se refirió al destino de las utilidades de YMAD. Aseguró que las prioridades para la ejecución de obras serán establecidas por el Consejo de Decanos y refrendadas por el Consejo Superior, y prometió publicar información detallada sobre cada proyecto.
“No podemos ni debemos permitir la más mínima duda sobre el destino de cada peso invertido”, enfatizó.
Además, convocó a un “gran acuerdo institucional” y resumió el objetivo para los próximos cuatro años: “Trataremos de que la película en el 2030 sea mejor”.
Foco en los estudiantes
Madkur también reivindicó el proceso iniciado durante el rectorado de José García y continuado por Pagani y Leal. Al referirse a Mohamed, destacó su experiencia y su método de trabajo.
“Una estructura se mide por lo que resiste. Y Sergio sabe de eso más que nadie. Su ejemplo de trabajo es para muchos de nosotros una medida”, expresó.
El nuevo vicerrector puso especialmente el foco en los alumnos. “Los estudiantes son una promesa, una promesa que la Universidad le hace al país”, afirmó. Y anticipó: “Como Mohamed, vamos a poner el foco solo en los estudiantes. No hay otro objetivo”.
También reivindicó a los trabajadores no docentes, de quienes señaló que “sostienen lo invisible y lo invisible es lo que más pesa”.
El respaldo de la Provincia
Acevedo ratificó el acompañamiento de la Provincia a las nuevas autoridades. “Creemos y confiamos en una universidad pública, gratuita y de calidad”, sostuvo.
El vicegobernador destacó además la expansión de la oferta académica hacia el interior y el boleto estudiantil gratuito como herramientas para favorecer la inclusión y reducir la deserción. Aseguró que los poderes Ejecutivo y Legislativo continuarán trabajando “a la par” de la UNT y recordó los convenios que la Legislatura mantiene con distintas unidades académicas.
Acevedo también explicó la ausencia del gobernador Osvaldo Jaldo. Señaló que el mandatario tenía otros compromisos previstos en su agenda, entre ellos una actividad en San Pablo, y que por cuestiones de tiempo no podía participar de ambos actos.
“Me pidió a mí que lo represente”, indicó el vicegobernador, quien transmitió el respaldo de Jaldo a Mohamed y Madkur y les deseó “el mayor de los éxitos” en la nueva gestión.
El cierre de la transición
La asunción marcó también el final del período de transición que atravesó la UNT durante los últimos tres meses. Grunauer de Falú, quien quedó al frente del Rectorado como vicerrectora subrogante desde el 1 de junio, volverá ahora a concentrarse en la conducción de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.
La actividad institucional continuará hoy. A las 17 se realizará la primera sesión ordinaria del Consejo Superior con Mohamed al frente del cuerpo y con la integración definitiva de sus miembros.
Entre los cambios estará la incorporación de Aída Olmos en representación de la Facultad de Ciencias Exactas y Tecnología, luego de que Mohamed dejara el Decanato para asumir la conducción de la Universidad.
Política
El Gobierno denunciará penalmente a cinco empresas petroleras que operan en Malvinas
La Oficina del Presidente informó que Pablo Quirno presentó una denuncia contra cinco compañías por la exploración y explotación de hidrocarburos en la Cuenca Malvinas Norte.
Publicado
14 horas atrásel
7 septiembre, 2026
La denuncia alcanza a Navitas Petroleum Development & Production Ltd., Navitas Petroleum Atlantic United, Navitas Petroleum LP, JHI Associates Inc. y Eco Atlantic Oil & Gas Ltd. Según el comunicado oficial, algunas de estas compañías contarían presuntamente con licencias otorgadas por el Reino Unido para realizar actividades hidrocarburíferas en la Cuenca Malvinas Norte.
De acuerdo con la presentación, esas actividades se realizarían en violación de las disposiciones establecidas por la Ley 26.659. La denuncia también alcanza a los accionistas Navitas Petroleum LP y Eco Atlantic Oil & Gas Ltd., además de directores, gerentes, síndicos, integrantes de consejos de vigilancia, administradores, mandatarios, representantes o autorizados que hubieran intervenido en los hechos denunciados.
Qué plantea la denuncia del Gobierno
La Oficina del Presidente sostuvo que la presentación constituye una acción concreta para proteger los recursos naturales y defender la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, además de los espacios marítimos e insulares correspondientes.
En ese sentido, el Gobierno afirmó que continuará «investigando y promoviendo las acciones que sean necesarias para no dejar impune ningún acto que vulnere los derechos soberanos de la República Argentina».
— Oficina del Presidente (@OPRArgentina) September 7, 2026
El comunicado también informó que el presidente Javier Milei firmó una instrucción presidencial dirigida al ministro de Economía, Luis Caputo, para que se priorice en la elaboración del Proyecto de Presupuesto Nacional 2027 el desarrollo de la Base Naval Integrada Ushuaia y de otros proyectos estratégicos.
La instrucción establece que esos proyectos deberán ser incluidos en el presupuesto que será remitido al Congreso Nacional el próximo 15 de septiembre, con el objetivo de fortalecer la Seguridad Nacional y la protección de los intereses soberanos argentinos.
Según la Oficina del Presidente, las medidas forman parte de una política integral destinada a fortalecer las capacidades del Estado argentino para defender su territorio, proteger sus recursos naturales y resguardar sus intereses estratégicos.
Política
El Estado debe pagarles 10 millones de dólares a los abogados de Cristina Kirchner
La Dirección Nacional de Vialidad había iniciado la demanda en 2018, durante la administración de Mauricio Macri, y reclamaba entonces $22.300 millones a la expresidenta y a otros involucrados pero el expediente quedó paralizado.
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2 días atrásel
6 septiembre, 2026
Una grave omisión de las autoridades de Vialidad Nacional durante el gobierno de Javier Milei dejó al Estado al borde de tener que pagar casi US$10 millones en honorarios a los abogados de Cristina Kirchner y de los demás acusados en la causa Vialidad.
El desembolso todavía no está firme porque deberá ser revisado por la Corte Suprema. Sin embargo, se originó después de que el organismo estatal no impulsara dentro de los plazos correspondientes una demanda civil destinada a recuperar fondos públicos.
La inactividad del Estado había comenzado durante la presidencia de Alberto Fernández, pero la caducidad se terminó de consumar entre el 17 de marzo y el 7 de abril de 2025, cuando Javier Milei ya llevaba más de un año en el poder.
Durante ese período, las autoridades designadas para conducir Vialidad Nacional no realizaron las actuaciones necesarias para mantener vigente el reclamo. La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal consideró entonces que se había producido la “caducidad de la instancia” y dio por terminado el juicio.
El resultado de esa falla administrativa puede convertirse en un golpe millonario para las arcas públicas: los honorarios regulados a favor de doce abogados ascienden a $13.614 millones, equivalentes a casi US$10 millones con IVA incluido.
Es decir, mientras el Estado todavía intenta ejecutar el decomiso dispuesto contra Cristina Kirchner por su condena penal, una negligencia procesal de sus propios funcionarios podría obligar a todos los contribuyentes a pagar una cifra multimillonaria a las defensas.
La Dirección Nacional de Vialidad había iniciado la demanda en 2018, durante la administración de Mauricio Macri, y reclamaba entonces $22.300 millones a la expresidenta y a otros involucrados. El objetivo era obtener una reparación económica por las presuntas irregularidades investigadas en la adjudicación de obras públicas en Santa Cruz.
Pero el expediente quedó paralizado. Aunque la falta de actividad se arrastraba desde la gestión anterior, el plazo decisivo venció bajo la administración libertaria sin que las autoridades de Vialidad consiguieran evitarlo.
Después de perder el juicio, el organismo presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema. El máximo tribunal deberá resolver si confirma la caducidad o si permite reabrir la demanda y evita que el Estado deba afrontar los honorarios.
Por ahora, la Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal suspendió el trámite de regulación y cobro hasta que se conozca la decisión de la Corte. Por esa razón, los casi US$10 millones todavía no fueron pagados ni pueden considerarse una obligación definitivamente firme.
Los abogados de Cristina Kirchner, Luis Goldín y Fernando Muriel, acudieron directamente al máximo tribunal para intentar destrabar el cobro. Denunciaron una supuesta “privación de justicia” y solicitaron que se anule la resolución que mantiene congeladas las regulaciones.
Del total cercano a US$10 millones, los representantes de la expresidenta tienen regulados aproximadamente US$575.764: unos US$359.354 para Goldín y US$216.410 para Muriel. El resto corresponde a los abogados de los otros acusados y absueltos alcanzados por el juicio.
El profesional con la regulación más elevada es Miguel Ángel Arce Aggeo, defensor de Juan Carlos Villafañe y José Raúl Santibáñez, quien podría percibir alrededor de US$2,4 millones. Mariano Fragueiro Frías y Mario Fernando Ganora tienen asignados cerca de US$1,2 millones cada uno.
Otros letrados cuentan con honorarios calculados entre aproximadamente US$433.000 y US$867.000, según las personas a las que representaron y las tareas desarrolladas dentro del expediente.
La regulación fue realizada el 9 de abril de 2026. Los abogados la consideraron insuficiente, mientras que Vialidad sostuvo que los montos eran excesivos. Posteriormente, el 14 de julio, los camaristas Florencia Nallar y Juan Perozziello Vizier resolvieron frenar el procedimiento hasta que se pronuncie la Corte.
El caso expone una contradicción difícil de explicar: el Estado buscaba recuperar una suma multimillonaria, dejó vencer el juicio por falta de impulso y ahora corre el riesgo de terminar pagando casi US$10 millones a las defensas.
La responsabilidad administrativa atraviesa dos gobiernos, pero el momento determinante ocurrió durante la presidencia de Milei. Las autoridades de Vialidad que estaban en funciones no evitaron la caducidad y dejaron abierta una factura que, si la Corte confirma el fallo, será afrontada con recursos públicos.
Ahora el máximo tribunal tiene en sus manos dos discusiones económicas vinculadas con Cristina Kirchner: por un lado, el recurso de Vialidad para intentar revivir la demanda civil; por otro, la presentación de los abogados que pretenden avanzar con el cobro de sus honorarios.
Hasta que la Corte se expida, el pago permanece suspendido. Pero la falla ya dejó al Estado expuesto a perder definitivamente el reclamo y cargar sobre los contribuyentes una obligación cercana a los US$10 millones.
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